Test Ley 39/2015 (III)
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Título del Test:![]() Test Ley 39/2015 (III) Descripción: Test Ley 39/2015 (3) |




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Respecto a la revisión de disposiciones y actos nulos cuando el procedimiento se hubiera iniciado de oficio, se producirá la caducidad del mismo si no se ha dictado resolución en el plazo de: 1 mes de desde su inicio. 2 meses desde su inicio. 3 meses desde su inicio. 6 meses desde su inicio. Respecto a la revisión de disposiciones y actos nulos si el procedimiento se hubiera iniciado a solicitud del interesado, transcurrido el plazo máximo sin dictarse resolución: Se producirá la invalidez del mismo. Se podrá entender la misma estimada por silencio administrativo. Se podrá entender la misma desestimada por silencio administrativo. Se producirá la caducidad del mismo. La declaración de lesividad no podrá adaptarse una vez transcurrido: 6 meses desde que se dictó el acto administrativo. 1 año desde que se dictó el acto administrativo. 2 años desde que se dictó el acto administrativo. 4 años desde que se dictó el acto administrativo. La declaración de lesividad: Podrá ser objeto de los recursos que se estimen pertinentes. Podrá ser recurrible en alzada. Podrá ser recurrible en reposición. No será susceptible de recurso. Iniciado el procedimiento de revisión de oficio al que se refieren los artículos 106 y 107: No se podrá suspender la ejecución del acto. El órgano competente para declarar la nulidad o lesividad podrá suspender la ejecución del acto, cuando ésta pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación. El órgano superior jerárquico del competente para declarar la nulidad o lesividad podrá suspender la ejecución del acto, cuando ésta pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación. Ninguna de las anteriores es correcta. Como regla general, las Administraciones Públicas podrán revocar sus actos de gravamen o desfavorables: En cualquier momento. Mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción. Mientras no haya transcurrido el plazo de caducidad. Las Administraciones Públicas no podrán revocar sus actos de gravamen o desfavorables. Según lo dispuesto en el artículo 110 de la Ley 39/2015, las facultades de revisión establecidas en el Capítulo I del Título V, no podrán ser ejercidas cuando por prescripción de acciones, por el tiempo transcurrido o por otras circunstancias, su ejercicio resulte contrario a (señala la incorrecta): La igualdad. La buena fe. El derecho de los particulares. Las leyes. Según el artículo 112 de la Ley 39/2015, contra las resoluciones y determinados actos de trámite, basándose en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de es Ley, los interesados podrán interponer: El recurso de alzada. Los recursos de alzada y potestativo de reposición. Los recursos de alzada y extraordinario de revisión. Los recursos de alzada, potestativo de reposición y extraordinario de revisión. Podrán interponerse por los interesados los recursos de alzada y potestativo de reposición contra actos de trámite que: Deciden directa o indirectamente el fondo del asunto. Determinan la posibilidad de continuar el procedimiento. Producen indefensión o perjuicio reparable a derechos e intereses legítimos. Todas son correctas. Ponen fin a la vía administrativa (señala la incorrecta): Las resoluciones de los recursos de alzada. Las resoluciones de los procedimientos a que se refiere el artículo 112.2. Las resoluciones de los órganos administrativos que carezcan de superior jerárquico, salvo que una Ley establezca lo contrario. Los acuerdos, pactos, convenios o contratos que no tengan la consideración de finalizados del procedimiento. Respecto a interposición de recurso: Deberá expresar las particularidades exigidas, en su caso, por las disposiciones específicas. El error o la ausencia de la calificación del recurso por parte del recurrente no será obstáculo para su tramitación, siempre que no se deduzca su verdadero carácter. Los vicios y defectos que hagan anulable un acto podrán ser alegados por quienes los hubieren causado. Todas son correctas. La interposición de cualquier recurso: Suspenderá la ejecución del acto impugnado en todo caso. Excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución de acto impugnado. Excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, suspenderá la ejecución de acto impugnado. No suspenderá la ejecución del acto impugnado en ningún caso. Cuando el recurso tenga por objeto la impugnación de un acto administrativo que afecte a una pluralidad indeterminada de personas, la suspensión de su eficacia habrá de ser: Notificada a cada uno de ellos. notificada a quien figure como representante de todos ellos. Publicada en el periódico oficial en que aquél se insertó. Publicada en tablón de anuncios del ayuntamiento que realizó el acto. Cuando hayan de tenerse en cuenta nuevos hechos o documentos no recogidos en el expediente originario, se pondrán de manifiesto a los interesaos para que formulen las alegaciones y presenten los documentos y justificantes que estimen procedentes, en un plazo: No inferior a 10 días ni superior a 15. No inferior a 10 días ni superior a 30. No inferior a 15 días ni superior a 30. Ninguna es correcta. Según el articulo 121.1 de la Ley 39/2015, las resoluciones y actos a que se refiere el articulo 112.1, cuando no pongan fin a la vía adminstrava, podrán ser recurridos: En alzada ante el mismo órgano que los hubiera dictado. Potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado. En alzada ante el órgano superior jerárquico del que los dictó. Potestativamente en reposición ante el órgano superior jerárquico del que los dictó. Si el recurso de alzada se hubiera interpuesto ante el órgano que dictó el acto impugnado, éste deberá remitirlo al competente con su informe y con una copia completa y ordenada del expediente en el plazo de: 5 días. 10 días. 15 días. 20 días. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución de un recurso de alzada será de: 1 mes. 2 meses. 3 meses. Ninguno de los anteriores. Los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos ante: El mismo órgano que los hubiera dictado. El órgano superior jerárquico del que los dictó. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo. El mismo órgano que los hubiera dictado o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Ante un silencio administrativo, el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de reposición en el plazo de: 1 mes. 2 meses. 3 meses. Ninguno de los anteriores. Contra la resolución de un recurso de reposición: No podrá interponerse de nuevo dicho recurso. No podrá interponerse de nuevo dicho recurso hasta pasados 3 meses. No podrá interponerse de nuevo dicho recurso salvo que aparezcan nuevos documentos de valor esencial para la resolución. Podrá interponerse de nuevo dicho recurso hasta en dos ocasiones más. Será competente para la resolución del recurso extraordinario de revisión: El órgano superior jerárquico del que los dictó. El órgano administrativo que los dictó. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Ninguna respuesta es correcta. Cuando al dictar un acto se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte de los propios documentos incorporados al expediente, se podrá interponer recurso extraordinario de revisión dentro del plazo: Del mes siguiente a la fecha de la notificación de la resolución impugnada. De los 3 meses siguiente a la fecha de la notificación de la resolución impugnada. De los 6 meses siguientes a la fecha de la notificación de la resolución impugnada. Ninguna de las anteriores es correcta. Transcurrido el pazo de tres meses desde la interposición del recurso extraordinario de revisión sin haberse dictado y notificado la resolución: Se entenderá estimado, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa. Se entenderá desestimado, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa. Se entenderá estimado, quedando vedada la vía jurisdiccional contencioso-administrativa. Ninguna de las anteriores es correcta. La iniciativa normativa debe estar justificada por una razón de interés general, basarse en una identificación clara de los fines perseguidos y se el instrumento más adecuando para garantizar su consecución: En virtud de los principios de necesidad y eficacia. En virtud del principio de proporcionalidad. A fin de garantizar el principio de seguridad jurídica. En ampliación del principio de transparencia. Las Administraciones Públicas harán público un Plan Normativo que contendrá las iniciativas legales o reglamentarias que vayan a ser elevadas para su aprobación en el año siguiente: Semanalmente. Mensualmente. Trimestralmente. Anualmente. |