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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESELey 39/2015 LPAC

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Título del test:
Ley 39/2015 LPAC

Descripción:
Titulo Preliminar y 1

Autor:
Yoly_91
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
15/01/2018

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 47
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Temario:
Cuando resulte eficaz, proporcionado y necesario para la consecución de los fines propios del procedimiento, y de manera motivada, podrán incluirse trámites adicionales o distintos a los contemplados en esta Ley: solo mediante ley reglamentariamente mediante ley o reglamentariamente ninguna es correcta.
Podrán establecerse especialidades del procedimiento referidas a los órganos competentes, plazos propios del concreto procedimiento por razón de la materia, formas de iniciación y terminación, publicación e informes a recabar: solo mediante ley reglamentariamente mediante ley o reglamentariamente ninguna es correcta.
El sector público institucional se integra por: cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas las Universidades públicas todas son correctas.
Las Corporaciones de Derecho Público se regirán por: su normativa específica en el ejercicio de las funciones públicas que les hayan sido atribuidas por Ley o delegadas por una Administración Pública, y supletoriamente por la presente Ley la presente Ley, y supletoriamente por su normativa específica en el ejercicio de las funciones públicas que les hayan sido atribuidas por Ley o delegadas por una Administración Pública su normativa específica en el ejercicio de las funciones públicas que les hayan sido atribuidas por Ley o cedidas por una Administración Pública, y supletoriamente por la presente Ley la presente Ley, y supletoriamente por su normativa específica en el ejercicio de las funciones públicas que les hayan sido atribuidas por Ley o cedidas por una Administración Pública.
El título preliminar de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas tiene: un artículo dos artículos tres artículos cuatro artículos.
Se consideran interesados en el procedimiento administrativo (señala la incorrecta): quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos colectivos los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución siempre que se personen en el procedimiento durante el trámite de audiencia .
Las asociaciones y organizaciones representativas de intereses económicos y sociales: serán titulares de intereses legítimos individuales y colectivos en los términos que reglamentariamente se establezca serán titulares de intereses legítimos individuales y colectivos no serán titulares de intereses legítimos colectivos serán titulares de intereses legítimos colectivos en los términos que la Ley reconozca.
Podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas: las personas físicas con o sin capacidad de obrar y las personas jurídicas, aunque no esté previsto en sus Estatutos las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, aunque no esté previsto en sus Estatutos las personas físicas con o sin capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos.
Se presumirá la representación para: formular solicitudes los actos y gestiones de mero trámite presentar declaraciones responsables o comunicaciones interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona.
Se entenderá acreditada la representación realizada: mediante apoderamiento apud acta efectuado por comparecencia personal mediante apoderamiento apud acta efectuado por comparecencia electrónica en la correspondiente sede electrónica a través de la acreditación de su inscripción en el registro electrónico de apoderamientos de la Administración Pública competente todas son correctas.
Deberá incorporar al expediente administrativo acreditación de la condición de representante y de los poderes que tiene reconocidos en dicho momento: el órgano competente para la iniciación del procedimiento el órgano competente para la instrucción del procedimiento el órgano competente para la tramitación del procedimiento el órgano competente para la terminación del procedimiento.
Las Administraciones Públicas podrán habilitar: con carácter general a personas jurídicas autorizadas para la realización de determinadas transacciones electrónicas en representación de los interesados con carácter general o específico a personas jurídicas autorizadas para la realización de determinadas transacciones electrónicas en representación de los interesados con carácter general o específico a personas físicas o jurídicas autorizadas para la realización de determinadas transacciones electrónicas en representación de los interesados con carácter general a personas físicas o jurídicas autorizadas para la realización de determinadas transacciones electrónicas en representación de los interesados.
Respecto a los registros electrónicos de apoderamientos no es correcto: en el ámbito estatal, este registro será el Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del Estado en ellos no constará el bastanteo realizado del poder los registros generales de apoderamientos no impedirán la existencia de registros particulares en cada Organismo cada Organismo podrá disponer de su propio registro electrónico de apoderamientos.
Será/n interoperable/s con los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos: los registros mercantiles los registros de la propiedad los protocolos notariales todas son correctas.
Se aprobarán los modelos de poderes inscribibles en el registro distinguiendo si permiten la actuación ante todas las Administraciones, ante la Administración General del Estado o ante las Entidades Locales: mediante Ley por Orden del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas mediante acuerdo del Consejo de Ministros reglamentariamente.
El apoderamiento «apud acta» se otorgará: (señala la incorrecta) mediante comparecencia electrónica en la correspondiente sede electrónica haciendo uso de los sistemas de firma electrónica previstos en esta Ley mediante comparecencia personal en las oficinas de asistencia en materia de registros mediante comparecencia postal en la forma que reglamentariamente se establezca todas son correctas.
Los poderes inscritos en el registro tendrán una validez determinada: mínima de 5 años a contar desde la fecha de inscripción máxima de 10 años a contar desde la fecha de inscripción máxima de 5 años a contar desde la fecha de inscripción mínima de 10 años a contar desde la fecha de inscripción.
Las prórrogas otorgadas por el poderdante al registro tendrán una validez determinada: máxima de 1 año a contar desde la fecha de inscripción máxima de 2 años a contar desde la fecha de inscripción máxima de 5 años a contar desde la fecha de inscripción máxima de 10 años a contar desde la fecha de inscripción.
Las solicitudes de inscripción del poder, de revocación, de prórroga o de denuncia del mismo: deberán dirigirse al registro de la Administración u Organismo ante la que tenga efectos el poder donde quedará inscrita esta circunstancia podrán dirigirse a cualquier registro, debiendo quedar inscrita esta circunstancia en el registro de la Administración u Organismo ante la que tenga efectos el poder podrán dirigirse a cualquier registro en el que quedará inscrita esta circunstancia deberán dirigirse al registro de la Administración u Organismo ante la que tenga efectos el poder y quedará inscrita esta circunstancia en cualquier registro.
Los interesados podrán identificarse electrónicamente ante las Administraciones Públicas a través de cualquier sistema que cuente con un registro previo como usuario que permita garantizar su identidad. En particular, será admitido: Sistemas basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la "Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación". Sistemas basados en certificados electrónicos cualificados de sello electrónico expedidos por prestadores incluidos en la "Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación". Sistemas de clave concertada y cualquier otro sistema, que las Administraciones consideren válido en los términos y condiciones que se establezca, siempre que cuenten con un registro previo como usuario que permita garantizar su identidad, previa autorización por parte de la Secretaría General de Administración Digital del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, que solo podrá ser denegada por motivos de seguridad pública, previo informe vinculante de la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior. todas son correctas.
Los interesados podrán firmar a través de cualquier medio que permita acreditar: la autenticidad de la expresión de su voluntad y consentimiento la integridad del documento la inalterabilidad del documento todas son correctas.
En el caso de que los interesados optaran por relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos, se considerará válido a efectos de firma: sistemas de firma electrónica cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación sistemas de sello electrónico cualificado y de sello electrónico avanzado basados en certificados electrónicos cualificados de sello electrónico expedidos por prestador incluido en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación Cualquier otro sistema que las Administraciones Públicas consideren válido en los términos y condiciones que se establezca, siempre que cuenten con un registro previo como usuario que permita garantizar su identidad, previa autorización por parte de la Secretaría General de Administración Digital del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, que solo podrá ser denegada por motivos de seguridad pública, previo informe vinculante de la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior. todas son correctas.
El Título I de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: no tiene capítulos tiene un capítulo tiene dos capítulos tiene tres capítulos.
El Título I de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común se denomina: De los interesados en el procedimiento De la actividad de las Administraciones Públicas Disposiciones generales De los actos administrativos.
El Título I de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común comprende los artículos: 3 a 12 5 a 14 4 a 11 6 a 13.
DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 5 DE LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE , DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, NO SERÁ NECESARIA LA ACREDITACIÓN DE LAREPRESENTACIÓN PARA: desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona. realizar actos de mero trámite. formular solicitudes. Interponer recursos.
SEGÚN EL ARTÍCULO 4 DE LA LEY LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE , DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, SE CONSIDERAN INTERESADOS EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO: únicamente quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos, siempre que dichos derechos sean de carácter individual. los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que no puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte. aquellos cuyos intereses legítimos individuales o colectivos puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento cuando haya recaído resolución definitiva. quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos colectivos.
SEGÚN EL ARTÍCULO 4 DE LA LEY LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE , DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, CUANDO LA CONDICIÓN DE INTERESADO DERIVASE DE ALGUNA RELACIÓN JURÍDICA TRANSMISIBLE EL DERECHOHABIENTE SUCEDERÁ EN TALCONDICIÓN: siempre con anterioridad a la propuesta de resolución. cualquiera que sea el estado del procedimiento. con anterioridad al trámite de audiencia. ninguna las respuestas anteriores es correcta.
LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS ENTRÓ EN VIGOR: al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. a los 20 días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. a los 6 meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. al año de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
LA LEY 39/2015, DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN, ESTABLECE QUE REGLAMENTARIAMENTE PODRÁN ESTABLECERSE ESPECIALIDADES DEL PROCEDIMIENTO. ¿A QUE ESPECIALIDADES PUEDE REFERIRSE? A los órganos competentes. A plazos propios del concreto procedimiento por razón de la materia. A formas de iniciación y terminación. A todas ellas, así como a la publicación e informes a recabar.
DE ACUERDO CON LA LEY 39/2015, PAC, ¿CUÁL DE LAS SIGUIENTES ALTERNATIVAS FORMA PARTE DEL SECTOR PÚBLICO? La Administración General del Estado. Las Administraciones de las Comunidades Autónomas. Las Entidades que integran la Administración Local. Todas ellas conforman, entre otras, el Sector Público a efectos de la Ley indicada.
SEGÚN LA LEY 39/2015, PAC, ¿CUÁL DE LOS SIGUIENTES NO TIENE LA CONSIDERACIÓN DE INTERESADO EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO? Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos. Aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva. Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la instrucción que en el mismo se adopte y comparezcan, exclusivamente de forma personal, ante la autoridad competente. Todas las respuestas son incorrectas.
DE ACUERDO CON LA LEY 39/2015, PAC, SI DURANTE LA INSTRUCCIÓN DE UN PROCEDIMIENTO QUE NO HAYA TENIDO PUBLICIDAD, SE ADVIERTE LA EXISTENCIA DE PERSONAS QUE SEAN TITULARES DE DERECHOS O INTERESES LEGÍTIMOS Y DIRECTOS CUYA IDENTIFICACIÓN RESULTE DEL EXPEDIENTE Y QUE PUEDAN RESULTAR AFECTADOS POR LA RESOLUCIÓN QUE SE DICTE: se continuará con la tramitación del procedimiento. se comunicará a dichas personas la tramitación del procedimiento. se notificará en legal forma a todos los interesados en el procedimiento. Las respuestas a) y c) son correctas.
A PARTIR DE QUÉ FECHA ENTRA EN VIGOR LA OBLIGATORIEDAD DE LA EXISTENCIA DE UN REGISTRO ELECTRÓNICO EN TODAS LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. El 2 de octubre de 2016. El 2 de octubre de 2017. El 2 de octubre de 2018. El 2 de octubre de 2020.
LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. SEÑALE LA RESPUESTA INCORRECTA. LAS PERSONAS TIENEN CAPACIDAD DE OBRAR ANTE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y SERÁN TITULARES, EN SUS RELACIONES CON ELLAS, DE DETERMINADOS DERECHOS, ENTRE ELLOS TENDRÁN DERECHO A: A la obtención y utilización de los medios de identificación y firma electrónica contemplados en esta ley. A utilizar las lenguas oficiales en el territorio de su Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo previsto en esta ley y en el resto del ordenamiento jurídico. A la respuesta de forma expresa y a la notificación de cualquier solicitud. A exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y autoridades, cuando así corresponda legalmente.
LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. SE CONSIDERAN INTERESADOS EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO: Aquellos cuyos intereses legítimos, únicamente colectivos, puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva. Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan cualquier interés que pueda resultar afectado por la decisión que en el mismo se adopte. Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos. Únicamente las asociaciones representativas de intereses sociales.
A LOS EFECTOS PREVISTOS EN LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, ¿CUÁL DE LOS SIGUIENTES NO TIENE LA CONSIDERACIÓN DE INTERESADO EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO? Aquellos/aquellas cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva. Quienes lo promuevan como titulares o intereses legítimos individuales o colectivos. Los o las que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la instrucción que en el mismo se adopte y comparezcan, exclusivamente de forma personal, ante la autoridad competente. Todas las respuestas anteriores son falsas.
LOS PODERES INSCRITOS EN EL REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS TENDRÁN UNA VALIDEZ DETERMINADA: Mínima de 5 años a contar desde la fecha de inscripción. Máxima de 10 años a contar desde la fecha de inscripción. Máxima de 5 años a contar desde la fecha de inscripción. Mínima de 10 años a contar desde la fecha de inscripción.
DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 9 DE LA LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, ¿LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS ESTÁN OBLIGADAS A VERIFICAR LA IDENTIDAD DE LOS CIUDADANOS QUE SE RELACIONAN CON ELLAS?: Sí, en todo caso, salvo que una Ley expresamente lo prohíba. Dependerá del motivo por el cual el ciudadano se dirija a la Administración. Sí, pero solamente cuando el ciudadano promueva el procedimiento como titular de derechos o intereses legítimos o colectivos. Sí, cuando quien se relaciona con la Administración se considera interesado atendiendo al artículo 4 de la Ley 39/2015.
TENDRÁN CAPACIDAD ANTE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, ADEMÁS DE LAS PERSONAS QUE LA OSTENTAN CON ARREGLO A LAS NORMAS CIVILES: Los menores de edad, siempre que sean mayores de 10 años. Cualquier menor sea cual fuere su condición. Los menores de edad cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico – administrativo CON la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Los menores de edad cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico – administrativo SIN la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela.
SE CONSIDERAN INTERESADOS EN UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos. Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte. Aquellos cuyos intereses legítimos puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva. Todas son correctas.
¿EN QUÉ SUPUESTO NO ES PRECISO ACREDITAR QUE SE ACTÚA EN REPRESENTACIÓN DE LA PERSONA INTERESADA ANTE UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA? Cuando se interpone un recurso de alzada contra una resolución administrativa. Cuando se trate de realizar una gestión de mero trámite. Cuando se presente una declaración responsable. Cuando se presente una declaración responsable o comunicación.
Según la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el sector público institucional se integra por: Cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas. Las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas, que quedarán sujetas a lo dispuesto en las normas de esta Ley que específicamente se refieran a las mismas, y en todo caso, cuando ejerzan potestades administrativas. Las Universidades públicas, que se regirán por su normativa específica y supletoriamente por las previsiones de esta Ley. Todas las respuestas anteriores son correctas.
La ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas tiene por objeto La presente Ley tiene por objeto regular los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos, el procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas, incluyendo el sancionador y el de reclamación de responsabilidad de las Administraciones Públicas, así como los principios a los que se ha de ajustar el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria. La presente Ley tiene por objeto regular los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos, el procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas, excluyendo el sancionador y el de reclamación de responsabilidad de las Administraciones Públicas, así como los principios a los que se ha de ajustar el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria. La presente Ley tiene por objeto regular los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos, el procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas, incluyendo el sancionador y el de reclamación de responsabilidad de las entidades que integran la Administración Local, así como los principios a los que se ha de ajustar el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria. La presente Ley tiene como objeto exclusivo regular los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos, el procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas, incluyendo el sancionador y el de reclamación de responsabilidad de las Administraciones Públicas, así como los principios a los que se ha de ajustar el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria.
Según la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas tendrán capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas: Los menores de edad para el ejercicio y defensa de aquellos de sus derechos e intereses sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Los menores de edad para el ejercicio y defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela ocuratela. Los menores de edad para el ejercicio y defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico con la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Los menores de edad no tienen en ningún caso capacidad de obrar sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad.
Según la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,tienen la consideración de Administraciones Públicas La Administración General del Estado Las Administraciones de las Comunidades Autónomas. Cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas. Todas las respuestas anteriores son correctas.
Según la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuren varios interesados Las actuaciones a que den lugar se efectuarán solo con el interesado Las actuaciones a que den lugar se efectuarán solo con el representante Las actuaciones a que den lugar se efectuarán con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que figure en primer término Las actuaciones a que den lugar se efectuarán con el que figure en primer término.
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