LEY 39/2015 - TÍTULO IV. Disposiciones s/Proc. Adm. Común
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Título del Test:![]() LEY 39/2015 - TÍTULO IV. Disposiciones s/Proc. Adm. Común Descripción: Capítulo II Iniciación del Procedimiento - Sección 1ª Disposiciones Generales |




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Según el Artículo 54. Clases de iniciación. Los procedimientos podrán iniciarse... De oficio. A solicitud del interesado. A instancia de parte. De oficio o a solicitud del interesado. 2.- Según el Art. 55. Información y actuaciones previas. Señale la CORRECTA: Con anterioridad al inicio del procedimiento, el órgano competente podrá abrir un período de información o actuaciones previas con el fin de conocer las circunstancias del caso concreto y la conveniencia o no de iniciar el procedimiento. Después del inicio del procedimiento, el órgano competente podrá abrir un período de información o actuaciones previas con el fin de conocer las circunstancias del caso concreto y la conveniencia o no de iniciar el procedimiento. Con anterioridad al inicio del procedimiento, el órgano instructor podrá abrir un período de información o actuaciones previas con el fin de conocer las circunstancias del caso concreto y la conveniencia o no de iniciar el procedimiento. Con anterioridad al inicio del procedimiento, el órgano competente siempre abrirá un período de información o actuaciones previas con el fin de conocer las circunstancias del caso concreto y la conveniencia o no de iniciar el procedimiento. Según el Art. 55. Información y actuaciones previas. Señale la CORRECTA: En el caso de procedimientos de naturaleza sancionadora las actuaciones previas se orientarán a determinar, con la mayor precisión posible, los hechos susceptibles de motivar la incoación del procedimiento, la identificación de la persona o personas que pudieran resultar responsables y las circunstancias relevantes que concurran en unos y otros. En el caso de procedimientos de naturaleza sancionadora las actuaciones previas se orientarán a determinar, con la mayor precisión posible, los hechos susceptibles de motivar la incoación del procedimiento, la identificación de los responsables y las circunstancias relevantes que concurran en los interesados. En el caso de procedimientos de naturaleza sancionadora no habrá actuaciones previas. Todas son correctas. Según el Art. 55. Información y actuaciones previas. Señale la CORRECTA: Las actuaciones previas serán realizadas por los órganos que tengan atribuidas funciones de investigación, averiguación e inspección en la materia y, en defecto de éstos, por la persona u órgano administrativo que se determine por el órgano competente para la iniciación o resolución del procedimiento. Las actuaciones previas serán realizadas por el órgano competente para la iniciación o resolución del procedimiento. Las actuaciones previas serán realizadas por el órgano instructor del procedimiento. Las actuaciones previas serán realizadas por los órganos que tengan atribuidas funciones de investigación e inspección en la materia y, en defecto de éstos, por la persona u órgano administrativo superior al órgano competente para la iniciación o resolución del procedimiento. Según el Artículo 56. Medidas provisionales. Señale la CORRECTA: Iniciado el procedimiento, el órgano administrativo competente para resolver, podrá adoptar, de oficio o a instancia de parte y de forma motivada, las medidas provisionales que estime oportunas para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer, si existiesen elementos de juicio suficientes para ello, de acuerdo con los principios de proporcionalidad, efectividad y menor onerosidad. Antes de iniciar el procedimiento, el órgano administrativo competente para resolver, podrá adoptar, de oficio y sin motivación, las medidas provisionales que estime oportunas para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer, si existiesen elementos de juicio suficientes para ello, de acuerdo con los principios de proporcionalidad, efectividad y menor onerosidad. Antes de iniciar el procedimiento, el órgano administrativo competente para resolver, podrá adoptar, de oficio y sin motivación, las medidas provisionales que estime oportunas para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer, si existiesen elementos de juicio suficientes para ello, de acuerdo con los principios de proporcionalidad, efectividad y mayor onerosidad. Iniciado el procedimiento, el órgano administrativo instructor para resolver, podrá adoptar, de oficio o a instancia de parte, medidas provisionales que estime oportunas para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer, si existiesen elementos de juicio suficientes para ello, de acuerdo con los principios de proporcionalidad, efectividad y mayor onerosidad. Según el Artículo 56. Medidas provisionales. Señale la CORRECTA: En todo caso, dichas medidas quedarán sin efecto si no se inicia el procedimiento en dicho plazo o cuando el acuerdo de iniciación no contenga un pronunciamiento expreso acerca de las mismas. En todo caso, dichas medidas quedarán sin efecto si no se inicia el procedimiento en dicho plazo o cuando el acuerdo de iniciación no contenga un pronunciamiento motivado acerca de las mismas. Las medidas no quedarán sin efecto si aunque no se inicie el procedimiento en dicho plazo o cuando el acuerdo de iniciación no contenga un pronunciamiento motivado acerca de las mismas. En ningún caso, dichas medidas quedarán sin efecto si no se inicia el procedimiento en dicho plazo o cuando el acuerdo de iniciación no contenga un pronunciamiento expreso acerca de las mismas. Según el Artículo 56. Medidas provisionales. Apartado 3. De acuerdo con lo previsto en los dos apartados anteriores, podrán acordarse las siguientes medidas provisionales, en los términos previstos en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil: Suspensión temporal de actividades. Prestación de fianzas. Retirada o intervención de bienes productivos o suspensión temporal de servicios por razones de sanidad, higiene o seguridad, el cierre temporal del establecimiento por estas u otras causas previstas en la normativa reguladora aplicable. Todas son correctas. Según el Artículo 56. Medidas provisionales. Apartado 3. De acuerdo con lo previsto en los dos apartados anteriores, podrán acordarse las siguientes medidas provisionales, en los términos previstos en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil: Embargo preventivo de bienes, rentas y cosas fungibles computables en metálico por aplicación de precios ciertos. El depósito, retención o inmovilización de cosa mueble. La intervención y depósito de ingresos obtenidos mediante una actividad que se considere ilícita y cuya prohibición o cesación se pretenda. Todas son correctas. Según el Artículo 56. Medidas provisionales. Apartado 3. De acuerdo con lo previsto en los dos apartados anteriores, podrán acordarse las siguientes medidas provisionales, en los términos previstos en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil: Consignación o constitución de depósito de las cantidades que se reclamen. Todas son correctas. La retención de ingresos a cuenta que deban abonar las Administraciones Públicas. Aquellas otras medidas que, para la protección de los derechos de los interesados, prevean expresamente las leyes, o que se estimen necesarias para asegurar la efectividad de la resolución. Según el Artículo 56. Medidas provisionales. Señale la INCORRECTA: No se podrán adoptar medidas provisionales que puedan causar perjuicio de difícil o imposible reparación a los interesados o que impliquen violación de derechos amparados por las leyes. Las medidas provisionales podrán ser alzadas o modificadas durante la tramitación del procedimiento, de oficio o a instancia de parte, en virtud de circunstancias sobrevenidas o que no pudieron ser tenidas en cuenta en el momento de su adopción. Las medidas provisionales no podrán ser alzadas o modificadas durante la tramitación del procedimiento, de oficio o a instancia de parte. En todo caso, las medidas provisionales se extinguirán cuando surta efectos la resolución administrativa que ponga fin al procedimiento correspondiente. Según Artículo 57. Acumulación. Señale la INCORRECTA: El órgano administrativo que inicie o tramite un procedimiento, cualquiera que haya sido la forma de su iniciación, podrá disponer, de oficio o a instancia de parte, su acumulación a otros con los que guarde identidad sustancial o íntima conexión, siempre que sea el mismo órgano quien deba tramitar y resolver el procedimiento. El órgano administrativo que inicie o tramite un procedimiento, cualquiera que haya sido la forma de su iniciación, podrá disponer, de oficio o a instancia de parte, su acumulación a otros con los que guarde identidad sustancial o íntima conexión, aunque no sea el mismo órgano quien deba tramitar y resolver el procedimiento. Contra el acuerdo de acumulación no procederá recurso alguno. Todas son falsas. |