Ley 4_2021 de la Gva
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Título del Test:![]() Ley 4_2021 de la Gva Descripción: Situaciones administrativas |




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El personal funcionario de carrera puede hallarse en alguna de las siguientes situaciones: SEÑALA LA INCORRECTA: Servicio activo. Servicios especiales. Servicio en otras administraciones públicas. Excedencia voluntaria. Excedencia forzosa. Expectativa de puesto de trabajo. Suspensión de funciones. La resolución que reconozca a una funcionaria o funcionario una situación administrativa diferente de la de servicio activo, deberá informar a la persona interesada: del régimen de reingreso al mismo. del regimen retributivo de su nueva situación. Corresponde la situación de servicio activo cuando el personal funcionario de carrera ocupa un puesto de trabajo y lo desempeña mediante cualquiera de los procedimientos de provisión previstos en la presente ley. Verdadero. Falso. Se hallará en esta situación el personal funcionario de carrera que haya sido cesado en tanto no se les atribuya destino en otro puesto de trabajo. Servicio activo. Expectativa de destino. Cuando el personal funcionario de carrera, por encargo de su administración pública, organismo público, consorcio o universidad pública, y de acuerdo con los intereses de este, pase temporalmente a prestar servicios en otra administración pública, organismo público, consorcio o universidad pública, con objeto de obtener un perfeccionamiento en técnicas profesionales y de la administración, se considerará situación de ________ y sus retribuciones corresponderán a la administración pública, organismo público, consorcio o universidad pública de origen. Servicio en otras administraciones. Servicio activo. Servicios especiales. El personal funcionario de carrera será declarado en la situación de servicios especiales: MARCA LA INCORRECTA. Cuando adquiera la condición de personal funcionario al servicio de organizaciones internacionales o de carácter supranacional. Cuando obtenga la autorización de su administración pública, organismo público, consorcio o universidad pública para realizar una misión por un período no superior a 6 meses en organismos internacionales, gobiernos o entidades públicas extranjeras o en programas de cooperación internacional y la retribución del mismo corra a cargo de estos organismos o programas, aunque la misión fuera iniciativa de su administración pública, organismo público, consorcio o universidad pública y la retribución a su cargo. Cuando sea nombrado miembro del Gobierno de la Nación, del Consell o de los órganos de gobierno de otras comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, miembros de las instituciones de la Unión Europea o de las organizaciones internacionales o sea nombrado alto cargo de las citadas administraciones públicas o instituciones. Cuando sea adscrito a los servicios del Tribunal Constitucional, del Defensor o Defensora del Pueblo, Síndic o Síndica de Greuges o destinados al Tribunal de Cuentas. Cuando sea nombrado para desempeñar puestos o cargos en organismos públicos o entidades dependientes o vinculadas a las administraciones públicas que, de conformidad con lo que se establezca en la correspondiente normativa organizativa de cada administración, estén asimilados en su rango administrativo a altos cargos. A estos efectos, se entenderá por alto cargo quien haya sido nombrado como tal por decreto del Consell u órganos análogos correspondientes del resto de administraciones públicas o instituciones. El personal funcionario de carrera será declarado en la situación de servicios especiales: Cuando accedan a la condición de diputada o diputado, senadora o senador de las Cortes Generales, diputada o diputado de les Corts. Cuando sea elegido por las Corts Valencianes, las Cortes Generales o las asambleas legislativas de las comunidades autónomas para formar parte de los órganos constitucionales o de los órganos estatutarios de las mismas. Cuando desempeñe cargos electivos retribuidos y de dedicación exclusiva en las asambleas de las ciudades de Ceuta y Melilla y en las entidades locales. cuando se desempeñen responsabilidades de órganos superiores y directivos municipales o cuando se desempeñen responsabilidades de miembros de los órganos locales para el conocimiento y la resolución de las reclamaciones económico-administrativas. Cuando sea designado para formar parte del CGPJo de los consejos de justicia de las comunidades autónomas. Cuando sea designado como personal eventual por ocupar puestos de trabajo con funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento y no opten por permanecer en servicio activo. Cuando sea activado como persona reservista del equipo olímpico de tiro al plato. El reingreso al servicio activo desde la situación de servicios especiales: El reingreso al servicio activo habrá de solicitarse en el plazo de 1 mes, a contar desde el día siguiente al de la finalización de la causa que dio lugar a la situación de servicios especiales. El incumplimiento de esta obligación no determinará la pérdida del derecho a la reserva del puesto de trabajo. Quienes se encuentren en situación de servicios especiales percibirán: las retribuciones del puesto o cargo que desempeñen y no las que les correspondan como personal funcionario de carrera, sin perjuicio del derecho a percibir los trienios que tengan reconocidos en cada momento. las retribuciones del puesto o cargo que desempeñen y no las que les correspondan como personal funcionario de carrera, sin derecho a percibir los trienios que tengan reconocidos en cada momento. La situación de servicios especiales supone el cómputo del tiempo de permanencia en la misma a efectos de reconocimiento de antigüedad, promoción interna, ascensos y derechos en el régimen de Seguridad Social que les sea de aplicación. Verdadero. Falso. La situación de servicios especiales dará derecho: A la reserva del mismo puesto de trabajo. Cuando el puesto de trabajo desempeñado con anterioridad hubiera sido obtenido por libre designación u ocupado en adscripción provisional. Respecto a la situación de servicios especiales: El reingreso al servicio activo habrá de solicitarse en el plazo de 1 mes, a contar desde el día siguiente al de la finalización de la causa que dio lugar a la situación de servicios especiales. El incumplimiento de esta obligación determinará la declaración en la situación de excedencia voluntaria por interés particular. La administración pública, organismo público, consorcio o universidad pública estarán obligados a asignar un puesto de trabajo en el plazo de 1 mes desde la presentación de la solicitud de reingreso al servicio activo. En caso de no ser asignado ningún puesto, se considerará al interesado en servicio activo con todos los derechos inherentes al mismo. El personal funcionario de carrera de una administración pública, organismo público, consorcio o universidad pública que, en virtud de los procedimientos de transferencias, concurso o libre designación, obtenga destino en otra administración pública, organismo público, consorcio o universidad pública, será declarado en la situación de. servicio en otras administraciones públicas. servicio extraordinarios. El personal funcionario de carrera en la situación de servicio en otras administraciones públicas se rige por: la legislación que sea aplicable en la administración pública, organismo público, consorcio o universidad pública en que efectivamente preste sus servicios, pero conservará su condición de personal funcionario de carrera de la administración pública, organismo público, consorcio o universidad pública de origen y el derecho a participar en las convocatorias para la provisión de puestos de trabajo que se efectúen por esta última. El tiempo de servicio en esta situación se le computará como de servicio activo en su cuerpo, escala o agrupación profesional funcionarial de origen. Las dos son correctas. Las dos son incorrectas. La excedencia voluntaria del personal funcionario de carrera podrá adoptar las siguientes modalidades: Excedencia voluntaria por interés particular. Excedencia voluntaria por agrupación familiar. Excedencia voluntaria automática por prestar servicios en el sector público. Excedencia voluntaria por cuidado de familiares. Excedencia voluntaria por razón de violencia de género. Excedencia voluntaria por razón de violencia terrorista. Excedencia involuntaria desincentivada. El personal funcionario de carrera podrá obtener la excedencia voluntaria por interés particular cuando haya prestado servicios efectivos en cualquiera de las administraciones públicas, organismos públicos, consorcios o universidades públicas, durante un período: mínimo de 3 años inmediatamente anteriores. Para solicitar el reingreso será necesario haber permanecido en esta situación, al menos, 2 años. mínimo de 4 años inmediatamente anteriores. Para solicitar el reingreso será necesario haber permanecido en esta situación, al menos, 2 años. La concesión de la excedencia voluntaria por interés particular: Quedará subordinada a las necesidades del servicio debidamente motivadas. Podrá declararse cuando al personal funcionario solicitante se le instruya procedimiento disciplinario o se encuentre en cumplimiento de sanción disciplinaria que se le hubiere impuesto con anterioridad. Procederá declarar de oficio la excedencia voluntaria por interés particular cuando, finalizada la causa que determinó el pase a una situación distinta a la de servicio activo, se incumpla la obligación de solicitar el reingreso en el plazo establecido. Quienes se encuentren en situación de excedencia voluntaria por interés particular: no devengarán retribuciones. ni les será computable el tiempo que permanezcan en tal situación a efectos de promoción profesional, antigüedad y derechos en el Régimen de Seguridad Social que les sea aplicable. Procederá la excedencia voluntaria por agrupación familiar,. sin el requisito de haber prestado servicios efectivos en cualquiera de las administraciones públicas, organismos públicos, consorcios y universidades públicas,. al personal funcionario cuyo cónyuge o pareja de hecho legalmente constituida resida en otra localidad por haber obtenido y estar desempeñando un puesto de trabajo de carácter definitivo,. como personal funcionario de carrera o laboral fijo en cualquiera de las administraciones públicas, organismos públicos, consorcios, universidades públicas, en los órganos constitucionales o del poder judicial y órganos similares de las comunidades autónomas,. así como en la Unión Europea o en organizaciones internacionales. Quienes se encuentren en situación de excedencia voluntaria por agrupación familiar: No devengarán retribuciones, ni les será computable el tiempo que permanezcan en tal situación a efectos de promoción profesional, antigüedad y derechos en el Régimen de Seguridad Social que les sea aplicable. Devengarán retribuciones, ni les será computable el tiempo que permanezcan en tal situación a efectos de promoción profesional, antigüedad y derechos en el Régimen de Seguridad Social que les sea aplicable. Respecto a la excedencia voluntaria por cuidado de familiares: El personal funcionario tendrá derecho a un período de excedencia... no superior a 3 años. Para atender al cuidado de cada hij@, tanto cuando sea por naturaleza como por adopción, o de cada menor sujeto a guarda con fines de adopción o acogimiento permanente, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. Para atender al cuidado del cónyuge o pareja de hecho legalmente constituida, o familiar que se encuentre a su cargo hasta el 2º grado inclusive de consanguinidad o afinidad, o cualquier persona que legalmente se encuentre bajo su guarda o custodia que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad, no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida. Efectos de la excedencia voluntaria por cuidado de familiares. El tiempo de permanencia en esta situación no será computable a efectos de antigüedad, promoción profesional y derechos en el Régimen de Seguridad Social que les sea aplicable. Cuando el sujeto causante de la excedencia prevista en el presente artículo sea el cónyuge o pareja de hecho legalmente constituida, el tiempo de permanencia en esta situación no será computable a efectos de derechos en el Régimen de Seguridad Social que les sea de aplicación, en tanto la legislación estatal aplicable no lo permita. El puesto de trabajo obtenido con destino definitivo se reservará durante los 3 años de duración de la excedencia. El puesto de trabajo que se estuviera desempeñando con carácter provisional, por no disponer de puesto en propiedad, se reservará durante los 3 años de duración de la excedencia siempre que no sea objeto de provisión con destino definitivo o, en su caso, se reincorpore su titular. El personal funcionario en esta situación podrá participar en los cursos de formación que organice la administración. Las funcionarias víctimas de violencia de género, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, tendrán derecho a esta excedencia: sin tener que haber prestado un tiempo mínimo de servicios previos y sin que les sea exigible plazo de permanencia en la misma. teniendo que haber prestado un tiempo mínimo de servicios previos y siéndoles exigible plazo de permanencia en la misma. La condición de víctima de violencia de género se acreditará de acuerdo con lo previsto en: El artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Las normas reglamentarias sobre la materia. Efectos de la excedencia voluntaria por razón de violencia de género. Durante los 6 primeros meses las funcionarias declaradas en la situación de excedencia voluntaria por razón de violencia de género tendrán derecho a la reserva del puesto de trabajo obtenido con destino definitivo o de aquel que se estuviera desempeñando con carácter provisional por no disponer de puesto en propiedad. Este periodo será computable a efectos de antigüedad, promoción profesional y derechos del régimen de Seguridad Social que sea aplicable. Ello no obstante, cuando de las actuaciones de tutela judicial resultase que la efectividad del derecho de protección de la víctima lo exigiere, se podrá prorrogar por períodos de 3 meses, con un máximo de 18 meses, con idénticos efectos a los señalados anteriormente. Asimismo, transcurrido este periodo, se mantendrá únicamente el derecho a la reserva del puesto de trabajo en los términos previstos en el párrafo anterior, hasta que se produzca el cese de la situación de violencia que generó la excedencia. La funcionaria no tendrá derecho a las retribuciones complementarias ni a las prestaciones familiares por hij@ a su cargo. El personal funcionario de carrera incluido en un proceso de reasignación de efectivos podrá solicitar ser declarado en situación de: Excedencia voluntaria incentivada una vez se publique en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» o en el boletín oficial correspondiente el plan de ordenación de personal. Excedencia por interés personal una vez se publique en el "BOE". Quienes se encuentren en situación de expectativa de destino o excedencia forzosa como consecuencia de la aplicación de una redistribución de efectivos o de otras medidas de racionalización de la organización administrativa y de personal tendrán derecho a pasar,. previa solicitud, a la situación de excedencia voluntaria incentivada. directamente a la situación de servicio activo. La excedencia voluntaria incentivada tendrá una duración de: 5 años e impedirá desempeñar puestos de trabajo en el sector público bajo ningún tipo de relación funcionarial o laboral, excepto los supuestos contemplados en el artículo 3 y concordantes de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades. 10 años y no impedirá desempeñar puestos de trabajo en el sector público bajo cualquier tipo de relación funcionarial o laboral. La declaración de excedencia forzosa se producirá en los casos siguientes: Cuando el personal funcionario declarado en situación de suspensión con pérdida del puesto de trabajo solicite el reingreso tras cumplir la sanción impuesta y este no sea posible por falta de puesto de trabajo vacante con dotación presupuestaria. Cuando el personal funcionario que se encuentre en situación de expectativa de destino agote el período máximo fijado para dicha situación por causa imputable a la administración pública, organismo público, consorcio o universidad pública, así como cuando incumpla las obligaciones impuestas en el artículo 163. Cuando el personal funcionario en excedencia voluntaria sin reserva de puesto de trabajo solicite el reingreso tras la finalización de la misma y, una vez trascurrido el plazo previsto para el reingreso, éste no sea posible por falta de puesto de trabajo. El personal declarado en la situación administrativa de excedencia forzosa tiene derecho a percibir: (SEÑALA LA INCORRECTA). las retribuciones básicas y, en su caso, las prestaciones familiares por hija o hijo a cargo. El tiempo que permanezcan en esta situación será computable a efectos de antigüedad y de derechos del Régimen de Seguridad Social que sea aplicable. El salario mínimo interprofesional y, en su caso, las prestaciones familiares por hija o hijo a cargo. El tiempo que permanezcan en esta situación no será computable a efectos de antigüedad y de derechos del Régimen de Seguridad Social que sea aplicable. No obstante lo anterior, en el caso de que las retribuciones que deba percibir el personal declarado en esta situación sean inferiores a la cuantía fijada como salario mínimo interprofesional, deberán ser complementadas hasta alcanzar dicha cuantía. El personal en excedencia forzosa: tiene obligación de participar en los concursos convocados a puestos de su cuerpo, escala o agrupación profesional funcionarial o en su caso, de su agrupación de puestos de trabajo, de su localidad, declarándoles en caso de no hacerlo, en situación de excedencia voluntaria por interés particular. Asimismo, deberán aceptar los destinos que se les ofrezcan en puestos de su cuerpo, escala o agrupación profesional funcionarial o, en su caso, de su agrupación de puestos de trabajo, ubicados en la misma localidad donde desempeñaron su puesto anterior y participar en los cursos de capacitación que se les ofrezcan. El personal funcionario cuyo puesto de trabajo haya sido suprimido como consecuencia de la aplicación de una medida de redistribución de efectivos o de racionalización de la organización administrativa y de personal reguladas por esta ley y no hayan obtenido otro puesto de trabajo, podrá ser declarado en la situación de: expectativa de destino. excedencia por interés particular. excedencia forzosa. Procederá declarar la situación de expectativa de destino: cuando, de acuerdo con el procedimiento establecido, se produzca una modificación de las relaciones de puestos de trabajo y no sea posible mantener al personal funcionario en activo en el cuerpo, escala o agrupación profesional funcionarial o, en su caso, en la agrupación de puestos de trabajo, que le corresponda por falta de puesto de trabajo con dotación presupuestaria. Cuando el personal funcionario declarado en situación de suspensión firme con pérdida del puesto de trabajo solicite el reingreso tras cumplir la sanción impuesta y este no sea posible por falta de puesto de trabajo vacante con dotación presupuestaria. El personal en situación de expectativa de destino vendrá obligado a: Aceptar los destinos en puestos de su cuerpo, escala o agrupación profesional funcionarial que se le ofrezcan en la localidad donde estaba destinado. Participar en los concursos para puestos adecuados a su cuerpo, escala o agrupación profesional funcionarial, situados en la localidad donde estaba destinado. Participar en los cursos de formación a los que se les convoque. Todas son correctas. Todas son incorrectas. El período máximo de la situación de expectativa de destino será de. 1 año, transcurrido el cual se pasará a la situación de excedencia forzosa, salvo que el exceso de dicho período no sea imputable al interesado. 6 años, transcurridos los cuales se pasará a la situación de excedencia forzosa, salvo que el exceso de dicho período sea imputable al interesado. El personal funcionario declarado en la situación de suspensión: Quedará privado durante el tiempo de permanencia en la misma del ejercicio de sus funciones y de todos los derechos inherentes a dicha condición. La suspensión podrá ser provisional o definitiva. Podrá acordarse la suspensión de funciones con carácter provisional con ocasión de la tramitación de un procedimiento judicial o disciplinario en los términos que se establecen en esta ley para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer. La suspensión provisional como medida cautelar en la tramitación de un procedimiento disciplinario no podrá exceder de 6 meses, salvo en caso de paralización del procedimiento imputable a la persona interesada. La suspensión provisional podrá acordarse también durante la tramitación de un procedimiento judicial, y se mantendrá por el tiempo a que se extienda la prisión provisional u otras medidas decretadas que determinen la imposibilidad de desempeñar el puesto de trabajo. La suspensión firme se impondrá cuando proceda en virtud de sentencia dictada en causa criminal o sanción disciplinaria firmes. Determinará la pérdida del puesto de trabajo cuando exceda de 12 meses. Relaciona las situaciones administrativas y su definición. cuando el personal funcionario de carrera ocupa un puesto de trabajo y lo desempeña mediante cualquiera de los procedimientos de provisión previstos en la presente ley. El personal funcionario de carrera de una administración pública, organismo público, consorcio o universidad pública que, en virtud de los procedimientos de transferencias, concurso o libre designación, obtenga destino en otra administración pública, organismo público, consorcio o universidad pública, será declarado en la situación de. El personal funcionario cuyo puesto de trabajo haya sido suprimido como consecuencia de la aplicación de una medida de redistribución de efectivos o de racionalización de la organización administrativa y de personal reguladas por esta ley y no hayan obtenido otro puesto de trabajo, podrá ser declarado en la situación de:. Cuando el personal funcionario declarado en situación de suspensión firme con pérdida del puesto de trabajo solicite el reingreso tras cumplir la sanción impuesta y este no sea posible por falta de puesto de trabajo vacante con dotación presupuestaria. |