LEY 40/2015 DE RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR PÚBLICO NORMATI
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Título del Test:![]() LEY 40/2015 DE RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR PÚBLICO NORMATI Descripción: TEMA 18: ADMINISTRATIVO SAS EXAMENES 1 |




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Según la Ley 40/2015, entre los principios de la potestad sancionadora de las Administraciones Públicas se encuentran los de: Legalidad, tipicidad, responsabilidad, justicia y proporcionalidad. Legalidad, irretroactividad, tipicidad, responsabilidad y proporcionalidad. Legalidad, irretroactividad, responsabilidad y publicidad. Legalidad, tipicidad, responsabilidad, proporcionalidad y publicidad. ¿Qué artículo de la Constitución Española dice que “nadie podrá ser privado de sus deberes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes”?. Artículo 9. Artículo 16. Artículo 33. Artículo 106. De acuerdo con el artículo 32.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que recoge los principios de la responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas, el daño alegado habrá de ser: Efectivo. Evaluable económicamente. Individualizado con relación a una persona o grupo de personas. Todas son correctas. Según la Ley 40/2015, para ser indemnizado por las Administraciones Públicas, el daño alegado por un particular deberá ser: Efectivo y culposo. Efectivo, evaluable económicamente e individualizado. Efectivo, referido a una persona concreta y ratificado por un Juzgado. Efectivo y reparable. ¿Qué artículo de la Constitución Española sienta como principio del ordenamiento jurídico el de “responsabilidad de los poderes públicos”?. Artículo 9. Artículo 16. Artículo 33. Artículo 103. Según el art. 30 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de RJSP, las infracciones y sanciones prescribirán según lo dispuesto en las leyes que las establezcan. Si éstas no fijan plazos de prescripción: Las infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses. Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los seis años, las impuestas por faltas graves a los dos años y las impuestas por faltas leves al año. Las infracciones muy graves prescribirán a los dos años, las graves al año y las leves a los seis meses. Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los tres años, las impuestas por faltas graves a los dos años y las impuestas por faltas leves a los seis meses. Señale la respuesta correcta en el marco de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley. En todo caso, el daño alegado habrá de ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas. Cuando de la gestión dimanante de fórmulas conjuntas de actuación entre varias Administraciones públicas se derive responsabilidad en los términos previstos en la presente Ley, las Administraciones intervinientes responderán frente al particular, en todo caso, de forma solidaria. Todas las respuestas son correctas. Los particulares tienen derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos causados por el funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos: En todo caso. Salvo en los casos de fuerza mayor. Salvo en los casos de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley. Salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley. Señale la respuesta INCORRECTA en relación con los procedimientos de naturaleza sancionadora. Los procedimientos de naturaleza sancionadora se iniciarán siempre de oficio por acuerdo del órgano competente. Se considerará que un órgano es competente para iniciar el procedimiento cuando así lo determinen las normas reguladoras del mismo. Se podrá imponer sanciones sin que se haya tramitado el oportuno procedimiento, cuando deriven de faltas leves. No se podrán iniciar nuevos procedimientos de carácter sancionador por hechos o conductas tipificadas como infracciones en cuya comisión el infractor persista de forma continuada, en tanto no haya recaído una primera resolución sancionadora, con carácter ejecutivo. El artículo 32 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público , establece como principio de la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas que, en todo caso: El daño alegado habrá de ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas. El daño habrá de ser demostrable y tasado. Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas de toda lesión que sufran en sus bienes. Los daños deriven de la aplicación de una norma con rango de ley o una sentencia firme. En los procedimientos de reclamación de responsabilidad de las Administraciones Públicas: Cuando las Administraciones Públicas decidan iniciarlo de oficio será necesario que primeramente haya prescrito el derecho a la reclamación del interesado. El procedimiento iniciado no se podrá instruir si los particulares presuntamente lesionados no se personan en el plazo establecido. Los interesados solo podrán solicitar el inicio de un procedimiento de responsabilidad patrimonial, cuando no haya prescrito su derecho a reclamar. El acuerdo de iniciación del procedimiento no precisa de notificación a los particulares presuntamente lesionados. Cuando las Administraciones Públicas decidan iniciar de oficio un procedimiento de responsabilidad patrimonial, el acuerdo de iniciación del procedimiento se notificará a los particulares presuntamente lesionados, concediéndoles, para que aporten cuantas alegaciones, documentos o información estimen conveniente a su derecho y propongan cuantas pruebas sean pertinentes para el reconocimiento del mismo, un plazo de: Diez días. No inferior a 15 días. Siete días. Quince días. De conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la indemnización derivada de la responsabilidad patrimonial de la Administración: Se calculará con referencia al momento en que se ponga fin al procedimiento de responsabilidad. En ningún caso podrá sustituirse por una compensación en especie aunque exista acuerdo con el interesado. Podrá ser abonada mediante pagos periódicos cuando convenga al interés público, aunque no exista acuerdo con el interesado. Se calculará con referencia al día en que la lesión efectivamente se produjo, sin perjuicio de su actualización a la fecha en que se ponga fin al procedimiento de responsabilidad. ¿Qué órgano fija el importe de las indemnizaciones que proceda abonar cuando el Tribunal Constitucional haya declarado, a instancia de parte interesada, la existencia de un funcionamiento anormal en la tramitación de los recursos de amparo o de las cuestiones de inconstitucionalidad?. El Consejo de Ministros. El Tribunal Supremo. El Ministerio de Justicia. El Consejo de Estado. La cuantía de la indemnización, en materia de responsabilidad patrimonial, de acuerdo con la Ley 40/2015, de 1 octubre, se calculará con referencia: A la fecha de la resolución del procedimiento de responsabilidad patrimonial, sin perjuicio de su actualización con arreglo al Índice de Garantía de la Competitividad, fijado por el Instituto Nacional de Estadística, y de los intereses que procedan por demora en el pago de la indemnización fijada. A la fecha en que se interrumpa la prescripción del derecho. Al día en que se inicia el procedimiento de responsabilidad patrimonial, sin perjuicio de su actualización a la fecha en que se ponga fin al procedimiento de responsabilidad con arreglo al Índice de Garantía de la Competitividad, fijado por el Instituto Nacional de Estadística, y de los intereses que procedan por demora en el pago de la indemnización fijada. Al día en que la lesión efectivamente se produjo, sin perjuicio de su actualización a la fecha en que se ponga fin al procedimiento de responsabilidad con arreglo al Índice de Garantía de la Competitividad, fijado por el Instituto Nacional de Estadística, y de los intereses que procedan por demora en el pago de la indemnización fijada. Según el artículo 32 de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, para que los particulares tengan derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas en concepto de responsabilidad patrimonial, el daño alegado debe ser: Efectivo. Inmediato. Objetivo. Generalizado. De acuerdo al artículo 32 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos,. En los casos de causa de fuerza mayor. Siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos. En los casos de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley. Todas las respuestas anteriores son correctas. En relación con las indemnizaciones a particulares por las Administraciones Públicas, no es cierto que: Sólo serán indemnizables las lesiones producidas al particular provenientes de daños que este no tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley. Serán indemnizables los daños que se deriven de hechos o circunstancias que no se hubiesen podido prever o evitar según el estado de los conocimientos de la ciencia o de la técnica existente en el momento de producción de aquellos. La cuantía de la indemnización se calculará con referencia al día en que la lesión efectivamente se produjo sin perjuicio de su actualización a la fecha en que se ponga fin al procedimiento de responsabilidad con arreglo al índice de precios al consumo y de los intereses que procedan por demora en el pago de la indemnización fijada. La indemnización procedente podrá sustituirse por una compensación en especie o ser abonada mediante pagos periódicos si conviene al interés público y siempre que exista acuerdo con el interesado. El artículo 32.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en relación con los principios de la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas, establece que, en todo caso, el daño alegado: Habrá de ser efectivo y evaluable económicamente. Habrá de ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas. Habrá de ser eficaz, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas. Habrá de ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona, sin que pueda afectar a un grupo de personas. Según el art. 34 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en los casos de responsabilidad patrimonial a los que se refiere los apartados 4 y 5 del artículo 32, serán indemnizables los daños producidos en: El plazo de los dos años anteriores a la fecha de la publicación de la sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o el carácter de norma contraria al Derecho de la Unión Europea, salvo que la sentencia disponga otra cosa. El plazo de los cuatro años anteriores a la fecha de la publicación de la sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o el carácter de norma contraria al Derecho de la Unión Europea, salvo que la sentencia disponga otra cosa. El plazo de los tres años anteriores a la fecha de la publicación de la sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o el carácter de norma contraria al Derecho de la Unión Europea, salvo que la sentencia disponga otra cosa. El plazo de los cinco años anteriores a la fecha de la publicación de la sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o el carácter de norma contraria al Derecho de la Unión Europea, salvo que la sentencia disponga otra cosa. El derecho a reclamar prescribe por el transcurso, a partir desde que se produjo el acto o hecho que motive la indemnización o de manifestarse su efecto lesivo, de: 6 meses. 1 año. Dos años. 3 años. Conforme a los principios de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas previstos en el artículo 32 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos: Cuando la lesión sea consecuencia de la aplicación de actos legislativos de naturaleza expropiatoria de derechos que tengan el deber jurídico de soportar. Cuando la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley. Cuando la lesión sea consecuencia del funcionamiento anormal de los servicios públicos incluso en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular no tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley. Ninguna de las anteriores es correcta. De acuerdo con el apartado 3 del artículo 29 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, en la determinación normativa del régimen sancionador, así como en la imposición de sanciones por las Administraciones Públicas se deberá observar la debida idoneidad y necesidad de la sanción a imponer y su adecuación a la gravedad del hecho constitutivo de la infracción. La graduación de la sanción considerará especialmente: El grado de intencionalidad. La conducta infractora y los perjuicios causados con ello, así como el grado de culpabilidad e intencionalidad. La reincidencia, por comisión en el término de seis meses de más de una infracción de la misma naturaleza cuando así haya sido declarado por resolución administrativa firme; los perjuicios causados con la conducta infractora, y el grado de intencionalidad. La reincidencia, por comisión en el término de un año de más de una infracción de la misma naturaleza cuando así haya sido declarado por resolución firme en vía administrativa; la naturaleza de los perjuicios causados; la continuidad o persistencia en la conducta infractora y el grado de culpabilidad o existencia de intencionalidad. En cuanto a la iniciación de oficio del procedimiento para exigir la responsabilidad de una Administración Pública, se notificará el acuerdo de iniciación a los particulares presuntamente lesionados para que aporten cuantas alegaciones, documentos o información estimen conveniente a su derecho en un plazo de: 7 días. 10 días. 20 días. 30 días. Conforme a lo previsto en el artículo 32.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos: Exclusivamente cuando la lesión sea consecuencia del funcionamiento anormal de los servicios públicos. Siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos. Únicamente cuando la Administración actúa con sometimiento al Derecho Público. Únicamente cuando la Administración actúa con sometimiento al Derecho Privado. De acuerdo con el artículo 32 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público ¿tendrán derecho los particulares a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en sus bienes y derechos como consecuencia de la aplicación de actos legislativos?. Sí, en todo caso. No, salvo que los daños deriven de la aplicación de una norma con rango de ley. Sí, siempre que tengan naturaleza expropiatoria. No, salvo que sean de naturaleza no expropiatoria de derechos que no se tenga el deber jurídico de soportar cuando así se establezca en los propios actos legislativos y en los términos que en ellos se especifiquen. El instructor de un procedimiento para exigir responsabilidad a una Administración Pública, podrá solicitar cuantos informes estime necesarios para resolver, siendo obligatorio recabar informe del servicio cuyo funcionamiento haya ocasionado la presunta lesión indemnizable, no pudiendo exceder el plazo de su emisión de: 7 días. 10 días. 20 días. 30 días. Son causas de la exclusión de responsabilidad patrimonial de la Administración pública. Daños producidos por riesgos conocidos. Fuerza mayor o caso fortuito. Daños que el particular no tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la ley. Culpa compartida de la víctima. Cuando el Tribunal Constitucional haya declarado, a instancia de parte interesada, la existencia de un funcionamiento anormal en la tramitación de los recursos de amparo o de las cuestiones de inconstitucionalidad, el importe de las indemnizaciones que proceda abonar lo fijará: El Pleno del Tribunal Constitucional. El Consejo de Estado. El Consejo de Ministros. El Ministro de Justicia. En el procedimiento para la exigencia de la responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas, se abrirá un plazo de alegaciones de un plazo de: 10 días. 15 días. 5 días. 20 días. Según establece el artículo 34.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, respecto a la indemnización en los casos de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública: La indemnización procedente podrá sustituirse por una compensación en especie o ser abonada mediante pagos periódicos, cuando resulte más adecuado para lograr la reparación debida y convenga al interés del particular afectado. La indemnización procedente nunca podrá sustituirse por una compensación en especie, ni ser abonada mediante pagos periódicos. La indemnización procedente podrá sustituirse por una compensación en especie o ser abonada mediante pagos periódicos, cuando resulte más adecuado para lograr la reparación debida y convenga al interés público, siempre que exista acuerdo con el interesado. La indemnización procedente podrá sustituirse por un pago a tanto alzado, cuando resulte más adecuado para lograr la reparación debida y convenga al interés público, siempre que exista acuerdo con el interesado. Los procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial: Sólo pueden tramitarse por el procedimiento administrativo común. Solo pueden tramitarse por el procedimiento administrativo simplificado. Se tramitan por un procedimiento administrativo especial. Pueden tramitarse por el procedimiento común y por el simplificado. En el caso de reclamaciones en materia de responsabilidad patrimonial del Estado por el funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, será preceptivo el informe del Consejo General del Poder Judicial que será evacuado en el plazo máximo de: 1 mes. 2 meses. 3 meses. 6 meses. Según el art. 34 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en los casos de responsabilidad patrimonial a los que se refiere los apartados 4 y 5 del artículo 32, serán indemnizables los daños producidos en: El plazo de un año anterior a la fecha de la publicación de la sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o el carácter de norma contraria al Derecho de la Unión Europea, salvo que la sentencia disponga otra cosa. El plazo de los tres años anteriores a la fecha de la publicación de la sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o el carácter de norma contraria al Derecho de la Unión Europea, salvo que la sentencia disponga otra cosa. El plazo de los cuatro años anteriores a la fecha de la publicación de la sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o el carácter de norma contraria al Derecho de la Unión Europea, salvo que la sentencia disponga otra cosa. El plazo de los cinco años anteriores a la fecha de la publicación de la sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o el carácter de norma contraria al Derecho de la Unión Europea, salvo que la sentencia disponga otra cosa. Para que las Administraciones Públicas inicien de oficio el procedimiento de responsabilidad patrimonial es necesario, según lo establecido en el artículo 65.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo común de las administraciones públicas. Que no hayan transcurrido mas de cuatro años desde la producción del hecho o del acto que motive la indemnización. cosa. Que no haya prescrito el derecho a reclamar del interesado. Que no hayan transcurrido mas de cuatro años desde que se manifieste el efecto lesivo del hecho o del acto que motive la indemnización. Que haya prescrito el derecho a reclamar del interesado. Si no recae ni se notifica resolución expresa o, en su caso, se formaliza el acuerdo, podrá entenderse que la resolución es contraria a la indemnización del particular, si desde que se inició el procedimiento de responsabilidad patrimonial han transcurrido: 3 meses. 6 meses. 9 meses. 1 año. En los procedimientos para la exigencia de responsabilidad patrimonial a las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas: Transcurrido un año desde que se inició el procedimiento sin que haya recaído y se notifique resolución expresa o, en su caso, se haya formalizado el acuerdo, podrá entenderse que la resolución es contraria a la indemnización del particular. El órgano competente acuerda la iniciación del procedimiento, notificando el mismo a los particulares presuntamente lesionados y concediéndoles un plazo de quince días para que aporten cuantas alegaciones, documentos, informaciones y pruebas estimen convenientes. En todo caso, se debe pedir informe al servicio en cuyo funcionamiento se haya ocasionado la presunta lesión indemnizable. En el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía, corresponde la competencia para la resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial en exclusividad al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía. Según el artículo 32 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ¿tendrán los particulares derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos?. Sí, en todo caso. Sí, pero, en todo caso, el daño alegado habrá de ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado en relación a una persona o grupo de personas. Sí, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley. Las opciones b) y c) son correctas. En relación con el derecho de los particulares a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, la anulación de los actos o disposiciones administrativas: Presupone, por si misma, derecho a la indemnización. Presupone, por si misma, derecho a la indemnización, si la anulación se produce en vía administrativa. Presupone, por si misma, derecho a la indemnización, si la anulación se produce por el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. No presupone, por si misma, derecho a la indemnización. En la responsabilidad patrimonial de la Administración, conforme a lo establecido en el artículo 34.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la cuantía de la indemnización se calculará: Con referencia a la fecha en que se ponga fin al procedimiento de responsabilidad, sin perjuicio de los intereses que procedan por demora en el pago de la indemnización fijada. Con referencia a la fecha de inicio del procedimiento de responsabilidad, sin perjuicio de los intereses que procedan por demora en el pago de la indemnización fijada. Con referencia al día en que la lesión efectivamente se produjo, sin perjuicio de su actualización a la fecha en que se ponga fin al procedimiento de responsabilidad y de los intereses que procedan por demora en el pago de la indemnización fijada. Con referencia a la fecha de inicio del procedimiento de responsabilidad y de su actualización con respecto al interés legal del dinero en función de la fecha en que se ponga fin al procedimiento de responsabilidad. Para hacer efectiva la responsabilidad patrimonial a que se refiere la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los particulares exigirán: Directamente a la Administración Pública correspondiente las indemnizaciones por los daños y perjuicios causados por las autoridades y personal a su servicio. Directamente a las autoridades y personal al servicio de la Administración Pública las indemnizaciones por los daños y perjuicios que hayan ocasionado. Indiferentemente a la Administración Pública correspondiente o a las autoridades y personal a su servicio las indemnizaciones por los daños y perjuicios causados por estas últimas. Ninguna es correcta. En todo caso, en relación con el derecho de los particulares a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, el daño alegado: Deberá ser individualizado con relación a una persona. No podrá ser evaluable económicamente. Habrá de ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas. Debe ser jurídicamente soportable por el particular, de acuerdo con la Ley. Conforme al artículo 34.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en supuestos de responsabilidad patrimonial la indemnización procedente podrá sustituirse por una compensación en especie o ser abonada mediante pagos periódicos, cuando resulte más adecuado para lograr la reparación debida y convenga al interés público. Siempre que lo exija así el interesado. Aunque exista oposición del interesado. Siempre que exista acuerdo con el interesado. Nunca podrá sustituirse la indemnización por una compensación en especie. Por el principio de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas: Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento anormal de los servicios públicos salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley. Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento anormal de los servicios públicos salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular no tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley. Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley. Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular no tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley. El plazo del derecho a reclamar en caso de daños de carácter físico o psíquico a las personas empezará a computarse desde: La curación o la determinación del alcance de las secuelas. Que se produjo el hecho causante. El primer parte médico que reconozca el daño. El momento en que el interesado entra en su domicilio habitual. Cuando las Administraciones Públicas decidan iniciar de oficio un procedimiento de responsabilidad patrimonial será necesario (señale la respuesta incorrecta): Será necesario que no haya prescrito el derecho a la reclamación del interesado al que se refiere el artículo 67 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. El acuerdo de iniciación del procedimiento se notificará a los particulares presuntamente lesionados. Se les concede a los lesionados un plazo de diez días para que aporten cuantas alegaciones, documentos o información estimen conveniente a su derecho y propongan cuantas pruebas sean pertinentes para el reconocimiento del mismo. El procedimiento iniciado se instruirá siempre que los particulares presuntamente lesionados se personen en el plazo establecido. Según el art. 36.4.e de la Ley 40/2015, el plazo máximo para la Resolución por el órgano competente en procedimientos para la exigencia de la responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas es de: Cinco días. Díez días. Quince días. Treinta días. En el ámbito de la Administración General del Estado, los procedimientos de responsabilidad patrimonial se resolverán por: Los Subsecretarios. Los órganos superiores. El Ministro respectivo o por el Consejo de Ministros. El Ministro competente en materia de Hacienda. En Responsabilidad Patrimonial si la lesión es consecuencia de la aplicación de una norma declarada contraria al Derecho de la Unión Europea, procederá su indemnización cuando se cumplan los requisitos siguientes: La norma ha de tener por objeto conferir derechos a los particulares. El incumplimiento ha de estar suficientemente caracterizado. Ha de existir una relación de causalidad directa entre el incumplimiento de la obligación impuesta a la Administración responsable por el Derecho de la Unión Europea y el daño sufrido por los particulares. Deberán cumplirse todos los requisitos señalados en las respuestas anteriores. En procedimientos de responsabilidad patrimonial iniciados de oficio: No es necesario que el acuerdo de iniciación del procedimiento se notifique a los particulares presuntamente lesionados. Se precisa que haya prescrito el derecho a la reclamación del interesado. Es obligatorio que los interesados se personen y aporten cuantas alegaciones, documentos o información estimen conveniente a su derecho y propongan cuantas pruebas sean pertinentes para el reconocimiento del mismo. El procedimiento iniciado se instruirá aunque los particulares presuntamente lesionados no se personen en el plazo establecido. |