LEY 43/2003, DE 21 DE NOVIEMBRE, DE MONTES.
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Título del Test:![]() LEY 43/2003, DE 21 DE NOVIEMBRE, DE MONTES. Descripción: Algunas preguntas sobre la Ley de Montes |




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Artículo 51. Marco jurídico de la sanidad forestal. Se cumplirá lo establecido en la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal... En la prevención y lucha contra las plagas forestales, así como en cualquier otro aspecto de la sanidad forestal. En el Registro de Productos Fitosanitarios a utilizar en los montes. En la introducción y circulación de plantas y productos forestales de importación. Todas las respuestas son correctas. Artículo 52. Protección de los montes contra agentes nocivos. Sin perjuicio de lo establecido en la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal, la protección de los montes contra los agentes nocivos debe ser........ de carácter preferentemente reactivo, mediante técnicas selvícolas adecuadas, utilización de agentes biológicos que impidan o frenen el incremento de las poblaciones de agentes nocivos y la aplicación de métodos de lucha integrada. de carácter preferentemente preventivo, mediante técnicas selvícolas adecuadas, utilización de agentes químicos que impidan o frenen el incremento de las poblaciones de agentes perjudiciales y la aplicación de métodos de lucha integrada. Ninguna respuesta es correcta. de carácter preferentemente preventivo, mediante técnicas selvícolas adecuadas, utilización de agentes biológicos que impidan o frenen el incremento de las poblaciones de agentes nocivos y la aplicación de métodos de lucha integrada. Protección de los montes contra agentes nocivos y obligaciones de sus titulares. Señale la respuesta INCORRECTA. Las comunidades autónomas adoptarán las medidas necesarias de vigilancia, localización y extinción de focos incipientes de plagas, debiendo informar a los propietarios forestales de la zona afectada, y al órgano competente de la Administración General del Estado por si pudiera verse afectada la sanidad general de los montes españoles. La Estrategia Forestal Española, el Plan Forestal Español, los Planes de Ordenación de Recursos Forestales, las Directrices Básicas Comunes de Gestión Forestal Sostenible, los Proyectos de Ordenación, los Planes Dasocráticos y cualquier otra acción de planificación contemplada en la presente ley, deberán incluir disposiciones para la prevención y lucha contra plagas y enfermedades, con especial atención a los riesgos de las plagas emergentes. En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal, los titulares de los montes están obligados a comunicar la aparición atípica de agentes nocivos a los órganos competentes de las comunidades autónomas y a ejecutar o facilitar la realización de las acciones obligatorias que éstos determinen. Las comunidades autónomas y las entidades locales (incluidas las provincias afectadas) adoptarán las medidas necesarias de vigilancia, localización y extinción de focos incipientes de plagas, debiendo informar a los propietarios forestales de la zona afectada, y al órgano competente de la Administración General del Estado por si pudiera verse afectada la sanidad general de los montes españoles. ¿Quién regulará el acceso público a los montes?. las Administraciones Públicas competentes. Las Comunidades Autónomas y la Admon. del Estado, conjuntamente. Los propietarios de los montes, cuando sean privados. Ninguna respuesta es correcta. Artículo 54 bis. Acceso público. ¿Quién regulará las condiciones en que se permite la circulación de vehículos a motor por pistas forestales situadas fuera de la red de carreteras y a través de terrenos forestales, fuera de los viales existentes para tal fin?. Las comunidades autónomas. Las comunidades autónomas y las entidades locales. La Administración del Estado. Ninguna respuesta es correcta. Señales la respuesta falsa: En caso de necesidad, podrá limitarse la circulación en las servidumbres de paso para la gestión agroforestal y las labores de vigilancia y de extinción de incendios de las Administraciones Públicas competentes. Las Administraciones públicas fomentarán el conocimiento de los principios básicos de la selvicultura entre los propietarios privados de los montes y los trabajadores forestales. En las labores de formación se fomentará la participación de las asociaciones profesionales del sector. la Administración General del Estado, en colaboración con las comunidades autónomas y los agentes sociales representativos, promoverá la elaboración de planes de formación y empleo del sector forestal, incluyendo medidas relativas a la prevención de riesgos laborales. la Administración General del Estado cooperará con las comunidades autónomas y los agentes sociales representativos en el establecimiento de programas de divulgación que traten de dar a conocer la trascendencia que tiene para la sociedad la existencia de los montes y su gestión sostenible, y la importancia de sus productos como recursos naturales renovables. Artículo 58. Extensión, policía y guardería forestal. 1. Las Administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, deberán desempeñar, entre otras, las siguientes funciones de extensión, policía y guardería forestal: a) De policía, custodia y vigilancia para el cumplimiento de la normativa aplicable en materia forestal, especialmente las de prevención, detección e investigación de las causas de incendios forestales, emitiendo los informes técnicos pertinentes. b) De asesoramiento facultativo en tareas de extensión y gestión forestal y de conservación de la naturaleza. Los funcionarios que desempeñen esas funciones contarán con la formación universitaria específica que les capacite para su correcto desarrollo. Las respuestas a) y b) son correctas. Artículo 58. Extensión, policía y guardería forestal. Señale las respuesta INCORRECTA. Los funcionarios que desempeñen funciones de policía administrativa forestal, por atribución legal o por delegación, tienen la condición de agentes de la autoridad. Los hechos constatados y formalizados por ellos en las correspondientes actas de inspección y denuncia tendrán presunción de certeza, sin perjuicio de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos e intereses puedan aportar los interesados. Los hechos constatados y formalizados por ellos en las correspondientes actas de inspección y denuncia tendrán presunción de veracidad, en cualquier caso y circunstancia. Los funcionarios podrán tomar o sacar muestras de sustancias y materiales, realizar mediciones, obtener fotografías, vídeos, grabación de imágenes, y levantar croquis y planos, siempre que se notifique al titular o a su representante, salvo casos de urgencia, en los que la notificación podrá efectuarse con posterioridad. Artículo 69. Medidas cautelares. Señale la respuesta FALSA: La Administración competente, o sus agentes de la autoridad, podrán adoptar las medidas de carácter provisional que estimen necesarias, incluyendo el decomiso, para evitar la continuidad del daño ocasionado por la actividad presuntamente infractora. Al inicio del procedimiento y de acuerdo con la legislación aplicable en cada caso, la Administración competente deberá ratificar tales medidas. Asimismo, podrá imponer nuevas medidas cautelares para asegurar la eficacia de la resolución final que pudiera recaer. Todas las respuestas son falsas. Las entidades locales, en el marco de la legislación básica del Estado y de la legislación de las comunidades autónomas, ejercen alguna de las competencias siguientes (señale la correcta): La coordinación de la llevanza del Catálogo de Montes de Utilidad Pública, así como la del Registro de Montes Protectores y demás registros previstos en esta ley. La emisión de informe preceptivo en el procedimiento de elaboración de los instrumentos de gestión relativos a los montes de su titularidad incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública. El fomento de la investigación científica y la innovación tecnológica en el ámbito forestal. La elaboración y la aprobación de las directrices básicas comunes de gestión forestal sostenible. Conforme dispone el artículo 33 de la Ley de Montes, los montes declarados de utilidad pública y los montes protectores deberán contar con un proyecto de ordenación de montes, plan dasocrático u otro instrumento de gestión equivalente. La elaboración de dichos instrumentos se hará a instancias. De La Administración General del Estado debiendo ser aprobados por el órgano forestal de la comunidad autónoma. Del titular del monte debiendo ser aprobados, en todo caso, por el órgano forestal de la comunidad autónoma. Del órgano forestal de la comunidad autónoma, debiendo ser aprobados, en todo caso, por este mismo. Del titular del monte o del órgano forestal de la comunidad autónoma, debiendo ser aprobados, en todo caso, por este último. En lo que respecta a los aprovechamientos forestales, señala la opción INCORRECTA. El titular del monte será en todos los casos el propietario de los recursos forestales producidos en su monte, incluidos frutos espontáneos, y tendrá derecho a su aprovechamiento. Los aprovechamientos de los recursos forestales se realizarán de acuerdo con las prescripciones para la gestión de montes establecidas en los correspondientes planes de ordenación de recursos forestales, cuando existan. Los aprovechamientos en los montes afectados por las zonas de servidumbre, policía, o afección de los dominios públicos hidráulico, marítimo-terrestre, de carreteras o ferroviario no precisarán de la autorización de los órganos competentes de dichos dominios, siempre y cuando tales montes dispongan de instrumentos de gestión cuya aprobación por el órgano forestal de la comunidad autónoma haya sido informada favorablemente por los órganos de gestión de los dominios públicos mencionados. Los aprovechamientos en los montes del dominio público forestal no podrán ser enajenados por sus titulares conforme a lo establecido en la legislación patrimonial que les resulte de aplicación. Por lo que respecta a la organización de la extinción de los incendios forestales, señala la opción incorrecta. En caso de declaración de situación de emergencia, se estará a lo dispuesto en la normativa de protección civil para emergencia por incendios forestales. En el caso de incendios en zonas limítrofes de dos o más comunidades autónomas, los órganos competentes de éstas coordinarán sus dispositivos de extinción. Cuando se solicite en estos incendios la intervención de medios de la Administración General del Estado, ésta podrá exigir a las comunidades autónomas afectadas la constitución de una dirección unificada de los trabajos de extinción. A su vez, la Administración General del Estado podrá, a petición de las comunidades autónomas, destinar personal técnico cualificado para asesorar a dicha dirección unificada. El director técnico de la extinción será un profesional que haya recibido formación acreditada específica sobre comportamiento del fuego forestal y técnicas adecuadas para su extinción. El órgano competente de la comunidad autónoma establecerá para la extinción de cada incendio, incluso en los de pequeña entidad, sin excepciones, un mando unificado y estructurado por funciones, basado en los objetivos de eficacia y seguridad. Art. 6, definiciones. Cuál de las siguientes respuestas es correcta. Plan de aprovechamiento es... Documento técnico que sintetiza la organización en el tiempo y el espacio de la utilización sostenible de los recursos forestales. Debe incluir descripción del terreno, inventario forestal y estimación de las rentas. Proyecto de ordenación de montes que por su singularidad presenta una regulación más sencilla. Documento que describe el objeto del aprovechamiento y especifica la organización y medio a emplear. Organización, administración y uso de los montes para atender las funciones ecológicas, económicas y sociales relevantes, sin producir daños a otros ecosistemas. Art. 6, definiciones. Cuál de las siguientes respuestas es correcta. Plan Dasocrático o Plan técnico es. Documento técnico que sintetiza la organización en el tiempo y el espacio de la utilización sostenible de los recursos forestales. Debe incluir descripción del terreno, inventario forestal y estimación de las rentas. Documento que describe el objeto del aprovechamiento y especifica la organización y medio a emplear. Organización, administración y uso de los montes para atender las funciones ecológicas, económicas y sociales relevantes, sin producir daños a otros ecosistemas. Proyecto de ordenación de montes que por su singularidad presenta una regulación más sencilla. Art. 6, definiciones. Cuál de las siguientes respuestas considera correcta correcta. Proyecto de ordenación de montes es: Documento técnico que sintetiza la organización en el tiempo y el espacio de la utilización sostenible de los recursos forestales. Debe incluir descripción del terreno, inventario forestal y estimación de las renta. Proyecto de ordenación de montes que por su singularidad presenta una regulación más sencilla. Documento que describe el objeto del aprovechamiento y especifica la organización y medio a emplear. Organización, administración y uso de los montes para atender las funciones ecológicas, económicas y sociales relevantes, sin producir daños a otros ecosistemas. |