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Ley 5/2010, Titulo 1 (Cap. 1 y 2), Título IV (Cap. 2), Título V (Cap. 1 y 2).

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Ley 5/2010, Titulo 1 (Cap. 1 y 2), Título IV (Cap. 2), Título V (Cap. 1 y 2).

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Fecha de Creación: 2025/07/18

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 71

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Según el artículo 58 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía. La coordinación se realizará mediante la definición concreta y en relación con una materia, servicio o competencia determinados de los intereses generales o comunitarios, a través de los planes sectoriales e intersectoriales, cuando concurren competencias de varios sectores, para la fijación de los objetivos y la determinación de las prioridades de la acción pública en la materia correspondiente. Todas son correctas. Las funciones de coordinación de la Administración de la Comunidad Autónoma no podrán afectar en ningún caso a la autonomía de las entidades locales. La coordinación tendrá por finalidad la fijación de medios y sistemas de relación que hagan posible la información recíproca, la homogeneidad técnica y la acción conjunta de las distintas administraciones públicas en el ejercicio de sus respectivas competencias, de tal modo que se logre la integración de actuaciones parciales en la globalidad del sistema.

Según el artículo 83.3 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Los instrumentos de formalización de los convenios de cooperación no deberán especificar: El objeto y fines del convenio. Procedimiento de modificación del convenio. La competencia que ejerce cada administración. Las partes que suscriben el convenio.

Según el artículo 68 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, El acuerdo inicial para la constitución de una mancomunidad deberá ser adoptado por cada uno de los municipios interesados, requiriéndose. El voto favorable de la mayoría simple del número legal de miembros de la Junta de Gobierno Local de cada uno de los ayuntamientos promotores. El voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Junta de Gobierno Local de cada uno de los ayuntamientos promotores. El voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de los plenos de cada uno de los ayuntamientos promotores. El voto favorable de la mayoría simple del número legal de miembros de los plenos de cada uno de los ayuntamientos promotores.

Según el artículo 76, Separación de municipios mancomunados, de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía: El órgano de representación municipal de la mancomunidad, cuando considere que algún municipio haya incumplido gravemente las obligaciones establecidas en las leyes o en los propios estatutos, y previa audiencia del mismo, podrá decidir su separación de la mancomunidad y la liquidación de las deudas pendientes, mediante acuerdo adoptado por el citado órgano por. Mayoría simple de sus componentes. Mayoría absoluta de sus componentes. Mayoría de tres cuartos de sus componentes. Mayoría de dos tercios de sus componentes.

Según el artículo 73 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía: Dentro de los tres días siguientes a la publicación de los estatutos, deberán constituirse los órganos de gobierno de la mancomunidad y comenzar su normal funcionamiento. Dentro de los diez días siguientes a la publicación de los estatutos, deberán constituirse los órganos de gobierno de la mancomunidad y comenzar su normal funcionamiento. Dentro de los dos meses siguientes a la publicación de los estatutos, deberán constituirse los órganos de gobierno de la mancomunidad y comenzar su normal funcionamiento. Dentro de los tres meses siguientes a la publicación de los estatutos, deberán constituirse los órganos de gobierno de la mancomunidad y comenzar su normal funcionamiento.

Señala la incorrecta con respecto al artículo 62 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Son instrumentos para la cooperación territorial. Los convenios de cooperación. Las redes de cooperación. Cualquier otra modalidad de cooperación interadministrativa que no dé lugar a la creación de un ente con personalidad jurídica, que pudiera establecerse para el desempeño de servicios, obras o iniciativas de interés para la cooperación territorial en Andalucía y que se ajuste a los fines y principios de la presente ley. Cualquier otra modalidad de cooperación interadministrativa que dé lugar a la creación de un ente con personalidad jurídica, que pudiera establecerse para el desempeño de servicios, obras o iniciativas de interés para la cooperación territorial en Andalucía y que se ajuste a los fines y principios de la presente ley.

Según el artículo 57. 1 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, El Consejo Andaluz de Gobiernos Locales, para el ejercicio de sus competencias goza de: Plena autonomía. Autonomía propia. Autonomía orgánica y funcional. Ninguna es correcta.

Según el artículo 81 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, En aquellos consorcios en los que, junto con entidades locales, participe la Administración de la Junta de Andalucía a través de cualquiera de sus consejerías, agencias o empresas públicas de ellas dependientes, aportando medios materiales o financieros, el órgano de gobierno de aquellos deberá integrar un número. Sin que pueda suponer la mayoría absoluta respecto al número de miembros total del órgano, garantice la proporcionalidad de su aportación económica. Sin que pueda suponer la mayoría simple respecto al número de miembros total del órgano, garantice la proporcionalidad de su aportación económica. suponga la mayoría absoluta respecto al número de miembros total del órgano, garantice la proporcionalidad de su aportación económica. Suponga la mayoría simple respecto al número de miembros total del órgano, garantice la proporcionalidad de su aportación económica.

Según el artículo 66 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Los estatutos de las mancomunidades establecerán su régimen orgánico y de funcionamiento y contendrán, como mínimo, las determinaciones siguientes: Todas son correctas. El período mínimo de permanencia en la mancomunidad de los municipios integrantes, nunca superior a cinco años. La duración de la mancomunidad. Los recursos económicos, con especial referencia a las aportaciones que deban efectuar los municipios integrantes. Tales aportaciones deberán responder a criterios de reciprocidad.

Señala la incorrecta con respecto al artículo 61.1 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía: La cooperación territorial en la Comunidad Autónoma de Andalucía se regirá por los principios generales: Eficiencia. Desconcentración. Eficacia. Descentralización.

Según el artículo 63 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía. El objeto de la mancomunidad podrá ser determinado y no podrá comprender el ejercicio de la totalidad de las competencias asignadas a los respectivos municipios. El objeto de la mancomunidad deberá ser determinado y no podrá comprender el ejercicio de la totalidad de las competencias asignadas a los respectivos municipios. El objeto de la mancomunidad podrá ser determinado y podrá comprender el ejercicio de la totalidad de las competencias asignadas a los respectivos municipios. El objeto de la mancomunidad deberá ser determinado y podrá comprender el ejercicio de la totalidad de las competencias asignadas a los respectivos municipios.

Señala la incorrecta con respecto al artículo 57 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía. Corresponde al Consejo Andaluz de Gobiernos Locales informar sobre el impacto que aquellas puedan ejercer sobre dichas competencias, pudiendo emitir juicios basados en criterios de legalidad y oportunidad que en todo caso tendrán carácter vinculante. Ninguna es correcta. Corresponde al Consejo Andaluz de Gobiernos Locales conocer con carácter previo cuantos anteproyectos de leyes, planes y proyectos de disposiciones generales se elaboren por las instituciones y órganos de la Comunidad Autónoma de Andalucía que afecten a las competencias locales propias. El Consejo adoptará su propio reglamento interno de organización y funcionamiento.

Según el artículo 80, Procedimiento de constitución de los consorcios, de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Señala la incorrecta. Las entidades que pretendan consorciarse deberán aprobar un convenio fundacional en el que detallarán todos los requisitos, hitos y consideraciones que estimen relativos al proceso constitutivo. Si al convenio fundacional no se hubiese incorporado un proyecto de estatutos, se procederá a su redacción en la forma que se haya determinado en aquel. A dicho convenio podrán incorporar, como anexo, un proyecto de estatutos del consorcio. La suscripción del referido convenio fundacional por parte de las entidades locales deberá ser autorizada por sus respectivos órganos plenarios, por mayoría simple de su número legal de miembros.

Según el artículo 59 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Las leyes sectoriales de la Comunidad Autónoma podrán facultar al Consejo de Gobierno para coordinar el ejercicio de las competencias propias de las entidades locales entre sí y, especialmente, con las de la Comunidad Autónoma, por medio de planes sectoriales de coordinación, siempre que se den las siguientes circunstancias: Que sea necesario para asegurar la coherencia de la actuación de las administraciones públicas, en los supuestos previstos en el apartado 1 del artículo anterior. Que dicho fin no pueda alcanzarse por los procedimientos de cooperación voluntaria previstos en la presente ley y en la restante normativa de régimen local o estos resultaran manifiestamente inadecuados por razón de las características de la tarea pública de que se trate. A y B son correctas. Ninguna es correcta.

Según el artículo 57.4 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía. El Consejo Andaluz de Gobiernos Locales estará compuesto por la totalidad de la representación local en el Consejo Andaluz de Concertación Local más seis cargos electos locales propuestos por la asociación de municipios y provincias de carácter autonómico de menor implantación. El Consejo Andaluz de Gobiernos Locales estará compuesto por la totalidad de la representación local en el Consejo Andaluz de Concertación Local más seis cargos electos locales propuestos por la asociación de municipios y provincias de carácter autonómico de mayor implantación. El Consejo Andaluz de Gobiernos Locales estará compuesto por la totalidad de la representación local en el Consejo Andaluz de Concertación Local más cinco cargos electos locales propuestos por la asociación de municipios y provincias de carácter autonómico de mayor implantación. El Consejo Andaluz de Gobiernos Locales estará compuesto por la totalidad de la representación local en el Consejo Andaluz de Concertación Local más cinco cargos electos locales propuestos por la asociación de municipios y provincias de carácter autonómico de menor implantación.

Según el artículo 57.3 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Los informes del Consejo Andaluz de Gobiernos Locales se aprobarán mediante votación: Mayoría simple de los asistentes. Mayoría absoluta de los asistentes. Mayoría 3/4 de los asistentes. Mayoría 2/3 de los asistentes.

Según la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Señala la Incorrecta, con respecto a los plazos en la constitución de una mancomunidad: El proyecto de estatutos será sometido a información pública por plazo mínimo de un mes mediante la publicación en los tablones de edictos de cada uno de los municipios interesados, en la correspondiente sede electrónica de titularidad municipal y provincial, así como en los boletines oficiales de las provincias en que radiquen, y se remitirá a las diputaciones provinciales afectadas, para que lo informen en el plazo de dos meses. Una vez aprobados definitivamente los estatutos, en el plazo de diez días los ayuntamientos remitirán certificación del acuerdo a la asamblea de concejales, o, en su caso, a la comisión prevista en el artículo 69.1, que los ratificará en un acto único. La asamblea, en el plazo de 10 días, remitirá al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el acuerdo junto con los estatutos de la mancomunidad para su publicación. Dentro de los tres meses siguientes a la publicación de los estatutos, deberán constituirse los órganos de gobierno de la mancomunidad y comenzar su normal funcionamiento.

Según el artículo 83.6 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Una vez aprobados los convenios, se remitirá copia de los mismos a: La Administración General del Estado. El Consejo de Gobierno. La Consejería competente sobre régimen local. Ninguna es correcta.

Según el artículo 82 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Para la modificación de los estatutos del consorcio, adhesión y separación de sus miembros, disolución y liquidación, se estará a lo dispuesto en la presente ley para. Los municipios. Las mancomunidades. Las provincias. Las áreas metropolitanas.

Según el artículo 70 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía: Todas son correctas. Se remitirá a las diputaciones provinciales afectadas, para que lo informen en el plazo de un mes. Transcurrido el citado plazo sin que se hayan notificado los citados informes se entenderá cumplimentado el trámite, continuándose el procedimiento. El proyecto de estatutos será sometido a información pública por plazo mínimo dos meses mediante la publicación en los tablones de edictos de cada uno de los municipios interesados, en la correspondiente sede electrónica de titularidad municipal y provincial, así como en los boletines oficiales de las provincias en que radiquen.

Según el artículo 66 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Los estatutos de las mancomunidades establecerán su régimen orgánico y de funcionamiento y contendrán, como mínimo, las determinaciones siguientes: Señala la incorrecta: La bandera de la mancomunidad. Los municipios que la integran. La denominación y la sede de la mancomunidad. objeto, fines, potestades y servicios y obras que asume.

Según el artículo 78, Consorcios, de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía. Los consorcios participados mayoritariamente por entidades locales y que persigan fines en materia de interés local se considerarán instrumentos locales de cooperación territorial a los efectos de esta ley. El consorcio es una entidad pública de carácter voluntario y asociativo, dotada de personalidad jurídica propia y plena capacidad para crear y gestionar servicios y actividades de interés común, y sometida al Derecho Privado. Las entidades locales podrán constituir consorcios con entidades locales de distinto nivel territorial, así como con otras administraciones públicas para finalidades de interés común o con entidades públicas o privadas con ánimo de lucro, que tengan finalidades de interés público concurrentes. Las potestades de los consorcios serán las estrictamente necesarias para el cumplimiento de sus fines, debiéndose contener de forma expresa en sus estatutos.

Según el artículo 77, Disolución de mancomunidades, de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía: Señala la incorrecta. La asamblea remitirá el acuerdo sobre disolución al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su oportuna publicación. La extinción de la mancomunidad se producirá un mes después de la publicación. El acuerdo de disolución se comunicará a la consejería competente sobre régimen local, que lo trasladará a la Administración General del Estado. La disolución de mancomunidades se ajustará al régimen establecido en sus propios estatutos, que deberán respetar, en todo caso, lo establecido en la presente ley. En caso de disolución de una mancomunidad, está mantendrá su capacidad jurídica hasta que el órgano de gobierno colegiado apruebe la liquidación y distribución de su patrimonio.

Según el artículo 57.4 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, El presidente del Consejo Andaluz de Concertación Local será elegido por. Mayoría 2/3 del Consejo. Mayoría simple del Consejo. Mayoría 3/4 del Consejo. Mayoría absoluta del Consejo.

Señala la incorrecta con respecto al artículo 66 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Los estatutos de las mancomunidades establecerán su régimen orgánico y de funcionamiento y contendrán, como mínimo, las determinaciones siguientes: El régimen indemnizatorio aplicable a los municipios por incumplimiento de sus obligaciones con la mancomunidad. Previsiones sobre el régimen jurídico en que hayan de quedar los bienes cedidos en uso por los municipios que se separen de la mancomunidad. Los derechos y obligaciones de la Comunidad Autónoma. Las normas sobre la liquidación de la mancomunidad.

Según el artículo 57.1 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Se crea el Consejo Andaluz de Gobiernos Locales como. Órgano de representación de los municipios y las provincias ante las instituciones de la Junta de Andalucía. Órgano de representación de los municipios ante las instituciones del Estado. Órgano de representación de las provincias ante las instituciones del Estado. Órgano de representación de los municipios y las provincias ante las instituciones del Estado.

Según el artículo 84 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía. La cooperación territorial de las entidades locales podrá desarrollarse también a través de redes de ámbito inferior o igual al autonómico, nacional o internacional, de conformidad con la normativa que les resulte de aplicación. A los efectos de esta ley, las redes de cooperación territorial podrán estar integradas por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, aunque no persigan fines de interés general local. Los miembros de las redes de cooperación territorial podrán crear entidades con personalidad jurídica para la gestión de sus intereses, que se regularán por la normativa que les resulte de aplicación. A y C son correctas.

Señala la incorrecta con respecto al artículo 62 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Son entidades de cooperación territorial: Cualquier otra modalidad de cooperación interadministrativa que no dé lugar a la creación de un ente con personalidad jurídica, que pudiera establecerse para el desempeño de servicios, obras o iniciativas de interés para la cooperación territorial en Andalucía y que se ajuste a los fines y principios de la presente ley. Cualquier otra modalidad de cooperación interadministrativa que dé lugar a la creación de un ente con personalidad jurídica, que pudiera establecerse para el desempeño de servicios, obras o iniciativas de interés para la cooperación territorial en Andalucía y que se ajuste a los fines y principios de la presente ley. Las mancomunidades de municipios. Los consorcios.

Según el artículo 76, Separación de municipios mancomunados, de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía: Cualquier municipio podrá separarse de la mancomunidad si, habiendo transcurrido el período mínimo de permanencia, mantiene deudas con la misma. Ningún municipio podrá separarse de la mancomunidad si, habiendo transcurrido el período mínimo de permanencia, mantiene deudas con la misma. Ninguna es correcta. Ningún municipio podrá separarse de la mancomunidad sin haber transcurrido el período mínimo de permanencia, no mantiene deudas con la misma.

Según el artículo 66 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Los estatutos de las mancomunidades establecerán su régimen orgánico y de funcionamiento y contendrán, como mínimo, las determinaciones siguientes: Señala la incorrecta. El órgano de representación municipal, sus atribuciones, incluyendo funciones de control de gobierno, composición, forma de designación y cese de sus miembros. El himno de la mancomunidad. Los órganos de gobierno y administración, sus atribuciones, composición, forma de designación y cese de sus miembros. Las normas de funcionamiento de los órganos de gobierno, de la gestión administrativa y de la gerencia, en su caso.

Según el artículo 70 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía. Todas son correctas. Transcurrido el citado plazo sin que se hayan notificado los citados informes se entenderá cumplimentado el trámite, continuándose el procedimiento. El proyecto de estatutos será sometido a información pública por plazo mínimo un mes mediante la publicación en los tablones de edictos de cada uno de los municipios interesados, en la correspondiente sede electrónica de titularidad municipal y provincial, así como en los boletines oficiales de las provincias en que radiquen. Se remitirá a las diputaciones provinciales afectadas, para que lo informen en el plazo de dos meses.

Señala la incorrecta con respecto al artículo 79 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Los estatutos establecerán el régimen de funcionamiento de los consorcios y contendrán, como mínimo, los siguientes extremos: El período mínimo de permanencia en el consorcio, nunca superior a cuatro años. Procedimiento de modificación de los estatutos. Duración del consorcio. Procedimiento de incorporación y separación de miembro.

Según el artículo 58 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, La Comunidad Autónoma, para asegurar la coherencia de actuación de las distintas administraciones públicas, podrá ejercer sus facultades de coordinación sobre la actividad de las entidades locales, y especialmente de las entidades locales de cooperación, en los siguientes supuestos: Cuando se produzcan delegaciones de competencias de la Comunidad Autónoma en las entidades locales. Si la actividad o el servicio local son no concurrentes o suplementarios respecto a los de la Comunidad Autónoma. Si la actividad o el servicio local inciden o condicionan de forma irrelevante los intereses de la Comunidad Autónoma. Si la actividad o el servicio trascienden el ámbito de los intereses generales de las entidades locales.

Según el artículo 73 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía. Todas son correctas. La asamblea remitirá a la consejería competente sobre régimen local un ejemplar de los estatutos por cualquier medio que permita garantizar su autenticidad, así como copia del expediente administrativo completo. La publicación tendrá carácter constitutivo, y determinará el nacimiento de la misma, el reconocimiento de su personalidad jurídica y la obligación de inscribirla en el Registro Andaluz de Entidades Locales. La Administración de la Junta de Andalucía comunicará a la Administración General del Estado la constitución de la mancomunidad.

Según el artículo 62 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Son instrumentos para la cooperación territorial: Cualquier otra modalidad de cooperación interadministrativa que dé lugar a la creación de un ente con personalidad jurídica, que pudiera establecerse para el desempeño de servicios, obras o iniciativas de interés para la cooperación territorial en Andalucía y que se ajuste a los fines y principios de la presente ley. Mancomunidad de municipios. Consorcios. Cualquier otra modalidad de cooperación interadministrativa que no dé lugar a la creación de un ente con personalidad jurídica, que pudiera establecerse para el desempeño de servicios, obras o iniciativas de interés para la cooperación territorial en Andalucía y que se ajuste a los fines y principios de la presente ley.

Según el artículo 83.1 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía. Los municipios y las provincias, únicamente, podrán celebrar convenios de cooperación entre sí o con la Comunidad Autónoma de Andalucía para la más eficaz gestión y prestación de servicios de sus competencias. Los municipios, las provincias y los instrumentos de cooperación territorial podrán celebrar convenios de cooperación entre sí o con la Comunidad Autónoma de Andalucía para la más eficaz gestión y prestación de servicios de sus competencias. Los municipios, las provincias y las entidades de cooperación territorial podrán celebrar convenios de cooperación entre sí o con la Comunidad Autónoma de Andalucía para la más eficaz gestión y prestación de servicios de sus competencias. Los municipios, únicamente, podrán celebrar convenios de cooperación entre sí o con la Comunidad Autónoma de Andalucía para la más eficaz gestión y prestación de servicios de sus competencias.

Según el artículo 63 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía. Los municipios tienen derecho a asociarse entre sí, constituyendo consorcios, para la planificación, establecimiento, gestión o ejecución en común de obras y servicios determinados de competencia propia. Los municipios tienen derecho a asociarse entre sí, constituyendo áreas metropolitanas, para la planificación, establecimiento, gestión o ejecución en común de obras y servicios determinados de competencia propia. Los municipios tienen derecho a asociarse entre sí, constituyendo comarcas, para la planificación, establecimiento, gestión o ejecución en común de obras y servicios determinados de competencia propia. Los municipios tienen derecho a asociarse entre sí, constituyendo mancomunidades, para la planificación, establecimiento, gestión o ejecución en común de obras y servicios determinados de competencia propia.

Según el artículo 69 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía. Igualmente, se establecerá por la asamblea el régimen de funcionamiento y el calendario de trabajo para redactar el proyecto de estatutos. El proyecto de estatutos de la mancomunidad será redactado por los concejales de los municipios promotores constituidos en asamblea, o por una comisión designada a tal fin por la propia asamblea de entre las personas representantes de cada uno de los municipios. Todas son correctas. En cualquier caso, la presidencia y la secretaría de la asamblea serán desempeñadas por las personas titulares de la alcaldía y la secretaría del ayuntamiento del municipio en que se celebren las sesiones.

Según el artículo 76, Separación de municipios mancomunados, de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Adoptado el acuerdo de separación de un municipio, la mancomunidad lo remitirá, junto con la modificación producida en los estatutos, al: Boletín Oficial de la Unión Europea para su publicación, y se comunicará a la consejería competente sobre régimen local. Boletín Oficial del Estado para su publicación, y se comunicará a la consejería competente sobre régimen local. Boletín Oficial de la provincia para su publicación, y se comunicará a la consejería competente sobre régimen local. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su publicación, y se comunicará a la consejería competente sobre régimen local.

Cuáles constituyen el nivel básico y preferente de las redes de cooperación territorial?. Redes nacionales. Redes de ciudades. Redes autonómicas. Redes provinciales.

Según el artículo 85 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía. La creación de otros órganos de colaboración se realizará por ley, la cual determinará, en todos los casos la composición y funcionamiento del órgano. Los órganos paritarios de colaboración tendrán carácter deliberante o consultivo. La creación de otros órganos de colaboración se realizará por ley, la cual determinará, en todos los casos las funciones atribuidas y el ámbito material y territorial de actuación del órgano. Todas son correctas.

Señala la incorrecta con respecto al artículo 79 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Los estatutos establecerán el régimen de funcionamiento de los consorcios y contendrán, como mínimo, los siguientes extremos: Los derechos y obligaciones de los municipios consorciados. Objeto y fines. Entes que lo integran. Denominación y sede del consorcio.

Según el artículo 85 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, El órgano supremo de colaboración entre la Comunidad Autónoma y los gobiernos locales es el. Consejo Andaluz de Gobiernos Locales. Consejo Andaluz del Fuego. Consejo Andaluz de Concertación Local. Consejo Andaluz de Colaboración Local.

Según el artículo 63 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía. Para que los municipios se mancomunen no será indispensable que pertenezcan a la misma provincia ni que exista entre ellos continuidad territorial, si esta no es requerida por la naturaleza de los fines de la mancomunidad. Para la constitución de mancomunidades con municipios pertenecientes a otras comunidades autónomas será necesaria la aprobación del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el cumplimiento de los requisitos establecidos en la legislación de las comunidades autónomas a las que pertenezcan aquellos. El ámbito territorial de actuación de las mancomunidades será el de los municipios en ellas integrados. Todas son correctas.

Según el artículo 73 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía: La asamblea, en el plazo de un mes, remitirá al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el acuerdo junto con los estatutos de la mancomunidad para su publicación. La asamblea, en el plazo de veinte días, remitirá al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el acuerdo junto con los estatutos de la mancomunidad para su publicación. La asamblea, en el plazo de diez días, remitirá al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el acuerdo junto con los estatutos de la mancomunidad para su publicación. La asamblea, en el plazo de tres días, remitirá al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el acuerdo junto con los estatutos de la mancomunidad para su publicación.

Según el artículo 64.3 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía. Una mancomunidad de municipios de Andalucía podrá prestar sus servicios a municipios de otra comunidad autónoma que lo soliciten con carácter permanente. En este caso será necesaria la aprobación del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Una mancomunidad de municipios de Andalucía podrá prestar sus servicios a municipios de otra comunidad autónoma que lo soliciten con carácter permanente. En este caso será necesaria la aprobación del Senado. Una mancomunidad de municipios de Andalucía podrá prestar sus servicios a municipios de otra comunidad autónoma que lo soliciten con carácter provisional. En este caso será necesaria la aprobación del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Una mancomunidad de municipios de Andalucía podrá prestar sus servicios a municipios de otra comunidad autónoma que lo soliciten con carácter provisional. En este caso será necesaria la aprobación del Senado.

Según el artículo 79 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Los estatutos establecerán el régimen de funcionamiento de los consorcios y contendrán, como mínimo, los siguientes extremos: Normas sobre la liquidación del consorcio. Todas son correctas. Causas y procedimiento de disolución. Previsiones sobre el régimen jurídico en que hayan de quedar los bienes cedidos en uso por los municipios que se separen del consorcio.

Según el artículo 62 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía.Son entidades de cooperación territorial: Convenios de cooperación. Mancomunidad de municipios. Redes de cooperación. Cualquier otra modalidad de cooperación interadministrativa que no dé lugar a la creación de un ente con personalidad jurídica, que pudiera establecerse para el desempeño de servicios, obras o iniciativas de interés para la cooperación territorial en Andalucía y que se ajuste a los fines y principios de la presente ley.

Según el artículo 75, Adhesión de municipios a la mancomunidad, de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía: Para la aprobación de la adhesión de municipios a una mancomunidad será necesario la aprobación por el pleno del ayuntamiento que pretende adherirse con: Mayoría simple. Mayoría 3/4. Mayoría 2/3. Mayoría absoluta.

Según el artículo 84 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, con respecto a las redes de cooperación de ámbito andaluz, señale la correcta. Deberán establecerse los mecanismos e instrumentos operativos más adecuados en cada momento para asegurar la continuidad de los flujos de información entre los distintos miembros de las redes. Constituida la red de cooperación, deberá darse cuenta de ello al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma,. Las redes de cooperación de ámbito andaluz deberán promover estructuras organizativas y funcionales flexibles, jerarquizadas y basadas en la adopción consensuada de decisiones. Todas son correctas.

Según el artículo 80, Procedimiento de constitución de los consorcios, de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, La aprobación de los estatutos por todos los entes consorciados se realizará de conformidad con su legislación específica, que en el caso de las entidades locales corresponderá a sus respectivos órganos plenarios por: Mayoría tres cuartos de su número legal de miembros. Mayoría dos tercios de su número legal de miembros. Mayoría simple de su número legal de miembros. Mayoría absoluta de su número legal de miembro.

Según el artículo 61 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía: Podrán coexistir dos o más entidades de cooperación sobre un mismo territorio cuando coincidan en un mismo objeto. En el supuesto anterior, el expediente de creación de la nueva entidad deberá incluir, cuando proceda, la fórmula y procedimiento de absorción de la entidad preexistente. Podrán coexistir dos o más entidades de cooperación sobre un mismo territorio cuando coincidan en un mismo objeto. En el supuesto anterior, el expediente de creación de la nueva entidad deberá incluir, en todo caso, la fórmula y procedimiento de absorción de la entidad preexistente. No podrán coexistir dos o más entidades de cooperación sobre un mismo territorio cuando coincidan en un mismo objeto. En el supuesto anterior, el expediente de creación de la nueva entidad deberá incluir, cuando proceda, la fórmula y procedimiento de absorción de la entidad preexistente. No podrán coexistir dos o más entidades de cooperación sobre un mismo territorio cuando coincidan en un mismo objeto. En el supuesto anterior, el expediente de creación de la nueva entidad deberá incluir, en todo caso, la fórmula y procedimiento de absorción de la entidad preexistente.

Señala la incorrecta con respecto al artículo 61.1 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía: La cooperación territorial en la Comunidad Autónoma de Andalucía se regirá por los principios generales: Economía. Planificación. Autonomía local. Calidad.

Según el artículo 83.2 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucia, A través de los convenios de cooperación, las partes podrán: Coordinar sus políticas de fomento dirigidas a un mismo sector o población. Compartir las sedes, locales o edificios que sean precisos para el desarrollo de las competencias concurrentes o propias. Todas son correctas. Ejecutar puntualmente obras o servicios de la competencia de una de las partes.

Según el artículo 74, Modificación de los estatutos, de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía: La modificación de los estatutos se regirá por lo previsto en los mismos, que deberá respetar, en todo caso, lo establecido en la presente ley. Adoptado el acuerdo de modificación de los estatutos se remitirá al Boletín Oficial del Estado para su publicación, y se comunicará a la consejería competente sobre régimen local para su registro, que lo comunicará a la Administración General del Estado. A y B son correctas. Ninguna es correcta.

Según el artículo 71 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Una vez recogidas las observaciones, sugerencias y alegaciones, en su caso, la asamblea aprobará provisionalmente el proyecto de estatutos, que se remitirá, junto con todo lo actuado, a los diferentes municipios para su aprobación definitiva, que requerirá el voto favorable de. La mayoría simple del número legal de miembros de los distintos plenos municipales. La mayoría 3/4 del número legal de miembros de los distintos plenos municipales. La mayoría absoluta del número legal de miembros de los distintos plenos municipales. La mayoría 2/3 del número legal de miembros de los distintos plenos municipales.

Según el artículo 80, Procedimiento de constitución de los consorcios, de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía: En todo caso, el proyecto de estatutos deberá ser sometido a información pública por un plazo mínimo de un mes y se remitirá a las diputaciones provinciales afectadas, si no fueran parte del convenio fundacional, para que lo informen en el mismo plazo de dos meses. En todo caso, el proyecto de estatutos deberá ser sometido a información pública por un plazo mínimo de dos meses y se remitirá a las diputaciones provinciales afectadas, si no fueran parte del convenio fundacional, para que lo informen en el mismo plazo de un mes. En todo caso, el proyecto de estatutos deberá ser sometido a información pública por un plazo mínimo de un mes y se remitirá a las diputaciones provinciales afectadas, si no fueran parte del convenio fundacional, para que lo informen en el mismo plazo de un mes. En todo caso, el proyecto de estatutos deberá ser sometido a información pública por un plazo mínimo de dos meses y se remitirá a las diputaciones provinciales afectadas, si no fueran parte del convenio fundacional, para que lo informen en el mismo plazo de dos meses.

Señala la incorrecta con respecto al artículo 83.4 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Los instrumentos de formalización de los convenios de cooperación deberán especificar: Su financiación. La definición de los mecanismos de asistencia técnica y de actuación conjunta prevista para hacer efectiva la cooperación. Los derechos y obligaciones de las partes. El plazo de vigencia improrrogable.

Según el artículo 69 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Una vez redactado el proyecto de estatutos deberá ser aprobado inicialmente por la asamblea, precisando dicho trámite el voto favorable de ... La mayoría 2/3 de los asistentes. La mayoría 3/4 de los asistentes. La mayoría absoluta de los asistentes. La mayoría simple de los asistentes.

Según el artículo 83.4 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Cada convenio deberá ir acompañado de una memoria donde consten. Objetivos perseguidos. Todas son correctas. Razones de oportunidad. Antecedentes.

Según el artículo 67 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía: Los representantes en el órgano citado se designarán, por cada municipio, de forma proporcional a los resultados electorales obtenidos en las últimas elecciones nacionales. Los representantes en el órgano citado se designarán, por cada municipio, de forma proporcional a los resultados electorales obtenidos en las últimas elecciones locales. Los representantes en el órgano citado se designarán, por cada municipio, de forma proporcional a los resultados electorales obtenidos en las últimas elecciones europeas. Los representantes en el órgano citado se designarán, por cada municipio, de forma proporcional a los resultados electorales obtenidos en las últimas elecciones autonómicas.

Según el artículo 66 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Los estatutos de las mancomunidades establecerán su régimen orgánico y de funcionamiento y contendrán, como mínimo, las determinaciones siguientes: Todas son correctas. El procedimiento de incorporación y separación de municipios. El procedimiento de modificación de los estatutos. Las causas y procedimiento de disolución.

Según el artículo 72 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía. Una vez aprobados definitivamente los estatutos, en el plazo de un mes los ayuntamientos remitirán certificación del acuerdo a la asamblea de concejales, o, en su caso, a la comisión prevista en el artículo 69.1, que los ratificará en un acto único. Una vez aprobados definitivamente los estatutos, en el plazo de diez días los ayuntamientos remitirán certificación del acuerdo a la asamblea de concejales, o, en su caso, a la comisión prevista en el artículo 69.1, que los ratificará en varios actos. Una vez aprobados definitivamente los estatutos, en el plazo de diez días los ayuntamientos remitirán certificación del acuerdo a la asamblea de concejales, o, en su caso, a la comisión prevista en el artículo 69.1, que los ratificará en un acto único. Una vez aprobados definitivamente los estatutos, en el plazo de un mes los ayuntamientos remitirán certificación del acuerdo a la asamblea de concejales, o, en su caso, a la comisión prevista en el artículo 69.1, que los ratificará en varios actos.

Según el artículo 75, Adhesión de municipios a la mancomunidad, de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía: Adoptado el acuerdo de adhesión por la mancomunidad, se remitirá al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su publicación, y se comunicará a la consejería competente sobre régimen local, que lo comunicará a la Administración General del Estado. Constituida una mancomunidad podrán adherirse voluntariamente a la misma los municipios que lo deseen, con sujeción al procedimiento que los estatutos determinen. En todo caso, será necesaria la aprobación de la adhesión y de los estatutos de la mancomunidad por la mayoría absoluta del número legal de miembros del pleno del ayuntamiento que pretende adherirse, así como el trámite de información pública e informe de la diputación o diputaciones provinciales interesadas en los términos y plazos establecidos en el artículo anterior. Todas son correctas.

Según el artículo 83.2 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, A través de los convenios de cooperación, las partes podrán: Desarrollar actividades de carácter prestacional. Todas son correctas. Adoptar las medidas oportunas para alcanzar cualquier otra finalidad de contenido análogo a las anteriores. Ceder y aceptar la cesión de uso de bienes patrimoniales.

Según el artículo 67 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Sin perjuicio del respeto a la autonomía local en la determinación de los órganos de la mancomunidad, de sus atribuciones y régimen de funcionamiento, sus estatutos garantizarán que la composición del órgano de representación municipal asegure la presencia de miembros electos de todos los municipios, sin que ninguno pueda ostentar la ... Mayoría 2/3. Mayoría 3/4. Mayoría Absoluta. Mayoría Simple.

Según el artículo 57 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Señala la Incorrecta con respecto al Consejo Andaluz de Concertación Local: Los miembros del Consejo podrán delegar el ejercicio del cargo en otros miembros electos de la misma diputación o ayuntamiento de la que forman parte. Cuando se rechacen las observaciones o reparos formulados por el Consejo Andaluz de Gobiernos Locales, deberá mediar información expresa y detallada. En el trámite parlamentario de las disposiciones legislativas y planes que afecten a lo recogido en el apartado 2 de este artículo, será conocida la posición del Consejo Andaluz de Gobiernos Locales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 95 del Estatuto de Autonomía para Andalucía. Mediante ley se establecerá su régimen de funcionamiento.

Según el artículo 76, Separación de municipios mancomunados, de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, En los supuestos de separación en los que resulten deudas, obligaciones y gastos sin satisfacer de un municipio a favor de la mancomunidad, previo acuerdo adoptado por el órgano de representación municipal, la mancomunidad, ¿A quién podrá solicitar la retención de las cantidades que correspondiese entregar a favor de aquel?. Ninguna es correcta. Al Estado. A la Junta de Andalucía. A la Diputación Provincial.

Según el artículo 65 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, con respecto a las Mancomunidades. Las mancomunidades legalmente constituidas tienen la condición de instrumento de cooperación territorial, con personalidad y capacidad jurídica para el cumplimiento de sus fines específicos. Su régimen jurídico será el establecido en sus propios estatutos, que deberán respetar, cuando proceda, lo dispuesto en la presente ley, así como en las normas que la desarrollen. Las potestades de las mancomunidades serán las estrictamente necesarias para el cumplimiento de sus fines, debiéndose contener de forma expresa en sus estatutos. Ninguna es correcta.

Según el artículo 81 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Los órganos de gobierno estarán integrados por representantes de todas las entidades consorciadas, en la proporción estatutariamente establecida y sin que ninguno de ellos ostente: Mayoría absoluta. Mayoría simple. Mayoría tres cuartos. Mayoría dos tercios.

Señala la incorrecta con respecto al artículo 79 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, Los estatutos establecerán el régimen de funcionamiento de los consorcios y contendrán, como mínimo, los siguientes extremos: El régimen indemnizatorio aplicable a los municipios por incumplimiento de sus obligaciones con el consorcio. Órganos de gobierno. Normas de funcionamiento de los órganos de gobierno, de la gestión administrativa y de gerencia, en su caso. Régimen financiero, presupuestario y contable.

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