Ley 5/2019 de 20 de 20 de febrero (REG)
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Título del Test:
![]() Ley 5/2019 de 20 de 20 de febrero (REG) Descripción: Ley 5/2019 Renta Extremeña Garantizada |



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¿Qué regula la Ley 5/2019 de 20 de febrero?. Pensiones contributivas. Renta básica estatal. Renta Extremeña Garantizada. Subsidios de desempleo. La Renta Extremeña Garantizada tiene como finalidad principal: Incentivar el consumo. Garantizar ingresos mínimos y favorecer la inclusión social. Reducir impuestos. Financiar servicios sanitarios. ¿Quién es el titular del derecho?. Cualquier ciudadano español. La unidad familiar. La persona solicitante en nombre de la unidad de convivencia. Solo personas desempleadas. La prestación tiene carácter: Contributivo. Universal sin requisitos. No contributivo. Temporal sin renovación. La unidad de convivencia está formada por: Personas empadronadas sin relación. Personas que conviven y tienen vínculos familiares o análogos. Solo matrimonios. Solo mayores de edad. ¿Cuál es uno de los requisitos generales?. Tener contrato de trabajo. Residir legalmente en España. Ser menor de edad. Estar jubilado. El empadronamiento exigido debe ser: En cualquier país. En Extremadura. En cualquier comunidad autónoma. No es necesario empadronamiento. ¿Qué principio inspira la ley?. Igualdad y equidad. Subsidiariedad. Universalidad absoluta. Rentabilidad económica. La prestación es: Compatible con cualquier ingreso. Incompatible siempre con otros ingresos. Complementaria hasta un mínimo garantizado. Solo para personas sin ingresos. ¿Quién gestiona la prestación?. La Seguridad Social. Los Ayuntamientos exclusivamente. La Junta de Extremadura. Las Diputaciones. El acceso implica: Solo recibir dinero. Participar en itinerarios de inclusión social. No realizar ninguna actividad. Solo firmar la solicitud. ¿Qué documento suele acompañar a la prestación?. Contrato laboral. Proyecto individualizado de inserción. Informe médico. Certificado bancario. La cuantía depende de: La edad únicamente. Número de miembros y situación económica. Nivel educativo. La nacionalidad. La prestación es: Vitalicia. Temporal con revisión periódica. De un solo pago. Indefinida. ¿Qué podría ocurrir si no se cumplen los compromisos?. No pasa nada. Se incrementa la ayuda. Puede haber suspensión o extinción. Se renueva automáticamente. La ley incluye medidas de: Control policial. Inclusión social y laboral. Privatización de servicios. Reducción del gasto público. ¿Qué administración colabora en la intervención social?. La Unión Europea. Los Ayuntamientos. Las empresas privadas. Los Bancos. ¿Puede haber revisión de la prestación?. No. Sí, periódicamente. Sí, pero sólo una vez. Sí, a petición del usuario por resultarle más favorable. La prestación busca: Sustituir el empleo. Complementar ingresos y facilitar inserción. Eliminar servicios sociales. Aumentar la burocracia. ¿Qué ocurre si se ocultan datos?. Se mantiene la ayuda. No tiene consecuencias. Puede haber sanciones. Se aumenta la cuantía. La renta extremeña garantizada está dirigida a: Personas en situación de vulnerabilidad. Funcionarios. Empresarios. Estudiantes universitarios. ¿Qué tipo de derecho es?. Derecho subjetivo. Derecho opcional. Derecho empresarial. Derecho laboral. La intervención social incluye: Sólo ayudas económicas. Acompañamiento profesional. Control judicial. Formación. ¿Se requiere inscripción en servicios de empleo?. No. Sí, en muchos casos. Sólo si se desea. Sólo para extranjeros. La ley promueve: Dependencia económica. Inclusión y autonomía. Exclusión social. Reducción de derechos. La Renta Extremeña Garantizada se configura jurídicamente como: Una prestación asistencial discrecional. Un derecho subjetivo condicionado al cumplimiento de requisitos. Una subvención nominativa. Un derecho universal incondicionado. El carácter subsidiario de la prestación implica que: Se percibe siempre con independencia de otros ingresos. Se reconoce solo si no existen recursos económicos suficientes. Sustituye cualquier otra ayuda pública. Es incompatible con prestaciones estatales. En relación con la unidad de convivencia, señale la opción correcta: Se limita exclusivamente a vínculos consanguíneos. Incluye únicamente relaciones jurídicas formalizadas. Puede incluir relaciones análogas a las familiares debidamente acreditadas. Excluye la convivencia sin parentesco. El reconocimiento del derecho exige, con carácter general: Residencia ocasional en Extremadura. Empadronamiento continuado en cualquier municipio español. Empadronamiento y residencia efectiva en Extremadura. Nacionalidad española exclusivamente. La prestación económica se define como: Una cuantía fija uniforme. Una cantidad variable modulada según la unidad de convivencia. Una ayuda puntual extraordinaria. Un complemento salarial. El proyecto individualizado de inserción: Es voluntario y no condiciona la prestación. Es obligatorio y vinculante para la persona beneficiaria. Solo se aplica a menores de edad. Sustituye la prestación económica. En cuanto a la compatibilidad de la prestación: Es absolutamente incompatible con cualquier ingreso. Es compatible sin limitaciones. Es compatible en términos de complementariedad hasta un umbral. Solo es compatible con pensiones contributivas. La revisión de la prestación: Solo puede realizarse de oficio. Es inexistente tras su concesión. Puede realizarse periódicamente o cuando cambien las circunstancias. Solo procede a instancia judicial. El incumplimiento de las obligaciones puede dar lugar a: Únicamente apercibimientos sin efectos. Incremento de la cuantía. Suspensión o extinción del derecho. Renovación automática. El principio de inclusión social implica: Exclusivamente la transferencia económica. La intervención integral con medidas sociales y laborales. La sustitución del empleo. La reducción de servicios sociales. La titularidad del derecho corresponde: A todos los miembros de la unidad de convivencia de forma individual. A la persona solicitante en representación de la unidad de convivencia. Al miembro con mayor renta. A la administración pública. En relación con la duración de la prestación: Es indefinida sin control. Es temporal, condicionada a revisiones. Es vitalicia. Es de pago único. La cuantía de la prestación: Se fija sin atender a circunstancias personales. Atiende exclusivamente al número de hijos. Tiene en cuenta ingresos y composición de la unidad. Es igual para todos los beneficiarios. La intervención de los servicios sociales: Es accesoria y no necesaria. Es central en el seguimiento e inclusión. Se limita a la tramitación administrativa. Solo se activa en casos extremos. La ocultación de datos relevantes: Carece de consecuencias jurídicas. Supone únicamente la revisión de oficio. Puede dar lugar a sanciones y pérdida del derecho. Solo afecta a futuras solicitudes. La Renta Extremeña Garantizada tiene como finalidad: Sustituir el sistema de empleo. Garantizar la inclusión social y la cobertura de necesidades básicas. Reducir el gasto público. Incentivar la natalidad. El acceso a la prestación exige: Únicamente carecer de ingresos. Cumplir requisitos económicos y de participación social. Ser mayor de 65 años. Estar empadronado sin más requisitos. En cuanto a la naturaleza de la prestación: Es contributiva. Es no contributiva integrada en el sistema de servicios sociales. Es un impuesto negativo. Es una prestación laboral. La coordinación interadministrativa implica: Exclusividad de la Junta de Extremadura. Participación de entidades locales en la intervención. Ausencia de colaboración institucional. Gestión privada del sistema. El derecho a la prestación: Es discrecional de la administración. Depende de disponibilidad presupuestaria exclusivamente. Es exigible si se cumplen los requisitos. Es automático sin control. |




