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LEY 6/2001

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Título del Test:
LEY 6/2001

Descripción:
PREGUNTAS A

Fecha de Creación: 2022/01/19

Categoría: Otros

Número Preguntas: 49

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Una universidad privada podrá ser creada: por ley de las Cortes Generales. por ley orgánica. por real decreto del Consejo de Ministros. ninguna respuesta es correcta.

De acuerdo con la LOU una universidad pública podrá ser creada: por real decreto del Consejo de Ministros. por ley del Congreso. por ley del parlamento. ninguna es correcta.

Para la creación de una universidad pública será preceptivo el informe previo de: el Consejo de Universidades. la Conferencia General de Política Universitaria. el Consejo de Coordinación Universitaria. el órgano de la Comunidad Autónoma competente en materia de educación universitaria.

Las normas de organización y funcionamiento de las universidades privadas: serán aprobadas del mismo modo que los Estatutos de las universidades públicas. serán aprobadas por la Comunidad Autónoma, sin necesidad de pasar control de legalidad, al ser entidades privadas. serán aprobadas por la Comunidad Autónoma, previo informe favorable de la Conferencia General de Política Universitaria. serán aprobadas por la Comunidad Autónoma, previo informe favorable del Consejo de Universidades.

¿Cuál de las siguientes personas físicas puede crear universidades privadas?. quienes presten servicios en una administración educativa. quienes tengan antecedentes penales por delitos dolosos. quienes hayan sido sancionados administrativamente con carácter firme por infracción en materia educativa o profesional. ninguno de los anteriores puede crear una universidad privada.

Según la LOU, la creación de universidades públicas se llevará a cabo: Por ley del Congreso. Por ley de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas. Por una norma con rango de ley. Todas son correctas.

Según la LOU, las universidades privadas se reconocerán por: Por ley orgánica. Por ley. Por un norma con rango de ley. Todas son correctas.

El título VI de la LOU trata de: la evaluación y acreditación. la investigación en la universidad y de la transferencia del conocimiento. la coordinación universitaria. las enseñanzas y títulos.

Según la LOU, una universidad puede crearse o reconocerse en el ámbito territorial de: Una comunidad autónoma. Uno o más comunidades autónomas. Uno o más países. Una o más regiones del espacio europeo de educación superior.

Según la LOU, si una universidad se crea a propuesta del gobierno, esta creación se llevará a cabo por: Por ley de las Cortes Generales. Por ley de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas. Por una norma con rango de ley. Son correctas a) y la b).

Según la LOU, si una universidad se crea a propuesta del gobierno, esta creación se requerirá: Informe previo y favorable del consejo de gobierno de la comunidad autónoma en cuyo territorio haya de establecerse. Acuerdo de la Asamblea Legislativa de la comunidad autónoma en cuyo territorio haya de establecerse. No requerirá acuerdo alguno. Acuerdo del consejo de gobierno de la comunidad autónoma en cuyo territorio haya de establecerse.

Según la LOU, la creación o reconocimiento de una universidad requerirá: Un informe previo y favorable. Un informe previo. Un informe facultativo y no vinculante. Un informe determinante para su reconocimiento o creación.

Según la LOU, la creación o reconocimiento de una universidad requerirá un informe: En el marco de la programación general de la educación universitaria. En el marco de la programación general de la educación superior. En el marco del programación general de la enseñanza superior. En el marco de la programación general de la enseñanza universitaria.

Según la LOU, la creación o reconocimiento de una universidad requerirá un informe: De la conferencia general de política universitaria. Del consejo gallego de universidades. Del consejo de universidades. Todas son correctas.

Según la LOU, el establecimiento de los requisitos básicos para la creación y reconocimiento de Universidades tendrá por finalidad: Garantizar la calidad de la programación general de la educación superior y, en particular, del conjunto del sistema universitario. Garantizar la calidad de la docencia e investigación y, en general, del conjunto del sistema universitario. Definir la programación general de la enseñanza superior y, en general, del conjunto del sistema universitario. Sentar las bases de una docencia universitaria de calidad y, en general, del conjunto del sistema educativo superior.

Según la LOU, el establecimiento de los requisitos básicos para la creación y reconocimiento de Universidades tendrá: Carácter particular. Carácter nacional. Carácter de interés público. Carácter general.

Según la LOU, el establecimiento de los requisitos básicos para la creación y reconocimiento de Universidades lo hará: El Estado. Las comunidades autónomas correspondientes. El gobierno. Las administraciones públicas.

Según la LOU, el establecimiento de los requisitos básicos para la creación y reconocimiento de Universidades requerirá: Informe previo y favorable. Informe previo y acuerdo de las comunidades autónomas. Informe previo. No requerirá informe.

Según la LOU, el establecimiento de los requisitos básicos para la creación y reconocimiento de Universidades requerirá informe: Del consejo gallego de universidades. De la conferencia general de política universitaria. Del consejo de universidades. Todas son correctas.

Según la LOU, el establecimiento de los requisitos básicos para la creación y reconocimiento de Universidades contemplarán: Los medios y recursos adecuados para el cumplimiento por las Universidades de las funciones de la universidad al servicio de la sociedad. Los compromisos adecuados para el cumplimiento por las Universidades públicas de las funciones de la universidad al servicio de la sociedad. Los recursos económicos, financieros y materiales para el cumplimiento de las Universidades privadas de las funciones de la universidad al servicio de la sociedad. Los requisitos que han de cumplir las universidades para llevar a cabo las funciones de la universidad al servicio de la sociedad.

Según la LOU, ¿de qué manera se puede impartir los títulos universitarios oficiales en modalidad presencial?: Exclusiva o parcial. Exclusiva o semipresencial. Virtual o parcial. Ninguna es correcta.

Según la LOU, el comienzo de las actividades de las universidades será autorizado por: El órgano competente establecido por el gobierno. El órgano competente de la Comunidad Autónoma. El órgano que determine las asambleas legislativas de las comunidades autónomas. El órgano competente de la Comunidad Autónoma competente en materia educativa.

Según la LOU, las Universidades deberán mantener en funcionamiento durante un plazo que resulte de la aplicación de las normas generales que se dicten en desarrollo de los artículos 34 y 35 de la LOU: Centros y enseñanzas. Estudios y facultades. Títulos e instalaciones. Facultades, escuelas y otros centros y estructuras.

Según la LOU, las Universidades deberán mantener en funcionamiento durante un plazo que resulte de la aplicación de las normas generales que se dicten en desarrollo de los artículos 34 y 35 de la LOU: Máximo. Temporal. Indefinido. Mínimo.

Según la LOU, en virtud de que artículo de la constitución española se podrán crear universidades privadas y centros universitarios privados: Artículo 20.1. Artículo 27.6. Artículo 18. Artículo 21.

Según la LOU, podrán crear universidades privadas y centros universitarios privados: Las personas físicas. Las personas mercantiles y jurídicas. Las personas físicas y jurídicas. Las personas civiles.

Según la LOU, se podrán crear universidades privadas y centros universitarios privados dentro del respecto: A los principios constitucionales. A los principios de la ley y la costumbre. A los principios constitucionales y del espacio europeo de educación superior. A los principios que rigen el sistema universitario europeo.

Según la LOU, señalar la incorrecta: No podrán crear Universidades o centros universitarios quienes presten servicios en una Administración educativa. No podrán crear Universidades o centros universitarios quienes presten servicios en una Administración pública y tenga antecedentes penales. No podrán crear Universidades o centros universitarios quienes hayan sido sancionados administrativamente con carácter firme por infracción grave en materia educativa. Todas las respuestas son correctas.

Según la LOU, ¿Qué personas no podrán crear Universidades o centros universitarios si han sido sancionados administrativamente con carácter firme por infracción grave en materia profesional?. Las personas físicas. Las personas mercantiles y jurídicas. Las personas físicas y jurídicas. Las personas civiles.

Según la LOU, para que una persona jurídica no pueda crear Universidades o centros universitarios que miembros de la misma tendrán que encontrarse en determinadas circunstancias establecidas en el artículo 5.2 de la LOU?. Administradores, representantes o cargos rectores, vigente su representación o designación. Los fundadores, promotores o titulares de un 20 por ciento o menos de su capital. Los gerentes, directores generales o altos directivos presten o hayan prestado servicio en los dos últimos años en la persona jurídica. Ninguna es correcta.

Según la LOU, ¿Qué actos o negocios jurídicos que realicen los titulares de universidades privadas o centros universitarios privados tendrá que comunicarse?. Los que modifiquen la personalidad jurídica o física o la estructura de la Universidad privada. Los que modifiquen la personalidad plena o la estructura académica de la Universidad privada. Los modifiquen la personalidad jurídica o la estructura de la Universidad privada. Los que modifiquen la estructura de la personalidad jurídica de la Universidad privada.

Según la LOU, los actos y negocios jurídicos que impliquen la transmisión o cesión que las personas físicas o jurídicas ostenten sobre las Universidades privadas tendrán que comunicarse: Cuando tengan el carácter de intervivos. Cuando sea a título oneroso o gratuito. Cuando sea total o parcial. Todas son correctas.

Según la LOU, los actos y negocios jurídicos que impliquen la transmisión o cesión que las personas ostenten sobre las Universidades privadas tendrán que comunicarse: Siempre que se trate de centros universitarios públicos adscritos a universidades privadas. Siempre que se trate de centros universitarios públicos. Siempre que se trate de centros universitarios privados adscritos a universidades públicas. Siempre que se trate de centros universitarios privados integrados en universidades privadas.

Según la LOU, los actos y negocios jurídicos que impliquen la transmisión o cesión que las personas ostenten sobre las Universidades privadas tendrán que comunicarse: Con posterioridad. Previamente. En el momento de realizarlos. No tendrán que ser comunicados.

Según la LOU, los actos y negocios jurídicos que impliquen la transmisión o cesión que las personas ostenten sobre las Universidades privadas tendrán que comunicarse: A la conferencia general de política universitaria. Al ministerio de educación. Al consejo de universidades. A la comunidad autónoma.

Según la LOU, los actos y negocios jurídicos que impliquen la transmisión o cesión que las personas ostenten sobre las Universidades privadas tendrán que comunicarse en el plazo: De los diez días siguientes a su realización. En el plazo que se otorgue con carácter general. En el plazo establecido en una norma con rango de ley. De un mes desde su realización.

Según la LOU, la posible denegación de los actos y negocios jurídicos que modifiquen la personalidad jurídica de las Universidades privadas o centros universitarios privados adscritos a universidades públicas deberá fundarse en: La insuficiencia de garantías para el cumplimiento de los compromisos adquiridos al solicitarse el reconocimiento o en el convenio de adscripción. El incumplimiento por parte de las universidades, posteriormente al inicio de sus actividades, de la normativa universitaria de aplicación. El incumplimiento o extralimitación en las condiciones por las que se ha autorizado el reconocimiento o la adscripción del centro. El incumplimiento del ordenamiento jurídico.

Según la LOU, los centros universitarios privados: Deberán estar integrados en una universidad pública o privada. Podrán estar integrados en una universidad pública o adscritos a una universidad pública o privada. Podrán estar integrados en una universidad privada o adscritos a una universidad pública o privada. Deberán estar integrados a una universidad privada o adscritos a una universidad pública.

Según la LOU, ¿Quiénes establecerán mecanismos para que en los procesos de acogida de los diferentes miembros de la comunidad universitaria se favorezca el conocimiento suficiente de las lenguas cooficiales?. Las administraciones públicas y las universidades. Las comunidades autónomas y las universidades. Los poderes públicos y las universidades. El Estado y las comunidades autónomas.

Según la LOU, en la aprobación de los Estatutos el silencio administrativo será: Desestimatorio. Estimatorio. Producirá la caducidad del procedimiento. Producirá el archivo de las actuaciones.

Según la LOU, en la aprobación de los Estatutos si estos no cumplen la legalidad vigente, ¿de qué forma se subsanan?. De acuerdo con el procedimiento que establezca la comunidad autónoma al efecto. De acuerdo con lo que establezca su ley de creación. De acuerdo con el procedimiento que se establece en la aprobación de los requisitos básicos para la creación y reconocimiento de universidades. De acuerdo con el procedimiento establecido en los propios estatutos.

Según la LOU, los estatutos se entenderán aprobados: Si transcurridos tres meses desde la fecha de su presentación no hubiera recaído resolución expresa. Si transcurridos tres meses desde el día siguiente a la fecha de su presentación no hubiera recaído resolución expresa. Si transcurrido el plazo establecido al efecto desde el día siguiente de su presentación no hubiera recaído resolución expresa. Si transcurrido el plazo establecido al efecto desde el día de su presentación no hubiera recaído resolución expresa.

Según la LOU, las Universidades públicas se organizarán de forma que en sus órganos de gobierno y de representación: Quede asegurada la representación de los diferentes sectores de la comunidad universitaria. Quede asegurada la representación de los diferentes sectores de la comunidad autónoma. Quede asegurada la representación de los diferentes sectores de la comunidad educativa. Quede asegurada la representación de los diferentes sectores de la comunidad autónoma que representen la educación superior.

Según la LOU, las universidades privadas se regirán por: La ley orgánica de universidades, por las normas que dicten el Estado y las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus respectivas competencias, por la ley del sistema universitario de Galicia, la Ley de su creación o reconocimiento, por sus propias normas de organización y funcionamiento y por las normas correspondientes a la clase de personalidad jurídica adoptada. La ley orgánica de universidades, por las normas que dicten el Estado y las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus respectivas competencias, la Ley de su reconocimiento, por sus propias normas de organización y funcionamiento y por las normas correspondientes a la clase de personalidad jurídica adoptada. La ley orgánica de universidades, por las normas que dicten el Estado y las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus respectivas competencias, la Ley de su reconocimiento, por sus propias normas de organización y funcionamiento y estatutos y por las normas correspondientes a la clase de personalidad jurídica adoptada. La ley orgánica de universidades, por las normas que dicten la Unión Europea, el Estado y las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus respectivas competencias, la Ley de su reconocimiento, por sus propios estatutos y por las normas correspondientes a la clase de personalidad jurídica adoptada.

Según la LOU, el principio de libertad académica se manifiesta: En la libertad de cátedra, investigación y docencia. En la libertad de docencia, investigación y estudio. En la libertad de estudio, investigación y cátedra. Ninguna es correcta.

Según la LOU, las normas propias que rijan las universidades privadas: Incluirán las previsiones derivadas de lo que comprende la autonomía universitaria. Incluirán las previsiones referentes a las funciones de las universidades al servicio de la universidad. Los principios constitucionales y las libertades manifestadas en el principio de libertad de cátedra. Todas son correctas.

La Ley orgánica de universidades fue publicada: 21 de diciembre de 2001. 24 de diciembre de 2001. 13 de enero de 2001. 29 de diciembre de 2002.

El título I de la Ley orgánica de universidades se denomina: De la naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las Universidades públicas y privadas. De la naturaleza, objetivos, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las Universidades públicas. De la naturaleza, creación, reconocimiento y régimen de las Universidades públicas y privadas. De la naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las Universidades.

El título I de la Ley orgánica de universidades se componen de: 3 artículos. 4 artículos. 5 artículos. 6 artículos.

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