Ley 7/1985 - Reguladora Bases Régimen Local
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Título del Test:
![]() Ley 7/1985 - Reguladora Bases Régimen Local Descripción: TEMA 14 (PG) |



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Los Reglamentos de los Entes Locales pueden ser: Reglamentos orgánicos. Ordenanzas y Bandos. Las respuestas a y b son correctas. El procedimiento de elaboración y aprobación de las ordenanzas municipales está recogido en: La Ley de Bases 7/85. La Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Las respuestas a ) y b) son correctas. Las ordenanzas municipales requieren, en primer lugar, la aprobación inicial por el Pleno por: Mayoría absoluta del número legal de sus miembros. Mayoría simple del número legal de sus miembros. Mayoría simple del de sus miembros presentes. El plazo mínimo establecido para la presentación de reclamaciones y sugerencias en el procedimiento de elaboración de las ordenanzas es de: 30 días. 20 días. Entre 15 y 30 días. Para su entrada en vigor, las Ordenanzas deberán ser publicadas en: BOE. BOP. DOCE. Los Bandos de Alcaldía son dictados por: El Ayuntamiento en Pleno. El Alcalde. El Alcalde o Teniente de Alcalde en quien delegue. ¿Quién aprueba las Ordenanzas?. El Pleno. El Alcalde. La Comunidad Autónoma. ¿Quién aprueba el Reglamento Orgánico de los Plenos municipales?. La Comisión de Gobierno. El Pleno. El Alcalde. ¿Quién controla la legalidad de las normas municipales?. Los Tribunales. El Gobierno. El Senado. El control jurisdiccional de las normas municipales se recoge en la Constitución, en su artículo: 104. 105. 106. El Reglamento Orgánico se aprueba por mayoría: Simple. Absoluta. 3/5. Según la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, las ordenanzas se publicarán en el "Boletín Oficial" de la Provincia y no entrarán en vigor: Hasta que se haya publicado completamente su texto y hayan transcurrido diez días hábiles. Hasta que se haya publicado completamente su texto y hayan transcurrido quince días hábiles. Hasta que se haya publicado completamente su texto y hayan transcurrido veinte días hábiles. Según la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde al Alcalde: Dictar bandos, decretos y reglamentos. Dictar bandos, instrucciones y ordenanzas. Dictar bandos, decretos e instrucciones. Según la Ley Reguladora de Bases del Régimen local, las multas por infracción grave de Ordenanzas locales no podrán superar el límite de: 1000 euros. 2000 euros. 1500 euros. Por la comisión de una infracción calificada como leve en la Ley Reguladora de Bases del Régimen local, la sanción no podrá superar: 301 euros. 750 euros. 100 euros. Salvo previsión legal distinta, las multas por infracción muy grave a las ordenanzas locales deberán respetar la siguiente cuantía: Hasta 1500 €. Hasta 700 €. Hasta 3000 €. La definición “conjunto de medidas coactivas utilizables por la Administración para que el particular ajuste su actividad a un fin de utilidad pública” hace referencia a: La actividad reglamentaria de la Administración Local. La actividad de Policía administrativa. La actividad de fomento municipal. ¿Cual/es de los siguientes principios inspiran la actividad de las Corporaciones locales y, por tanto, de la policía municipal?. Legalidad y coordinación. Principio de igualdad ante la Ley. Tipicidad y congruencia con los fines que se persiguen. El otorgamiento de las licencias, salvo excepciones corresponde a: Al alcalde. Al secretario de la corporación. A la Junta de Gobierno local. Las ordenanzas de las Corporaciones locales, son aprobadas por: El Alcalde. La Junta de Gobierno Local. El Pleno. En el ámbito de la Administración Local, ¿Qué órganos tienen atribuida, en todo caso, la potestad reglamentaria?. Los municipios, las provincias y las islas. Los municipios. Los municipios y las provincias. Los Alcaldes podrán aprobar: Bandos, ordenanzas y reglamentos. Bandos y ordenanzas. Bandos. Los Plenos de los Ayuntamientos, ¿Pueden aprobar bandos?. Sí, en todo caso. Sí, previa habilitación del Alcalde. No. ¿Cuál es el plazo para impugnar de manera directa un reglamento o una ordenanza municipal?. mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada. Dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada. Tres meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada. Serán calificadas como infracciones de carácter muy grave: Una perturbación relevante de la convivencia que afecte de manera grave, inmediata y directa a la tranquilidad o al ejercicio de derechos legítimos de otras personas, al normal desarrollo de actividades de toda clase conformes con la normativa aplicable o a la salubridad u ornato públicos, siempre que se trate de conductas no subsumibles en los tipos previstos en el capítulo IV de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana. Los actos de deterioro grave y relevante de espacios públicos o de cualquiera de sus instalaciones y elementos, sean muebles o inmuebles, derivados de alteraciones de la seguridad ciudadana. Ambas son correctas. Serán calificadas como infracciones de carácter muy grave: El impedimento del uso de un servicio público por otra u otras personas con derecho a su utilización. El impedimento o la grave y relevante obstrucción al normal funcionamiento de un servicio público. Ambas son correctas. Salvo previsión legal distinta, las multas por infracciones muy graves de Ordenanzas locales tendrán una cuantía máxima de: 10.000 euros. 5.000 euros. 3.000 euros. Salvo previsión legal distinta, las multas por infracciones graves de Ordenanzas locales tendrán una cuantía máxima de: 3.000 euros. 1.500 euros. 1.000 euros. Salvo previsión legal distinta, las multas por infracciones leves de Ordenanzas locales tendrán una cuantía máxima de: 1.500 euros. 1.000 euros. 750 euros. ¿Qué órgano es el responsable de otorgar las licencias en las Corporaciones Locales?. El Alcalde, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno o a la Junta de Gobierno Local. El Pleno, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Alcalde o a la Junta de Gobierno Local. La Junta de Gobierno Local, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Alcalde o al Pleno. ¿Cuál es la diferencia una Ordenanza y un Reglamento municipal?. Desde el punto de vista teórico, la doctrina distingue entre un Reglamento y una Ordenanza. Mientras que la Ordenanza es una norma de carácter general que regula las relaciones entre los ciudadanos y la Administración, el Reglamento es una disposición general de carácter interno, que pretende organizar el funcionamiento de los servicios; por ello, normalmente sus destinatarios directos no son los ciudadanos, sino la propia Administración, mientras que en la Ordenanza es al contrario, pues sus destinatarios naturales son los ciudadanos. Desde el punto de vista teórico, la doctrina distingue entre un Reglamento y una Ordenanza. Mientras que el Reglamento es una norma de carácter general que regula las relaciones entre los ciudadanos y la Administración, la Ordenanza es una disposición general de carácter interno, que pretende organizar el funcionamiento de los servicios; por ello, normalmente sus destinatarios directos no son los ciudadanos, sino la propia Administración, mientras que en el Reglamento es al contrario, pues sus destinatarios naturales son los ciudadanos. Las Ordenanzas y Reglamentos municipales son exactamente lo mismo, diferenciándose únicamente por el órgano de emisión, siendo en las Ordenanzas el Alcalde y, en los Reglamentos, el Pleno Municipal. ¿ Cuál es la diferencia entre un bando y una ordenanza?. La ordenanza es un instrumento adecuado para regular las materias importantes, un instrumento normativo serio y solemne, sujeto a un procedimiento formal de elaboración y control; Por otro lado, el bando se reserva para cuestiones de índole menor, por responder a la necesidad de recordar, a veces, el cumplimiento de una disposición legal o reglamentaria, fechas o lugares en que se llevarán a cabo determinadas actuaciones o prestaciones, actualización de mandatos contenidos en las leyes cuando se producen las situaciones que éstas contemplan. Se trata de medidas, en general, temporales y de carácter instrumental, más que de carácter modificatorio o innovador. El bando es un instrumento adecuado para regular las materias importantes, un instrumento normativo serio y solemne, sujeto a un procedimiento formal de elaboración y control; Por otro lado, la ordenanza se reserva para cuestiones de índole menor, por responder a la necesidad de recordar, a veces, el cumplimiento de una disposición legal o reglamentaria, fechas o lugares en que se llevarán a cabo determinadas actuaciones o prestaciones, actualización de mandatos contenidos en las leyes cuando se producen las situaciones que éstas contemplan. Se trata de medidas, en general, temporales y de carácter instrumental, más que de carácter modificatorio o innovador. El bando y la ordenanza tienen el mismo carácter normativo, diferenciándose únicamente por el órgano que los dicta. |




