ley 9/2010 de aguas
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Título del Test:![]() ley 9/2010 de aguas Descripción: aguas continentales |




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La concesion de uso privativo de aguas segun ley 9/2010 se otorgará por un periodo maximo de : 20 años, ampliable hasta 75 años que es el maximo establecido en la 1/2001 de Aguas. 75 años. 30 años. El orden de preferencia de usos segun ley 9/2010 que se aplicara con caracter SUPLETORIO del establecido en los Planes Hidrologicas sera: 1.Uso domestico,2.usos urbanos No domesticos en actividades de bajo consumo, 3.usos agrarios/industriales/turisticos o usos urbanos de alto consumo (+ 100.000 m3 anuales). 1.Uso domestico.2 usos urbanos domesticos de bajo consumo, 3. Usos agrarios/industriales/turisticos o usos urbanos de alto consumo. 1.Uso domestico.2 Uso no domestico. 3 Uso agrario o industrial. Tienen la OBLIGACION DE CONSTITUIRSE EN COMUNIDADES DE USUARIOS DE MASAS "SUBTERRANEAS" segun ley 9/2010 : Los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas publicas que tengan la toma en dichas masas, cuando lo decida la consejeria. Los titulares de derechos sobre una masa subterranea cuando esta se declare "en riesgo de no alcanzar un buen estado" y deberan hacerlo en un plazo de 6 meses maximo. ambas son correctas. Las comunidades de usuarios de Agua superficial PODRAN gestionar los derechos concesionales sobre aguas subterraneas que sus Usuarios tengan sobre ellas dentro de su ambito territorial: previa autorizacion de la consejeria siempre que sus usuarios esten de acuerdo. previa comuniacion a la consejeria. Previa autorizacion de la Consejeria. La ADM de urbanismo solicitara INFORME VINCULANTE a la consejeria en materia de agua durante la tramitacion de los instrumentos de ordenacion del territorio y este debera ser emitido : en 3 meses max con silencio negativo. en 2 meses max con silencio negativo. en 1 mes max con silencio negativo. Segun la ley 9/2010 los contratos de CESION DE DERECHOS al uso privativo del agua tendran : caracter temporal y deberan ser para usos de IGUAL O MAYOR RANGO. caracter temporal y deberan ser para usos de IGUAL O MAYOR RANGO. Excepcionalmente por razones de interes General podran producirse para usos que no respeten la prioridad previa autorizacion del Consejero. Segun la ley 9/2010 EN ANDALUCIA , NO se podrán realizar captaciones de Agua Subterránea SIN la previa "concesion o autorizacion" , excepto: captaciones de - de 7000 m3. captaciones de - 7.000m3, siempre que la masa no se declare en riesgo de alcanzar un buen estado. captaciones de - 7.000 m3 siempre que la masa no se declare en riesgo de alcanzar buen estado o objeto de control preventivo. La apertura de POZOS, así como el incremento de su Diametro,Profundidad o la modificacion de su ubicacion requiere : autorizacion. comunicacion. La mera limpieza o mantenimiento de POZOS, asi como cualquier actuacion de conservacion que NO conlleve alteracion requerirá: autorizacion. comunicacion con 15 dias de antelacion. Cualquier modificacion de las condiciones establecidas para los aprovechamientos de aguas subterranea requerira: autorizacion. comunicacion. Podran realizarse ALMACENAMIENTOS de aguas en "Balsas" previa comunicacion cuando el volumen No exceda de: 50.000 m3. 50.000 m3 y no supere el 20% del volumen anual de captacion a que se tenga derecho. 20.000 m3. Previa autorizacion de la consejeria podra incrementarse la superficie regada con AGUAS SUBTERRANEAS PRIVADAS o destinarse a terrenos diferentes. Para obtener dicha autorizacion los titulares deberan: acreditar que las modificaciones no afectan a los derechos de otros usuarios. acreditar que las modificaciones no suponen un aumento del consumo. ambas. Cuando se Declare una masa de agua Subterranea "En riesgo de NO alcanzar un buen estado", se tomaran las siguientes medidas: Se constituira una comunidad de usuarios en maximo 6 meses. Se aprobara un programa de Actuacion para su recuperacion en maximo 1 año. Se constituira una Comunidad de usuarios en maximo 6 meses y se aprobara un programa de actuacion para su recuperacion en maximo 1 año. La recarga ARTIFICIAL de MASAS SUBTERRANEAS podra hacerse por: La consejeria de oficio o previa autorizacion por comunidades de usuarios. La consejeria de oficio. La consejeria de oficio o previa autorizacion por comunidad de usuarios, adjuntando en la solicitud INFORME HIDROGEOLOGICO + PROGRAMA DE RECARGA Y EXTRACCION. Estaran exentos del Canon de Servicios Generales: las comunidades de usuarios. los titulares de usos y aprovechamientos inferiores a 7.000 m3. el canon de servicios generales tendra un importe de 20 euros y el Canon de Regulacion y tarifa de utilizacion del agua : importe de 12 euros. importe de 10 euros. El benceno, niquel, dioxinas y Plomo son sustancias: preferentes. prioritarias. peligrosas prioritarias. El antraceno,cadmio,mercurio y los hidrocarburos aromaticos policiclicos son sustancias: preferentes. prioritarias. peligrosas prioritarias. El Arsenico,cobre,cromo, zinc y los cianuros son sustancias: preferentes. prioritarias. peligrosas prioritarias. segun la ley 9/2010, Los incumplimientos sobre seguridad de presas y embalses cuando ello ponga en grave riesgo las personas o el medio ambiente, estará tipicado como infraccion : Muy grave. Grave. Leve. segun la ley 9/2010,La gestion de los servicios de ADUCCION Y DEPURACION cuando se Derive un daño muy Grave para personas o medio ambiente estará tipicado como infraccion : Muy grave. Grave. Leve. segun la ley 9/2010,La apertura de pozos o la modificacion de sus caracteristicas , asi como la instalacion en ellos de instrumentos de extraccion SIN AUTORIZACION, estará tipicado como infraccion : Muy grave. Grave. Leve. segun la ley 9/2010,El incumplimiento de la Obligacion de sellado de los Pozos, estará tipicado como infraccion : Muy grave. Grave. Leve. segun la ley 9/2010,El incumplimiento del deber de instalar un CONTADOR HOMOLOGADO, estará tipicado como infraccion : Muy grave. Grave. Leve. segun la ley 9/2010,La falta de constitucion en comunidad de usuarios cuando lo requiera la consejeria, estará tipicado como infraccion : Muy grave. Grave. Leve. segun la ley 9/2010,La gestion de los servicios de ADUCCION Y DEPURACION cuando de la prestacion del servicio se derive grave riesgo para la salud de las personas, estará tipicado como infraccion : Muy grave. Grave. Leve. segun la ley 9/2010,La navegacion y flotacion de embarcaciones en zonas expresamente prohibidas o sin presentar la declaracion responsable, estará tipicado como infraccion : Muy grave. Grave. Leve. segun la ley 9/2010, El incumplimiento de medicion directa de los consumos, estará tipicado como infraccion : Muy grave. Grave. Leve. segun la ley 9/2010, El incumplimiento de reparar las averias de las que sean responsables, estará tipicado como infraccion : Muy grave. Grave. Leve. segun la ley 9/2010, La realizacion de ACAMPADAS individuales o colectivas en zona de DOMINIO PUBLICO HIDRAULICO, SIN AUTORIZACION , estará tipicado como infraccion : Muy grave. Grave. Leve. segun la ley 9/2010, La Negativa al acceso del personal inspector a terrenos o instalaciones , estará tipicado como infraccion : Muy grave. Grave. Leve. segun la ley 9/2010, Se considera que se ha producida un daño " MUY GRAVE" en cuanto a las infracciones genericas recogidas en ella ( ej extraccion de aguas subterraneas o superficiales sin autorizacion / ejecucion de obras,trabajos o plantaciones sin autorizacion ), cuando : los daños sean + 150.000 euros. los daños sean + 15.000 euros. los daños sean + de 20.000 euros. segun la ley 9/2010, Se considera que se ha producida un daño "GRAVE" en cuanto a las infracciones genericas recogidas en ella ( ej extraccion de aguas subterraneas o superficiales sin autorizacion / ejecucion de obras,trabajos o plantaciones sin autorizacion ), cuando : los daños sean + 150.000 euros. los daños sean + 15.000 euros. los daños sean + de 20.000 euros. segun la ley 9/2010, Se considera que se ha producida un daño "LEVE" en cuanto a las infracciones genericas recogidas en ella ( ej extraccion de aguas subterraneas o superficiales sin autorizacion / ejecucion de obras,trabajos o plantaciones sin autorizacion ), cuando : los daños sean + 150.000 euros. los daños sean + 15.000 euros. los daños sean - de 15.000 euros. |