Ley 9/2017, 8_nov., de Contratos del Sector Público
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Título del Test:![]() Ley 9/2017, 8_nov., de Contratos del Sector Público Descripción: Régimen de Contratación de las Autoridades Portuarias |




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Entrada en vigor de la nueva Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público. 9 de noviembre de 2017. 9 de marzo de 2018. 8 de noviembre de 2017. 8 de marzo de 2018. El régimen jurídico de los contratos que celebren Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias será el establecido en la Ley 9/2017 para las Entidades sel Sector Público que, siendo poderes adjudicadores, no tienen consideración de Administración Pública. VERDADERO. FALSO. El régimen jurídico de los contratos que celebren Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias será el establecido en la Ley 9/2017 para las Entidades sel Sector Público que, siendo poderes adjudicadores, no tienen consideración de Administración Pública. Disposición adicional 39ª. Régimen de contratación de Puertos del Estado y de las Autoridades Portuarias. Disposición adicional 38ª. Régimen de contratación de Puertos del Estado y de las Autoridades Portuarias. Disposición adicional 49ª. Régimen de contratación de Puertos del Estado y de las Autoridades Portuarias. Disposición adicional 48ª. Régimen de contratación de Puertos del Estado y de las Autoridades Portuarias. A los contratos celebrados por la APB les resulta de aplicación: TITUTO II. Libro 3º.: artículos 316 a 320. TITUTO I. Libro 2º.: artículos 316 a 320. TITUTO II. Libro 2º.: artículos 316 a 320. TITUTO I. Libro 3º.: artículos 316 a 320. A los contratos públicos celebrados por la APB les resulta de aplicación: c) Título I. Contratos de los poderes adjudicadores que no tienen la condición de Administración Pública. b) Título PRELIMINAR y Libro 1º - Configuración general de la contratación del sector público y elementos estructurales de los contratos en lo que resulte de aplicación. la a) y la b). a) Libro 3º De los contratos de otros entes del sector público Título I. Contratos de los poderes adjudicadores que no tienen la condición de Administración Pública, Art. 316-320. Los contratos sujetos a regulación armonizada son aquellos que por superar el umbral económico que indica los art. 20 y 21 de la LCSP, están sometidos a las Directivas Europeas de contratación pública. VERDADERO. FALSO. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, dice que los contratos sujetos a regulación armonizada son aquellos cuyo valor estimado.... contratos de obras, de concesiones de obras y de concesiones de servicio: =>5.548.000€. contratos de suministros: => 144.000€ - A.P., sus Organismos autónomos y EGSC de la S.S., y => 221.000€ - distintos. contratos de servicios: => 144.000€ - A.P., sus O.A. y EGSC de SS. => 221.000€ - Entidades del Sector Público distintas a la AP => 750.000€ - servicios sociales y otros específicos. todas las anteriores. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, dice que el umbral de los contratos de servicios que están sujetos a una regulación armonizada es: => 144.000€ - A.P., sus O.A. y EGSC de SS. => 221.000€ - Entidades del Sector Público distintas a la AP => 750.000€ - servicios sociales y otros específicos. => 221.000€ - Entidades del Sector Público distintas a la AP. => 750.000€ - servicios sociales y otros específicos. => 5.548.000€. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, dice que el umbral de los contratos de suministros que están sujetos a una regulación armonizada es: => 144.000€ - A.P., sus O.A. y EGSC de SS. => 221.000€ - Entidades del Sector Público distintas a la AP => 750.000€ - servicios sociales y otros específicos. => 221.000€ - Entidades del Sector Público distintas a la AP => 750.000€ - servicios sociales y otros específicos. => 144.000€ - A.P., sus O.A. y EGSC de SS. => 221.000€ - Entidades del Sector Público distintas a la AP. => 5.548.000€. => 750.000€ - servicios sociales y otros específicos. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, dice que el umbral de los contratos de obras, de concesión de obras y de concesión de servicios que están sujetos a una regulación armonizada es: => 144.000€ - A.P., sus O.A. y EGSC de SS. => 221.000€ - Entidades del Sector Público distintas a la AP => 750.000€ - servicios sociales y otros específicos. => 221.000€ - Entidades del Sector Público distintas a la AP => 750.000€ - servicios sociales y otros específicos. => 144.000€ - A.P., sus O.A. y EGSC de SS. => 221.000€ - Entidades del Sector Público distintas a la AP. => 5.548.000€. => 750.000€ - servicios sociales y otros específicos. La Ley 31/2007, de 30 de octubre,sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, art.16, dice que esta ley se aplicará a los contratos cuyo: valor neto, incluido el IVA, sea igual o superior a los siguientes límites: a) 443.000€ en los contratos de suministros y servicios b) 5.548.000€ en los contratos de obras. valor estimado, excluido el IVA, sea igual o superior a los siguientes límites: a) 443.000€ en los contratos de suministros y servicios b) 5.548.000€ en los contratos de obras. valor estimado, incluido el IVA, sea igual o superior a los siguientes límites: a) 442.000€ en los contratos de suministros y servicios b) 5.548.000€ en los contratos de obras. valor estimado, excluido el IVA, sea igual o superior a los siguientes límites: a) 442.000€ en los contratos de suministros y servicios b) 5.548.000€ en los contratos de obras. La adjudicación de contratos públicos por las Autoridades Portuarias, como entidad del sector público que no tiene el carácter de AP, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, se regirá por la Ley 31/2007 sobre procedimientos de contratación en estos servicios.... siempre, ya que esta Ley la que prevalece sobre el régimen previsto en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público. salvo que una Ley sujete estos contratos al régimen previsto en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, en cuyo caso se les aplicará las normas previstas para los contratos sujetos a regulación armonizada. nunca por estos contratos se rigen según lo previsto en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público. Los contratos excluidos que se indican en la Ley 31/2007 sobre procedimientos de contratación servicios agua, energía, transportes y servicios postales... se regirán por las disposiciones pertinentes de la Ley 9/2017 de LCSP. no tienen valor jurídico y se quedan fuera de norma. se regirán igualmente por la Ley 31/2007 PCSAETSP. En la nueva LCSP, se suprimen las instrucciones internas de contratación, quedando la Orden FOM/4003/2008 como posible tratamiento de instrucciones de orden organizativo, no oponible frente a terceros. VERDADERO. FALSO. Por primera vez, la LCSP deja de regular los efectos y extinción de los contratos privados celebrados por PANAPs. VERDADERO. FALSO. La jurisdicción competente para las cuestiones derivadas de las preparación, adjudicación y modificaciones contractuales de los contratos privados celebrados por las PANAPs es: jurisdicción contencioso-administrativo. jurisdicción civil. jurisdicción social. jurisdicción penal. La jurisdicción competente para conocer las cuestiones relativas a los efectos y extinción de los contratos privados, salvo de las modificaciones contractuales, es: jurisdicción contencioso-administrativo. jurisdicción civil. jurisdicción social. jurisdicción penal. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación (REMC), los contratos que pretendan concertar las Administraciones Públicas o las restantes entidades que ostenten la condición de poderes adjudicadores: Contratos de obras cuyo valor estimado sea superior a 3.000.000€, y Contratos de suministro y servicios, que tenga un valor estimado superior a 100.000€. Contratos de obras cuyo valor estimado sea superior a 3.000.000€, y Contratos de suministro y servicios, que tenga un valor estimado superior a 420.000€. Contratos de obras cuyo valor estimado sea superior a 9.000.000€, y Contratos de suministro y servicios, que tenga un valor estimado superior a 121.000€. En los contratos de menor cuantía no sujetos a REMC, el recurso es: Recurso de Alzada, ante el Ministerio de Fomento. Recurso de Reposición, ante el Ministerio de Fomento. Recurso Extraordinario, ante el Ministerio de Fomento. Según el art.118 de la LCSP sobre contratos menores, serán de adjudicación directa los contratos cuyos importes estimados sean: de obras con v.e. menor de 40.000€ de suministros y servicios con v.e. menor de 15.000€. de obras con v.e. menor de 42.000€ de suministros y servicios con v.e. menor de 25.000€. de obras con v.e. menor de 42.000€ de suministros y servicios con v.e. menor de 15.000€. de obras con v.e. menor de 40.000€ de suministros y servicios con v.e. menor de 25.000€. Según la LCSP, se deberán adjudicar regidos por los procedimientos previstos para las Administraciones Públicas los contratos cuyos valores estimados sean: de obras con v.e. >= a 40.000€ y < de 5.548.000€ de suministros y servicios con v.e. mayor o igual a 15.000€ y menor de 443.000€. de obras con v.e. >= a 40.000€ y < de 5.538.000€ de suministros y servicios con v.e. mayor o igual a 15.000€ y menor de 442.000€. de obras con v.e. >= a 43.000€ y < de 5.538.000€ de suministros y servicios con v.e. mayor o igual a 25.000€ y menor de 442.000€. de obras con v.e. >= a 43.000€ y < de 5.548.000€ de suministros y servicios con v.e. mayor o igual a 25.000€ y menor de 443.000€. Norma aplicable, tipos de procedimiento, publicidad y REMC para los contratos de OBRAS cuyo v.e. es mayor o igual a 5.548.000€: Ley 31/2007 y Directiva 2014/25/UE Procedimiento abierto Publicidad: SI REMC: SI. Ley 9/2017 LCSP Procedimiento previstos para las AAPP (abierto) Publicidad: SI REMC: si v.e. >3.000.000€. Ley 9/2017 LCSP Adjudicación directa Publicidad: trimestral REMC: NO. Norma aplicable, tipos de procedimiento, publicidad y REMC para los contratos de OBRAS cuyo v.e. es mayor o igual a 40.000€ y menor de 5.548.000€: Ley 31/2007 y Directiva 2014/25/UE Procedimiento abierto Publicidad: SI REMC: SI. Ley 9/2017 LCSP Procedimiento previstos para las AAPP (abierto) Publicidad: SI REMC: si v.e. >3.000.000€. Ley 9/2017 LCSP Adjudicación directa Publicidad: trimestral REMC: NO. Norma aplicable, tipos de procedimiento, publicidad y REMC para los contratos de OBRAS cuyo v.e. es menor a 40.000€: Ley 31/2007 y Directiva 2014/25/UE Procedimiento abierto Publicidad: SI REMC: SI. Ley 9/2017 LCSP Procedimiento previstos para las AAPP (abierto) Publicidad: SI REMC: si v.e. >3.000.000€. Ley 9/2017 LCSP Adjudicación directa Publicidad: trimestral REMC: NO. Norma aplicable, tipos de procedimiento, publicidad y REMC para los contratos de SUMINISTROS y SERVICIOS cuyo v.e. es menor a 15.000€: Ley 31/2007 y Directiva 2014/25/UE Procedimiento abierto Publicidad: SI REMC: SI. Ley 9/2017 LCSP Procedimiento previstos para las AAPP (abierto) Publicidad: SI REMC: si v.e. >3.000.000€. Ley 9/2017 LCSP Adjudicación directa Publicidad: trimestral REMC: NO. Norma aplicable, tipos de procedimiento, publicidad y REMC para los contratos de SUMINISTROS y SERVICIOS cuyo v.e. es mayor o igual a 15.000€ y menor a 443.000€: Ley 31/2007 y Directiva 2014/25/UE Procedimiento abierto Publicidad: SI REMC: SI. Ley 9/2017 LCSP Procedimiento previstos para las AAPP (abierto) Publicidad: SI REMC: si v.e. >100.000€. Ley 9/2017 LCSP Adjudicación directa Publicidad: trimestral REMC: NO. Norma aplicable, tipos de procedimiento, publicidad y REMC para los contratos de SUMINISTROS y SERVICIOS cuyo v.e. es mayor o igual a 443.000€: Ley 31/2007 y Directiva 2014/25/UE Procedimiento abierto Publicidad: SI REMC: SI. Ley 9/2017 LCSP Procedimiento previstos para las AAPP (abierto) Publicidad: SI REMC: si v.e. >100.000€. Ley 9/2017 LCSP Adjudicación directa Publicidad: trimestral REMC: NO. |