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Ley 9/2017 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público

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Título del Test:
Ley 9/2017 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público

Descripción:
Ley 9/2017 8 de noviembre de Contratos del Sector Público

Fecha de Creación: 2018/12/02

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 116

Valoración:(25)
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Las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social son poderes adjudicadores art.3.3 c)
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Hay cosas que están mal, o por lo menos no están actualizadas, y me sorprende, siendo el test de hace 4 meses. Por ejemplo las cantidades de los umbrales en los contratos sujetos a regulación armonizada...
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Temario:

En toda contratación pública se incorporarán de manera transversal y preceptiva.... criterios sociales y medioambientales siempre que guarde relación con el objeto del contrato, en la convicción de que su inclusión proporciona una mejor relación calidad-precio en la prestación contractual, así como una mayor y mejor eficiencia en la utilización de los fondos públicos. criterios sociales y medioambientales siempre que guarde relación con el objeto del contrato, en la convicción de que su inclusión proporciona una mejor relación calidad-precio en la prestación contractual, así como una mayor y mejor eficacia en la utilización de los fondos privados. criterios sociales y técnicos siempre que guarde relación con el objeto del contrato, en la convicción de que su inclusión proporciona una mejor relación calidad-precio en la prestación contractual, así como una mayor y mejor eficiencia en la utilización de los fondos públicos. criterios sociales y ambientales siempre que guarde relación con el objeto del contrato, en la convicción de que su inclusión proporciona una mejor relación calidad-precio en la prestación contractual, así como una mayor y mejor eficiencia en la utilización de los fondos públicos.

Se entenderá que un contrato tiene carácter oneroso... en los casos en que el contratista obtenga algún tipo de beneficio económico, ya sea de forma directa o indirecta. en los casos en que el concesionario obtenga algún tipo de beneficio económico, ya sea de forma directa o indirecta. en los casos en que el contratista no obtenga ningun tipo de beneficio económico, ya sea de forma directa o indirecta. en los casos en que el contratista obtenga algún tipo de beneficio económico de forma directa.

Artículo 3. 1. A los efectos de esta Ley, se considera que forman parte del sector público las siguientes entidades: -Indica la respuesta INCORRECTA-. La Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla y las Entidades que integran la Administración Local. Los Organismos Autónomos, las Universidades Públicas y las autoridades administrativas independientes. Los consorcios dotados de personalidad jurídica propia a los que se refiere la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y la legislación de régimen local, así como los consorcios regulados por la legislación aduanera. Los fondos con personalidad jurídica.

Art 3.2. A los efectos de esta Ley, se considera que forman parte del sector público las siguientes entidades: -Indica la INCORRECTA-. Las Entidades Gestoras y los Servicios Comunes de la Seguridad Social. Los Organismos Autónomos, las Universidades Públicas y las autoridades administrativas independientes. Los consorcios dotados de personalidad jurídica propia a los que se refiere la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y la legislación de régimen local, así como los consorcios regulados por la legislación aduanera. Las Entidades Privadas Empresariales a las que se refiere la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y cualesquiera entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas a un sujeto que pertenezca al sector público o dependientes del mismo.

Art 3.3 Se considerarán poderes adjudicadores, a efectos de esta Ley, las siguientes entidades: -Indica la INCORRECTA-. Las Administraciones Públicas. Las fundaciones públicas. Las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social. Las Diputaciones Forales y las Juntas Generales de los Territorios Históricos del País Vasco en lo que respecta a su actividad de contratación.

Art 5 Quedan excluidos del ámbito de la presente Ley... -Indica la INCORRECTA-. los convenios incluidos en el ámbito del artículo 346 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea que se concluyan en el sector de la defensa y la seguridad. los contratos de obras que se celebren en el ámbito de la seguridad o de la defensa que estén comprendidos dentro del ámbito de aplicación de la Ley 24/2011, de 1 de agosto, de contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y de la seguridad. los contratos de suministros y servicios que se celebren en el ámbito de la seguridad o de la defensa que estén comprendidos dentro del ámbito de aplicación de la Ley 24/2011, de 1 de agosto, de contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y de la seguridad. 1. Quedan excluidos del ámbito de la presente Ley los convenios incluidos en el ámbito del artículo 436 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea que se concluyan en el sector de la defensa y la seguridad.

Art 11. Otros negocios o contratos excluidos. Quedan también excluidos del ámbito de la presente Ley... -Indica la INCORRECTA-. la relación de servicio de los funcionarios públicos y los contratos regulados en la legislación laboral. las relaciones jurídicas consistentes en la prestación de un servicio público cuya utilización por los usuarios requiera el abono de una tarifa, tasa o precio público de aplicación general. los contratos relativos a servicios de arbitraje y conciliación quedan excluidos de la presente Ley. queda excluida de la presente Ley la prestación de servicios sociales por entidades públicas, siempre que esta se realice sin necesidad de celebrar contratos privados.

Art 13. Contrato de obras. 1. Son contratos de obras aquellos que tienen por objeto uno de los siguientes: -Indica la INCORRECTA-. La ejecución de una obra, aislada o conjuntamente con la redacción del proyecto. La realización, por cualquier medio, de una obra que cumpla los requisitos fijados por la entidad del sector público contratante que ejerza una influencia decisiva en el tipo o el proyecto de la obra. La realización de alguno de los trabajos enumerados en el Anexo I. La adecuación, reforma y modernización de la obra para adaptarla a las características técnicas y funcionales requeridas para la correcta prestación de los servicios o la realización de las actividades económicas a las que sirve de soporte material.

Art 14. Contrato de concesión de obras. El contrato podrá comprender, además, el siguiente contenido: La adecuación, reforma y modernización de la obra para adaptarla a las características técnicas y funcionales requeridas para la correcta prestación de los servicios o la realización de las actividades económicas a las que sirve de soporte material. Las actuaciones de reposición y gran reparación que no le sean exigibles en relación con los elementos que ha de reunir cada una de las obras para mantenerse apta a fin de que los servicios y actividades a los que aquellas sirven puedan ser desarrollados adecuadamente de acuerdo con las exigencias económicas y las demandas sociales. Las actuaciones de reposición y gran reparación que le sean exigibles en relación con los elementos que ha de reunir cada una de las obras para mantenerse apta a fin de que los servicios y actividades a los que aquellas sirven puedan ser desarrollados adecuadamente de acuerdo con las exigencias materiales y las demandas sociales. La adecuación, reforma y modernización de la obra para adaptarla a las características técnicas y sociales requeridas para la correcta prestación de los servicios o la realización de las actividades económicas a las que sirve de soporte material.

Art 14. Contrato de concesión de obras. Apartado 4. Se considerará que el concesionario asume un riesgo .................... cuando no esté garantizado que, en condiciones normales de funcionamiento, el mismo vaya a recuperar las inversiones realizadas ni a cubrir los costes en que hubiera incurrido como consecuencia de la explotación de las obras que sean objeto de la concesión. operacional. material. económico. social.

Art 16. Son contratos de suministro... Son contratos de suministro los que tienen por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero, o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles. Son contratos de suministro los que tienen por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero, o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes inmuebles. Son contratos de suministro aquellos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o suministro, incluyendo aquellos en que el adjudicatario se obligue a ejecutar el servicio de forma sucesiva y por precio unitario. Son contratos de suministro aquellos en cuya virtud uno o varios poderes adjudicadores encomiendan a título oneroso a una o varias personas, naturales o jurídicas, la gestión de un servicio cuya prestación sea de su titularidad o competencia, y cuya contrapartida venga constituida bien por el derecho a explotar los servicios objeto del contrato o bien por dicho derecho acompañado del de percibir un precio.

Art 16.3 En todo caso, se considerarán contratos de suministro los siguientes: -Indica la INCORRECTA-. Aquellos en los que el empresario se obligue a entregar una pluralidad de bienes de forma sucesiva y por precio unitario sin que la cuantía total se defina con exactitud al tiempo de celebrar el contrato, por estar subordinadas las entregas a las necesidades del adquirente. Los que tengan por objeto la adquisición y el arrendamiento de equipos y sistemas de telecomunicaciones o para el tratamiento de la información, sus dispositivos y programas, y la cesión del derecho de uso de estos últimos. los contratos de adquisición de programas de ordenador desarrollados a medida. Los que tengan por objeto la adquisición de energía primaria o energía transformada.

Artículo 17. Contrato de servicios. Son contratos de servicios: aquellos en que el adjudicatario se obligue a ejecutar el servicio de forma sucesiva y por precio unitario. aquellos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado igual de una obra o suministro. aquellos que impliquen ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos. Los de fabricación, por los que la cosa o cosas que hayan de ser entregadas por el empresario deban ser elaboradas con arreglo a características peculiares fijadas previamente por la entidad contratante, aun cuando esta se obligue a aportar, total o parcialmente, los materiales precisos.

Art 18. Contratos mixtos. 1. Se entenderá por contrato mixto aquel que contenga prestaciones correspondientes a otro u otros de distinta clase. Para la determinación de las normas que regirán la adjudicación de los contratos mixtos cuyo objeto contenga prestaciones de varios contratos regulados en esta Ley, se estará a las siguientes reglas: Cuando un contrato mixto comprenda prestaciones propias de dos o más contratos de obras, suministros o servicios se atenderá al carácter de la prestación principal. Cuando un contrato mixto comprenda prestaciones propias de uno o más contratos de obras, suministros o servicios se atenderá al carácter de la prestación principal. Cuando un contrato mixto comprenda prestaciones propias de dos o más contratos de obras, suministros o servicios se atenderá al carácter de la prestación secundaria. Cuando un contrato mixto comprenda prestaciones propias de uno o más contratos mixtos se atenderá al carácter de la prestación principal.

Contratos sujetos a una regulación armonizada. Artículo 19. Delimitación general. No se consideran sujetos a regulación armonizada, cualquiera que sea su valor estimado, los contratos siguientes: -Indica la INCORRECTA-. Los que tengan por objeto la adquisición, el desarrollo, la producción o la coproducción de programas destinados a servicios de comunicación audiovisual o servicios de comunicación radiofónica, que sean adjudicados por proveedores del servicio de comunicación audiovisual o radiofónica, o los relativos al tiempo de radiodifusión o al suministro de programas que sean adjudicados a proveedores del servicio de comunicación audiovisual o radiofónica. Los declarados secretos o reservados, o aquellos cuya ejecución deba ir acompañada de medidas de seguridad especiales conforme a la legislación vigente. Aquellos cuyo objeto principal sea permitir a los órganos de contratación la puesta a disposición o la explotación de redes públicas de comunicaciones o la prestación al público de uno o varios servicios de comunicaciones electrónicas. Los que tengan por objeto servicios privados de transporte de viajeros por ferrocarril o en metro, así como las concesiones de servicios de transporte de viajeros.

Art 20. Contratos de obras, de concesión de obras y de concesión de servicios sujetos a una regulación armonizada: Umbral. Están sujetos a regulación armonizada los contratos de obras, de concesión de obras y de concesión de servicios... -Indica la INCORRECTA-. cuyo valor estimado sea igual o superior a 5.548.000 euros. cuyo valor estimado sea igual o superior a 5.200.000 euros. cuando el valor acumulado de los lotes en que se divida la obra iguale o supere la cantidad indicada en el apartado anterior, se aplicarán las normas de la regulación armonizada a la adjudicación de cada lote. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los órganos de contratación podrán exceptuar de estas normas a los lotes cuyo valor estimado sea inferior a un millón de euros, siempre que el importe acumulado de los lotes exceptuados no sobrepase el 20 por 100 del valor acumulado de la totalidad de los mismos.

Art 21. Contratos de suministro sujetos a una regulación armonizada: Umbral. 1. Están sujetos a regulación armonizada los contratos de suministro cuyo valor estimado sea igual o superior a las siguientes cantidades: -Indica la INCORRECTA-. 144.000 euros cuando se trate de contratos adjudicados por la Administración General del Estado. 221.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro distintos, por razón del sujeto contratante o por razón de su objeto. 155.000 euros, cuando los contratos hayan de ser adjudicados por la Administración General del Estado, sus Organismos Autónomos, o las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social.

Art 22. Contratos de servicios sujetos a una regulación armonizada: umbral. 1. Están sujetos a regulación armonizada los contratos de servicios cuyo valor estimado sea igual o superior a las siguientes cantidades: -Indica la INCORRECTA-. 144.000 euros, cuando los contratos hayan de ser adjudicados por la Administración General del Estado, sus Organismos Autónomos, o las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social. 221.000 euros, cuando los contratos hayan de adjudicarse por entidades del sector público distintas a la Administración General del Estado, sus Organismos Autónomos o las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social. 750.000 euros, cuando se trate de contratos que tengan por objeto los servicios sociales y otros servicios específicos enumerados en el anexo IV. Inferior a 80.000 euros, siempre que el importe acumulado de los lotes exceptuados no sobrepase el 20 por 100 del valor acumulado de la totalidad de los mismos.

Art 25. Contratos administrativos. 1. Tendrán carácter administrativo los contratos siguientes, siempre que se celebren por una Administración Pública: Los contratos de obra, concesión de obra, concesión de servicios, suministro y servicios. Los contratos declarados así expresamente por Ley 40/2015. Los contratos mixtos. Los contratos privados.

Art 27. Jurisdicción competente. 1. Serán competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo las siguientes cuestiones: -Indica la incorrecta-. Las relativas a la preparación, adjudicación, efectos, modificación y extinción de los contratos administrativos. Las que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de los contratos privados de las Administraciones Públicas. Las relativas a la preparación y adjudicación de los contratos de entidades del sector público que no tengan el carácter de poderes adjudicadores. Los recursos interpuestos contra las resoluciones que se dicten por los órganos administrativos de resolución de los recursos previstos en el artículo 44 de esta Ley, así como en el artículo 321.5. Las cuestiones que se susciten en relación con la preparación, adjudicación y modificación de los contratos subvencionados a que se refiere el artículo 23 de la presente Ley. Las relativas a la preparación y adjudicación de los contratos de entidades del sector privado que tengan el carácter de poderes adjudicadores.

Art 27. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver: -Indica la INCORRECTA-. Las controversias que se susciten entre las partes en relación con los efectos y extinción de los contratos privados de las entidades que tengan la consideración de poderes adjudicadores, sean o no Administraciones Públicas. De las cuestiones referidas a efectos y extinción de los contratos que celebren las entidades del sector público que no tengan el carácter de poderes adjudicadores. El conocimiento de las cuestiones litigiosas relativas a la financiación privada del contrato de concesión de obra pública o de concesión de servicios, salvo en lo relativo a las actuaciones en ejercicio de las obligaciones y potestades administrativas que, con arreglo a lo dispuesto en esta Ley, se atribuyen a la Administración concedente, y en las que será competente el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Los contratos que celebren las Entidades del Sector Privado que no posean la condición de poder adjudicador,.

Une las flechas: Forman parte del sector público las siguientes entidades:. Tendrán la consideración de Administraciones Públicas las siguientes entidades:.

Indica la respuesta INCORRECTA, cual de estos contratos no pertenece a los contratos del sector público: Contrato de obras. Contrato de concesión de obras. Contrato de concesión de servicios. Contrato de suministro. Contrato de servicios. Contrato de concesión de suministros.

Cual es la principal finalidad u objeto de la contratación del sector público: Regular la contratación del sector privado. Regular la contratación del sector público. Garantizar los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y competencia de los procedimientos. La no discriminación e igualdad de trato entre los empresarios.

Se considerarán PODERES ADJUDICADORES: -Indica la INCORRECTA-. Las Administraciones Públicas. Resto de entes, organismos o entidades con personalidad jurídica propia creados específicamente para satisfacer necesidades de interés general sin carácter industrial o mercantil, siempre que uno o varios sujetos que deban considerarse poder adjudicador financien mayoritariamente su actividad, controlen su gestión, o nombren a más de la mitad de los miembros de los órganos de administración, dirección o vigilancia. Las asociaciones constituidas por los entes, organismos y entidades mencionadas en las letras anteriores. Las mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

No se consideran sujetos a regulación armonizada cualquiera que sea su valor estimado, los contratos siguientes: -Indica la INCORRECTA-. Los que tengan por objeto la compra, desarrollo, producción o coproducción de programas destinados a la radiodifusión. Los de investigación y desarrollo remunerados íntegramente por el órgano de contratación, siempre que sus resultados no se reserven para su utilización exclusiva por éste en el ejercicio de su actividad propia. Los incluidos en el artículo 346 del Tratado de Funcionamiento de la U.E. en el sector de defensa. Declarados secretos o reservados, o aquellos cuya ejecución deba ir acompañada de medidas de seguridad especiales, o en los que lo exija la protección de intereses esenciales para la seguridad del Estado. Aquellos cuyo objeto principal sea permitir a los órganos de contratación la puesta a disposición o explotación de redes públicas de telecomunicaciones o suministro al público de uno ó más servicios de telecomunicaciones. Los contratos de colaboración entre el sector público y el privado, en todo caso, y los contratos de obras, concesión de obras públicas, suministro y los de servicios.

Contratos Administrativos (artículo 25) Tendrán carácter administrativo los contratos siguientes, siempre que se celebren por una Administración Pública: Los contratos de obra, concesión de obra pública, gestión de servicios públicos, suministro y servicios. Contratos de objeto distinto, pero de naturaleza administrativa especial por estar vinculados al giro o tráfico específico de la Administración contratada o satisfacer de forma indirecta una finalidad pública de la competencia de aquella. Los contratos que tengan por objeto la creación e interpretación artística y literaria y los de espectáculos comprendidos en la categoría 26 del mismo Anexo. Los celebrados por entes, organismos y entidades del sector público que no reúnan la condición de Administraciones Públicas.

La reparación, adjudicación, efectos y extinción de los contratos administrativos se regirán por: -Indica la INCORRECTA-. Esta ley y disposiciones de desarrollo. Supletoriamente: resto de normas de derecho administrativo. En su defecto: normas de derecho privado. A los contratos administrativos especiales se les aplica en primer término sus normas específicas. Supletoriamente: resto de normas de derecho administrativo, o en su caso, las normas de derecho privado, según corresponda por razón del sujeto o entidad contratante.

Contratos privados (artículo 26): Tendrán la consideración de contratos privados: -Indica la INCORRECTA-. Los celebrados por entes, organismos y entidades del sector público que no reúnan la condición de Administraciones Públicas. Los celebrados por la Administración, que tengan por objeto los comprendidos en la categoría 6 del Anexo II (servicios financieros, de seguros, bancarios y de inversiones). Los de creación e interpretación artística y literaria o espectáculos, y la suscripción a revistas, publicaciones, periódicos y bases de datos, así como cualesquiera otros distintos de los contratos administrativos. Contratos de objeto distinto, pero de naturaleza administrativa especial por estar vinculados al giro o tráfico específico de la Administración contratante o satisfacer de forma directa o inmediata una finalidad pública de la competencia de aquella.

Los contratos privados se rigen en cuanto a su preparación y adjudicación, en defecto de normas específicas: -Indica la INCORRECTA. Presente ley y disposiciones de desarrollo. Supletoriamente resto de normas de derecho administrativo, o en su caso, las normas de derecho privado, según corresponda por razón del sujeto o entidad contratante. Efectos y extinción: derecho privado. Supletoriamente resto de normas de derecho administrativo, o en su caso, las normas de derecho público, según corresponda por razón del sujeto o entidad contratante.

Art 27 Jurisdicción competente. Serán competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo o el orden jurisdiccional civil las siguientes cuestiones: -Une las flechas-. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver:. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver:.

En cuanto a la competencia para contratar (Art 61) indica la correcta: La representación de las entidades del sector público en materia contractual corresponde a los órganos de contratación, unipersonales o colegiados que, en virtud de norma legal o reglamentaria o disposición estatutaria, tengan atribuida la facultad de celebrar contratos en su nombre. Los órganos de contratación podrán delegar o desconcentrar sus competencias y facultades en esta materia con cumplimiento de las normas y formalidades aplicables en cada caso para la delegación o desconcentración de competencias, en el caso de que se trate de órganos administrativos privados, o para el otorgamiento de poderes, cuando se trate de órganos societarios o de una fundación. La representación de las entidades del sector público en materia contractual corresponde a los órganos de contratación, pluripersonales o colegiados que, en virtud de norma legal o reglamentaria o disposición estatutaria, tengan atribuida la facultad de celebrar contratos en su nombre. La representación de las entidades del sector público en materia contractual corresponde a los órganos de contratación, unipersonales o colegiados que, en virtud de norma legal o reglamentaria o disposición estatutaria, tengan atribuida la facultad de delegar contratos en su nombre.

Art 63. Perfil de contratante: -Indica la INCORRECTA-. Los órganos de contratación difundirán exclusivamente a través de Internet su perfil de contratante, como elemento que agrupa la información y documentos relativos a su actividad contractual al objeto de asegurar la transparencia y el acceso público a los mismos. La forma de acceso al perfil de contratante deberá hacerse constar en los pliegos y documentos equivalentes, así como en los anuncios de licitación en todos los casos. El acceso a la información del perfil de contratante será libre, no requiriendo identificación previa. El perfil de contratante podrá incluir cualesquiera datos y documentos referentes a la actividad contractual de los órganos de contratación. Toda la información contenida en los perfiles de contratante se publicará en formatos abiertos y reutilizables, y permanecerá accesible al público durante un periodo de tiempo no inferior a 2 años, sin perjuicio de que se permita el acceso a expedientes anteriores ante solicitudes de información.

Art 84. Acreditación de la capacidad de obrar. Se acreditarán de la siguiente manera: -Une las flechas-. Empresarios que son personas jurídicas. Empresarios de la U.E. no españoles. Resto de empresarios extranjeros.

Artí 99. Objeto del contrato. El objeto de los contratos del sector público deberá ser... determinado. indeterminado. delegado. administrativo.

Art 29. Plazo de duración de los contratos y de ejecución de la prestación: -Indica la INCORRECTA-. La duración de los contratos del sector público deberá establecerse teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones, las características de su financiación y la necesidad de someter periódicamente a concurrencia la realización de las mismas, sin perjuicio de las normas especiales aplicables a determinados contratos. El contrato podrá prever una o varias prórrogas siempre que sus características permanezcan inalterables durante el período de duración de estas, sin perjuicio de las modificaciones que se puedan introducir de conformidad con lo establecido en los artículos 203 a 207 de la presente Ley. En ningún caso podrá producirse la prórroga por el consentimiento tácito de las partes. La prórroga del contrato establecida en este apartado será obligatoria para el contratista en los casos en que en el contrato se dé la causa de resolución establecida en el artículo 198.6 por haberse demorado la Administración en el abono del precio más de seis meses.

Art 153. Formalización de los contratos. Contrato susceptible de recurso especial: -Indica la INCORRECTA-. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación conforme al artículo 44, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos. Las Comunidades Autónomas podrán incrementar este plazo, sin que exceda de un mes. El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a 5 días desde el siguiente a recibir el requerimiento, transcurrido el plazo anterior sin interponer recurso que lleve aparejada suspensión. El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a 10 días desde el siguiente a recibir el requerimiento, transcurrido el plazo anterior sin interponer recurso que lleve aparejada suspensión.

Art 153.5 Formalización de los contratos.Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración: se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar. se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad. no podrá procederse a la ejecución del contrato con carácter previo a su formalización. la administración podrá solicitar una prórroga para formalizarlo.

Art 153.4 Formalización de los contratos.Si las causas de la no formalización fueren imputables al adjudicatario: se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido. se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA incluido. se indemnizará a la administración de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar. Los servicios dependientes del órgano de contratación requerirán al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento.

CLASES DE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS.Une el tipo de contrato con su definicion: Contrato de obras. Contrato de concesión de obras. Contrato de concesión de servicios. Contrato de suministro. Contrato de servicios. Contratos mixtos.

Contratos sujetos a una regulación armonizada.Une el tipo de contrato con su umbral: Contratos de obras y de concesión de obras públicas sujetos a una regulación armonizada. Contratos de suministro sujetos a regulación armonizada. Contratos de servicios sujetos a regulación armonizada.

El Art 36 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de Febrero de 2014, establece que los contratos que celebren los poderes adjudicadores, a excepción de los contratos menores y los contratos basados en un acuerdo marco y los contratos específicos en el marco de un sistema dinámico de adquisición, se perfeccionan con: La adjudicación provisional. La adjudicación definitiva. Su formalización. Su publicación.

El Art 82 de esta Ley, establece que el plazo de vigencia de clasificación de las empresas será: De un año. De tres años para el mantenimiento de la solvencia económica y financiera, y de dos años para la solvencia técnica y profesional. Indefinida en tanto se mantengan por el empresario las condiciones y circunstancias en que se basó su concesión. De tres años.

De conformidad con el Art12 de esta Ley, NO se califican de acuerdo con las normas contenidas en la sección 1ª, del capítulo II, del título preliminar: Los contratos de concesión de servicios. Los contratos de arrendamiento. Los contratos de concesión de obras. Los contratos de suministro.

Según el Art 27, de esta Ley, el orden jurisdiccional civil será competente para resolver las cuestiones: Relativas a la preparación de los contratos administrativos. Que se susciten en relación con la adjudicación de los contratos privados de las Administraciones Públicas. Relativas a la preparación y adjudicación de los contratos de entidades del sector público que no tengan carácter de poderes adjudicadores. Referidas a efectos y extinción de los contratos que celebren las entidades del sector público que no tengan el carácter de poderes adjudicadores.

De conformidad con lo establecido en el Art 35, los documentos en los que se formalicen los contratos que celebren las entidades del secor público No podrán incluir: Estipulaciones que establezcan derechos y obligaciones para las partes distintos de los previstos en los pliegos. La acreditación de la capacidad de los firmantes para suscribir el contrato. La identificación de las partes. Las condiciones de pago.

Según el Art 34, en los contratos del sector público podrán incluirse cualesquiera pactos, cláusulas y condiciones, siempre que: No sean contrarios al interés público, al ordenamiento jurídico y a los principios de buena administración. No sean contrarios al interés público, al ordenamiento jurídico y a los principios de buena fe y confianza legítima. No sean contrarios al interés público, al ordenamiento jurídico y a los principios generales del Estado. No sean contrarios al interés público, al ordenamiento jurídico y se llegue a un acuerdo.

Según el Art 37, las entidades del sector público no podrán contratar verbalmente, salvo que el contrato tenga, conforme a lo señalado en el artículo 120.1: Carácter de emergencia. Carácter de urgencia. Carácter susceptible de recurso especial. Carácter prioritario.

Señale la respuesta correcta respecto al perfil del contratante de acuerdo con lo establecido en el Art 63: El acceso a la información del perfil del contratante requerirá identificación previa. Toda la información contenida en los perfiles de contratante permanecerá accesible al público durante un periodo de 3 años. Los órganos de contratación difundirán exclusivamente a través de internet su perfil de contratante. La publicación de la información relativa a los contratos menores deberá realizarse al menos anualmente.

Según el Art 63, sobre el perfil del contratante, indica la respuesta INCORRECTA: La forma de acceso al perfil de contratante deberá hacerse constar en los pliegos y documentos equivalentes, así como en los anuncios de licitación en todos los casos. El acceso a la información del perfil de contratante será libre, no requiriendo identificación previa. El perfil de contratante podrá incluir cualesquiera datos y documentos referentes a la actividad contractual de los órganos de contratación. Igualmente serán objeto de publicación en el perfil de contratante la decisión de adjudicar o celebrar el contrato, el desistimiento del procedimiento de adjudicación, la declaración de desierto, así como la interposición de recursos y la eventual suspensión de los contratos con motivo de la interposición de recursos.

De conformidad con lo establecido en el Art 99, señale la respuesta correcta respecto al objeto de los contratos del sector público: Podrá fraccionarse con la finalidad de disminuir la cuantía del mismo. No podrá dividirse en lotes. Deberá ser determinado. Siempre tendrá que cerrarse a una solución única.

Los contratos de fabricación, por los que la cosa o cosas que hayan de ser entregadas por el empresario deban ser elaboradas con arreglo a características peculiares fijadas previamente por la entidad contratante, aún cuando ésta se obligue a aportar, total o parcialmente, los materiales precisos, tienen la consideración de contratos de: Obras. Suministro. Servicios. Bienes y servicios.

Según la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, el procedimiento de adjudicación en el que solo podrán presentar proposiciones los empresarios que, a su solicitud y en atención a su solvencia, hayan sido seleccionados por el órgano de contratación, se llama: Procedimiento Negociado. Procedimiento Restringido. Procedimiento Cerrado. Procedimiento Abierto.

El articulo 71 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público establece que en ningún caso podrán contratar con la Administración las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes: Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la suspensión de cualquier contrato celebrado con Ia Administración. No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos que reglamentariamente se determine. No hallarse debidamente clasificadas o no acreditar la suficiente solvencia económica, práctica y técnica. Haber incurrido en falsedad al facilitar a la Administración las declaraciones exigibles en el cumplimiento de las disposiciones de esta Ley y de sus normas de desarrollo.

En cual de los siguientes casos se podrá utilizar el procedimiento negociado: Cuando se trate de bienes o servicios declarados de contratación centralizada. En casos de imperiosa urgencia. Cuando no se presenten proposiciones en respuesta a un procedimiento abierto o restringido o éstas sean irregulares o inaceptables. En todos los casos anteriores.

Según la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, el arrendamiento de un ordenador tiene la categoría de: Contrato de asociación para la innovación. Contrato de servicios. Contrato de suministros. Contrato de arrendamiento.

La adquisición de una licencia mediante la que se cede el derecho de uso de un programa de ordenador, según la Ley 9/2017, tiene categoría de: Contrato de suministro. Contrato de concesión de servicio. Contrato de servicio. Contrato de arrendamiento.

¿Qué contratos de servicio y suministro están sujetos a regulación armonizada, según la Ley de Contratos del Sector Público?: Todos los contratos de servicio y suministro están sujetos a regulación armonizada. Aquellos cuyo valor estimado es igual o superior a 144.000 €, si son adjudicados por la Administración General del Estado, sus Organismos Autónomos o la Seguridad Social, y aquellos cuyo valor estimado es igual o superior a 221.000 € si son adjudicados por los demás entes públicos. Aquellos cuyo valor estimado es igual o superior a 750.000 €, si son adjudicados por la Administración General del Estado, sus Organismos Autónomos o la Seguridad Social, y aquellos cuyo valor estimado es igual o superior a 135.000 € si son adjudicados por los demás entes públicos. Ningún contrato de suministro, ni de servicio, está sujeto a regulación armonizada.

Los contratos menores: Podrán prever una o varias prórrogas siempre que sus características permanezcan inalterables durante el periodo de duración de estas y la concurrencia para su adjudicación haya sido realizada teniendo en cuenta la duración máxima del contrato, incluidos los períodos de prórroga. Los contratos menores definidos en el apartado primero del artículo 118 no podrán tener una duración superior a un año ni ser objeto de prórroga. Podrán tener una duración superior a un año. No podrán tener una duración superior a un año, pero podrá prever una o varias prórrogas siempre que sus características permanezcan inalterables.

El pasado nueve de noviembre se publico en el BOE la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público La misma entrará en vigor el 9 de marzo y su articulado se estructura en ... Un Título Preliminar y cuatro Títulos. Un Título Preliminar y cuatro Libros. Un Título Primero y cuatro Libros. Un Título Preliminar y cuatro Títulos dentro del Libro I más otros tres Libros sucesivamente numerados del II al IV.

En la regulación del contrato mixto se distingue entre... La preparación, la adjudicación y los efectos. La preparación, la adjudicación y la extinción. La adjudicación y la extinción. La preparación, la adjudicación.

Entre otras la ley suprime la figura de ... El contrato de colaboración público privada. El contrato de colaboración privada. El contrato mixto. El contrato derivado de gestión mixta pública y privada.

La nueva Ley suprime... El recurso especial en materia de contratación. La cuestión de nulidad. El régimen de invalidez de los contratos del sector público. Suprime todo lo que se cita.

Una de las principales novedades de la norma que comentamos está en el ámbito de ... El contrato de obras. El contrato de servicios. El contrato de suministros. Realmente en ninguna de estas tres clases de contratos se producen novedades excesivas.

La Ley crea el contrato de ... Concesión de servicios. Gestión de servicios públicos. Gestión indirecta de los servicios públicos. Gestión directa de los servicios públicos.

Están sujetos a regulación armonizada según la ley 9/2017 los contratos de servicios cuyo valor estimado sea igual o superior a las siguientes cantidades: 209.000 euros cuando los contratos hayan de adjudicarse por entidades del sector público distintas a la Administración General del Estado, sus Organismos Autónomos o las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social. 750.000 euros cuando se trate de contratos que tengan por objeto los servicios sociales y otros servicios específicos enumerados en el anexo IV. Todas son correctas. 135.000 euros cuando los contratos hayan de ser adjudicados por la Administración General del Estado, sus Organismos Autónomos, o las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social.

Las encomiendas de gestión o aplicación práctica de la técnica denominada «in house» pasan con la nueva ley a denominarse... Lockers. Aplicativo de gestión. Encargos a medios propios. In house entre entidades del sector público.

La nueva ley opta por utilizar en vez de cuantía o importe del contrato la expresión de ... Valor estimado. Valor del contrato. Valor venal. Locker.

Cuantos artículos tiene el título preliminar de esta ley...?. 27. 25. 20. 28.

Cuál es el título del Libro primero?... Configuración general de la contratación del sector público y elementos estructurales de los contratos. De los contratos de las Administraciones Públicas. Organización administrativa para la gestión de la contratación. Disposiciones generales sobre la contratación del sector público.

Cuál es el título del Libro segundo?... Configuración general de la contratación del sector público y elementos estructurales de los contratos. De los contratos de las Administraciones Públicas. De los contratos de otros entes del sector público. Contratos de los poderes adjudicadores que no tengan la condición de Administraciones Públicas.

Cuál es el título del Libro tercero?... De los contratos de otros entes del sector público. De los contratos de las Administraciones Públicas. De la adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas. Organización administrativa para la gestión de la contratación.

Cuál es el título del Libro cuarto?... Organización administrativa para la gestión de la contratación. Órganos consultivos. Órganos competentes en materia de contratación. De los contratos de otros entes del sector público.

La nueva ley de contratos es .... Ley 9/2017, de 8 de noviembre. Ley 9/2017, de 9 de noviembre. Ley 8/2017, de 9 de noviembre. Ley 19/2017, de 8 de noviembre.

Los contratos relativos a servicios de arbitraje: Sólo se celebrarán en acontecimientos deportivos. Se celebrarán necesariamente por escrito y no podrán prorrogarse durante más de un año. Quedan fueran del ámbito del contenido de la Ley de Contratos. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

Si cualquier empresario puede interponer una proposición en un procedimiento de adjudicación, estamos ante el procedimiento: Negociado. Restringido. Concurso. Abierto.

El procedimiento en el que se adjudica el contrato al empresario libremente elegido por la Administración previa consulta y negociación de los términos del contrato con uno o varios empresarios, se denomina: Abierto. Restringido. Concurso. Negociado.

El porcentaje del presupuesto del contrato que configura la garantía provisional no podrá ser superior a: El 2%. El 3%. El 1%. El 4%.

Los órganos de contratación de las entidades del sector público estatal que tengan la consideración de poder adjudicador en virtud de lo establecido en el apartado 3 del artículo 3 de la presente Ley necesitarán la autorización del Consejo de Ministros para celebrar contratos en los siguientes supuestos: Cuando el valor estimado del contrato, calculado conforme a lo señalado en el artículo 101, sea igual o superior a doce millones de euros. Cuando el pago de los contratos se concierte mediante el sistema de arrendamiento financiero o mediante el sistema de arrendamiento con opción de compra y el número de anualidades supere cuatro años. En los acuerdos marco cuyo valor estimado sea igual o superior a doce millones de euros. Una vez autorizada la celebración de estos acuerdos marco, no será necesaria autorización del Consejo de Ministros para la celebración de los contratos basados en dicho acuerdo marco. Todas son correctas.

El plazo en el que debe demorarse el pago para que el contratista pueda suspender el cumplimiento del contrato es de: Dos meses. Seis meses. Cuatro meses. Tres meses.

Un contrato de obras es menor: Cuyo valor estimado sea inferior a 40.000 euros. Cuyo valor estimado sea inferior a 50.000 euros. Cuyo valor estimado sea inferior a 30.000 euros. Cuyo valor estimado sea inferior a 55.000 euros.

Es correcto en relación con la constitución en mora del contratista: No puede darse si existe garantía provisional. No precisa intimación por parte de la Administración. Precisa siempre de intimación por parte de la Administración. No puede darse si no existe prestación de garantía complementaria.

No es una causa de resolución de un contrato administrativo: La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento. La muerte del contratista. La modificación en la personalidad jurídica del contratista. El mutuo acuerdo entre la Administración y el contratista.

El contrato por el que el empresario se obliga a entregar una pluralidad de bienes de forma sucesiva y por precio unitario sin que la cuantía total se defina con exactitud al tiempo de celebrar el contrato se denomina: De gestión de servicios. De suministros. De servicios. Mixtos.

¿Cómo se ejecuta un contrato?. A riesgo y ventura de la Administración. A riesgo y ventura del contratista y de la Administración siempre. A riesgo y ventura de la Administración en algunos casos. A riesgo y ventura del contratista.

La presente ley tiene por objeto regular la contratación del sector público , a fin de garantizar que la misma se ajusta a los principios de ....( señalar respuesta INCORRECTA).... Libertad de acceso a las licitaciones. Publicidad y transparencia de los procedimientos. No discriminación e igualdad de trato entre los licitadores. Sólo son ciertas, Publicidad y transparencia de los procedimientos y no discriminación e igualdad de trato entre los licitadores.

¿Cuál es el objeto del contrato de servicios?. La adquisición de productos o bienes muebles. La realización de una obra. La gestión de un servicio. Prestaciones de hacer, consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto a un suministro u obra.

No tendrán la consideración de contratos de suministro los siguientes: La adquisición de equipos de telecomunicaciones. Los de fabricación. Los de entrega de una pluralidad de bienes de forma sucesiva. Los contratos relativos a propiedades incorporales o valores negociables.

En qué caso se podrá contratar verbalmente: En los casos de carácter de emergencia. En los casos de contratos menores. En los casos de carácter de urgencia. En los casos de contratos privados.

En relación al plazo de duración de los contratos es INCORRECTO que... La duración de los contratos del Sector Público deberá establecerse teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones, las características de su financiación y la necesidad de someter periódicamente a concurrencia la realización de las mismas. El contrato podrá prever una o varias prórrogas , incluso si alguna de sus características resulta alterada , siempre y cuando la concurrencia para la adjudicación haya sido realizada teniendo en cuenta la duración máxima del contrato , incluídos los periodos de prórroga. La prórroga se acordará por el órgano de contratación. La prórroga se acordará por el órgano de contratación. Será obligatoria la prórroga para el empresario, salvo que el contrato expresamente prevea lo contrario.

En los contratos del sector público , podrán incluirse cualesquiera pactos cláusulas y condiciones , siempre que no sean contrarios a : El interés público, la moral y el ordenamiento jurídico. El interés público, la moral y los principios de la buena administración. La moral, el ordenamiento jurídico y los principios de la buena administración. El interés público, el ordenamiento jurídico y los principios de la buena administración.

Es falso en relación al precio... En los contratos del Sector Publico, la retribución del contratista consistirá en un precio cierto que deberá expresarse en euros. En todo caso se indicará , como partida independiente , el importe del IVA que deba soportar la Administracion. Excepcionalmente pueden celebrarse contratos con precios provisionales. Se prohíbe en todo caso el pago aplazado del precio en los contratos de las Administraciones Públicas.

El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato , o por su propia naturaleza deba ser tratada como tal, durante un plazo de... 3 años, salvo que en los pliegos o contrato se establezca uno mayor. 4 años, salvo que se establezaca uno menor en los pliegos o contrato. 5 años, salvo que en los pliegos o el contrato se establezca uno mayor. Todas son falsas.

La Nueva Ley de Contratos del Sector Público, Ley 9/2017, de 8 de noviembre, entrará en vigor: A los seis meses de su publicación en BOE. El mismo día de su publicación en BOE. A los cuatro meses de su publicación en BOE. A los tres meses de su publicación en BOE.

Los contratos de concesión de obras y de concesión de servicios tendrán un plazo de duración limitado, el cual se calculará en función de las obras y de los servicios que constituyan su objeto y se hará constar: En el Pliego de prescripciones técnicas. En el Pliego de prescripciones técnicas o en la formación del contrato. En el pliego de cláusulas administrativas particulares. Sólo se fijarán en el pliego de cláusulas administrativas particulares las prórrogas de que pueda ser objeto.

En los contratos de obras cuando las instrucciones fueren de carácter verbal: Deberán ser ratificadas en el plazo máximo de 3 días. Deberán ser ratificadas por escrito en el más breve plazo posible, para que sean vinculantes para las partes. No será necesario ratificarlas por escrito. Ninguna es cierta.

A los efectos de la Ley 9/2017 de de Contratos del Sector Público, ¿las entidades públicas empresariales estatales tendrán la consideración de Administraciones Públicas?. Si. Si, siempre que no se financien mayoritariamente con ingresos, cualquiera que sea su naturaleza, obtenidos como contrapartida a la entrega de bienes o a la prestación de servicios. Si, siempre que su actividad principal no consista en la producción en régimen de mercado de bienes y servicios destinados al consumo individual o colectivo. No.

De acuerdo con esta Ley, en los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por la relación de las obras ejecutadas en el curso de: Los cinco últimos años. Los dos últimos años. Los diez últimos años. Los tres últimos años.

De acuerdo con esta Ley, en el procedimiento restringido el órgano de contratación señalará el número mínimo de empresarios a los que invitará a participar en el procedimiento, que no podrá ser inferior a: Cinco. Cuatro. Tres. Seis.

En que libro de la ley 9/2017 de CSP se regula la preparación de los contratos: Libro I. Libro II. Libro III. Libro IV.

Tendrán que incorporarse al expediente de contratación: El certificado de existencia de crédito o documento que legalmente le sustituya, y la fiscalización previa de la intervención. El certificado de existencia de crédito o documento que legalmente le sustituya. La fiscalización previa de la intervención. El precio del contrato.

Si la financiación del contrato ha de realizarse con aportaciones de distinta procedencia, aunque se trate de órganos de una misma AAPP: Se tramitará un contrato por cada aportación. Se tramitará un solo expediente por el órgano de contratación al que no le corresponda la contratación del contrato. Ninguna respuesta es correcta. Se tramitará un solo expediente por el órgano de contratación al que corresponda la adjudicación del contrato, debiendo acreditarse en aquél la plena disponibilidad de todas las aportaciones y determinarse el orden de su abono, con inclusión de una garantía para su efectividad.

Los contratos que la administración puede concertar son de dos tipos: Administrativos y privados. Exclusivamente administrativos. Administrativos y públicos. En ningún caso privados.

En el contrato menor de obras, la tramitación del expediente: Sólo exigirá la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente. Exigirá la aprobación del gasto, la incorporación de la factura correspondiente y el presupuesto de las obras. Deberá solicitarse el informe de supervisión cuando el trabajo afecte a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra. Exigirá la aprobación del gasto, la incorporación de la factura correspondiente y el presupuesto de las obras y deberá solicitarse el informe de supervisión cuando el trabajo afecte a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra.

¿Cuándo se podrá realizar una subasta electrónica?: Cuando tenga lugar una primera evaluación completa de las ofertas, para la presentación de mejoras en los precios o de nuevos valores relativos a determinados elementos de las ofertas que no las mejoren en su conjunto, basado en un dispositivo electrónico que permita su clasificación a través de métodos de evaluación automatizados. Cuando tenga lugar una primera evaluación completa de las ofertas, para la presentación de mejoras en los precios o de nuevos valores relativos a determinados elementos de las ofertas que las mejoren en su conjunto, basado en un dispositivo electrónico que permita su clasificación a través de métodos de evaluación automatizados. Cuando tenga lugar una primera evaluación completa de las ofertas, para la presentación de mejoras en los precios o de nuevos valores relativos a determinados elementos de las ofertas que las mejoren individualmente, basado en un dispositivo electrónico que permita su clasificación a través de métodos de evaluación automáticos. Cuando tenga lugar una primera evaluación completa de las ofertas, para la presentación de mejoras en los precios o de nuevos valores relativos a determinados elementos de las ofertas que las mejoren en su conjunto, basado en un dispositivo electrónico que permita su clasificación a través de métodos de evaluación manuales.

Se consideran contratos menores: Los contratos de valor estimado inferior a 50.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios. los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios. los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 18.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios. los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de obras o de servicios.

Señala la incorrecta en relación con la ley 9/2017 de 8 de Noviembre: El objeto de los contratos del sector público deberá ser determinado. En todo caso, se considerará motivo válido, a efectos de justificar la no división en lotes del objeto del contrato el hecho de que la divisíon en lotes del objeto del contrato conllevase riesgo de restringir injustificadamente la competencia. Siempre que la naturaleza o el objeto del contrato lo permitan, deberá preverse la realización independiente de cada una de sus partes mediante su división en lotes, pudiéndose reservar lotes de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta. Podrá fraccionarse un contrato con la finalidad de disminuir la cuantía del mismo y eludir así los requisitos de publicidad o los relativos al procedimiento de adjudicación que correspondan.

Conforme al artículo 63.4 de la ley 9/2017, la publicación de la información relativa a los contratos menores deberá realizarse: Al menos semestralmente. Al menos trimestralmente. Trimestralmente. Semestralmente.

Respecto al perfil de contratante conforme a la ley 9/2017 de 8 de Noviembre (artículo 63) es falso que: Toda la información contenida en los perfiles de contratante se publicará en formatos abiertos y reutilizables, y permanecerá accesible al público durante un periodo de tiempo no inferior a 5 años, sin perjuicio de que se permita el acceso a expedientes anteriores ante solicitudes de información. La difusión del perfil de contratante no obstará a la utilización de otros medios de publicidad adicionales en los casos en que así se establezca. El acceso a la información del perfil de contratante será libre, requiriendo identificación previa en todo caso. Las formas de acceso al perfil de contratante deberá hacerse constar en los pliegos y documentos equivalente, así como en los anuncios de licitación en todos los casos.

Conforme al artículo 19 de la ley 9/2017 de 8 de Noviembre, no se consideran sujetos a regulación armonizada, cualquiera que sea su valor estimado, los contratos siguientes: Los incluidos dentro del ámbito definido en el artículo 100 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea que se concluyan en cualquier sector. Los contratos de concesión adjudicados para el suministro de agua potable a redes fijas no destinadas a prestar un servicio al público en relación con la distribución del agua no potable. Los que tienen por objeto los servicios de certificación y autenticación de documentos que deban ser prestados por un notario público. Los declarados secretos o reservados, o aquellos cuya ejecución no deba ir acompañada de medidas de seguridad generales conforme a la legislación vigente.

¿Cuál de las siguientes es la definición de "obra" que utiliza el artículo 13 de la ley 9/2017 de 8 de Noviembre?. Lugar donde se construye y situará una edificación. Ninguna es correcta. El resultado de un conjunto de trabajos de construcción o ingeniería civil, destinado a cumplir por sí mismo una función económica o técnica, que tenga por objeto un bien mueble. Producto o resultado de un trabajo.

Conforme al artículo 69 de la ley 9/2017 de 8 de Noviembre, referente a las uniones de empresarios, es falso que: Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados mancomunadamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. Cuando en el ejercicio de sus funciones la mesa de contratación o, en su defecto, el órgano de contratación apreciaran posibles indicios de colusión entre empresas que concurran agrupadas en una unión temporal, los mismos requerirán a estas empresas para que, dándoles plazo suficiente, justifiquen de forma expresa y motivada las razones para concurrir agrupadas. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente, al menos, con las del contrato hasta su extinción.

Según el artículo 61 de la ley 9/2017, de 8 de Noviembre, de Contratos del Sector Público, la representación de las entidades del sector público en materia contractual corresponde: A los órganos de contratación, unipersonales o colegiados que, en virtud de norma legal o reglamentaria o disposición estatutaria, tengan atribuida la facultad de celebrar contratos en su nombre. Ninguna es correcta. A los órganos de contratación, unipersonales o colegiados que, en virtud de norma legal exclusivamente, tengan atribuida la facultad de celebrar contratos en su nombre. A los órganos de contratación, unipersonales o colegiados que, en virtud de norma legal o reglamentaria, tengan atribuida la facultad de celebrar contratos en su nombre.

Los órganos de contratación difundirán su perfil de contratante como elemento que agrupa la información y documentos relativos a su actividad contractual al objeto de asegurar: La transparencia y el acceso público y privado a los mismos. Ninguna es correcta. La objetividad, transparencia y el acceso público a los mismos. La transparencia y el acceso público a los mismos.

Señala la incorrecta en relación con la ley 9/2017 de 8 de Noviembre: Podrá fraccionarse un contrato con la finalidad de disminuir la cuantía del mismo y eludir así los requisitos de publicidad o los relativos al procedimiento de adjudicación que correspondan. En todo caso, se considerará motivo válido, a efectos de justificar la no división en lotes del objeto del contrato el hecho de que la divisíon en lotes del objeto del contrato conllevase riesgo de restringir injustificadamente la competencia. Siempre que la naturaleza o el objeto del contrato lo permitan, deberá preverse la realización independiente de cada una de sus partes mediante su división en lotes, pudiéndose reservar lotes de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta. El objeto de los contratos del sector público deberá ser determinado.

Según el artículo 27 de la ley 9/2017 de 8 de Noviembre, serán competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo las siguientes cuestiones: Los recursos interpuestos contra las resoluciones que se dicten por los órganos administrativos de resolución de los recursos previstos en el artículo 44 de esta ley, así como en el artículo 321.5. Los que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de los contratos privados de las Administraciones Públicas. Las relativas a la preparación y adjudicación de los contratos de entidades del sector público que no tengan el carácter de poderes adjudicadores. Todas son correctas.

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