Ley 9/2017 Contratos IV
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Título del Test:![]() Ley 9/2017 Contratos IV Descripción: Libro Segundo parte 1 |




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En las actuaciones relativas a la contratación de las Administraciones Públicas, en relación con las consultas preliminares del mercado del artículo 115, señala la respuesta INCORRECTA: Los órganos de contratación podrán realizar estudios de mercado y dirigir consultas a los operadores económicos que estuvieran activos en el mismo. Los órganos de contratación podrán valerse del asesoramiento de terceros. El asesoramiento será utilizado por el órgano de contratación para planificar el procedimiento de licitación. De las consultas realizadas podrá resultar un objeto contractual concreto y delimitado que únicamente se ajuste a las características técnicas de uno de los consultados. Señala la respuesta INCORRECTA en relación al expediente de contratación (Art. 116): La celebración de contratos por parte de las Administraciones Públicas requerirá la previa tramitación del correspondiente expediente. El órgano de contratación motivará la necesidad del contrato y deberá ser publicado en el perfil de contratante. El expediente deberá referirse a la totalidad del objeto del contrato. Al expediente se incorporarán el pliego de cláusulas administrativas generales y el de prescripciones técnicas particulares que hayan de regir el contrato. Según el artículo 118 ¿Qué se considera contratos menores?. Los contratos de valor estimado inferior a 20.000 euros, cuando se trate de contratos de obras. Los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro. Los contratos de valor estimado inferior a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de servicios. Los contratos de valor estimado inferior a 20.000 euros, cuando se trate de contratos de concesión de servicios. Según el artículo 118, en los contratos menores la tramitación del expediente exigirá (Señala la INCORRECTA): La emisión de un informe del órgano de contratación. La aprobación del gasto. La incorporación al mismo de la factura correspondiente. El informe preceptivo del órgano adjudicador. ¿Cuándo podrán ser objeto de tramitación urgente los expedientes correspondientes a los contratos? (Art. 119). Cuando responda a una necesidad inaplazable. Cuando sea preciso acelerar la adjudicación por razones medioambientales. Cuando el órgano de contratación lo considere oportuno, debiendo estar esta decisión debidamente motivada. A y B son correctas. Los expedientes calificados de urgentes se tramitarán siguiendo el mismo procedimiento que los ordinarios ¿Cuáles son las especialidades de estos? (Art 119.2). Los expedientes gozarán de preferencia para su despacho por los distintos órganos que intervengan en la tramitación, salvo que haya tiempo suficiente para realizar la tramitación. Los órganos dispondrán de un plazo de 5 días para emitir los respectivos informes o cumplimentar los trámites correspondientes. Cuando la complejidad del expediente impida cumplir el plazo para emitir los informes, los órganos que deban evacuar el trámite lo pondrán en conocimiento del órgano de contratación que hubiese declarado la urgencia. En tal caso el plazo quedará prorrogado hasta 15 días. Acordada la apertura del procedimiento de adjudicación, los plazos establecidos en esta Ley para la licitación, adjudicación y formalización del contrato se reducirán a la mitad, en cualquier caso. ¿De qué plazo no podrá exceder el inicio de la ejecución del contrato? (119.2). De 1 mes. De 2 meses. De 15 días. De 10 días. ¿Cuándo podrá tramitar el expediente de contratación por la tramitación de emergencia? (Señala la respuesta INCORRECTA) (Art. 120). A causa de acontecimientos catastróficos. A causa de situaciones que supongan grave peligro. A causa de necesidades que afecten a la defensa nacional. A causa de una necesidad inaplazable. Para la tramitación de emergencia del artículo 120 señala la opción correcta: El órgano de contratación podrá ordenar la ejecución sin obligación de tramitar expediente de contratación. El órgano de contratación podrá ordenar la ejecución salvo por la existencia de crédito suficiente. Si el contrato ha sido celebrado por la AGE se dará cuenta de dichos acuerdos al Consejo de Ministros en el plazo máximo de 15 días. El plazo de inicio de la ejecución de las prestaciones no podrá ser superior a un mes, si se excediese este plazo, la contratación de dichas prestaciones requerirá la tramitación de urgencia. ¿Quién podrá aprobar pliegos de cláusulas administrativas generales? (Art. 121). El Consejo de Ministros. El Ministro de Hacienda y Función Pública. La Plataforma de Contratación del Sector Público. El Secretario de Estado. ¿Cuándo deberán aprobarse los pliegos de cláusulas administrativas particulares? (Art. 122). Previamente a la autorización del gasto. Conjuntamente a la autorización del gasto. Siempre antes de la licitación del contrato. Todas las respuestas son correctas. ¿Cuándo podrán ser modificados con posterioridad los pliegos de cláusulas administrativas particulares? (Señala la INCORRECTA) (Art. 122). Por error material. Por error aritmético. Por error cualitativo. Por error de hecho. ¿Durante cuánto tiempo deberá el contratista respetar el carácter confidencial de la información a la que haya tenido acceso a causa del contrato? (Art. 133.2). Durante un plazo de 5 años. Durante un plazo de 3 años. Durante un plazo de 2 años. Durante un plazo de 15 años. Por regla general, según el artículo 145 y utilizando una pluralidad de criterios ¿En base a qué relación se realizará la adjudicación de los contratos?. Mejor relación calidad-precio. Mejor relación coste-eficacia. Mejor relación técnico-profesional. A y B son correctas. ¿Cuáles podrán ser los criterios de adjudicación específicos para el desempate en los casos en los que se produzca un empate entre dos ofertas? (Señala la INCORRECTA) (Art. 147). Porcentaje de trabajadores con discapacidad. Los costes de mantenimiento. Productos en los que exista alternativa de Comercio Justo. Medidas de carácter social y laboral que favorezcan la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. ¿Cómo se clasificarán las proposiciones presentadas por parte de la mesa de contratación o por el órgano de contratación?. Por orden decreciente. Por orden ascendente. Por orden de rigurosa llegada. Por orden de viabilidad. Los contratos S.A.R.A. con indicios fundados de conductas colusorias ¿A dónde los trasladará el órgano de contratación con carácter previo a la adjudicación del contrato?. A la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. A la Plataforma de Contratación del Sector Público. Al Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado. A la Junta Consultiva de Contratación. ¿De qué plazo dispone la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia para emitir un informe sobre el carácter fundado o no de indicios de conductas colusorias en contratos S.A.R.A? (Art. 150). De 20 días hábiles. De 15 días hábiles. De 20 días naturales. De 15 días naturales. La resolución de la adjudicación del contrato (Art. 151): Deberá ser motivada y se notificará a los candidatos y licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días. Podrá ser motivada y se notificará a los candidatos y licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 10 días. Deberá ser motivada y se notificará a los candidatos y licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 5 días. Podrá ser motivada y se notificará a los candidatos y licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 30 días. ¿Cómo se realizará la formalización de los contratos que celebren las Administraciones Públicas? (Señala la respuesta INCORRECTA) (Art. 153.1). Deberán formalizarse en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación. El documento administrativo constituirá título suficiente para acceder a cualquier registro público. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. Siempre que las partes del contrato lo determinen, se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación. |