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Ley 9/2017 Contratos del Sector Público LII TII C3º T01

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Título del Test:
Ley 9/2017 Contratos del Sector Público LII TII C3º T01

Descripción:
Ley 9/2017 Contratos del S. P. Libro II Ti.II Cap. 3º Test -1-

Fecha de Creación: 2020/08/01

Categoría: Otros

Número Preguntas: 24

Valoración:(10)
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Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público tiene por objeto regular: La contratación del sector público. La contratación del sector privado. La contratación del sector público y del sector privado. Todo tipo de contratación de Obras y Servicios.

Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la Administración podrá gestionar indirectamente, mediante contrato de concesión de servicios: los servicios de su titularidad o competencia siempre que sean susceptibles de explotación económica por particulares. los servicios que no sean de su titularidad o competencia siempre que sean susceptibles de explotación económica por particulares. los servicios que no sean de su titularidad o competencia siempre que no sean susceptibles de explotación económica por particulares. los servicios de su titularidad o competencia siempre que no sean susceptibles de explotación económica por particulares.

Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, los servicios que impliquen ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos: en ningún caso podrán prestarse mediante concesión de servicios. excepcionalmente podrán prestarse mediante concesión de servicios. en todo caso podrán prestarse mediante concesión de servicios. ninguna es correcta.

Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, antes de proceder a la contratación de una concesión de servicios, en los casos en que se trate de servicios públicos deberá haberse establecido su régimen jurídico, que: declare expresamente que la actividad de que se trata queda asumida por la Administración respectiva como propia de la misma. determine el alcance de las prestaciones en favor de los administrados. regule los aspectos de carácter jurídico, económico y administrativo relativos a la prestación del servicio. todas son correctas.

Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el contrato expresará con claridad, en todo caso, el ámbito de la concesión: en el orden territorial. en el orden orgánico. tanto en el orden funcional, como en el territorial. tanto en el orden orgánico, como en el territorial.

Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas deberán hacer referencia, al menos a: definir el objeto del contrato, debiendo prever la realización independiente de cada una de sus partes mediante su división en lotes, sin merma de la eficacia de la prestación con la finalidad de promover la libre concurrencia. fijar las condiciones de prestación del servicio y, en su caso, fijar las tarifas que hubieren de abonar los usuarios, los procedimientos para su revisión, y el canon o participación que hubiera de satisfacerse a la Administración. regular la distribución de riesgos entre la Administración y el concesionario en función de las características particulares del servicio, correspondiendo en todo caso el riesgo operacional al concesionario. definir los requisitos de capacidad y solvencia financiera, económica y técnica que sean exigibles a los licitadores.

Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en los contratos de concesión de servicios la tramitación del expediente irá precedida de la realización y aprobación de un estudio de viabilidad de los mismos o en su caso, de un estudio de viabilidad económico-financiera, que: tendrán carácter vinculante en los supuestos en que concluyan en la viabilidad del proyecto. tendrán carácter vinculante en los supuestos en que concluyan en la inviabilidad del proyecto. tendrán carácter vinculante en cualquier caso. no tendrán carácter vinculante en ningún caso.

Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, excluidos los artículos 208 y 210 los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos de concesión de servicios se regularán por: la presente Ley. la Ley General Presupuestaria. la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, respecto a la ejecución del contrato de concesion de servicios, el concesionario está obligado: a organizar y prestar el servicio con estricta sujeción a las características establecidas en el contrato. a organizar y prestar el servicio dentro de los plazos señalados en el mismo. en su caso, a la ejecución de las obras conforme al proyecto aprobado por el órgano de contratación. todas son correctas.

Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el concesionario estará sujeto al cumplimiento de las siguientes obligaciones (señala la incorrecta): prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y de modo gratuito para el usuario. cuidar del buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía. indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de concesión de servicios.

De conformidad con lo establecido en Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el concesionario estará sujeto al cumplimiento de las siguientes obligaciones: Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. Cuidar del buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones. Respetar el principio de discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de concesión de servicios. Todas son correctas.

Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el concesionario tiene derecho a las contraprestaciones económicas previstas en el contrato, entre las que se incluirá, para hacer efectivo su derecho a la explotación del servicio, una retribución fijada en función de su utilización que se percibirá: de la propia Administración. de los usuarios. directamente de los usuarios o de la propia Administración. tanto de los usuarios como de la propia Administración.

Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, las contraprestaciones económicas pactadas, que se denominarán tarifas y tendrán la naturaleza de: prestación patrimonial de carácter público tributario. prestación patrimonial de carácter público no tributario. prestación patrimonial de carácter privado tributario. prestación patrimonial de carácter privado no tributario.

Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la Administración podrá modificar las características del servicio contratado y las tarifas que han de ser abonadas por los usuarios: por razones de interés público. por razones de fuerza mayor. por razones de fuerza menor. por razones de seguridad.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 290 de la Ley 9/2017, ¿La Administración puede modificar las características de un contrato de concesión servicios?. Nunca. Puede modificar exclusivamente las tarifas. Puede modificar las características del contrato y las tarifas. Puede modificar las características y las tarifas únicamente por razones de interés público.

Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, respecto a la modificación del contrato y mantenimiento de su equilibrio económico, en el caso de que los acuerdos que dicte la Administración respecto al desarrollo del servicio carezcan de trascendencia económica, el concesionario: tendrá derecho a una indemnización moral. tendrá derecho a una indemnización de 100 euros. tendrá derecho a una indemnización de 500 euros. no tendrá derecho a indemnización por razón de los mismos.

Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, finalizado el plazo de la concesión, el servicio revertirá a la Administración, debiendo el contratista: entregar las obras e instalaciones a que esté obligado con arreglo a los pliegos de clausulas administrativas y en el estado de conservación y funcionamiento más óptimo posible. entregar las obras e instalaciones a que esté obligado con arreglo a los pliegos de clausulas administrativas y en el estado de conservación y funcionamiento adecuados. entregar las obras e instalaciones a que esté obligado con arreglo al contrato y en el estado de conservación y funcionamiento más óptimo posible. entregar las obras e instalaciones a que esté obligado con arreglo al contrato y en el estado de conservación y funcionamiento adecuados.

Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el órgano competente de la Administración adoptará las disposiciones encaminadas a que la entrega de los bienes se verifique en las condiciones convenidas: durante un plazo de un mes anterior a la reversión, que deberá fijarse en el pliego. durante un plazo de un mes anterior a la reversión, que deberá fijarse en el contrato. durante un período prudencial anterior a la reversión, que deberá fijarse en el pliego. durante un período prudencial anterior a la reversión, que deberá fijarse en el contrato.

Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el concecionario tendrá derecho al interés de demora de las cantidades o valores económicos que aquellos signifiquen: a) si la Administración no hiciere efectiva al concesionario la contraprestación económica. b) si la Administración no entregare los medios auxiliares a que se obligó en el contrato dentro de los plazos previstos en el mismo y no procediese la resolución del contrato o no la solicitase el concesionario. c) si la Administración no entregare los medios auxiliares a que se obligó en el contrato dentro de los plazos previstos en el mismo y procediese la resolución del contrato o la solicitase el concesionario. d) a) y b) son correctas.

Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, Cuando el contrato recaiga sobre un servicio público, si por causas ajenas al concesionario o bien del incumplimiento por parte de este se derivase perturbación grave y no reparable por otros medios en el servicio: la Administración podrá acordar la intervención del mismo. la Administración podrá acordar el secuestro del mismo. el concesionario deberá abonar a la Administración los daños y perjuicios que efectivamente le haya ocasionado. todas son correctas.

Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, son causas de resolución del contrato de concesión de servicios las siguientes (señala la incorrecta): la ejecución hipotecaria declarada desierta. el rescate del servicio por la Administración para su gestión directa por razones de interés público. la imposibilidad de la explotación del servicio como consecuencia de acuerdos adoptados por la Administración con anterioridad al contrato. el secuestro o intervención de la concesión por un plazo superior al establecido, sin que el contratista haya garantizado la asunción completa de sus obligaciones.

Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, es causa de resolución del contrato de concesión de servicios la demora por parte de la Administración en la entrega al concesionario de la contraprestación o de los medios auxiliares a que se obligó según el contrato: superior a 1 mes. superior a 2 meses. superior a 3 meses. superior a 6 meses.

Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en los supuestos de resolución por causa imputable a la Administración esta abonará, atendiendo a su grado de amortización, al concesionario en todo caso el importe de las inversiones realizadas por razón de: la expropiación de terrenos que sean necesarios para la explotación de los servicios objeto de concesión. la ejecución de obras de construcción que sean necesarios para la explotación de los servicios objeto de concesión. la adquisición de bienes que sean necesarios para la explotación de los servicios objeto de concesión. todas son correctas.

Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en el contrato de concesión de servicios, la subcontratación: solo podrá recaer sobre prestaciones principales. solo podrá recaer sobre prestaciones accesorias. podrá recaer sobre la prestación principal o las accesorias. deberá recaer sobre la prestación principal y sus accesorias.

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