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Ley 9/2017 Contratos Sector Publico- Título Preliminar, Capítulo II, Sección 1.ª

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Título del Test:
Ley 9/2017 Contratos Sector Publico- Título Preliminar, Capítulo II, Sección 1.ª

Descripción:
Ley 9/2017 Contratos Sector Publico- Título Preliminar, Capítulo II, Sección 1.ª

Fecha de Creación: 2025/09/02

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 10

Valoración:(1)
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Según el artículo 12, los contratos celebrados por las entidades del sector público se califican como: Contratos privados. Contratos administrativos típicos (obras, concesión de obras, concesión de servicios, suministro, servicios). Contratos mercantiles. Contratos mixtos exclusivamente.

Los contratos que no se ajusten a los tipos establecidos en el art. 12 LCSP: Son nulos de pleno derecho. Se califican como contratos privados siempre. Se regirán por las normas de derecho administrativo o de derecho privado que correspondan. No pueden celebrarse.

¿Cuál de los siguientes contratos se considera contrato de obras (art. 13)?. Un contrato para el suministro de mobiliario escolar. La realización de una carretera siguiendo requisitos fijados por la Administración. El mantenimiento de ascensores en un edificio público. La contratación de limpieza de edificios municipales.

El concepto de “obra” según el art. 13 LCSP implica: Cualquier prestación de servicios técnicos vinculados a la construcción. El resultado de un conjunto de trabajos de construcción o ingeniería civil que generan un bien inmueble con utilidad técnica o económica. El suministro de materiales de construcción. Únicamente trabajos de reparación de edificios.

¿Cuál de los siguientes contratos corresponde al art. 14?. Contrato de servicios. Contrato de concesión de servicios. Contrato de concesión de obras. Contrato mixto.

¿Cuál es la diferencia esencial entre un contrato de concesión de obras y uno de obras simple?. La duración. Que en la concesión el contratista asume el riesgo operacional. El precio máximo ofertado. Que la concesión nunca puede incluir ejecución de obra.

El contrato regulado en el art. 15 LCSP es el de: Concesión de servicios. Concesión de obras. Suministro. Mixto.

¿Qué contrato corresponde al art. 16 LCSP?. Suministro. Servicios. Obras. Concesión de servicios.

El contrato regulado en el art. 17 es: Servicios. Suministro. Concesión de obras. Mixto.

Los contratos mixtos (art. 18): Son nulos de pleno derecho. Se permiten, integrando prestaciones de distinta naturaleza. Solo pueden combinar servicios y suministros. Están reservados únicamente a administraciones locales.

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