Ley de Aviación Civil
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Título del Test:
![]() Ley de Aviación Civil Descripción: Examen CIAAC |



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(LAC) Esta ley tiene por objeto regular la explotación, uso o aprovechamiento del espacio aéreo nacional. Artículo 1. Artículo 3. Artículo 14. (LAC) Hechos ocurridos a bordo de una aeronave civil con matrícula mexicana, se sujetaran a las leyes y autoridades mexicanas. Articulo 3. Articulo 32. Articulo 7. (LAC) Aeronaves Mexicanas: Servicio al publico/de estado. Articulo 5. Articulo 41. Articulo 28. (LAC) Atribuciones de la Secretaria de Comunicaciones y Transporte. Articulo 6. Articulo 55. Articulo 18. (LAC) Comandantes Regionales. Articulo 7. Articulo 3. Articulo 38. (LAC) Servicios de transporte aéreo sujetos a permiso: Nacional no regular, Internacional regular. Articulo 11. Articulo 36. Articulo 5. (LAC) Servicio al publico de transporte aéreo podrá ser nacional o internacional regular o no regular, y de pasajeros, carga o correo. Articulo 18. Articulo 3. Articulo 46. (LAC) Considera transporte aéreo privado no comercial aquel que se destina a uso particular sin fines de lucro. Articulo 28. Articulo 40. Articulo 11. (LAC) La aeronave deberá llevar a bordo la póliza de seguro, así como los certificados de Aeronavegabilidad y de Matrícula o copia certificada de estos. Articulo 32. Articulo 33. Articulo 6. (LAC) En las aeronaves civiles no podrán abordar personas armadas, en estado de ebriedad o bajo influjo de estupefacientes psicóticos o enervantes. Articulo 33. Articulo 32. Articulo 46. (LAC) El ejecutivo federal podrá establecer zonas prohibidas, restringidas o peligrosas a la navegación aérea civil. Articulo 36. Articulo 44. Articulo 28. (LAC) Sobre el personal tecnico aeronautico, licencias y examenes medicos. Articulo 38. Articulo 32. Articulo 61. (LAC) Comandante de la Aeronave, libro de Bitácora. Articulo 40. Articulo 45. Articulo 71. (LAC) Responsabilidad del comandante. Articulo 41. Articulo 44. Articulo 32. (LAC) La aeronave civil deberá de llevar llevar marca distintiva de su nacionalidad y matrícula. Las aeronaves mexicanas deberán ostentar ademas, la bandera nacional. XA, XB, y XC. Articulo 44. Articulo 41. Articulo 36. (LAC) La nacionalidad mexicana de la aeronave se adquiere con el certificado de matricula. Articulo 45. Articulo 61. Articulo 41. (LAC) La cancelación de la matrícula de una aeronave en el registro aeronáutico mexicano tendrá por consecuencia de la perdida de su nacionalidad mexicana. Articulo 46. Articulo 18. Articulo 40. (LAC) El pasajero tiene el derecho a un trato digno. Articulo 47 Bis. Articulo 38. Articulo 55. (LAC) Contrato de transporte de carga. Articulo 55. Articulo 47. Articulo 33. (LAC) Concesionarios serán responsables de por los daños causados a pasajeros, carga y equipaje en el transporte. Articulo 61. Articulo 41. Articulo 79. (LAC) Abordaje Aéreo. Articulo 71. Articulo 36. Articulo 61. (LAC) La secretaria establecerá un programa estatal de seguridad operacional destinado a la gestión de seguridad operacional. Articulo 78 Bis. Articulo 44. Articulo 88. (LAC) Deificación de Accidente e Incidente. Articulo 79. Articulo 89. Articulo 61. (LAC) La búsqueda y salvamento en accidentes en aeronaves civiles es de interés publico y las autoridades, propietarios, poseedores, concesionarios, permisionarios y miembros de la tripulación de vuelo estarán obligados a participar en las acciones que se lleven a cabo. Articulo 80. Articulo 86. Articulo 79. (LAC) Requisa de aeronaves. Articulo 83. Articulo 90. Articulo 55. (LAC) Infracciones del concesionario. Articulo 86. Articulo 79. Articulo 80. (LAC) Sanciones a comandantes. Articulo 88. Articulo 38. Articulo 80. (LAC) Cualquier otra infracción a esta ley o a sus ocupantes que no este expresamente previsto en este capítulo será sancionado por la secretaria. Articulo 89. Articulo 79. Articulo 71. (LAC) Se le revocara la licencia al comandante de la aeronave que tripule en estado de ebriedad. Articulo 90. Articulo 80. Articulo 40. |




