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Ley Foral de Hacienda Pública de Navarra

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Título del Test:
Ley Foral de Hacienda Pública de Navarra

Descripción:
Ley Foral de Hacienda Pública de Navarra

Fecha de Creación: 2025/01/22

Categoría: Otros

Número Preguntas: 37

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Sector Público Foral. Forman parte del sector público foral. Forman parte del sector público foral. No forman Parte.

Sistema de Fuentes. El régimen presupuestario y económico-financiero del sector público foral se regula en. Ley Foral 13/2007. Ley Ordinaria 13/2007. Ley Decreto-Foral 13/2007. Acuerdo.

El régimen presupuestario y económico-financiero del sector público foral se someterá a su normativa específica. Normativa Específica. Carácter Supletorio. Son preferentes.

Materias que deben regularse por Ley Foral. Deben regularse por Ley Foral. No deben regularse.

Sistema de fuentes. Ley Foral. Normativa Específica. Carácter Supletorio. Se regularán mediante Ley Foral las siguientes materias relativas a la HPN.

Facultades del Gobierno de Navarra en materia de Hacienda Pública. En las materias objeto de Ley Foral 13/2007. Facultades. No son Facultades.

Facultades del Gobierno de Navarra en materia de hacienda pública. Ejercer Potestad Reglamentaria. Aprobar el Proyecto de Ley Foral de Presupuestos Generales de Navarra Someterlo a la aprobación del Parlamento. Prestar/Denegar la conformidad a la admisión a trámite de las enmiendas o proposiciones de Ley Foral que supongan aumento/disminución de los ingresos presupuestarios. Aprobar el proyecto de Ley Foral de Cuentas Generales de Navarra Someterlo a la aprobación del Parlamento. Determinar las directrices de política económica y financiera de la CF. Determinar las directrices de política económica y financiera del Estado.

La Hacienda Pública de Navarra comprende el conjunto de Derechos y Obligaciones de contenido económico cuya titularidad corresponde a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Verdadero. Falso.

Los Derechos de la Hacienda Pública de Navarra se clasifican en derechos de naturaleza pública y derechos de naturaleza privada. Derechos de Naturaleza Pública. Derechos de Naturaleza Privada.

Derechos de la Hacienda Pública de Navarra. Los tributos y los demás derechos de contenido económico cuya titularidad corresponde a la Administración de la CF y a sus organismos autónomos que deriven de relaciones regidas por el derecho público. Derechos Naturaleza Pública. Derechos Naturaleza Privada.

Derechos de la Hacienda Pública de Navarra. Límites a los que están sujetos los derechos económicas de la HPN. En el pago de dichos derechos.

Límites a las que están sujetos los derechos económicos de la HPN. No se podrá transigir judicial ni extrajudicialmente sobre los derechos económicos de la HPN Ni someter a arbitraje las contenidas sobre las mismos se susciten. La suscripción por la HPN de los acuerdos y convenios.

La suscripción por la Hacienda Pública de Navarra de los acuerdos y convenios en procesos concursales previstos en su normativa específica requerirá autorización del Consejero de Economía y Hacienda. Verdadero. Falso.

Límites a los que están sujetos los derechos económicos de la Hacienda Pública de Navarra. Carácter privilegiado de los créditos de la Hacienda Pública de Navarra otorga a esta. Suscripción y celebración de los Acuerdos y Convenios.

Para la suscripción y celebración de los Acuerdos/Convenios se requerirá autorización del. Departamento de Hacienda del Gobierno Navarra. Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno Navarra. Departamento de Economía del Gobierno Navarra. Departamento del Estado.

Acuerdos y Convenios. Suscripción y celebración de los Acuerdos y Convenios. Restantes créditos de la Hacienda Pública de Navarra.

En los restantes créditos de la Hacienda Pública de Navarra, la competencia corresponde. Consejero de Economía y Hacienda. Consejero de Hacienda. Consejero de Economía. Departamento de Economía y Hacienda.

Régimen jurídico de los derechos de naturaleza pública de la Hacienda Pública de Navarra. Normas Generales. La aplicación de los tributos se ajustará a lo dispuesto. Cuando un deudor satisfaga una cantidad sin expresar al concepto al que haya de aplicarse y concurran diversos créditos al cobro.

La aplicación de los tributos se ajustará a lo dispuesto en la normativa tributaria general foral, de acuerdo con su sistema de fuentes. Verdadero. Falso.

Cuando un deudor satisfaga una cantidad sin expresar al concepto al que haya de aplicarse y concurran diversos créditos al cobro. El pago se aplicará a la deuda que resulte más onerosa para el deudor, y en su defecto, a la más antigua. El pago se aplicará a la deuda que resulte más onerosa para el deudor, y en su defecto, a la más reciente.

Prerrogativas correspondientes a los derechos de naturaleza pública de la Hacienda Pública de Navarra. A las obligaciones de pago dimanantes de derechos de naturaleza pública. La cobranza de tales derechos, se efectuará.

Nacimiento, Adquisición y Extinción de los derechos de naturaleza pública de la Hacienda Pública de Navarra. Nacimiento Derechos. Extinción Derechos.

El procedimiento, requisitos y efectos de las formas de extinción de los derechos de naturaleza pública de la Hacienda Pública de Navarra. Se someterá a lo establecido. En la normativa tributaria general foral y sus reglamentos de desarrollo. En la normativa tributaria general foral. En la normativa tributaria general del estado. En la normativa tributaria.

Providencias de apremio y suspensión del procedimiento de apremio. Las providencias de apremio acreditativas del descubierto de las deudas correspondientes a los derechos de naturaleza pública. Los procedimientos administrativos de apremio podrán ser suspendidos.

Se suspenderá inmediatamente el procedimiento de apremio. Cuando el interesado demuestre.

Suspenso Procedimientos. Suspenso Procedimiento de Apremio. Suspenso Tercería Dominio.

Aplazamiento/Fraccionamiento de las cantidades adeudadas a la Hacienda Pública de Navarra. Podrá aplazarse o fraccionare el pago de las cantidades adeudadas a la HPN en virtud de. Las cantidades aplazadas.

Las cantidades deberán garantizarse excepto. 1. Deudas de Baja Cuantía. 2. Deudor carezca de bienes/créditos suficientes.

Compensación de deudas. Podrán extinguirse total/parcialmente por compensación. Podrán extinguirse mediante compensación.

Podrán extinguirse total/parcialmente por COMPENSACIÓN las deudas de naturaleza pública a favor de la HPN, que se encuentren en fase de gestión recaudatoria. Tanto voluntaria como ejecutiva. Verdadero. Falso.

Prescripción de los derechos de la Hacienda Pública de Navarra. Plazo. Cuales.

Prescripción de los derechos de la Hacienda Pública de Navarra. 2 años. 3 años. 4 años. 5 años.

Prescripción de los derechos de la Hacienda Pública de Navarra. Plazos. A reconocer/liquidar créditos a su favor. Al cobro de los créditos reconocidos/liquidados.

La prescripción de los derechos de la Hacienda Pública de Navarra se interrumpirá conforme a lo establecido. Normativa tributaria general foral y se aplicará de oficio. Normativa tributaria general foral y se aplicará conforme a las leyes. Normativa tributaria general foral. Acuerdo.

Derechos de la Hacienda Pública de Navarra. Los derechos declarados prescritos. Derechos Económicos de baja cuantía.

Intereses de Demora. Las cantidades adeudadas a la Hacienda Pública de Navarra. Se incluyen en este apartado. Salvo en las leyes especiales, el interés de demora resultará de aplicación.

Obligaciones de la Hacienda Pública de Navarra. Fuentes de las obligaciones. Exigibilidad de las obligaciones. Extinción de las obligaciones.

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