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Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

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Título del Test:
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

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EVALUACIÓN

Fecha de Creación: 2021/03/02

Categoría: Otros

Número Preguntas: 56

Valoración:(36)
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Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 2014 Última reforma publicada DOF 17-10-2019. Se reforman diversas disposiciones de la ley general de prestación de servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil. Ley General de Educación. Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Ley Universal de los Derechos del niño. Ley General en Derechos Ciudadanos.

Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes tiene por objeto: En la nueva escuela las niñas, niños o adolescentes, en lo individual o colectivo, se deberán evaluar y ponderar las posibles repercusiones a fin de salvaguardar su interés superior y sus garantías procesales,sin tomar en duda todas las capacidades de los seres humanos para desarrollar capacidades formidables. La creación de los estándares de educación, con el objetivo de tener una educación global con apego a los derechos universales de niñas, niños y adolescentes. Reconocer a niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos, con capacidad de goce de los mismos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad; Garantizar el pleno ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes. Globalizar los derechos del hombre para el cumplimiento de la universalidad de la educación en el marco de las garantías individuales de nuestro país.

Articulo 2 De la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. I. Garantizar un enfoque integral, transversal y con perspectiva de derechos humanos en el diseño y la instrumentación de políticas y programas de gobierno; II. Promover la participación, tomar en cuenta la opinión y considerar los aspectos culturales, éticos, afectivos, educativos y de salud de niñas, niños y adolescentes, en todos aquellos asuntos de su incumbencia, de acuerdo a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez, y III. Establecer mecanismos transparentes de seguimiento y evaluación de la implementación de políticas, programas gubernamentales, legislación y compromisos derivados de tratados internacionales en la materia. Las autoridades realizarán estas acciones para:. Garantizar una educación integral. Garantizar la educación internacional. Generar la participación de la comunidad en el cuidado de los alumnos. Garantizar la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Deberá ser considerado de manera primordial en la toma de decisiones sobre una cuestión debatida que involucre niñas, niños y adolescentes. Cuando se presenten diferentes interpretaciones, se atenderá a lo establecido en la Constitución y en los tratados internacionales de que México forma parte. El interés superior de la niñez. La Educación en México. El Reglamento Federal de Educación. Los tratados internacionales.

Cuando se tome una decisión que afecte a niñas, niños o adolescentes, en lo individual o colectivo, se deberán: Agotar todas las instancias para que los padres tengan un respaldo jurídico y salvaguardar el interés superior de la niñez. Evaluar y ponderar las posibles repercusiones a fin de salvaguardar su interés superior y sus garantías procesales. Sera sancionado conforme a los lineamientos internacionales y serán llevados a juicio para respetar sus garantías procesales. Tomar en cuenta las repercusiones que no afecten la integridad de los niños y personal de la institución educativa.

El diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas públicas en materia de ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos de niñas, niños y adolescentes, así como para garantizar su máximo bienestar posible privilegiando su interés superior a través de medidas estructurales, legales, administrativas y presupuestales. Lo anterior le corresponde a: Los municipios, las escuelas publicas y particulares, el ejecutivo federal y los padres de familia. El Decreto Universal de los derechos de niñas, niños y adolescentes. La Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México. El consejo de Educación en Educación Básica.

Deberán contribuir a la formación física, psicológica, económica, social, cultural, ambiental y cívica de niñas, niños y adolescentes. Las políticas públicas. Los centros Educativos. Los diseños de Educativos. Las Autoridades Federales.

Artículo 4. De la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Para los efectos de esta Ley, se entenderá por: Acciones Afirmativas: Acciones planeadas y ejecutadas para establecer la igualdad sustancial entre niñas, niños, adolescentes y jóvenes. Acciones de carácter temporal, de políticas y prácticas de índole legislativa, administrativa y jurisdiccional que son correctivas, compensatorias y de promoción, encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva entre niñas, niños y adolescentes. Estrategias de carácter temporal,y practicas de índole legislativa encaminadas a acelerar la igualdad entre niñas, niños y adolescentes en el marco de derechos universales con el establecimiento de una educación integral. Estrategias de todos los órganos nacionales e internacionales con el objetivo de encaminar la igualdad entre niñas, niños y adolescentes en nuestro país.

Artículo 4. De la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Para los efectos de esta Ley, se entenderá por: Acogimiento Residencial: Acciones de carácter temporal, de políticas y prácticas de índole legislativa, administrativa y jurisdiccional que son correctivas, compensatorias y de promoción, encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva entre niñas, niños y adolescentes. El establecimiento, lugar o espacio de cuidado alternativo o acogimiento residencial para niñas, niños y adolescentes sin cuidado parental o familiar que brindan instituciones públicas, privadas y asociaciones. Aquéllas que se realicen en términos de lo dispuesto por los tratados internacionales en la materia. Aquél brindado por centros de asistencia social como una medida especial de protección de carácter subsidiario, que será de último recurso y por el menor tiempo posible, priorizando las opciones de cuidado en un entorno familiar.

Artículo 4. De la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Para los efectos de esta Ley, se entenderá por; Adopción Internacional: Aquél brindado por centros de asistencia social como una medida especial de protección de carácter subsidiario, que será de último recurso y por el menor tiempo posible, priorizando las opciones de cuidado en un entorno familiar. Aquélla que se realice en términos de lo dispuesto por los tratados internacionales en la materia. Acciones de carácter temporal, de políticas y prácticas de índole legislativa, administrativa y jurisdiccional que son correctivas, compensatorias y de promoción, encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva entre niñas, niños y adolescentes. El establecimiento, lugar o espacio de cuidado alternativo o acogimiento residencial para niñas, niños y adolescentes sin cuidado parental o familiar que brindan instituciones públicas, privadas; que se establecen en el extranjero.

Artículo 4. De la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Para los efectos de esta Ley, se entenderá por: Ajustes Razonables: Las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular, para garantizar a niñas, niños y adolescentes con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. Aquélla que se realice en términos de lo dispuesto por los tratados internacionales en la materia. Acciones de carácter temporal, de políticas y prácticas de índole legislativa, administrativa y jurisdiccional que son correctivas, compensatorias y de promoción, encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva entre niñas, niños y adolescentes. El establecimiento, lugar o espacio de cuidado alternativo o acogimiento residencial para niñas, niños y adolescentes sin cuidado parental o familiar que brindan instituciones públicas, privadas.

Artículo 4. De la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Para los efectos de esta Ley, se entenderá por: Centro de Asistencia Social: El establecimiento expedido por el Sistema Nacional DIF y los Sistemas de las Entidades, o por la autoridad central del país de origen de los adoptantes en los casos de adopciones internacionales, en virtud del cual se determina que los solicitantes de adopción son aptos para ello. Aquél establecimiento que se establezca en términos de lo dispuesto por los tratados internacionales en materia de asistencia social. El establecimiento, lugar o espacio de cuidado alternativo o acogimiento residencial para niñas, niños y adolescentes sin cuidado parental o familiar que brindan instituciones públicas, privadas y asociaciones. Los establecimientos de índole legislativa, administrativa y jurisdiccional que son compensatorias y de promoción, encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva entre niñas, niños y adolescentes.

Certificado de Idoneidad: El documento expedido por el Sistema Nacional DIF y los Sistemas de las Entidades, o por la autoridad central del país de origen de los adoptantes en los casos de adopciones internacionales, en virtud del cual se determina que los solicitantes de adopción son aptos para ello. El documento que emite la autoridad educativa del país de origen de los adoptantes en los casos de adopciones internacionales, en virtud del cual se determina que los solicitantes de adopción son aptos para ello. Formulario expedido por La Autoridad Local del DIF para los adoptantes en los casos de adopciones internacionales, en virtud del cual se determina que los solicitantes de adopción son aptos para ello. Acta de adopción expedida por la Autoridad Educativa en términos de lo que establece La ley General Educación.

CONEVAL: Consejo Nacional de desarrollo educativo y social. Consejo Nacional de Fomento Educativo. Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. Consejo federal de Desarrollo social.

La situación de vulnerabilidad específica en la que se encuentran niñas, niños y adolescentes que, al ser discriminados por tener simultáneamente diversas condiciones, ven anulados o menoscabados sus derechos. Discriminación Múltiple. Vulnerabilidad. Discriminación total. Riesgo de derechos.

Los juzgados o tribunales federales o de las entidades federativas: Órgano estatal de menores. Órgano internacional de menores. Órgano federal de menores. Órgano Jurisdiccional.

Conjunto de mecanismos que se ejecuten en los tres órdenes de gobierno con el fin de garantizar de manera universal y especializada en cada una de las materias relacionadas con los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes de conformidad con los principios rectores de esta Ley, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales de los que el Estado mexicano forma parte. Protección Integral. Órgano federal de protección. Protección de menores. Derechos humanos.

Son niñas y niños los menores de: 13 años. 16 Años. 12 años. 18 años.

La maestra Alma tiene una alumna que sufrió abuso sexual. Por lo cual recibirá el protocolo de apoyo que considera su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez. ¿Qué ley apoya a la niña?. Ley general de maltrato. Ley general de victimas. Ley general de educación. Ley general social.

Miguel es acusado de un delito. Ante esto en el ministerio público se analiza su caso por cuatro especialistas ¿Quién mantiene congruencia con lo que establece la ley general de los derechos de los niños, niñas y adolescentes?. sujeto 2. Todo individuo es considerado sujeto de derecho en los términos establecidos en nuestra constitución. Sin embargo no existen las mismas consecuencias legales para menores y para adultos. sujeto 1. Los delitos están tipificados en nuestro esquema estructural de justicia y existen sanciones aun para los menores infractores de la ley. sujeto 3. El interés superior de la niñez debe ser considerado de manera primordial en la toma de decisiones sobre cualquier situación, cuando haya diferentes interpretaciones, se elegirá la que satisfaga de manera más efectiva este principio rector. sujeto 4. La violencia se ha acrecentado en nuestra sociedad porque los menores son tratados con muchas consideraciones, promoviendo así un caos social.

De acuerdo al art. 75 los niños, niñas y adolescentes tiene el derecho de reunirse con personas de su interés sin más limitaciones que las establecidas, en la constitución ejerciendo así su derecho de: participación. intimidad. asociación. individual.

el artículo 124 establece los requisitos para ser nombrado titular de la Procuraduría federal de protección de niñas, niños y jóvenes entre los cuales se encuentran. Ser ciudadano mexicano, tener licenciatura de derecho, contar con 5 años mínimos de experiencia en Procuraduría de justicia, no haber sido sentenciado por delito alguno, ser aprobado por la junta de gobierno del sistema nacional DIF. ¿Cuál es la edad mínima que debe tener el aspirante?. 30 años. 39 años. 35 años. 37 años.

Son los que presidirán el sistema de Protección en las entidades federativas. La esposa del gobernador. El secretario de salud. El gobernador del estado. El secretario de educación.

Es la institución que en el ámbito de sus competencias realizarán las valoraciones psicológicas, económicas, de trabajo social y todas aquellas que sean necesarias para determinar la idoneidad de quienes soliciten la adopción en termino de los dispuestos de la ley aplicables, a su vez emitirá un certificado de idoneidad respectivo. Procuraduría de protección. Procuraduría de justicia. Procuraduría social. Procuraduría de la defensa.

En caso de no estar el titular del sistema nacional de protección infantil quien es el único que puede suplirlo en cuanto a sus competencias. El secretario de educación. El secretario de desarrollo social. El secretario de gobernación. el secretario de salud.

Angel es un niño que no saluda a la bandera y su maestra se enoja porque el niño explica que el art. 24 de la constitución le permite no hacerlo así como también al art. 62 de la ley de los niños, niñas y adolescentes. Porque establece la libertad de creencias. De insistir la maestra estaría haciéndose acreedora a: Una sanción por no respetar las leyes. Un reconocimiento a su labor docente. Una amenaza por parte de los padres del menor. un reconocimiento por su actitud patriótica.

Relaciona las columnas segun las conceptualizaciones del art. 4 De la ley general de los derechos de niños, niñas y adolescentes. familia de acogida:. Familia de Origen:. Familia Extensa o Ampliada:. Familia de Acogimiento pre-adoptivo:.

Es quien presidirá el sistema nacional de protección integral. Mismo que deberá sesionar dos veces al año debe tener quorum de la mayoría de los integrantes. El presidente de la República. Los gobernadores. Los presidentes municipales. Los municipios.

El titulo cuarto denominado de la protección de niñas, niños y jóvenes en su capítulo único denominado centros de asistencia social. Establece algunas características de las instalaciones según la Ley General de Salud, EXCEPTO: Acordes al diseño universal y accesibilidad. Un entorno de inclusión para niños con discapacidad. Alojar y agrupar a los niños por edad y sexo. Los dormitorios siempre por norma siempre habrá un adulto.

Según el art. 57 de la ley de los derechos de niños y adolescentes los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la educación de calidad que contribuya al conocimiento de sus propios derechos y, basada en un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva, que garantice el respeto a los derechos humanos y a las libertades.Tomando como referencia los siguientes documentos. Articulo 3 Constitución, acuerdo 696. Articulo 3 Acuerdo 717, acuerdo 716. Articulo 3 Constitución, Ley general de educación. Artículo 3 Normalidad mínima y gestión escolar.

Según el art. 39 los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a no ser sujetos de _________________ alguna ni de limitación o restricción de sus derechos, en razón de su origen étnico nacional o social, idioma, edad, género, discapacidad o estado de salud o cualquier otra condición atribuible a los padres. prejuicios. acoso escolar. discriminación. violencia.

Según el artículo 41, las instancias públicas de los poderes federales y locales así como los órganos constitucionales autónomos deberán de reportar al Consejo Nacional para prevenir la discriminacion o a la instancia respectica local las medidas de inclusión y acciones afirmativas en razón de edad, sexo, escolaridad, entidad federativa y tipo de discriminación en un periodo de: Cinco meses. Dos meses. Cuatro meses. Seis meses.

Son las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en caso particular, para garantizar a niñas, niños y adolescentes con discapacidad el goce y ejercicio, en igualdad de condiciones con los demás, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. Discriminación múltiple. Diseño universal. Certificado de idoneidad. Ajustes razonables.

La mamá de Pedrito le dice que su papá es el señor de la tienda pero él no lo quiere reconocer porque piensa que no es su hijo. Ya que su mamá tuvo varias aventuras amorosas en ese mismo periodo de tiempo. Según el artículo 21 referente al reconocimiento de la maternidad o paternidad que procede si la mamá demanda. El señor de la tienda recibe un acta comparecencia para exponer su situación por escrito donde argumenta sus razones. Juanito es llevado al DIF municipal para buscarle adopción por tener una mamá que no cumple con sus derechos. Se omite la paternidad del señor de la tienda porque la reputación del embarazo es dudosa y con dolo. Juanito será reconocido legalmente por omisión como hijo del señor de la tienda. Si este no se somete a las pruebas genética correspondiente para aclarar las dudas.

Las Procuradurías de protección se encuentran dentro de todas las estructuras DIF a nivel nacional, estatal y municipal. Y tienen diversas atribuciones. Usar medidas urgentes de protección donde el ministerio publico u otras instituciones tendrán que responderle en un plazo no mayor de _________ haber recibido la solicitud. 3 días. 3 meses. 3 semanas. 3 horas.

Son obligaciones de los que ejercen la patria potestad, tutela, guarda o custodia de niñas, niños y jóvenes. Según el art. 103. Registrarlos en el periodo comprendido: Los primeros sesenta días. Los primeros veinte días. Los primeros treinta días. Los primeros cincuenta días.

El cumplimiento de los objetivos de la ley de derechos de niños, niñas y jóvenes es obligación de: Gobierno Federal. Todos los órdenes de Gobierno. Gobierno de estados. Gobierno municipal.

Es el artículo que establece los derechos de los niños, niñas y adolescentes, entre los cuales se mencionan: derechos a la vida, derecho de prioridad, de identidad, vivir en familia, igualdad sustantiva, no ser discriminado, vivir en condiciones de bienestar, vida libre de violencia, etc. 23. 3. 13. 33.

los servidores públicos que infrinjan la presente ley en determinados apartados se harán acreedores a una sanción correspondiente a: no habrá sanción. 1000 días de salario mínimo. 100 días de salario mínimo. de tres mil hasta treinta mil días.

El titulo primero de las disposiciones generales en su artículo 1. Establece que la presente ley es de orden _______, __________, ______________ en el territorio nacional y tiene por objeto. Que los niños son titulares de derechos en congruencia con el art. 1 constitucional, se deben garantizar sus derechos humanos atendiendo los tratados internacionales, crear y regular el sistema nacional de protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes, con el fin de protegerlos. Publico, interés social, observancia general. municipal, estatal, federal. obligatorio, social y pacifica. gubernamental, interés nacional, irrestricta.

el Art. 22 establece que los niños tienen derecho a vivir en familia. De las siguientes situaciones elige quien actuó conforme a derecho (apegado al artículo). d) Aleida no permite que el padre de sus hijos tenga contacto con ellos porque lo descubrió en una infidelidad y es muy mala influencia. Doña Maria después de sufrir mucho tuvo que regalar a su hija Ivonne porque no tiene los recursos económicos para darle una vida de calidad a su hija. Doña Lupita reconoce que vive en extrema pobreza y necesita dejar a sus hijos con su vecina para ganarse el sustento. Porque sabe que estarán libres de violencia y ella enviará dinero para su subsistencia en lo que su situación mejora. En el tribunal se decidió la patria potestad de Daniel de 11 años en favor de la madre sin considerar la opinión del niño quien recibía mejor atención de su padre.

Ordena los pasos a seguir en orden de prioridad respetando el interés superior de la niñez cuando los menores son víctimas de desamparo familiar. I. Acogimiento en centro de asistencia social II. Ubicaros en familias extensas o ampliadas para su cuidado (sus familias) III. Sean recibidos por una familia de acogida (temporalmente) IV. Se dan en adopción V. Capacitación y evaluación a familias de acogimiento pre adoptivo VI. Sean sujetos de acogimiento pre adoptivo. II, III, IV, V, VI, I. II, III, VI, V, I, IV. II, III, V, VI, I, IV. II, III, VI, V, IV, I.

Según el artículo 53. Se describen como los que: por razón congénita o adquirida presentan una o más deficiencias de carácter físico, mental, intelectual o sensorial, ya sea permanente o temporal y que al interactuar con las barreras que le impone el entorno social, puede impedir su inclusión plena y efectiva, en igualdad de condiciones de los demás. niños, niñas y jóvenes sobresalientes. niños, niñas y jóvenes rezagados. niños, niñas y jóvenes con discapacidad. niños, niñas y jóvenes con pobreza.

Según el Art. 51, son los responsables en el ámbito de sus respectivas competencias y de conformidad con las disposiciones aplicables, de garantizar el derecho a la seguridad social. Centros de salud y hospitales con las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México,. La sociedad en general y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México,. Los padres de familia y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México,. Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México,.

El trabajo es un delito antes de la edad de 15 años especificado en la ley de - los niños y jóvenes en su Art. 47. ¿Qué artículo de la constitución es la base de dicho enunciado?. 24. 27. 3. 123.

En el Art. 45 Las leyes federales y las entidades federativas en el ámbito de sus respectivas competencias establecerán como edad mínima para contraer matrimonio. 16 años. 17. 15. 18.

La niña Anita le comento a sus padres que sus compañeras están suplantando su identidad en las redes sociales. Qué derecho están violando sus compañeras. Asociación. Equidad. Participación. Intimidad.

Es una característica respecto a la adopción internacional: se dará a quien tenga solvencia económica. se dará por tener mejor calidad de vida. se dará prioridad a nivel nacional. se dará si cuentan con hábitos.

Le corresponde la evaluación de las políticas de desarrollo social vinculadas con la protección de derechos de niñas, niños y jóvenes en término de lo establecido en la constitución. Revisando periódicamente el cumplimiento de esta ley del programa nacional y las metas establecidas. Y en base en los resultados emitirá las sugerencias y recomendaciones que considere al Sistema Nacional de Protección. CENEVAL. EXANI. CONEVAL. DIF.

Según la ley general de los derechos de los niños, niñas y adolescentes se presentan diversos principios rectores en su artículo 6. EXCEPTO: Interculturalidad. Inclusión. Prejuicio. Universalidad.

La ley de los niños, niñas y jóvenes se compone de la siguiente estructura: 154 artículos y 13 transitorios. 156 artículos y 15 transitorios. 155 artículos y 14 transitorios. 157 artículos y 16 transitorios.

según el Art. 26 es el encargado de otorgar medidas especiales, de protección de niños, niñas y adolescentes que hayan sido reparados de su familia por orden judicial. A su vez será la instancia responsable del seguimiento de la situación en la que se encuentren. Denominando en este proceso como desamparo familiar. El Sistema Nacional DIF o los Sistemas de las Entidades, en coordinación con las Procuradurías de Protección,. Instituto Nacional de Evaluación Poblacional. EL SISTEMA NACIONAL DE BECAS. CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO EDUCATIVO.

¿Qué maestro está discriminando a los alumnos durante su práctica según el Art. 54?. El profesor Pedro pide que los equipos formados después de trabajar lo que expongan en pareja un niño y una niña. El profesor David forma a los alumnos en filas binarias para entrar al aula, un niño y una niña respectivamente. La maestra Alicia hace equipos equilibrándolos con niños y niñas aunque en primer momento no lo acepten los alumnos. La maestra Alma no permite que Diana su alumna juegue en el recreo porque sus compañeros pueden tumbarla de su silla de ruedas.

Siempre que se encuentre un niño, niña o adolescente en el contexto de la comisión de un delito (robando en una casa, asaltando a una persona) se notificará de inmediato a quien ejerza la patria potestad, tutela o guarda así como a la Procuraduría de protección correspondiente que proteja sus derechos. Así uso de sus derechos a: La anulación del delito. a la dispensa de las leyes. la sentencia justa. la seguridad jurídica y al debido proceso.

La mamá de Carmen; dice que hablará con los padres de sus compañeras a fin de que reflexionen que no es correcto suplantar las identidades. Pero le aconseja a su hija que si fuera un adulto ella haría la demanda correspondiente ante: La radio. La policía. La Procuraduría de protección. La escuela.

De acuerdo al art. 61 las autoridades están obligadas en el ámbito de sus respectivas competencias a fomentar oportunidades apropiadas en igualdad para que los alumnos participen en actividades. Culturales, artísticas y deportivas dentro de su comunidad. Haciendo efectivo su derecho al: Descanso y Esparcimiento. Cultura y Sociedad. Juego y Equilibrio. deporte y ciencia.

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