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LEY DEL ISSFAM

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Título del Test:
LEY DEL ISSFAM

Descripción:
isfam 2da parte

Fecha de Creación: 2024/09/17

Categoría: Otros

Número Preguntas: 40

Valoración:(1)
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I. Decidir las inversiones del Instituto; II. Dictar los acuerdos necesarios para satisfacer las prestaciones establecidas por esta Ley; III. Otorgar, negar, modificar, suspender y dejar insubsistentes los haberes de retiro, pensiones y compensaciones, en los términos de esta Ley; IV. Conocer y resolver las propuestas para el otorgamiento de créditos hipotecarios con cargo al Fondo de la Vivienda para los miembros del activo de las Fuerzas Armadas Mexicanas; V. Conocer y determinar los montos máximos de los créditos que se otorguen, así como la protección de los préstamos y los precios máximos de venta de las habitaciones cuya adquisición o construcción pueda ser objeto de los créditos que se otorguen con cargo al Fondo de la Vivienda para los miembros del activo de las Fuerzas Armadas Mexicanas; VII. Aprobar y poner en vigor el Estatuto Orgánico y expedir los manuales, normas y procedimientos que se hagan necesarios para el adecuado funcionamiento del Instituto; Fracción reformada DOF 20-11-2008, 03-04-2012 VIII. Establecer o suprimir delegaciones del Instituto en los estados; IX. Discutir anualmente, para su aprobación o modificación, los presupuestos, la memoria y los planes de inversiones y de operaciones; X. Aprobar anualmente, previo informe de los comisarios y dictamen de los auditores externos, los estados financieros del Instituto y autorizar la publicación de los mismos; XI. Vigilar que las inversiones se hagan de acuerdo con las disposiciones de esta Ley y sus reglamentos; XII. Analizar y aprobar, en su caso, los informes periódicos que rinda el Director General con la intervención que corresponda a los comisarios, en los términos del artículo 58, fracción XV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; XIII. Conceder licencias a los miembros de la Junta Directiva; XIV. Proponer al Ejecutivo Federal la expedición del Reglamento de la Ley, así como las reformas a ambos ordenamientos jurídicos; Fracción reformada DOF 20-11-2008 XV. Ordenar se practique auditoría, cuando lo estime conveniente, para determinar la exactitud de los estados financieros y comprobar los avalúos de los bienes materia de operaciones del Instituto. Son atribuciones del Instituto. Son atribuciones de la Junta Directiva.

III. Someter a la decisión de la Junta Directiva todas aquellas cuestiones que sean de la competencia de la misma; IV. Asistir a las sesiones de la Junta Directiva, con voz pero sin derecho a voto. En sus ausencias, concurrirá a ellas quien asuma sus funciones; VII. Dictar las normas de administración y funcionamiento del Instituto; y elaborar los programas de manejo y explotación de sus bienes; X. Vigilar las labores del personal exigiendo su debido cumplimiento. Son atribuciones de la Junta Directiva. Son atribuciones del Director General.

III. A los militares que pasan a situación de retiro y se les computen 20 o más años de servicios efectivos, se les fijará el haber de retiro como se indicó en la fracción I, aumentando los porcentajes que se indican en la tabla siguiente: 20 años. 50. 52. 54.

I. Administrar los recursos del Fondo de la Vivienda para los miembros del activo del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, a fin de establecer y operar un sistema de financiamiento que les permita obtener crédito barato y suficiente para: a) La construcción, reparación, ampliación o mejoramiento de sus habitaciones, y b) El pago de pasivos contraídos por los conceptos anteriores. V. Coordinar y financiar con recursos del Fondo de la Vivienda programas de construcción de habitaciones destinadas a ser adquiridas en propiedad por los miembros del Ejército, Fuerza Aérea y Armada; VI. Adquirir todos los bienes muebles e inmuebles necesarios para la realización de sus cometidos; VII. Invertir sus fondos de acuerdo con las disposiciones especiales de esta Ley; VIII. Realizar toda clase de actos jurídicos y celebrar los contratos que requiera el servicio; IX. Organizar sus dependencias y fijar la estructura y funcionamiento de las mismas; X. Expedir el estatuto orgánico, manuales, normas y procedimientos interiores para la debida prestación de los servicios y para su organización interna; XI. Difundir conocimientos y orientaciones sobre prácticas de previsión social, y XII. Las demás que le confieren las leyes y reglamentos. El patrimonio del Instituto se constituye por. Artículo 2o. Las funciones del Instituto son:. Funciones de la Junta directiva.

I. A los militares que pasan a situación de retiro y se les computen 20 o más años de servicios efectivos, se les fijará el haber de retiro como se indicó en la fracción I, aumentando los porcentajes que se indican en la tabla siguiente: 30 años. 60 %. 58. 62.

I. Las cuotas que aporten los militares y sus familiares derechohabientes en los términos que para este objeto establezcan las disposiciones legales; II. Las aportaciones del Gobierno Federal señaladas en esta Ley, para prestaciones específicas; III. Una cantidad anual a cargo del Gobierno Federal, equivalente a un 15% de los haberes, haberes de retiro y de las pensiones de los miembros de las Fuerzas Armadas Mexicanas y de sus familiares, según corresponda; para las demás prestaciones que, conforme a esta Ley, deba otorgar el Instituto; Fracción reformada DOF 20-11-2008 IV. Los bienes que por cualquier título adquiera el Instituto, así como los rendimientos y remanentes que obtenga por virtud de sus operaciones, y V. Los fondos del seguro de vida militar, colectivo de retiro y de la vivienda militar. Patrimonio del issfam. El patrimonio del Instituto. Funciones de la Junta Directiva.

I. A los militares que pasan a situación de retiro y se les computen 20 o más años de servicios efectivos, se les fijará el haber de retiro como se indicó en la fracción I, aumentando los porcentajes que se indican en la tabla siguiente: 21 años. 51%. 49%. 53%.

I. Órgano de Gobierno del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas. Junta, la Junta Directiva,. Instituto. ISFFAM.

I. A los militares que pasan a situación de retiro y se les computen 20 o más años de servicios efectivos, se les fijará el haber de retiro como se indicó en la fracción I, aumentando los porcentajes que se indican en la tabla siguiente: 29 años. 59%. 49%. 39%.

VII. ____________el documento que le expide al militar la Secretaría de origen, para trámite de retiro, a fin de que la Junta Directiva determine sobre la procedencia, naturaleza y monto del beneficio, el cual es provisional al inicio del trámite administrativo y definitivo a su término;. Junta Directiva. Declaración de Procedencia de Retiro,. Documento que expide el militar.

I. A los militares que pasan a situación de retiro y se les computen 20 o más años de servicios efectivos, se les fijará el haber de retiro como se indicó en la fracción I, aumentando los porcentajes que se indican en la tabla siguiente: 22 años. 52%. 51%. 53%.

La pensión por el fallecimiento del militar en situación de retiro con haber de retiro, se integrará con el porcentaje del haber del grado que se reconoció al militar para efectos de retiro,__________ y las primas de perseverancia y asignaciones que se le hubieren reconocido en su haber de retiro. más el 80% de dicho haber. más el 68% de dicho haber. más el 60% de dicho haber.

I. A los militares que pasan a situación de retiro y se les computen 20 o más años de servicios efectivos, se les fijará el haber de retiro como se indicó en la fracción I, aumentando los porcentajes que se indican en la tabla siguiente: 28 años. 58%. 68%. 48%.

_____________ quedan exentos de todo impuesto. Sólo podrán reducirse por adeudos contraídos con el Instituto por créditos hipotecarios o resolución judicial en caso de alimentos. _______________, salvo cuando provenga de crédito a favor del Estado por error en el pago del haber de retiro, compensación o pensión. En este caso, el descuento se hará efectivo hasta el veinticinco por ciento del importe de la percepción periódica. Los haberes de retiro, compensaciones y pensiones /No podrán ser materia de cesión ni de compensación. Los sobrehaberes de retiro, compensaciones y pensiones/No podrán ser materia de cesión ni de compensación. Las pensiones de retiro, compensaciones y pensiones/No podrán ser materia de cesión ni de compensación.

I. A los militares que pasan a situación de retiro y se les computen 20 o más años de servicios efectivos, se les fijará el haber de retiro como se indicó en la fracción I, aumentando los porcentajes que se indican en la tabla siguiente: 23 años. 23%. 53%. 35.

Los militares con ______________________ que ameriten cambio de Arma, Cuerpo o Servicio podrán ser cambiados del que pertenezcan, a juicio de la Secretaría de la Defensa Nacional o de Marina. padecimientos catalogados en la tercera categoría o con trastornos funcionales de menos del 30%. padecimientos catalogados en la tercera categoría o con trastornos funcionales de menos del 20%. padecimientos catalogados en la segunda categoría o con trastornos funcionales de menos del 20%.

I. A los militares que pasan a situación de retiro y se les computen 20 o más años de servicios efectivos, se les fijará el haber de retiro como se indicó en la fracción I, aumentando los porcentajes que se indican en la tabla siguiente: 27 años. 57%. 47%. 55%.

Tienen derecho a compensación los militares que tengan cinco o más años de servicio, sin llegar a veinte, que se encuentren comprendidos en los siguientes casos. , Años de Servicios de haber 4 6 5 7 6 8. , Años de Servicios de haber 5 7 6 8 7 9. , Años de Servicios de haber 5 6 6 7 7 8.

. Tienen derecho a compensación los militares que tengan cinco o más años de servicio, sin llegar a veinte,. , Años de Servicios de haber 8 10 9 8 10 14. , Años de Servicios de haber 8 10 9 12 11 14. , Años de Servicios de haber 8 10 9 12 10 14.

I. A los militares que pasan a situación de retiro y se les computen 20 o más años de servicios efectivos, se les fijará el haber de retiro como se indicó en la fracción I, aumentando los porcentajes que se indican en la tabla siguiente: 26 años. 56%. 58%. 54%.

. Tienen derecho a compensación los militares que tengan cinco o más años de servicio, sin llegar a veinte,. Años de Servicios de haber 10 16 12 20 13 20. Años de Servicios de haber 11 16 12 18 13 20. Años de Servicios de haber 11 13 12 15 13 20.

I. A los militares que pasan a situación de retiro y se les computen 20 o más años de servicios efectivos, se les fijará el haber de retiro como se indicó en la fracción I, aumentando los porcentajes que se indican en la tabla siguiente: 25 años. 55%. 54%.

. Tienen derecho a compensación los militares que tengan cinco o más años de servicio, sin llegar a veinte,. Años de Servicios de haber 14 22 16 24 18 22. Años de Servicios de haber 14 22 15 24 16 22. Años de Servicios de haber 14 22 15 24 16 26.

I. A los militares que pasan a situación de retiro y se les computen 20 o más años de servicios efectivos, se les fijará el haber de retiro como se indicó en la fracción I, aumentando los porcentajes que se indican en la tabla siguiente: 32 62% 34 64% 33 66% 34 68% 35 70% 36 72% 38 74%. Años de Servicios tanto por ciento 29 59% 30 60% 31 62% 32 64% 33 66% 34 68% 35 70% 36 72% 37 74%. 36 72% 37 74%.

. Tienen derecho a compensación los militares que tengan cinco o más años de servicio, sin llegar a veinte,. Años de Servicios de haber 16 28 17 30 18 32. Años de Servicios de haber 17 28 18 30 19 32. Años de Servicios de haber 17 26 18 28 19 30.

______________________ y la señalada en la fracción V del artículo 36 de esta Ley, extingue todo derecho a reclamar haber de retiro, compensación o pensión que se hubiere generado durante la prestación de los servicios militares. La baja en el Ejército, Fuerza Aérea y Armada de México, salvo la que se ordene por muerte del militar. El retiro en el Ejército, Fuerza Aérea y Armada de México, salvo la que se ordene por muerte del militar. La Licencia en el Ejército, Fuerza Aérea y Armada de México, salvo la que se ordene por muerte del militar.

La renuncia de derechos para percibir beneficios económicos nunca será en perjuicio de terceros. Si la formulase algún militar, ___________________________, al ocurrir el fallecimiento de aquél. Si la renuncia proviene de un familiar de militar, su parte acrecentará proporcionalmente la de los demás familiares, si los hubiere. Sus familiares no percibirán la compensación o la pensión que les corresponda conforme a esta Ley. Sus familiares percibirán la compensación o la pensión que les corresponda conforme a esta Ley. Sus familiares percibirán la pensión que les corresponda conforme a esta Ley.

Corresponde al fondo del seguro de vida militar. I. El equivalente a veinte meses de haberes y sobrehaberes para las Fuerzas Armadas o del sueldo base de servidor público,. I. El equivalente a cuatro meses de haberes y sobrehaberes para las Fuerzas Armadas o del sueldo base de servidor público,. I. El equivalente a cuarenta meses de haberes y sobrehaberes para las Fuerzas Armadas o del sueldo base de servidor público,.

Por causar baja del activo y alta en situación de retiro por incapacidad clasificada en la primera o segunda categorías. Por causar baja del activo y alta en situación de retiro por incapacidad clasificada en la primera o segunda categorías. Tendrá derecho al fondo del seguro de vida militar. No tendrá derecho al fondo del seguro de vida militar.

V. Los militares procesados o sentenciados que no hayan perdido su personalidad militar. No tendrá derecho al fondo del seguro de vida militar. Tendrá derecho al fondo del seguro de vida militar. Tendrá derecho al fondo de ahorro.

a) Al personal militar que estudie en planteles militares y que no perciba haberes, el cómputo de la suma asegurada será con base en el haber y el sobrehaber mínimo vigente para las Fuerzas Armadas en la República que corresponda a un Sargento Primero en servicio activo o a su equivalente en la Armada, y b) Al personal de Defensas Rurales, así como a los soldados o marineros del Servicio Militar Nacional obligatorio que se encuentren bajo bandera encuadrados en las unidades del Servicio Militar Nacional de las Fuerzas Armadas Mexicanas, adscritos a los mandos territoriales, el cómputo de la suma asegurada será con base en el haber y sobrehaber mínimo vigente para las Fuerzas Armadas en la República Mexicana que corresponda a un soldado o su equivalente en la Armada. Tendrá derecho al fondo del seguro de vida militar. No tendrá derecho al fondo del seguro de vida militar. . Es obligación del Instituto pagar por concepto de suma asegurada del seguro de vida militar.

Los militares que obtengan licencia especial o que causen baja del activo y alta en situación de retiro con compensación, podrán acogerse a los beneficios del régimen potestativo. podrán acogerse a los beneficios del régimen potestativo. Tendrá derecho al fondo del seguro de vida militar. No podrán acogerse a los beneficios del régimen potestativo.

el seguro se extingue cuando adeudare ___________________. La extinción o suspensión del seguro en ningún caso dará derecho a la devolución de las cuotas pagadas. dos semestre por causas imputables al interesado. un semestre por causas imputables al interesado. un trimestre por causas imputables al interesado.

El fondo del seguro de vida militar a cargo del Instituto se integra con los siguientes recursos: Con los recursos que a la fecha mantiene el Instituto en el fondo del seguro de vida militar;. Crédito Público correspondientes a la prima del seguro de vida militar Con las aportaciones provenientes del personal militar que se adhiera al régimen potestativo del mismo seguro. Ambas.

La calidad de beneficiario es personal e intransmisible por herencia. verdadero. falso. ambas.

Los derechos del beneficiario sobre la suma asegurada, una vez ocurrido el siniestro, sí son transmisibles por herencia. verdadero. falso.

_____________al tener conocimiento del fallecimiento del militar, deberá notificar de inmediato y fehacientemente al o a los beneficiarios designados o, en su caso, a los familiares de la designación hecha a su favor. El Instituto. La Junta Directiva. El ISSFAM.

____________ pagará a los beneficiarios designados el monto de la suma asegurada que corresponda dentro de un plazo que__________________ siguientes a aquel en que se acredite la muerte del militar. Para tal efecto, el beneficiario deberá entregar a este organismo la documentación siguiente. La Junta/ no será menor de quince ni mayor de veinte días hábiles. El Instituto/ no será menor de quince ni mayor de veinte días hábiles. El Instituto/ no será menor de 20 ni mayor de 15 días hábiles.

La suma asegurada se otorgará por una sola vez a los militares que causen baja del activo y alta en situación de retiro. A los militares incapacitados en actos fuera del servicio en primera o segunda categoría, de conformidad con las tablas contenidas V. A los beneficiarios de los militares que fallezcan en actos fuera del servicio y hayan cumplido 20 o más años de servicios efectivos prestados. A los beneficiarios de los militares que fallezcan en actos dentro del servicio o como consecuencia de ellos, sin tomar en cuenta los años de srvicios efectivos prestados;. ambas.

Respecto al seguro colectivo de retiro . La suma asegurada se otorgará por una sola vez. A los beneficiarios de los militares que fallezcan en actos dentro del servicio o como consecuencia de ellos, sin tomar en cuenta los años de srvicios efectivos prestados; A los militares incapacitados en actos fuera del servicio en primera o segunda categoría, de conformidad con las tablas contenidas. los beneficiarios de los militares que fallezcan en actos fuera del servicio y hayan cumplido 20 o más años de servicios efectivos prestados. Ambas.

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