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Ley Órganica 1/2004, del 28 de diciembre,

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Título del Test:
Ley Órganica 1/2004, del 28 de diciembre,

Descripción:
de Medidas de Protección Integral Contra la Violencia de Género

Fecha de Creación: 2020/10/29

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 29

Valoración:(5)
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Temario:

¿Cómo se llama el Título Preliminar de la Ley Orgánica 1/2004, del 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género?. No tiene nombre. Medidas de sensibilización, prevención y detección. Medidas de prevención, detección y protección. Medidas de sensibilización, prevención y protección.

¿Cómo se llama el Título I. de la Ley Orgánica 1/2004, del 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género?. No tiene nombre. Medidas de sensibilización, prevención y detección. Medidas de prevención, detección y protección. Medidas de sensibilización, prevención y protección.

¿Cómo se llama el Título II. de la Ley Orgánica 1/2004, del 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género?. Derechos de las mujeres. Medidas de sensibilización, prevención y detección. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género. Medidas de sensibilización y prevención de la violencia de género.

¿Cómo se llama el Título III. de la Ley Orgánica 1/2004, del 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género?. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género. Tutela de las mujeres. Tutela de las mujeres víctimas de violencia de género. Tutela institucional.

¿Cómo se llama el Título V. de la Ley Orgánica 1/2004, del 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género?. Tutela de las mujeres víctimas de violencia de género. Tutela penal. Tutela institucional. Tutela judicial.

La Ley Orgánica 1/2004, del 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género tiene por objeto,... actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia. actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia. actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean sus cónyuges o de quienes estén ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia. actuar contra la violencia que se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.

Se establecen medidas de protección integral cuya finalidad es ... prevenir, sancionar y erradicar esta violencia y prestar asistencia a las mujeres, a sus hijos menores y a los menores sujetos a su tutela, o guarda y custodia, víctimas de esta violencia. prevenir, detectar y erradicar esta violencia y prestar asistencia a las mujeres, a sus hijos menores y a los menores sujetos a su tutela, o guarda y custodia, víctimas de esta violencia. prevenir, prohibir y erradicar esta violencia y prestar asistencia a las mujeres, a sus hijos, menores o mayores, y a los menores sujetos a su tutela, o guarda y custodia, víctimas de esta violencia. prevenir, sancionar y eliminar esta violencia y prestar asistencia a las mujeres, a sus hijos menores y a los menores sujetos a su tutela, o guarda y custodia, víctimas de esta violencia.

La violencia de género a que se refiere la presente Ley ... comprende todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad. no comprende todo acto de violencia física y psicológica, únicamente las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad. comprende todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual y personal, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad. comprende todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las extorsiones, las coacciones o la privación arbitraria de libertad.

La Educación Infantil contribuirá a desarrollar en la infancia el aprendizaje en. la resolución pacífica de conflictos. en la resolución pacífica de conflictos y para comprender y respetar la igualdad entre sexos. la resolución pacífica de conflictos y respetar la igualdad entre sexos. la resolución pacífica de conflictos y comprender el concepto de igualdad.

La Educación Primaria contribuirá a desarrollar la capacidad para adquirir habilidades en. la resolución pacífica de conflictos. en la resolución pacífica de conflictos y para comprender y respetar la igualdad entre sexos. la resolución pacífica de conflictos y respetar la igualdad entre sexos. la resolución pacífica de conflictos y comprender el concepto de igualdad.

La Educación Secundaria Obligatoria contribuirá a desarrollar en el alumnado la capacidad para ... relacionarse con los demás de forma pacífica y para conocer, valorar y respetar la igualdad de oportunidades de hombres y mujeres. relacionarse con los demás de forma pacífica y para conocer, valorar y respetar la igualdad entre sexos. la resolución pacífica de conflictos y respetar la igualdad entre sexos. relacionarse con los demás de forma pacífica y para conocer, aprender y respetar la igualdad entre sexos.

El Bachillerato y la Formación Profesional contribuirán a desarrollar en el alumnado la capacidad para. consolidar su madurez personal, social y moral, que les permita actuar de forma responsable y autónoma y para analizar y valorar críticamente las desigualdades de sexo y fomentar la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres. consolidar su madurez personal, que les permita actuar de forma responsable y autónoma y para analizar y valorar críticamente las desigualdades de sexo y fomentar la igualdad entre hombres y mujeres. consolidar su madurez personal, social y moral, que les permita actuar de forma responsable e independiente para analizar y valorar críticamente las desigualdades de sexo y fomentar la igualdad entre hombres y mujeres. consolidar su madurez personal, que les permita actuar de forma responsable e independiente para analizar y valorar críticamente las desigualdades de sexo y fomentar la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.

La Enseñanza para las personas adultas incluirá entre sus objetivos desarrollar actividades en la resolución pacífica de conflictos y fomentar el respeto a la dignidad de las personas y a la igualdad entre hombres y mujeres. la resolución pacífica de conflictos y fomentar el respeto a la dignidad de las personas y a la igualdad entre hombres y mujeres. la resolución pacífica de conflictos y fomentar el respeto a la dignidad de las mujeres y a la igualdad entre ambos sexos. la resolución pacífica de conflictos y fomentar el respeto a la libertad y dignidad de las personas y a la igualdad entre hombres y mujeres. la resolución pacífica de conflictos y fomentar el respeto a la libertad y dignidad de las mujeres y a la igualdad entre ambos sexos.

Las Universidades incluirán y fomentarán en todos los ámbitos académicos la .... formación, docencia e investigación en igualdad de género y no discriminación de forma transversal. formación, docencia e investigación en igualdad entre mujeres y hombres y la no discriminación de forma transversal. formación, docencia e investigación en igualdad de género y no discriminación de forma específica. formación, docencia e investigación en igualdad ambos sexos y la no discriminación hacia a las mujeres.

Con el fin de garantizar la efectiva igualdad entre hombres y mujeres, las Administraciones educativas velarán para que. en todos los materiales educativos se eliminen los estereotipos sexistas o discriminatorios y para que fomenten el igual valor de hombres y mujeres. en todos los materiales educativos se fomente la igualdad entre hombres y mujeres. en todos los materiales educativos se eliminen los estereotipos sexistas y para que fomenten el igual valor de hombres y mujeres. se fomente la igualdad entre hombres y mujeres.

Con el fin de asegurar que los Consejos Escolares impulsen la adopción de medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres, se asegurará la representación de... Instituto de la Mujer y de las organizaciones que defiendan los intereses de las mujeres, con implantación en todo el territorio nacional. las organizaciones que defiendan los intereses de las mujeres, con implantación en todo el territorio nacional. la Comisión Nacional de Igualdad, el Instituto de la Mujer y de las organizaciones que defiendan los intereses de las mujeres, con implantación en todo el territorio nacional. Instituto Nacional de la Mujer y de las organizaciones que defiendan los intereses de las mujeres, con implantación en todo el territorio nacional.

¿Cómo se llama el Capítulo 1. del Título I. Medidas de sensibilización, prevención y detección, de la Ley Orgánica 1/2004, del 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género?. En el ámbito educativo. En el ámbito social. En el ámbito de la publicidad. En el ámbito de los medios de comunicación.

¿Cómo se llama el Capítulo 2. del Título I. Medidas de sensibilización, prevención y detección, de la Ley Orgánica 1/2004, del 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género?. En el ámbito educativo. En el ámbito social de la publicidad. En el ámbito de la publicidad y los medios de comunicación. En el ámbito de los medios de comunicación.

De acuerdo con lo establecido en la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, se considerará ilícita la publicidad... que utilice la imagen de la mujer con carácter vejatorio o discriminatorio. que utilice la imagen de la mujer con fines comerciales o con carácter vejatorio o discriminatorio. que utilice la imagen de la mujer con fines comerciales y con carácter vejatorio o discriminatorio. que utilice la imagen de la mujer con carácter vejatorio, indigno o discriminatorio.

La difusión de informaciones relativas a la violencia sobre la mujer garantizará, con la correspondiente objetividad informativa,. la defensa de los derechos humanos, la libertad y dignidad de las mujeres víctimas de violencia y de sus hijos. En particular, se tendrá especial cuidado en el tratamiento gráfico de las informaciones. la defensa de los derechos de las mujeres, la libertad y dignidad de las mujeres víctimas de violencia y de sus hijos. En particular, se tendrá especial cuidado en el tratamiento gráfico de las informaciones. la defensa de los derechos humanos de las mujeres víctimas de violencia y de sus hijos. En particular, se tendrá especial cuidado en el tratamiento gráfico de las informaciones. la defensa de los derechos humanos, la libertad y dignidad de las mujeres víctimas de violencia y de sus hijos. En general, se tendrá especial cuidado en el tratamiento gráfico de las informaciones sobre violencia sexual.

¿Cómo se llama el Capítulo 1. del Título II. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género, de la Ley Orgánica 1/2004, del 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género?. Derecho a la información, a la asistencia social integral y a la asistencia jurídica gratuita. Derecho a la asistencia social integral y a la asistencia jurídica gratuita. Derecho de asistencia jurídica gratuita de las mujeres víctimas de violencia de género. Derecho a la información, a la asistencia social y a la asistencia jurídica gratuita.

Las mujeres víctimas de violencia de género tienen derecho a servicios sociales ... de atención, de emergencia, de apoyo y acogida y de recuperación integral. de prevención, de atención, de emergencia, de apoyo y acogida y de recuperación integral. de atención, de emergencia, de apoyo y de recuperación integral. de atención, de emergencia, de asistencia médica, de apoyo y acogida y de recuperación integral.

La atención multidisciplinar implicará especialmente... Información a las víctimas, Atención psicológica, Apoyo social, Seguimiento de las reclamaciones de los derechos de la mujer, Apoyo educativo a la unidad familiar, Formación preventiva en los valores de igualdad dirigida a su desarrollo personal y a la adquisición de habilidades en la resolución no violenta de conflictos, Apoyo a la formación e inserción laboral. Información a las víctimas, Atención médica, Apoyo social, Seguimiento de las reclamaciones de los derechos de la mujer, Apoyo educativo a la unidad familiar, Formación preventiva en los valores de igualdad dirigida a su desarrollo personal y a la adquisición de habilidades en la resolución no violenta de conflictos, Apoyo a la formación e inserción laboral. Información a las víctimas, Atención psicológica, Apoyo social, Seguimiento de las reclamaciones de los derechos de la mujer, Apoyo educativo a la unidad familiar, Formación preventiva en los valores de igualdad dirigida a su desarrollo personal y a la adquisición de habilidades en la resolución no violenta de conflictos, Apoyo a la formación e inserción laboral. Información a las víctimas, Atención y apoyo psicológico, Seguimiento de las reclamaciones de los derechos de la mujer, Apoyo educativo a la unidad familiar, Formación en los valores de igualdad dirigida a su desarrollo personal y a la adquisición de habilidades en la resolución no violenta de conflictos, Apoyo a la formación e inserción laboral.

También tendrán derecho a la asistencia social integral a través de estos servicios sociales. los menores que se encuentren bajo la patria potestad o guarda y custodia de la persona agredida. los menores que se encuentren bajo la custodia de la persona agredida. los menores que se encuentren bajo la tutela o guarda y custodia de la persona agredida. los menores que se encuentren bajo la curatela o guarda y custodia de la persona agredida.

Las víctimas de violencia de género tienen derecho a ______________________, y a ______________________. recibir asesoramiento jurídico gratuito en el momento inmediatamente previo a la interposición de la denuncia. la defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en todos los procesos y procedimientos administrativos que tengan causa directa o indirecta en la violencia padecida. recibir asesoramiento legal gratuito en el momento inmediatamente posterior a la interposición de la denuncia. la defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en todos los procesos y procedimientos administrativos que tengan causa directa en la violencia padecida. recibir asesoramiento jurídico gratuito en el momento inmediatamente previo a la interposición de la denuncia. la representación gratuitas por abogado y procurador en todos los procesos y procedimientos administrativos que tengan causa directa o indirecta en la violencia padecida. recibir asesoramiento jurídico gratuito en el momento inmediatamente posterior a la interposición de la denuncia. la defensa y representación gratuitas por abogado en todos los procesos y procedimientos administrativos que tengan causa directa en la violencia padecida.

La funcionaria víctima de violencia de género tendrá derecho a. la reducción o a la reordenación de su tiempo de trabajo, a la movilidad geográfica de centro de trabajo y a la excedencia en los términos que se determinen en su legislación específica. la reordenación de su tiempo de trabajo, a la movilidad geográfica de centro de trabajo y a la excedencia en los términos que se determinen en su normativa específica. la reducción de su tiempo de trabajo, a la movilidad geográfica de centro de trabajo y a la excedencia en los términos que se determinen en su normativa específica. la reducción o a la reordenación de su tiempo de trabajo, a la movilidad geográfica interprovincial de centro de trabajo y a la excedencia en los términos que se determinen en su legislación específica.

Las situaciones de violencia de género que dan lugar al reconocimiento de los derechos regulados en este capítulo se acreditarán mediante. una sentencia condenatoria por un delito de violencia de género, una orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, o bien por el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género. una sentencia condenatoria por un delito de violencia de género, una orden de alejamiento o de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, o bien por el informe del Ministerio de Justicia que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género. una sentencia condenatoria por un delito de violencia de género, una orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, o bien por el informe del Ministerio de Justicia que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género. una sentencia condenatoria por un delito de violencia de género, una orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima. También por el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género o bien por informe médico de lesiones debidas a una agresión.

Se constituirá el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer, como órgano colegiado adscrito. al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, al que corresponderá el asesoramiento, evaluación, colaboración institucional, elaboración de informes y estudios, y propuestas de actuación en materia de violencia de género. al Ministerio de Igualdad, al que corresponderá el asesoramiento, evaluación, colaboración institucional, elaboración de informes y estudios, y propuestas de actuación en materia de violencia de género. al Instituto de la Mujer, al que corresponderá el asesoramiento, evaluación, colaboración institucional, elaboración de informes y estudios, y propuestas de actuación en materia de violencia de género. al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, al que corresponderá el asesoramiento, evaluación, colaboración institucional, elaboración de informes y estudios, y propuestas de prevención en materia de violencia de género.

El Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer remitirá. al Gobierno y a las Comunidades Autónomas, con periodicidad anual, un informe sobre la evolución de la violencia ejercida sobre la mujer en los términos a que se refiere el artículo 1 de la presente Ley, con determinación de los tipos penales que se hayan aplicado, y de la efectividad de las medidas acordadas para la protección de las víctimas. a las Comunidades Autónomas, con periodicidad anual, un informe sobre la evolución de la violencia ejercida sobre la mujer en los términos a que se refiere el artículo 1 de la presente Ley, con determinación de los tipos penales que se hayan aplicado, y de la efectividad de las medidas acordadas para la protección de las víctimas. al Gobierno, con periodicidad anual, un informe sobre la evolución de la violencia ejercida sobre la mujer en los términos a que se refiere los artículos 1 y 2 de la presente Ley, con determinación de los tipos penales que se hayan aplicado, y de la efectividad de las medidas acordadas para la protección de las víctimas. al Gobierno y a las Comunidades Autónomas, con periodicidad semestral, un informe sobre la evolución de la violencia ejercida sobre la mujer en los términos a que se refiere el artículo 1 de la presente Ley, con determinación de los tipos penales que se hayan aplicado, y de la efectividad de las medidas acordadas para la protección de las víctimas.

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