Ley orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad se
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Título del Test:
![]() Ley orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad se Descripción: Educación Social CV |



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1- Según el artículo 1, el objeto de la ley es: a) La garantía y protección integral del derecho a la libertad sexual y la erradicación de todas las violencias sexuales. b) La adopción y puesta en práctica de políticas efectivas, globales y coordinadas entre las distintas administraciones públicas competentes. c) La atención a la discriminación sobre el derecho de la libertad sexual. d) El abordaje integral de las violencias sexuales. 2- Los fines de las medidas de protección integral y de prevención son: a) Fortalecer las medidas de sensibilización ciudadana y de prevención, promoviendo políticas eficaces de sensibilización y formación en los ámbitos educativo, laboral, digital, publicitario y mediático, entre otros. b) Garantizar la reparación integral de las víctimas de las violencias sexuales, incluida su recuperación, su empoderamiento y la restitución económica y moral de las mismas. c) Fortalecer el marco legal vigente para asegurar una protección integral a las víctimas de violencias sexuales, de acuerdo con lo establecido en la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito. d) Todas son correctos. 3- Serán principios rectores de la actuación de los poderes públicos los siguientes (SEÑALE LA INCORRECTA) : a) Respeto, protección y garantía de los derechos humanos y fundamentales. La actuación institucional y profesional llevada a cabo en el marco de la presente ley orgánica se orientará a respetar, proteger y garantizar los derechos humanos previstos en los tratados internacionales de derechos humanos. b) Asegurar el principio de transversalidad de las medidas, de manera que en su aplicación se tengan en cuenta las necesidades y demandas específicas de las víctimas de violencias sexuales. c) Prohibición de discriminación. Las instituciones públicas garantizarán que las medidas previstas en esta ley orgánica se apliquen sin discriminación alguna por motivos de sexo, género, origen racial o étnico, nacionalidad, religión o creencias, salud, edad, clase social, orientación sexual, identidad sexual, discapacidad, estado civil, migración o situación administrativa, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. d) Empoderamiento. Todas las políticas que se adopten en ejecución de la presente ley orgánica pondrán los derechos de las víctimas en el centro de todas las medidas, adoptando un enfoque victimocéntrico y dirigiéndose en particular a respetar y promover la autonomía de las víctimas y a dar herramientas para empoderarse en su situación particular y evitar la revictimización y la victimización secundaria. 4-Serán principios rectores de la actuación de los poderes públicos los siguientes: a) Respeto, protección y garantía de los derechos humanos y fundamentales, diligencia debida, enfoque de género, prohibición de discriminación, atención a la discriminación interseccional y múltiple, accesibilidad, empoderamiento, participación, equidad territorial y cooperación. b) Respeto, protección y garantía de la libertad sexual, diligencia debida, enfoque de género, prohibición de discriminación, atención a la discriminación interseccional y múltiple, accesibilidad, empoderamiento, participación, equidad territorial y cooperación. c) Respeto, protección y garantía de los derechos humanos y fundamentales, diligencia previa, enfoque de género, prohibición de discriminación, atención a la discriminación interseccional y múltiple, accesibilidad, empoderamiento, participación, equidad territorial y cooperación. d) Respeto, protección y garantía de los derechos de la libertad sexual, diligencias previas, enfoque de género, prohibición de discriminación, atención a la discriminación interseccional y múltiple, accesibilidad, empoderamiento, participación, equidad territorial y cooperación. 5- La aplicación de la Ley orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, es: a) Para las mujeres, niñas y niños que hayan sido víctimas de violencias sexuales en España, con de nacionalidad española; o en el extranjero, siempre que sean de nacionalidad española. b) Para las mujeres, niñas y niños que hayan sido víctimas de violencias sexuales en España, con independencia de su nacionalidad y de su situación administrativa; o en el extranjero, siempre que sean de nacionalidad española. c) Para las mujeres, niñas y niños que hayan sido víctimas de violencias sexuales en España, con independencia de su nacionalidad y de su situación administrativa; o en el extranjero, siempre que sean de nacionalidad española, y sus familiares. d) Para las mujeres, niñas y niños que hayan sido víctimas de violencias sexuales en España, con independencia de su nacionalidad siempre que estén en situación regular; o en el extranjero, siempre que sean de nacionalidad española, y sus familiares. 6- Dentro de la prevención y sensibilización en el ámbito educativo, el sistema educativo español incluirá, dentro de sus principios de calidad: a) La integración de contenidos basados en la coeducación y en la pedagogía feminista sobre educación sexual e igualdad de género. b) La educación afectivo-sexual para el alumnado, apropiados en función de la edad, en todos los niveles educativos y con las adaptaciones y apoyos necesarios para el alumnado con necesidades educativas específica. c) La prevención de la violencia sexual en los diferentes niveles educativos. d) a y b son correctas. 7- En referencia al artículo 9 Campañas institucionales de prevención e información, las administraciones públicas, en el marco de sus respectivas competencias, impulsarán las siguientes campañas(SEÑALE LA INCORRECTA): a) Campañas de concienciación y sensibilización dirigidas específicamente a hombres, adolescentes y niños para erradicar los prejuicios basados en roles estereotipados de género. b) Campañas de concienciación y sensibilización dirigidas a la sociedad que resalten la importancia de la promoción de los grupos de mujeres, supervivientes o feministas como herramientas indispensables para la concienciación y cambio. c) Campañas generales de información dirigidas a mujeres, hombres, así como a niñas y niños, que faciliten la identificación de las distintas situaciones del ciclo de la violencia de género e incluyan información sobre los derechos, pautas de actuación y recursos disponibles en caso de conocer o sufrir violencias sexuales. d) Campañas de concienciación y sensibilización dirigidas específicamente a hombres, adolescentes y niños para promocionar la toma de responsabilidad en los grupos de iguales, pudiendo ser así agentes de cambio. 8- En referencia al artículo 12, Prevención y sensibilización en el ámbito laboral, las empresas: a) Las empresas deberán promover condiciones de trabajo que eviten la comisión de delitos y otras conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo. b) Las empresas podrán establecer medidas que deberán negociarse con los representantes de las personas trabajadoras, tales como la elaboración y difusión de códigos de buenas prácticas, la realización de campañas informativas, protocolos de actuación o acciones de formación. c) Las empresas promoverán la sensibilización y ofrecerán formación para la protección integral contra las violencias sexuales a todo el personal a su servicio. d) Todas son correctas. 9- La responsabilidad institucional de detección de las violencias sexuales recaerá en las administraciones públicas competentes en: a) Materia educativa, sanitaria, sociosanitaria y social. b) Materia educativa, sanitaria, sociosanitaria y laboral. c) Materia educativa, sanitaria, laboral y migratoria. d) Materia educativa, sanitaria, sociosanitaria y migratoria. 10- En referencia al artículo 21, la detección e intervención en el ámbito sociosanitario en el sistema de servicios sociales, en los planes de servicios sociales, de prevención de las situaciones de dependencia y de prevención de deficiencias y de intensificación de discapacidades, así como en otros en los que proceda, se contemplará: a) Un apartado de prevención, detección e intervención integral frente a las violencias sexuales. b) Un apartado de prevención, detección e intervención integral frente a las agresiones sexuales. c) Un protocolo de prevención, detección e intervención integral frente a las violencias sexuales. d) Unas medidas de prevención, detección e intervención integral frente a las violencias sexuales. 11- El derecho a la asistencia integral especializada y accesible comprenderá: a) Atención médica especializada en los centros sanitarios y psicológica, tanto inmediata, como de emergencia y crisis en centros 24 horas, de acompañamiento y de recuperación integral en el largo plazo. b) Asesoramiento jurídico previo y asistencia jurídica gratuita en los procesos derivados de la violencia, en los términos previstos en la legislación de asistencia jurídica gratuita. c) Servicios de traducción e interpretación, incluidos los servicios de lengua de signos, subtitulación, guías intérpretes, así como otro personal especializado de apoyo para la comunicación. d) Todas son correctas. 12- Tendrán carácter de servicios esencial: a) Los servicios de información y orientación, atención psicosocial inmediata, telefónica y en línea, asesoramiento jurídico 24 horas. b) Los servicios de acogida y asistencia social integral, consistentes en orientación jurídica, psicológica y social destinadas a las víctimas de violencias sexuales. c) Los centros de crisis 24 horas. d) Todas son correctas. 13- En referencia al derecho a la información: a) Las víctimas de violencias sexuales tienen derecho a recibir plena información y asesoramiento adecuado a su situación personal, a través de los servicios, organismos u oficinas que dispongan las administraciones públicas. b) Las administraciones públicas competentes desplegarán, financiarán y asegurarán los servicios de información y asesoramiento especializados que consideren necesarios para hacer efectivo tal derecho. c) Se articularán los medios necesarios para que las víctimas de violencias sexuales que, por sus circunstancias personales, sociales o idiomáticas, puedan tener dificultades para el acceso a la información, tengan garantizado el ejercicio efectivo de este derecho, garantizando siempre que la información esté disponible en las reconocidas como lenguas propias de cada territorio. d) Todas son correctas. 14- Las administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, promoverán el derecho a la asistencia integral especializada y accesible, en los términos expresados en los artículos anteriores, mediante la disponibilidad de una serie de servicios los cuales son: a) Centros de crisis 24 horas, Servicios de recuperación integral, Servicios de atención a víctimas de trata y explotación sexual y Servicios de atención especializada a niñas y niños víctimas de violencias sexuales. b) Centros de crisis 24 horas, Servicios de recuperación integral, Servicios de atención a víctimas de trata y explotación sexual y Servicios de atención general a niñas y niños víctimas de violencias sexuales. c) Centros de crisis 12 horas, Servicios de recuperación integral, Servicios de atención a víctimas de trata y explotación sexual y Servicios de atención especializada a niñas y niños víctimas de violencias sexuales. d) Centros de crisis 24 horas, Servicios de atención integral, Servicios de atención a víctimas de trata y explotación sexual y Servicios de atención especializada a niñas y niños víctimas de violencias sexuales. 15- La definición “servicios que comprenden, al menos, asistencia psicológica, atención jurídica y asesoramiento social en su propio idioma.” hace referencia a: a) Servicios de recuperación integral para población migrante. b) Servicio de atención a víctimas de trata y explotación sexual. c) Servicios de atención especializada a niñas y niños víctimas de violencias sexuales en conflictos armados. d) Servicios de atención especializada a mujeres migrantes víctimas de explotación sexual. 16- La definición “servicios interdisciplinares de recuperación psicológica y acompañamiento social, educativo, laboral y jurídico que trabajan para apoyar la recuperación psicológica de las víctimas en el largo plazo, así como para atender las mencionadas necesidades de acompañamiento” hace referencia al servicio de. a) Servicio de atención integral. b) Servicio de 24 horas. c) Servicio de recuperación integral. d) Servicio de atención general y alojamiento. 17- Los servicios Servicios de asistencia integral especializada y accesible del artículo 35 actuarán en coordinación y colaboración con: a) Los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, los órganos judiciales competentes, los servicios sanitarios y sociosanitarios, las unidades de valoración forense y las instituciones encargadas de prestar asistencia jurídica a las víctimas del ámbito geográfico correspondiente y, en su caso, las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito. b) Los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, los órganos de servicios sociales competentes, los servicios sanitarios y sociosanitarios, las unidades de valoración forense y las instituciones encargadas de prestar asistencia jurídica a las víctimas del ámbito geográfico correspondiente y, en su caso, las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito. c) Los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, los órganos judiciales competentes, los servicios sanitarios y sociosanitarios, las unidades de valoración forense y las instituciones encargadas de prestar asistencia jurídica a las víctimas del ámbito geográfico correspondiente y, en su caso, los centros mujer 24 horas. d) Los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, los equipos de atención a la víctima, los servicios sanitarios y sociosanitarios, las unidades de valoración forense y las instituciones encargadas de prestar asistencia jurídica a las víctimas del ámbito geográfico correspondiente y, en su caso, las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito. 18- Según el artículo 37, las situaciones de violencia sexual se acreditarán mediante: a) Una sentencia condenatoria por un delito de violencia sexual en los términos previstos en el artículo 3 de la presente ley. b) Una orden de protección o cualquier otra resolución judicial que declare la existencia de violencia sexual o acuerde una medida cautelar a favor de la víctima. c) El informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia sexual. d) Todas son correctas. 19- Según el artículo 37, las situaciones de violencia sexual además de por una sentencia condenatoria, una orden de protección o resolución judicial o informe del Minsiterio Fiscal, también podrán acreditar mediante: a) Informe de los servicios sociales, de los servicios especializados en igualdad y contra la violencia de género. b) Informe de los servicios de acogida destinados a víctimas de violencia sexual de la Administración pública competente. c) Informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad social en los casos objeto de actuación inspectora. d) Todas son correctas. 20- La duración del período de suspensión de la relación laboral con reserva de puesto de trabajo para las trabajadoras víctimas de violencias sexuales será de: a) Una duración inicial que no podrá exceder de dos meses, salvo que de las actuaciones de tutela judicial resultase que la efectividad del derecho de protección de la víctima requiriese la continuidad de la suspensión. En este caso, el juez podrá prorrogar la suspensión por períodos de 2 meses, con un máximo de doce meses. b) Una duración inicial que no podrá exceder de tres meses, salvo que de las actuaciones de tutela judicial resultase que la efectividad del derecho de protección de la víctima requiriese la continuidad de la suspensión. En este caso, el juez podrá prorrogar la suspensión por períodos de tres meses, con un máximo de dieciocho meses. c) Una duración inicial que no podrá exceder de seis meses, salvo que de las actuaciones de tutela judicial resultase que la efectividad del derecho de protección de la víctima requiriese la continuidad de la suspensión. En este caso, el juez podrá prorrogar la suspensión por períodos de tres meses, con un máximo de dieciocho meses. d) Una duración inicial que no podrá exceder de seis meses, salvo que de las actuaciones de tutela judicial resultase que la efectividad del derecho de protección de la víctima requiriese la continuidad de la suspensión. En este caso, el juez podrá prorrogar la suspensión por períodos de tres meses, con un máximo de veinticuatro meses. 21- En referencia al artículo 40, Derechos de las funcionarias públicas, las funcionarias públicas víctimas de violencias sexuales: a) Tendrán derecho a la reducción o a la reordenación de su tiempo de trabajo, a la movilidad geográfica de centro de trabajo y a la excedencia en los términos que se determinen en su legislación específica. b) Las ausencias totales o parciales al trabajo motivadas por la situación física o psicológica derivada de la violencia sexual sufrida por una mujer funcionaria se considerarán justificadas y serán remuneradas cuando así lo determinen los servicios sociales de atención o los servicios de salud. c) Tendrán prioridad en la solicitud de comisión de servicios para la movilidad laboral. d) a y b son correctas. 22- Cuando las víctimas de violencias sexuales careciesen de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, recibirán una ayuda económica que se caracterizará por: (señale la incorrecta). a) Podrá percibirse, a elección de la víctima, en un pago único o en seis mensualidades. b) Podrá percibirse, a elección de las personas profesionales, en un pago único o en seis mensualidades. c) Podrá prorrogarse varias veces. d) Cuando la víctima de la violencia sexual tuviera reconocida oficialmente una discapacidad en grado igual o superior al 33%, el importe será equivalente a doce meses de subsidio por desempleo, prorrogables por una sola vez. |




