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A- Ley Orgánica 3/2007

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Título del Test:
A- Ley Orgánica 3/2007

Descripción:
Igualdad efectiva de mujeres y hombres

Fecha de Creación: 2021/12/19

Categoría: Otros

Número Preguntas: 36

Valoración:(9)
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Temario:

EL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE TRATO Y DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES, APLICABLE EN EL ÁMBITO DEL EMPLEO PRIVADO Y EN EL DEL EMPLEO PÚBLICO, NO SE GARANTIZARÁ SEGÚN EL ART. 5 DE DICHA LEY: Seleccione una: en el acceso al empleo. en la formación universitaria. en las condiciones de trabajo. en la afiliación y participación en las organizaciones sindicales y empresariales.

la situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro, se considera Seleccione una: acoso sexual. discriminación directa. acoso por razón de sexo. discriminación indirecta.

¿DE QUÉ AÑO ES LA LEY DE IGUALDAD?. 2002. 1992. 1991. 2007.

cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo se considera... Seleccione una: discriminación indirecta. acoso sexual o acoso por razón de sexo. discriminación directa. acoso sexual.

EN CUALQUIER CASO, SE CONSIDERA DISCRIMINATORIA SEGÚN LA LEY DE IGUALDAD EN SU ART. 6.3... todo trato presuntamente discriminatorio. el acoso sexual y el acoso por razón de sexo. todo comportamiento aparentemente discriminatorio. toda orden de discriminar, directa o indirectamente, por razón de sexo.

CONFORME A LA LEY DE IGUALDAD EN SU ART. 5... no constituirá discriminación en el acceso al empleo, incluida la formación necesaria, una diferencia de trato basada en una característica relacionada con el sexo cuando, debido a la naturaleza de las actividades profesionales abstractas o al contexto histórico en el que se lleven a cabo, dicha característica constituya un requisito profesional no esencial y no determinante, siempre y cuando el objetivo sea legítimo y el requisito proporcionado. constituirá discriminación en el acceso al empleo, incluida la formación necesaria, una diferencia de trato basada en una característica no relacionada con el sexo cuando, debido a la naturaleza de las actividades profesionales concretas o al contexto en el que se lleven a cabo, dicha característica constituya un requisito profesional no esencial y no determinante, siempre y cuando el objetivo sea ilegítimo y el requisito proporcionado. constituirá discriminación en el acceso al empleo, incluida la formación necesaria, una diferencia de trato basada en una característica relacionada con el sexo cuando, debido a la naturaleza de las actividades profesionales concretas o al contexto en el que se lleven a cabo, dicha característica constituya un requisito profesional esencial y determinante, siempre y cuando el objetivo sea legítimo y el requisito proporcionado. no constituirá discriminación en el acceso al empleo, incluida la formación necesaria, una diferencia de trato basada en una característica relacionada con el sexo cuando, debido a la naturaleza de las actividades profesionales concretas o al contexto en el que se lleven a cabo, dicha característica constituya un requisito profesional esencial y determinante, siempre y cuando el objetivo sea legítimo y el requisito proporcionado.

LA LEY DE IGUALDAD TIENE POR OBJETO HACER EFECTIVO EL DERECHO DE. igualdad y paridad. igualdad y no discriminación. igualdad y la tutela contra la discriminación. igualdad de trato y de oportunidades.

Las obligaciones establecidas en la Ley Orgánica 3/2007 serán de aplicación ... sólo a las personas físicas. sólo a las personas jurídicas. toda persona física o jurídica con domicilio en España. ninguna es correcta.

El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres supone según la ley de Igualdad... la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo. una nueva formula para afrontar la problemática de la desigualdad de género. la ausencia de toda discriminación por acoso sexual o de acoso por por razón de sexo. ninguna es correcta.

EL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE TRATO ENTRE MUJERES Y HOMBRES SUPONE LA AUSENCIA DE TODA DISCRIMINACIÓN, DIRECTA O INDIRECTA, POR RAZÓN DE SEXO, Y, ESPECIALMENTE: las derivadas de la maternidad y la asunción de obligaciones familiares. las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares, el estado civil y por el trabajo. las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil. las derivadas de la maternidad.

SEGÚN LA LEY DE IGUALDAD LOS HOMBRES Y LAS MUJERES SON IGUALES EN…SEÑALA LO FALSO. deberes. en todo. en derechos. en dignidad humana.

SEGÚN LA LEY PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES, LA MISMA DESARROLLA LOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN…. 1. 9.2 y 14. 9.2. 14.

SEGÚN LA LEY DE IGUALDAD, EN SU ARTÍCULO 2, SOBRE EL ÁMBITO DE APLICACIÓN, TODAS LAS PERSONAS GOZARÁN DE LOS DERECHOS DERIVADOS DEL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE TRATO Y DE …. la Integración del principio de igualdad en la interpretación y aplicación de las normas. la libertad de circulación. la Igualdad de trato y de oportunidades en el acceso al empleo. la prohibición de discriminación por razón de sexo.

SEÑALA LO FALSO CON RESPECTO A LA LEY DE IGUALDAD: regula derechos y deberes de las personas físicas y jurídicas, tanto públicas como privadas. prevé medidas destinadas a eliminar y corregir en los sectores público y privado, toda forma de discriminación por razón de sexo. regula derechos y deberes sólo de las personas físicas. la Ley establece principios de actuación de los Poderes Públicos.

SEGÚN LA LEY DE IGUALDAD, CUALQUIER COMPORTAMIENTO, VERBAL O FÍSICO, DE NATURALEZA SEXUAL, QUE TENGA EL PROPÓSITO O PRODUZCA EL EFECTO DE ATENTAR CONTRA LA DIGNIDAD DE UNA PERSONA, EN PARTICULAR CUANDO SE CREA UN ENTORNO INTIMIDATORIO, DEGRADANTE U OFENSIVO: Delito sin más. acoso sexual. Acoso sexual y acoso por razón de sexo. Acoso por razón de sexo.

No constituirá discriminación en el acceso al empleo, incluida la formación necesaria, una diferencia de trato basada en una característica relacionada con el sexo cuando, debido a la naturaleza de las actividades profesionales concretas o al contexto en el que se lleven a cabo, dicha característica constituya un requisito... profesional esencial y determinante, siempre y cuando el objetivo sea legítimo y el requisito proporcionado. profesional particular y determinante, siempre y cuando el objetivo sea legítimo y el requisito proporcionado. académico esencial y determinante, siempre y cuando el objetivo sea legítimo y el requisito proporcionado. profesional esencial y adaptable, siempre y cuando el objetivo sea legítimo y el requisito proporcionado.

SEGÚN LA LEY DE IGUALDAD EN SU ART. 7.4 EL CONDICIONAMIENTO DE UN DERECHO O DE UNA EXPECTATIVA DE DERECHO A LA ACEPTACIÓN DE UNA SITUACIÓN CONSTITUTIVA DE ACOSO SEXUAL O DE ACOSO POR RAZÓN DE SEXO SE CONSIDERARÁ TAMBIÉN: acoso sexual. Discriminación positiva. discriminación negativa. acto de discriminación por razón de sexo.

SE CONSIDERARÁN EN TODO CASO DISCRIMINATORIOS SEGÚN EL ART. 7.3... todo trato presuntamente discriminatorio. toda orden de discriminar, directa o indirectamente, por razón de sexo. el acoso sexual y el acoso por razón de sexo. todo comportamiento aparentemente discriminatorio.

SE CONSIDERA DISCRIMINACIÓN INDIRECTA POR RAZÓN DE SEXO: la situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable. la situación en que una persona discrimina a otra por razón de sexo. ninguna definición es correcta. la situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro.

Esta Ley tiene por objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de la vida y, singularmente, en... las esferas política, civil, laboral, económica, social y cultural. la Igualdad de trato y de oportunidades en el acceso al empleo, en la formación y en la promoción profesionales, y en las condiciones de trabajo. las especialmente derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil. especialmente en las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares, el estado civil y la actividad profesional.

de qué fecha es la Ley de Igualdad. 24 de junio del 2007. de 22 de marzo del 2007. 5 de abril del 2008. 5 de abril del 2007.

No constituirá discriminación en el acceso al empleo, incluida la formación necesaria, una diferencia de trato basada en una característica relacionada con el sexo cuando, debido a la naturaleza de las actividades profesionales concretas o al contexto en el que se lleven a cabo, dicha característica constituya un requisito profesional ... esencial y determinante. esencial e importante. objetivo. un requisito profesional que no vulnere nuestro ordenamiento.

No constituirá discriminación, según la LO 3/2007, una diferencia de trato basada en una característica relacionada con el sexo cuando, debido a la naturaleza de las actividades profesionales concretas o al contexto en el que se lleven a cabo, dicha característica constituya un requisito profesional esencial y determinante, siempre y cuando el objetivo sea legítimo y el requisito proporcionado en el acceso a... en el acceso a formaciones políticas. a la educación. al empleo, incluida la formación necesaria. a las organizaciones sindicales, empresariales o en cualquier organización cuyos miembros ejerzan una profesión concreta, incluidas las prestaciones concedidas por las mismas.

Con qué nombre se conoce a la Ley 3/2007?. para la Igualdad Efectiva de las Mujeres. para la Igualdad Efectiva de las Mujeres con los Hombres. para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. Ley de igualdad.

la Ley de igualdad qué artículos de la CE desarrolla. el 10 y 14. 9 y 14. el 9 y el 10. el 1.

Señala lo correcto en relación a la Ley de Igualdad. Las obligaciones establecidas en esta Ley serán de aplicación sólo a las personas físicas que se encuentre o actúe en territorio español, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia. Las obligaciones establecidas en esta Ley serán de aplicación a toda persona, física o jurídica, que se encuentre y actúe en territorio español, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia. Todas las personas gozarán de los derechos derivados del principio de igualdad de trato y de la prohibición de discriminación por razón de sexo. Todas las personas, físicas y jurídicas, gozarán de los derechos derivados del principio de igualdad de trato y de la prohibición de discriminación por razón de sexo.

Señala lo correcto en relación a la Ley de igualdad. La igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres es un principio informador del ordenamiento jurídico y, como tal, se integrará y observará en la interpretación y aplicación de las normas jurídicas. La igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres es un principio informador del ordenamiento político y, como tal, se integrará y observará en la interpretación y aplicación de las normas jurídicas. La igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres es un principio informador del ordenamiento jurídico y, como tal, se observará en la aplicación de las normas jurídicas. La igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres es un principio informador del ordenamiento jurídico y, como tal, se integrará en la interpretación de las normas jurídicas.

- EL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE TRATO ENTRE MUJERES Y HOMBRES SUPONE LA AUSENCIA DE TODA DISCRIMINACIÓN, DIRECTA O INDIRECTA, POR RAZÓN DE SEXO, Y, ESPECIALMENTE. a- las derivadas de la maternidad. b- la a y la asunción de obligaciones familiares. c- la b y el estado civil. d- la c y la laboral.

- LA IGUALDAD DE TRATO Y DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES ES UN PRINCIPIO INFORMADOR DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO Y, COMO TAL, SE INTEGRARÁ Y OBSERVARÁ EN. en la jurisprudencia. la interpretación y aplicación de las normas jurídicas. en la normativa específica. -ninguna es válida.

NO CONSTITUIRÁ DISCRIMINACIÓN EN EL ACCESO AL EMPLEO, INCLUIDA LA FORMACIÓN NECESARIA, UNA DIFERENCIA DE TRATO BASADA EN UNA CARACTERÍSTICA RELACIONADA CON EL SEXO CUANDO, DEBIDO A LA NATURALEZA DE LAS ACTIVIDADES PROFESIONALES CONCRETAS O AL CONTEXTO EN EL QUE SE LLEVEN A CABO, DICHA CARACTERÍSTICA CONSTITUYA UN REQUISITO PROFESIONAL ESENCIAL Y DETERMINANTE, SIEMPRE Y CUANDO. el objetivo sea ilegítimo y el requisito proporcionado. el objetivo responda al principio de equidad. el objetivo sea legítimo y desproporcionado. ninguna es válida.

SE CONSIDERA DISCRIMINACIÓN DIRECTA POR RAZÓN DE SEXO. la situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro. la situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable. la situación en que una persona discrimina a otra por razón de sexo. ninguna definición es correcta.

EN CUALQUIER CASO, SE CONSIDERA DISCRIMINATORIA SEGÚN LA LEY DE IGUALDAD EN SU ART. 7.3. toda orden de discriminar, directa o indirectamente, por razón de sexo. todo trato presuntamente discriminatorio. todo comportamiento aparentemente discriminatorio. el acoso sexual y el acoso por razón de sexo.

CUALQUIER COMPORTAMIENTO REALIZADO EN FUNCIÓN DEL SEXO DE UNA PERSONA, CON EL PROPÓSITO O EL EFECTO DE ATENTAR CONTRA SU DIGNIDAD Y DE CREAR UN ENTORNO INTIMIDATORIO, DEGRADANTE U OFENSIVO ES CONSIDERADO POR LA LEY DE IGUALDAD COMO CONSTITUTIVO DE. Acoso sexual y acoso por razón de sexo. acoso sexual. Acoso por razón de sexo. Delito sin más.

No constituirá discriminación en el acceso al empleo, incluida la formación necesaria, una diferencia de trato basada en una característica relacionada con el sexo cuando, debido a la naturaleza de las actividades profesionales concretas o al contexto en el que se lleven a cabo, dicha característica constituya.... un requisito profesional esencial. un requisito profesional determinante. un requisito profesional esencial y determinante, siempre y cuando el objetivo sea legítimo y el requisito proporcionado. un requisito profesional esencial e importante, siempre y cuando el objetivo sea legítimo y el requisito proporcionado.

Con qué nombre se conoce a la Ley 3/2007?. Ley de igualdad. para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. para la Igualdad Efectiva de las Mujeres con los Hombres. para la Igualdad Efectiva de las Mujeres.

Según la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, las mujeres y los hombres son iguales en: Dignidad humana, derechos y deberes. Dignidad humana, derechos y potestades. Dignidad humana, derechos y responsabilidades. Dignidad humana, derechos y cometidos.

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