Ley de Prevencion de Riesgos Laborales
![]() |
![]() |
![]() |
Título del Test:![]() Ley de Prevencion de Riesgos Laborales Descripción: 31/1995, de 8 de noviembre |




Comentarios |
---|
NO HAY REGISTROS |
Según el artículo 2 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, los principios generales, entre otros establecidos en dicha Ley son: Los de promover la seguridad y salud de los trabajadores. Los relativos a la información, la consulta, la participación equilibrada y la formación de los trabajadores en materia preventiva, en los términos señalados en la presente disposición. Los de promover la mejora de las condiciones de trabajo dirigidas a elevar el nivel de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores. Todas son correctas. Conforme al artículo 3 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, cuando en dicha ley se hace referencia a trabajadores y empresarios, se entenderán también comprendidos en dichos términos, respectivamente,. Los trabajadores autónomos, los exportadores y los suministradores en los términos expresados en la disposición adicional cuarta de dicha Ley. De una parte, el personal con relación de carácter administrativo o estatutario y la Administración pública para la que presta servicios, en los términos expresados en la disposición adicional tercera de esta Ley, y, de otra, los socios de las cooperativas a que se refiere el párrafo anterior y las sociedades cooperativas para las que prestan sus servicios. El personal y la Administración para la que prestan sus servicios en los términos expresados en la disposición adicional cuarta de dicha Ley. Todas son correctas. Según lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 31/1995,de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, se entenderá por "prevención". El conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en aquellas fases de actividad más peligrosas de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. El conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. El conjunto de procesos adoptados o previstos anticipadamente en algunas de las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. El conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar los riesgos derivados del trabajo. La Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, no será de aplicación en aquellas actividades cuyas particularidades lo impidan en el ámbito de las funciones públicas de: Personal funcionario. Empresas concesionarias. Policía. Autónomos que realicen servicios o suministros para la administración. Según la Ley de Prevención de riesgos laborales, se entenderá por "prevención": calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, valorándose conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo. conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. riesgo laboral que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores. cualquier característica del trabajo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador. De acuerdo con lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, ¿Qué son los Delegados de Prevención?: Son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo. Son representantes de los sindicatos con formación en prevención de riesgos laborales. Son funcionarios de las unidades de recursos humanos con formación en Prevención de Riesgos Laborales. Son el personal de la administración encargado de la elaboración del plan de Prevención de Riesgos Laborales. El artículo 2 de la Ley 31 /1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, dice que esta Ley establece los principios generales relativos a la prevención de los riesgos profesionales para: La protección de la seguridad y la salud. La eliminación o disminución de los riesgos derivados del trabajo. La información, la consulta, la participación equilibrada y la formación de los trabajadores en materia preventiva. Todas son correctas. El artículo 8 de la Ley 31 /1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, cuál es el Órgano científico técnico especializado de la Administración General del Estado, que tiene como misión el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo: Agencia Científico Técnica de Seguridad-e Higiene en el Trabajo. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Sociedad Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Instituto Científico Técnico de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Según el artículo 35 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, los representantes de los trabajadores con competencia en materia de prevención de riesgos laborales son: Los miembros de la Junta de personal, Junta Facultativo y Junta de Enfermería. Los técnicos de prevención de riesgos laborales. El Servicio de Medicina Preventiva. Los delegados de prevención. Según el artículo 4 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, ¿Qué se entiende por "riesgo laboral"?. La posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. La posibilidad de que un trabajador sufra una enfermedad en el trabajo. La posibilidad de que un trabajador sufra acoso. El riesgo que supone el ir a trabajar. Según el artículo 4 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, indica cuál es la definición de prevención: La probabilidad racional de que un riesgo se materialice de forma inminente. El estudio de los procesos potencialmente peligrosos para el trabajo. El conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. La posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Según el artículo 3 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, quedan bajo el ámbito de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales: La totalidad de las relaciones laborales reguladas en el Estatuto de los Trabajadores. La totalidad de las relaciones laborales establecidas en el ámbito de las funciones públicas de policía y seguridad. La relaciones laborales de carácter especial del servicio del hogar familiar. La totalidad de las relaciones laborales establecidas en los servicios operativos de protección civil y peritaje forense. ¿Cuál es la vigente Ley de Prevención de Riesgos Laborales?. La Ley 32/1995, de 8 de noviembre. La Ley 30/1996, de 8 de noviembre. La Ley 31 /1995, de 6 de noviembre. La Ley 31 /1995, de 8 de noviembre. Según el artículo 15 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, entre los principios de la acción preventiva recogidos por el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, no figura: Evitar los riesgos. Evaluar los riesgos que se puedan evitar. Tener en cuenta la evolución de la técnica. Dar las debidas instrucciones a los trabajadores. Según el artículo 35 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en las empresas de hasta 30 trabajadores el Delegado de Prevención será: El propio empresario. El trabajador más antiguo. El trabajador de mayor cualificación. El delegado de personal. Según el artículo 38 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, se constituirá un Comité de Seguridad y Salud en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con: 30 o más trabajadores. 50 o más trabajadores. 75 o más trabajadores. 100 o más trabajadores. La evaluación de los riesgos laborales es: Es un proceso técnico en la organización del trabajo. Un proceso dirigido a estimar la magnitud de los riesgos que no hayan podido evitarse. Es un procedimiento estático. Es una práctica para el control y la protección de los trabajadores. Según el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en los casos de concurrencia de trabajadores de varias empresas en un centro de trabajo cuando existe un empresario principal, uno de los deberes de vigilancia por parte de este, consistirá en: Impulsar la regulación de esquemas organizativos, que eviten los accidentes de trabajo. Comprobar que las empresas contratistas y subcontratistas concurrentes en su centro de trabajo han establecido los necesarios medios de coordinación entre ellas. Asegurar la correcta utilización por parte de los trabajadores de las empresas con conrrentes de los correspondientes dispositivos de seguridad disponibles. Asegurarse de que los trabajadores concurrentes disponen de la formación preventiva correspondiente. |