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De la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (I)

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Título del Test:
De la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (I)

Descripción:
Art. 2 a 4, 7 a 9, 13, 15 y 16 PRL

Fecha de Creación: 2026/09/17

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 40

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La ley tiene por finalidad. la promoción de la seguridad y la salud de los trabajadores, en todo caso. la promoción de la seguridad y la salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para prevenir los riesgos derivados del trabajo. la promoción del interés de los trabajadores y la protección de sus derechos. la promoción del interés de los trabajadores y la protección de sus derechos mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para prevenir los riesgos derivados del trabajo.

Las disposiciones laborales en esta Ley y sus normas reglamentarias. son derecho complementario. son disposiciones opciones. son derecho necesario mínimo indisponible, pudiendo ser mejoradas y desarrolladas en los convenios colectivos. son derecho mínimo disponible, no susceptible de mejora y desarrollo por los convenios colectivos.

Esta Ley y su normativa de desarrollo se aplicarán. en las relaciones laborales reguladas en Estatuto de los Trabajadores*. en las relaciones de carácter administrativo o estatutario del personal al servicio de las Administraciones Públicas*. a todos los trabajadores, sin excepción. las dos marcadas son correctas.

Esta Ley no aplica a. Policía, seguridad y resguardo aduanero. Servicios operativos de protección civil y peritaje forense en los casos de grave riesgo, catástrofe y calamidad pública. Fuerzas Armadas y actividades militares de la Guardia Civil. Todas son correctas.

La prevención es. el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo. as enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo. aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores.

El riesgo laboral es. el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo. as enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo. aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores.

Se consideran como daños derivados del trabajo. el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo. las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo. aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores.

Se entiende como riesgo laboral grave e inminente. el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo. las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo. aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores.

Se entiende como equipo de trabajo. cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo. cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador. cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores.

Se entiende como condición de trabajo. cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo. cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador. cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores.

Se entiende como condición de trabajo. cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo. cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador. cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores.

¿Cuál de los siguientes no entran dentro de la definición de condición de trabajo?. El año de construcción del local en el que se trabaja. Las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás útiles existentes en el centro de trabajo. La naturaleza de los agentes físicos, químicos y biológicos presentes en el ambiente de trabajo y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia. Los procedimientos para la utilización de los agentes citados anteriormente que influyan en la generación de los riesgos mencionados.

Las Administraciones Públicas desarrollarán su labor de promoción, prevención, asesoramiento técnico, vigilancia y control de cumplimiento por los sujetos comprendidos en su ámbito de aplicación, de la siguiente forma: promoviendo la prevención y el asesoramiento a desarrollar por los órganos técnicos en materia preventiva, incluidas la asistencia y cooperación técnica, la información, divulgación, formación e investigación en materia preventiva, así como el seguimiento de las actuaciones preventivas que se realicen en las empresas. velando por el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales mediante las actuaciones de vigilancia y control. sancionando el incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales por los sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente Ley. todas son formas de desarrollar su labor atribuida por esta ley.

El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo es. es el órgano científico técnico especializado de la Administración General del Estado que tiene como misión el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción y apoyo a la mejora de las mismas. es el órgano científico técnico especializado de las CCAA que tiene como misión el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción y apoyo a la mejora de las mismas. es el órgano científico técnico especializado de las provincias que tiene como misión el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción y apoyo a la mejora de las mismas. es el órgano científico técnico especializado de la Administración de la Unión Europea que tiene como misión el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción y apoyo a la mejora de las mismas.

¿Cuál de las siguientes no es misión del Instituto?. Proponer reformas legislativas para mejorar la situación de prevención de riesgos laborales de los trabajadores. Asesoramiento técnico en la elaboración de la normativa legal y en el desarrollo de la normalización, tanto a nivel nacional como internacional. Promoción y, en su caso, realización de actividades de formación, información, investigación, estudio y divulgación en materia de prevención de riesgos laborales, con la adecuada coordinación y colaboración, en su caso, con los órganos técnicos en materia preventiva de las Comunidades Autónomas en el ejercicio de sus funciones en esta materia. Apoyo técnico y colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el cumplimiento de su función de vigilancia y control, prevista en el artículo 9 de la presente Ley, en el ámbito de las Administraciones públicas.

El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo velará por. la coordinación, el apoyo de intercambio de información y las experiencias entre las distintas Administraciones, así como la prestación de apoyo para realizar actividades de promoción de la seguridad y la salud por las CCAA. la aplicación de la normativa en materia laboral y la colaboración con la Inspección de Trabajo. la coordinación, el apoyo de intercambio de información exclusivamente entre las CCAA para realizar actividades que promuevan el conocimiento de la Ley. todas son incorrectas.

En relación con las Instituciones de la UE, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene actuará como. centro de referencia nacional. centro de referencia cultural. centro de referencia regional. centro de referencia científico.

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social tiene la función de. vigilar y controlar la normativa sobre prevención de riesgos laborales. denunciar a los empresarios que cumplan con la Ley. controlar que la normativa sobre prevención de riesgos laborales se aplique correctamente. vigilar que se apliquen las disposiciones jurisprudenciales en materia de riesgos laborales.

Entre otras, sus funciones son. Vigilar el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, así como de las normas jurídico-técnicas que incidan en las condiciones de trabajo en materia de prevención, aunque no tuvieran la calificación directa de normativa laboral, proponiendo a la autoridad laboral competente la sanción correspondiente, cuando comprobase una infracción. Asesorar e informar a las empresas y a los trabajadores sobre la manera más efectiva de cumplir las disposiciones cuya vigilancia tiene encomendada. Elaborar los informes solicitados por los Juzgados de lo Social en las demandas deducidas ante los mismos en los procedimientos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Todas son funciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Entre otras, sus funciones son (señalar la falsa). Informar a la autoridad laboral sobre los accidentes de trabajo mortales, muy graves o graves, y sobre aquellos otros en que, por sus características o por los sujetos afectados, se considere necesario dicho informe, así como sobre las enfermedades profesionales en las que concurran dichas calificaciones y, en general, en los supuestos en que aquélla lo solicite respecto del cumplimiento de la normativa legal en materia de prevención de riesgos laborales. Comprobar y favorecer el cumplimiento de las obligaciones asumidas por los servicios de prevención establecidos en la presente Ley. Ordenar la paralización inmediata de trabajos cuando, a juicio del inspector, se advierta la existencia de riesgo grave e inminente para la seguridad o salud de los trabajadores. Inhabilitar a los empresarios que incumplan reiteradamente la normativa laboral.

En su ámbito, la Administración General del Estado y las CCAA adoptarán. las medidas necesarias para ayudar a la Inspección de Trabajo a desempeñar sus funciones. las medidas precisas cuando lo requiera la Inspección de Trabajo. las medidas necesarias para garantizar la colaboración pericial y el asesoramiento técnico necesarios a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. no tienen por qué adoptar medidas de colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Estas Administraciones públicas elaborarán y coordinarán planes de actuación, en sus respectivos ámbitos competenciales y territoriales, para contribuir al desarrollo de las actuaciones preventivas en las empresas, especialmente. las grandes empresas. las empresas familiares. las PYMES y aquellas de mayor actividad de riesgo o siniestralidad. en las empresas que se dediquen a sectores volátiles.

Los funcionarios de las Administraciones que ejerzan labores técnicas en materia de prevención de riesgos laborales desempeñarán funciones de asesoramiento, información y comprobatorias de las condiciones de seguridad y salud de las empresas y centros de trabajo. Se programarán por la. Administración de Justicia. el Instituto de Seguridad e Higiene. Comisión Territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Administración pertinente.

Si de las actuaciones se deduce la existencia de infracción y siempre que haya incumplimiento de previo requerimiento, el funcionario. remitirá informe a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. remitirá informe a la empresa para que subsane los errores, como vía previa a la denuncia. lo pondrá en conocimiento de la Administración Pública. no hará nada, sólo ponerlo en conocimiento de la Jurisdicción Social.

Como órgano colegiado asesor de las Administraciones Públicas en materia de formulación de las política de prevención y órgano de participación institucional en materia de seguridad y salud en el trabajo surge. la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social. el Ministerio de Trabajo.

Se compone de. un representante de cada CCAA. igual número de miembros de la Administración General del Estado. igual número de representantes de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas. todos son miembros de la Comisión.

La Comisión conocerá las actuaciones que desarrollen las Administraciones públicas competentes en materia de promoción de la prevención de riesgos laborales, de asesoramiento técnico y de vigilancia y control a que se refieren los artículos 7, 8, 9 y 11 de esta Ley y podrá informar y formular propuestas, que se referirán a (señalar la falsa). Criterios y programas generales de actuación. Proyectos de disposiciones de carácter general. Coordinación de las actuaciones desarrolladas por las Administraciones públicas competentes en materia laboral y, además, entre las Administraciones Públicas competentes en materia laboral, sanitaria y de industria. Propuesta de sanción para los empresarios que incumplan la normativa.

La Comisión adoptará sus acuerdos por. mayoría. mayoría absoluta. mayoría cualificada. mayoría simple.

Contará con. un Presidente y cuatro Vicepresidentes, uno por cada uno de los grupos que la integran. un Presidente y dos Vicepresidentes. un Presidente. un Presidente y un Secretario.

La Secretaría de la Comisión es un órgano de. apoyo técnico y administrativo. apoyo técnico y jurídico. apoyo colaborativo y administrativo. apoyo jurídico.

¿De qué formas funcionará la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo?. En Pleno. En Comisión Permanente. En Grupos de Trabajo. Todas son correctas.

El empresario aplicará las medidas que integran el deber general de prevención según los siguientes principios (señalar el falso). evitar los riesgos, evaluar los que no se puedan evitar y combatir los riesgos en su origen. adaptar el trabajo a la persona, tener en cuenta la evolución de la técnica, sustituir lo peligro por lo que entrañe poco o ningún peligro. planificar la prevención, adoptar las medidas que antepongan la protección colectiva a la individual y dar las debidas instrucciones a los trabajadores. exponer a trabajadores a riesgos a fin de estudiar la formación qeu tienen al respecto.

A la hora de asignar las tareas a los trabajadores, el empresario tendrá en cuenta. las capacidad de los trabajadores en materia de seguridad y salud. la capacidad de los trabajadores en materia legal. la capacidad de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales. las capacidades de los trabajadores en relación a las tareas que deben desempeñar.

Respecto de las zonas de riesgo grave y específico, el empresario. adoptará las medidas necesarias para garantizar que sólo los trabajadores con formación suficiente y adecuada accedan. adoptará las medidas necesarias para concienciar a todos los trabajadores. no debe adoptar ninguna medida porque los trabajadores deben conocer sus riesgos concretos. restringirá el acceso a todos los trabajadores.

Las medidas deben ser lo suficientemente efectivas como para. prever las distracciones/imprudencias no temerarias de los trabajadores. prever los daños específicos que sufran los trabajadores. prever las imprudencias temerarias de los trabajadores. sobrevivir a cualquier tipo de riesgo.

La prevención de riesgos laborales. no se debe integrar en la empresa. se debe integrar en la normativa, como principio general. se debe integrar en el sistema general de gestión de la empresa en el conjunto de sus actividades y en todos los niveles jerárquicos. corresponde a cada trabajador.

¿Qué debe incluir el plan de prevención de riesgos laborales?. La estructura organizativa, las responsabilidades y las funciones. Las prácticas y los procedimientos. Los procesos y recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos. Todas son correctas.

¿De qué fases deben disponer la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva?. La que se determine reglamentariamente. Las dos señaladas son correctas. El empresario deberá realizar una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, teniendo en cuenta, con carácter general, la naturaleza de la actividad, las características de los puestos de trabajo existentes y de los trabajadores que deban desempeñarlos. Igual evaluación deberá hacerse con ocasión de la elección de los equipos de trabajo, de las sustancias o preparados químicos y del acondicionamiento de los lugares de trabajo*. Si los resultados de la evaluación prevista en el párrafo a) pusieran de manifiesto situaciones de riesgo, el empresario realizará aquellas actividades preventivas necesarias para eliminar o reducir y controlar tales riesgos*.

En caso de que las actividades de prevención sean inadecuadas a los fines de protección, el empresario. debe modificarlas. debe dejarlas como están. debe notificarlo a la autoridad laboral. debe notificarlo a los sindicatos.

Si se han producido daños para la salud de los trabajadores o como ocasión de la vigilancia de la salud, el empresario detecte que las medidas de prevención son insuficientes. se investigará al respecto para hallar las causas. se comunicará a los sindicatos. se comunicará a la autoridad laboral. no se debe hacer nada.

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