TEST- ley de seguridad privada
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Título del Test:![]() TEST- ley de seguridad privada Descripción: Test VS |




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Los Vigilantes de Seguridad efectuarán controles de identidad: En el acceso o interior de inmuebles determinados. En las zonas aledañas y vías de acceso al inmueble protegido. Indistintamente en una u otra situación. No se considera una función propia del Vigilante de Seguridad: Evitar la comisión de actos delictivos o infracciones en relación con el objeto de su protección. El control de tránsito en zonas reservadas o de circulación restringida en el interior de fábricas, plantas de producción de energía, grandes centros de proceso de datos y similares. Efectuar controles de identidad en el acceso o interior de inmuebles determinados, sin que en ningún caso pueda retener la documentación. La función del Vigilante de Seguridad, en relación con el delito será: Investigar su comisión. Perseguir a los autores. Evitar su comisión. El personal de segurid privada, para el desarrollo de sus respectivas funciones: Habrá de estar en posesión de la nacionalidad española. Habrá de obtener previamente la correspondiente habilitación del Ministerio del Interior. Habrá de reconocer la superior dirección de su empresa en todo lo relacionado con la seguridad. En ausencia del Jefe de Seguridad, cuando concurran dos o más Vigilantes y no estuviese previsto un orden de prelación entre ellos, asumirá la iniciativa en la prestación de los servicios: El Vigilante más antiguo en el establecimiento en el que se desempeñen las funciones. El Vigilante más cualificado para los temas de protección. El Vigilante con el TIP más antiguo. Entre los requisitos generales para ser Vigilante de Seguridad no se requiere: No haber sido separado del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Carecer de antecedentes penales dolosos. No tener relación de parentesco con miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Qué armas podrá utilizar el Vigilante de Seguridad en el ejercicio de sus funciones: El revólver calibre 38 especial, de 4 pulgadas y la escopeta de repetición calibre 12/70. El revólver del 32 y la escopeta de repetición calibre 17/70. La escopeta de repetición calibre 12/70 y el revólver del 32. Si procediera la detención de una persona, el Vigilante de Seguridad: Procederá a la reseña del detenido y lo entregará a la Policía. Determinará el alcance de las acciones del detenido y procederá en consecuencia. Lo pondrá inmediatamente a disposición de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. El personal de Seguriad Privada perderá tal condición por alguna de las siguientes causas: Por jubilación. Por ejecución de la sanción de retirada definitiva de la habilitación o reconocimiento. Ambas son correctas. Las Tarjetas de Identidad Profesional de los Vigilantes de Seguridad, una vez superadas las pruebas, serán expedidas por: El Ministerio del Interior. El Comisario General de Seguridad Ciudadana del CNP, por delegación. Por el Delegado o Subdeledago del Gobierno. En relación con las funciones de los Escoltas Privados, la defensa y protección a prestar ha de estar referida: Únicamente a la vida e integridad física y a la libertad de las personas objeto de protección. Principalmente a la libertad de las personas objeto de protección. Especialmente a preservar la seguridad y el respeto por las personas. El arma reglamentaria del Vigilante de Seguridad es: El revólver del 32. El revólver, calibre 38 de dos pulgadas. El revólver, calibre 38 especial de cuatro pulgadas. Según la Orden INT/318/2011, sobre personal de seguridad privada, el número de la Tarjeta de Identidad Profesional del personal de seguridad privada: Coincidirá con el número obtenido en su prueba de acceso. Coincidirá con el número del DNI o con el del NIE. Será otorgado por la Comisería General de Seguridad Ciudadana del CNP. La Ley de Seguridad Privada considera los servicios privados de seguridad: Como servicios asimilados a los propios de la seguridad pública. Como complementarios y subordinados respecto a los de seguridad pública. Como complementarios y equiparados a los de la seguridad pública. En aquellos servicios de seguridad que se presten con armas de fuego, la titularidad de las mismas será: De la empresa de seguridad. Del vigilante de Seguridad. Del Estado. Cuando se originen conflictos laborales en el lugar de trabajo de los Vigilantes de Seguridad, tales vigilantes: Impedirán cualquier actividad en la zona donde presten su servicio. No intervendrán en el conflicto. Sólo intervendrán en el conflicto para fijar las zonas de trabajo. La Constitución Española atribuye la competencia exclusiva en materia de seguridad: Al Gobierno de la Nación. Al Estado. Al Consejo General del Poder Judicial. De acuerdo con el contenido de la Ley de Seguridad Privada, las empresas de seguridad podrán prestar los siguientes servicios: Instalación y mantenimiento de sistemas de seguridad. Protección de personas. Ambas son correctas. Tanto las empresas como el personal de Seguridad Privada: Tiene la potestad de auxiliar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Tienen la potestad de colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Tienen la obligación especial de auxiliar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Con la promulgación de la Ley de Seguridad Privada: El estado renuncia al monopolio sobre la seguridad. El estado no renuncia al monopolio sobre la seguridad. Se produce una cesión o transferencia de las competencias citadas. Se consideran actividades compatibles a las empresas de seguridad: La instalación y mantenimiento de sistemas de seguridad conectados a CRA´s. La explotación de centrales para la recepción de alarmas. La fabricación del meterial de seguridad. El vigente Código Penal no castiga: La elaboración y tráfico de drogas tóxicas. El cultivo de drogas tóxicas. El consumo de drogas tóxicas. El Vigilante de Seguridad, en relación con el consumo de drogas tóxicas o estupefacientes en el local o establecimiento en que preste sus servicios: Procederá a la detención de los autores. Impedirá dicho consumo. Levantará un acta para que el infractor sea sancionado. ¿Puede un vigilante de seguridad realizar un cacheo tras la detención?. Sí, en cualquier caso. Sí, siempre que haya consentimiento previo. No, nunca. ¿Qué servicios se pueden prestar con arma?. Aquellos que establece la ley o están autorizados. Solo aquellos que marque la ley. Cualquiera que pueda suponer un peligro para el vigilante o terceras personal. Cuál de estos servicios de Vigilancia y Protección, necesita autorización previa. Servicios de ronda o vigilancia discontinua. Vigilancia de equipos valiosos en espacios o vías públicas. Vigilancia de edificios de organismos públicos. Respecto a los Servicios de Gestión de alarmas, ¿cuál es la función del vigilante?. Recepción y verificación no personal. Transmisión de las señales de alarma a FCS. Verificación personal y desplazamiento. Cuantos ejercicios de tiro debe hacer un vigilante: Los que considere oportunos él o la empresa. 25 disparos 2 veces al año. 25 disparos 1 vez al semestre. ¿Cuándo prescribe una infracción grave?. 6 meses. 1 año. 2 años. Cual de las siguientes es una infracción leve. Acudir al puesto de trabajo sin la debida uniformidad. No portar el distintivo de forma visible. Ambas son correctas. El trato incorrecto o desconsiderado con los ciudadanos, es una infracción: no supone infracción alguna. Grave. leve. Se reconoce el carácter de Agente de Autoridad al Personal de Seguridad Privada, cuando: Cuando desarrolle sus funciones en su centro de trabajo. Cuando debidamente identificado, deba realizar una detención en el ejercicio de sus funciones. Cuando debidamente identificado, desarrolle actividades de seguridad privada, bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. La falta de respeto al honor o a la dignidad de la persona, supone: Falta leve. Falta grave. Falta muy grave. El vigilante de seguridad en el ejercicio de sus funciones y en relación con un presunto delito: Iniciará las primeras labores de investigación para el descubrimiento de los autores. Tratará de evitar su comisión. Se hará cargo de los indicios y procederá a interrogar a los testigos. La negativa a realizar cursos de formación permanente, supondría: Una infracción leve. Una infracción grave. Una infracción muy grave. |