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LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INF. EST Y GEOG.

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Título del Test:
LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INF. EST Y GEOG.

Descripción:
Ley SNIEG

Fecha de Creación: 2012/11/12

Categoría: Otros

Número Preguntas: 40

Valoración:(8)
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El Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica tendrá como objetivos: Producir Información; Difundir oportunamente la Información a través de mecanismos que faciliten su consulta; Promover el conocimiento y uso de la Información, y Conservar la Información. Producir Información; Utilizar la informática para Difundir oportunamente la Información a través de mecanismos que faciliten su consulta; Promover el conocimiento y uso de la Información, y Conservar la Información. Producir Información; Generar Información, Promover el conocimiento y uso de la Información, y Conservar la Información.

La presente Ley, reglamentaria del Apartado B del artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es de orden público, de interés social y de observancia general en toda la República, y tiene por objeto regular: El Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica;. Los derechos y las obligaciones de los Informantes del Sistema;. La organización y el funcionamiento del Instituto Nacional de Estadística y Geografía,. Las faltas administrativas y el medio de defensa administrativo frente a los actos o resoluciones del Instituto. El Sistema Nacional de Informática.

El Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, tiene la finalidad de suministrar a la sociedad y al Estado Información de _____________________ a efecto de coadyuvar al desarrollo nacional. Serán principios rectores del Sistema los ________________________. calidad, pertinente, veraz y oportuna--de accesibilidad, transparencia, objetividad e independencia. de accesibilidad, transparencia, objetividad e independencia -- calidad, pertinente, veraz y oportuna. de transparencia, calidad y pertinente.

El Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica tendrá como objetivos. Producir Información;. Difundir oportunamente la Información a través de mecanismos que faciliten su consulta;. Promover el conocimiento y uso de la Información,. Conservar la Información. Conservar toda la información reservada.

El Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica estará integrado por: El Consejo Consultivo Nacional,Los Subsistemas Nacionales de Información, y el Instituto. El consejo y el Instituto. La junta de gobierno, el Instituto, Los subsistemas Nacionales.

Las Unidades del Estado participarán en el Sistema a través de, _________________ y el Instituto deberá emitir las disposiciones generales para regular el funcionamiento de los órganos colegiados a que se refieren las fracciones anteriores. El Consejo Consultivo Nacional, Los Comités Ejecutivos de los Subsistemas, y Los Comités Técnicos Especializados. La Cámara de Diputados y el Instituto y los comités técnicos especializados. La junta de gobierno, y Los subsistemas Nacionales de Información.

El Sistema contará con los siguientes Subsistemas Nacionales de Información _________________, _____________________ ___________________ Cada Subsistema tendrá como objetivo producir, integrar y difundir Información demográfica y social; económica y financiera, y geográfica y del medio ambiente, según corresponda. El Instituto deberá emitir las disposiciones generales para regular el funcionamiento de los Subsistemas Nacionales de Información. La Junta de Gobierno, previa opinión favorable del Consejo, podrá crear otros Subsistemas que sean necesarios para el adecuado funcionamiento del Sistema. Demográfica y Social;. Económica, y. Geográfica y del Medio Ambiente. Sociodemográfica y Social. Estádistica Anual.

En el acuerdo de creación de un Subsistema conforme al último párrafo del artículo anterior, la Junta de Gobierno deberá señalar como mínimo _________ ____________ __________ -con el apoyo de las Unidades- la información básica para dichos indicadores. su infraestructura de información, los indicadores clave que deberá producir y las fuentes de las que se obtendrá. Su infraeructura, la información básica y las estadísticas básicas. La estadística básica, la geografía y su infraestructura de infromación.

Formarán parte de los subsistemas: Los Comités Ejecutivos de Información Demográfica y Social, de Información Económica y de Información Geográfica y del Medio Ambiente; los Comités Técnicos Especializados que se constituyan en términos de los dispuesto en esta Ley, así como las Unidades del Estado. Los Comités Ejecutivos de Información Demográfica y Social, de Información Económica y de Información Geográfica y del Medio Ambiente; La junta de gobierno de las unidades Autónomas. Los Comités Ejecutivos de Información Demográfica y Social, de Información Económica y de Información Geográfica y del Medio Ambiente; Las Unidades del Gobierno eligidas por el comité.

El Subsistema Nacional de Información Demográfica y Social, contará con una infraestructura de información que contenga como mínimo,. Un marco geoestadístico y un inventario nacional de viviendas. Un marco geoestadístico nacional de viviendas. Un marco de viviendas para conformar el inventario nacional de viviendas.

El Subsistema Nacional de Información Demográfica y Social, deberá generar un conjunto de indicadores clave, que atenderán como mínimo los temas siguientes: población y dinámica, demográfica, salud, educacion, empleo, distribución de ingreso y pobreza, seguridad pública e impartición de justicia, gobierno y vivienda. población y dinámica, demográfica, salud, educacion, empleo, distribución de ingreso y pobreza,. seguridad pública, gobierno y vivienda.

El Instituto elaborará, con la colaboración de las Unidades, los indicadores a que se refier el Subsistema Nacional de Información Demográfica y Social, a partir de la información básica que se obtenga de: El CNPyV o de los esquemas alternativos que pudieran adoptarse en el futuro para sustituirlo total o parcialmente. Un sistema integrado de encuestas nacionales de los hogares, y los registros administrativos que permitan obtener información en la materia. Todas las anteriores.

El Subsistema Nacional de Información Económica, contará con una infraestructura de información que contenga como mínimo: _______________ El Directorio a que se hace referencia, así como las clasificaciones económicas que formen parte del mismo, son de uso obligatorio para la organización de los registros administrativos de los que se pueda obtener información de Interés Nacional. un marco geoestadístico y un Directorio Nacional de Unidades Económicas. Un marco geoestadístico. Un marco de Unidades Económicas Nacionales.

El Subsistema Nacional de Información Económica deberá generar un conjunto de indicadores clave, relacionados como mínimo con lo siguiente. Sistema de cuentas nacionales; ciencia y tecnología, información financiera, precios y trabajo. Sistema de cuentas nacionales y Directorio Nacional de Estadisticas económicas. Información financiera y precios.

El Instituto elaborará, con la colaboración de las Unidades, los indicadores a que se refier el Subsistema Nacional de Información Económica, a partir de la información básica que se obtenga de: Los Censos Nacionales Económicos y Agropecuarios, o los esquemas alternativos que pudieran adoparse en el futuro para sustituirlos total o parcialmente. Un sistema integrado de encuestas en unidades económicas, y los registros administrativos que permitan obtener información en la materia. Todas las anteriores.

El subsistema Nacional de Información Geográfica y del Medio Ambiente, en su componenete geográfico, generará como mínimo los siguientes grupos de datos: ____________ a este componente también se le denominará Infraestructura de Datos Espaciales de México. marco de referencia goedésico, limites costeros, internacionales, estatales y municipales, datos de relieve continental, insular y submarino, datos catastrales, tográficos, de recursos naturales y clima, así como nombres geográficos. Un marco geográfico, insular y submarino. Limites nacionales, internacionales, estatales y municipales, así como los de recursos naturales y clima.

El subsistema Nacional de Información Geográfica y del Medio Ambiente, deberá generar , como minimo indicadores sobre los siguientes temas: atmósfera, agua, suelo, flora, fauna, residuos peligrosos y residuos sólidos. residuos sólidos, agua y suelo. flora, fauna, agua, residuos y atmósfera.

Los datos que proporcionen para fines estadísticos los Informantes del Sistema a las Unidades en términos de la presente Ley, serán estrictamente confidenciales y bajo ninguna circunstancia podrán utilizarse para otro fin que no sea el estadístico. El instituto no deberá proporcionar a persona alguna los datos a que se refiere este artículo para fines fiscales, judiciales, administrativos o de cualquier otra índole. Cierto. Falso.

Cada Subsistema contará con un Comité Ejecutivo que se integrará por un vicepresidente de la Junta de Gobierno, quien lo presidirá, así como por al menos los coordinadores de las Unidades que a continuación se señalan para cada Subsistema Nacional de Información. Demográfica y Social: Los coordinadores de las secretarías de Gobernación; de Seguridad Pública; de Desarrollo Social; de Educación Pública; de Salud, y del Trabajo y Previsión Social, así como del Poder Judicia. Económica: Los coordinadores de las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Economía, y del Banco de México,. Geográfica y del Medio Ambiente: Los coordinadores de las secretarías de la Defensa Nacional; de Marina; del Medio Ambiente y Recursos Naturales; de Energía, y de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. Sociodemográfica y Social:Los coordinadores de las secretarías de Gobernación; de Seguridad Pública; de Desarrollo Social.

El Instituto elaborará, con la colaboración de las Unidades, los indicadores a que se refier el Subsistema de Geografía y medio ambiente, a partir de la información básica proveniente de: El sistema nacional de información Ambiental y de Recursos Naturales, Un sistema Integrado de inventarios y encuestas sobre recursos naturales y medio ambiente y los registr administrativos que permitan obtener información en la materia. Un sistema integrado de informacio Ambiental y de recursos naturales. Todas las anteriores.

Los datos e informes que los informantes del sistema proporcionen para fines estadísticos y que provengan de registros administrativos, serán manejados observando los principios de confidencialidad y reserva, por lo que no podrán divulgarse en ningún caso en forma nominativa o individualizada, ni harán prueba ante autoridad judicial o administrativa, incluyendo la fiscal, en juicio o fuera de el. Cierto. Falso.

Se considerará temas de interés nacional aquella información que satisfaga lo siguiente: Se trate de los siguientes temas, grupos de datos o indicadores: población y dinámica demográfica; salud; educación; empleo; distribución de ingreso y pobreza; seguridad pública e impartición de justicia; gobierno; vivienda; sistema de cuentas nacionales; información financiera; precios; trabajo; ciencia y tecnología; atmósfera; biodiversidad; agua; suelo; flora; fauna; residuos peligrosos y residuos sólidos; marco de referencia geodésico; límites costeros, internacionales, estatales y municipales; datos de relieve continental, insular y submarino; datos catastrales, topográficos, de recursos naturales y clima, y nombres geográficos, o bien se trate de temas que sean aprobados por unanimidad por el Consejo Consultivo Nacional, incluyendo aquéllos que deban conocer los Subsistemas a que se refiere el último párrafo del artículo 17 de este ordenamiento;. Resulte necesaria para sustentar el diseño y la evaluación de las políticas públicas de alcance nacional, sea generada en forma regular y periódica y se elabore con base en una metodología cientificamente sustentada. Todas las opciones.

Corresponderá a la Junta de Gobierno, como órgano superior de direccion del Instituto, el despacho de los asuntos siguientes: Aprobar los programas Estratégico del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, El programa Nacional de Estadística y Geografía y El Programa Anual de Estadística y Geografía. Determinar la información que se considerará de interés nacional de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 de la presente Ley. Todas las anteriores.

Corresponderá a la Junta de Gobierno, como órgano superior de direccion del Instituto, el despacho de los asuntos siguientes: Determinar la información que deba ser de divulgación restringida por motivos de seguridad naciona;. Determinar, atendiendo a las necesidades del Sistema, la creación de otros Subsistemas que sean necesarios para el adecuado funcionamiento del Sistema. Determinar que unidades seran invitadas, como miembros de los comités técnicos especializados. Aprobar los indicdores generados por los subsistemas. Aprobar los lineamientos con los que se regirán las unidades de estado.

Corresponderá a la Junta de Gobierno, como órgano superior de direccion del Instituto, el despacho de los asuntos siguientes: Aprobar el reglamento Interior del Instituto, así como el programa anual de trabajo del mismo, el calendario que contenga las fechas de publiación de información de interés naonal al que hará de sujetarse el Instituto el año inmediato siguiente. Así como expedir lineamientos generales, otorgar las autorizaciones y establecer los registros a quse refie el articulo 58, 60 y 61 de esta ley. Aprobar las imposiciones de sanciones administrativas por infracciones a la presente ley. tambien las politicas para la administración de los recursos humanos, financieros y materiales del Instituto. Nombrar y remover a su secretario de actas, asi como su suplente. Resolver asuntos relacionados con esta ley. y los que resulten. Todas las anteriores.

El Servicio Público de Información Estadística y Geográfica consiste en poner a disposición de los usuarios, sujeto a las normas que al efecto dicte la Junta de Gobierno, la totalidad de la Información de Interés Nacional. Cierto. Falso.

El Instituto tendrá como objetivo prioritario, realizar las acciones tendientes a lograr que la Información de Interés Nacional se sujete a los principios enunciados en el artículo 3 de esta Ley. Cierto. Falso.

El Instituto es, conforme a lo dispuesto en el apartado B del artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, un organismo público con autonomía técnica y de gestión, personalidad jurídica y patrimonio propios, responsable de normar y coordinar el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, así como de realizar las Actividades a que se refiere el artículo 59 de esta Ley. Cierto. Falso.

El Instituto, conforme a los principios constitucionales que rigen al Sistema, realizará las acciones tendientes a lograr: La adecuación conceptual de la Información de Interés Nacional, a las necesidades que el desarrollo económico y social del país impongan. Que la Información sea comparable en el tiempo y en el espacio, y. La adecuación de los procedimientos estadísticos y geográficos a estándares internacionales, para facilitar su comparación. Aprobar los datos de las Encuestas en el Instituto. Aprobar los lineamientos generados para los eventos estadísticos.

El Instituto tendrá las siguientes facultades exclusivas: Realizar los censos nacionales; Integrar el sistema de cuentas nacionales, y Elaborar los índices nacionales de precios siguientes: Índice Nacional de Precios al Consumidor, e Índice Nacional de Precios Productor. Realizar los programas estratégicos para los eventos censales y encuestas del Insituto así como entablar relaciones con otras entidades para obtener los registros administrativos. Ninguna de las opciones.

El ejercicio de las funciones del Instituto corresponde, en el ámbito de sus respectivas competencias,. a la Junta de Gobierno y al Presidente del Instituto. a los vicepresidentes del Instituto y a los Directores Generales. A la Junta de Gobierno y a la Contraloría interna.

La Junta de Gobierno es el órgano superior de dirección del Instituto, y estará integrada _____________ designados por el Presidente de la República con la aprobación de la Cámara de Senadores o, en los recesos de esta última, de la Comisión Permanente. De entre los miembros de la Junta de Gobierno, el Ejecutivo Federal nombrará ________ , quien presidirá el citado órgano colegiado. El resto de los miembros de la Junta de Gobierno actuarán ______________ de la misma. 5 miembros, al Presidente del Instituto, como vicepresidentes. 4 miembros, al Vicepresidente del Instituto, como integrantes de la Junta de Gobierno. 5 miebros y un Presidente, Presidente del Insituto, como vicepresidentes.

La Presidencia será el órgano superior ejecutivo del Instituto. El Presidente del Instituto durará en su cargo _________ y los vicepresidentes de la Junta de Gobierno _________. El periodo del Presidente del Instituto comenzará el primero de enero del cuarto año calendario del periodo correspondiente al Presidente de la República. Los periodos de los vicepresidentes de la Junta de Gobierno serán escalonados, sucediéndose cada ________ e iniciándose el primero de enero del primer, tercer y quinto año del periodo del Ejecutivo Federal. 6 años, 8 años, 2 años. 8 años, 6 años, 2 años. 4 años, 8 años, 2años.

Cometen infracciones a lo dispuesto por esta Ley, quienes en calidad de Informantes del Sistema: Se nieguen a proporcionar datos, informes o a exhibir documentos cuando deban hacerlo, dentro del plazo que se les hubiere señalado. Suministren datos falsos, incompletos o incongruentes, Omitan inscribirse en los registros establecidos por esta Ley o no proporcionen la información que para éstos se requiera. Se opongan a las inspecciones de verificación que en cumplimiento de las disposiciones de esta Ley realicen los inspectores, recolectores o censores y en general de cualquier representante de cualquiera de las Unidades que se encuentre facultado para ello, y Utilicen indebidamente las denominaciones censo nacional o cuentas nacionales. Todas las opciones.

Son infracciones imputables a los servidores públicos del Instituto o a los servidores públicos de las Unidades las siguientes: La revelación de datos confidenciales; La violación de las reservas de los secretos de carácter industrial o comercial o de cualquier otro tipo, o el suministro en forma nominativa o individualizada de los datos proporcionados por los Informantes del Sistema;. La participación deliberada en cualquier acto u omisión que entorpezca el desarrollo normal de los levantamientos censales o de los procesos de generación de Información. Impedir, sin justificación, el libre ejercicio de los derechos de acceso y rectificación de datos, cuando estuvieren a cargo de los registros administrativos establecidos por Ley, y Impedir el acceso del público a la Información a que tenga derecho. Impedir la pulicación de datos de dudosa calidad. Peritir deliberadamente incluir datos falsos en los eventos recabados.

Se reputarán infracciones de los recolectores o censores y auxiliares, cuando: Se nieguen a cumplir con las funciones que les sean encomendadas;. Violen la confidencialidad de los datos que se hayan captado para efectos estadísticos o revelen en forma nominativa o individualizada dichos datos,. Cometan actos o incurran en omisiones que impidan el desarrollo normal de los levantamientos censales o de los procesos de generación de Información. No portar el material adecuado para el levantamiento. Negarse a identificarse ante el jefe inmediato.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para su tratamiento presupuestario el Instituto se sujetará a lo siguiente: II Ejercerá su presupuesto observando lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, sin sujetarse a las disposiciones generales emitidas por las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública. Dicho ejercicio deberá realizarse con base en los principios de eficiencia, eficacia y transparencia y estará sujeto a la evaluación y control de los órganos correspondientes;. Cierto. Falso.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para su tratamiento presupuestario el Instituto se sujetará a lo siguiente: I. Aprobará su proyecto de presupuesto y deberá enviarlo a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su integración al proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, observando los criterios generales de política económica y los techos globales de gasto establecidos por el Ejecutivo Federal;. Cierto. Falso.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para su tratamiento presupuestario el Instituto se sujetará a lo siguiente: III.Autorizará las adecuaciones a su presupuesto sin requerir la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, siempre y cuando no rebasen el techo global de su presupuesto aprobado; IV. Realizará sus pagos a través de su tesorería;. Cierto. Falso.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para su tratamiento presupuestario el Instituto se sujetará a lo siguiente: V.Determinará los ajustes que correspondan en su presupuesto en caso de disminución de ingresos, observando en lo conducente lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y VI. Llevará la contabilidad y elaborará sus informes conforme a lo previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y deberá enviarlos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su integración a los informes trimestrales y a la Cuenta Pública;. Cierto. Falso.

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