ley suelo vasca
![]() |
![]() |
![]() |
Título del Test:![]() ley suelo vasca Descripción: tema 30 |




Comentarios |
---|
NO HAY REGISTROS |
que se entiende por clasificacion del suelo. la asignacion por el planeamiento de los distintos usos globales y usos promenorizados de la diferentes zonas delmunicipio. la vinculacion por la ordenacion urbanistica estructural de superficies concreatas al regimen legal propio de las clases urbano urbanizable no urbanizble. los usos y actividades espeficas que se dan en un tipo de suelo. que se entiende por clasificacion del suelo. la asignacion por el planeamiento de los distintos usos globales y usos promenorizados de la diferentes zonas delmunicipio. la vinculacion por la ordenacion urbanistica estructural de superficies concreatas al regimen legal propio de las clases urbano urbanizable no urbanizble. los usos y actividades espeficas que se dan en un tipo de suelo. que criterios se aplicaran al suelo no urbanizable. prohibicion de transformación urbanistica. sostenibilidad y integridad. imporcedencia e inadecuación. que es la calificacion del suelo. la prohibicion de transofmración urbanistica para la proteccion de elementos. la asignacion por el planeamiento de los distintos usos globales y usos promenorizados de la totalidad del municipio. son terrenos urbanizables los que tienen previa transformacion urbanistica. que son suelos urbanizables. los que tienen alojamientos dotacionales. los que no estando integrados en trama urbani ni siendo aun integrables se consideen idoneos para servir de soporte. los que tienen sectores que delimiten su calificación. en que se divide el suelo urbanizable. en usos globlaes y usos pormenorizados. en suelo sectorizado y o sectorizado. en suelo imporcedente e inadecuado. que es suelo urbanizable sectorizado. aquel terreno incluido en los sectores que el plan general o de sectorizacion delimite para la formulacion de correspondiente plan parcial. aquellos terrenos que aun siendo clasificados como urbanizables no se encuentre incluidos en ningun sector del PGOU. los que permitir el cumplimeinto de progrmaas publicos de fomento y proteccion de VPO. que calificacion de suelo. es el regimen legal propio a sulo consolidado y sectorizado. es la distinta asingacion a los distintos usos globlaes y usos pormenorizados de todo el municipio. son la calificacion de usos a los distintos suelos. cual es el % destinado a alojamientos dotacionales en municiios de más de 20.000 h. como minimo. 1,5 m2. / por cada 100 m2 techo edificado. 2 m2 por cada 300 m2 techo edificado. 2,5 m2 por cada 100 m2 techo edifcado. |