LEY XI/MMXXII
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Título del Test:![]() LEY XI/MMXXII Descripción: articulos 153-155 |




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suspensión de funciones, es correcto. La suspensión de funciones podrá ser provisional o firme. El personal funcionario declarado en suspensión de funciones quedará privado, durante el período de permanencia en tal situación, del ejercicio de sus funciones y de todos los derechos inherentes a su condición, sin perjuicio de lo dispuesto en esta ley para el supuesto de suspensión provisional. El personal funcionario declarado en la situación de suspensión de funciones, durante el tiempo de cumplimiento de la pena o sanción, no podrá prestar servicios en ninguna administración pública, organismos públicos, agencias o entidades públicas de derecho público o privado, fundaciones, empresas o sociedades públicas y demás entidades instrumentales dependientes y vinculadas al sector público de las mismas, incluidas las reguladas en el artículo 7 de esta ley. todas. ninguna. suspensión de funciones, es incorrecto. La suspensión de funciones podrá ser provisional o firme. El personal funcionario declarado en suspensión de funciones quedará privado, durante el período de permanencia en tal situación, del ejercicio de sus funciones y de todos los derechos inherentes a su condición, sin perjuicio de lo dispuesto en esta ley para el supuesto de suspensión firme. El personal funcionario declarado en la situación de suspensión de funciones, durante el tiempo de cumplimiento de la pena o sanción, no podrá prestar servicios en ninguna administración pública, organismos públicos, agencias o entidades públicas de derecho público o privado, fundaciones, empresas o sociedades públicas y demás entidades instrumentales dependientes y vinculadas al sector público de las mismas, incluidas las reguladas en el artículo 7 de esta ley. todas. ninguna. Podrá acordarse la suspensión de funciones con carácter provisional cuando, con carácter excepcional, así lo exija la protección del interés público como consencia de la tramitación de. un procedimiento judicial. expediente disciplinario. ambas. ninguna. Podrá acordarse la suspensión de funciones con carácter provisional cuando, con carácter excepcional, así lo exija la protección del interés público como consencia de la tramitación de. un procedimiento disciplinario. expediente judicial. ambas. ninguna. La suspensión provisional durante la tramitación de un expediente disciplinario. será declarada por el órgano competente para ordenar su incoación y no podrá exceder de seis meses salvo que la demora hubiera sido imputable al personal funcionario expedientado. será declarada por el órgano competente para tramitarlo y no podrá exceder de seis meses salvo que la demora hubiera sido imputable al personal funcionario expedientado. será declarada por el órgano competente para ordenar su incoación y no podrá exceder de tres meses salvo que la demora hubiera sido imputable al personal funcionario expedientado. será declarada por el órgano competente para resolverlo y no podrá exceder de tres meses salvo que la demora hubiera sido imputable al personal funcionario expedientado. El tiempo de suspensión provisional del personal funcionario sometido a procedimiento judicial. podrá prolongarse durante toda la tramitación de la causa penal. si durante la misma el órgano judicial decretara su prisión provisional u otras medidas que determinen la imposibilidad de desarrollar su trabajo, se le declarará en suspensión provisional por el tiempo en que se extiendan dichas medidas. La declaración de suspensión provisional en este caso, será efectuada por el órgano competente en materia de función pública de cada administración o entidad pública, con efectos desde la decisión judicial. todas. ninguna. El tiempo de suspensión provisional del personal funcionario sometido a procedimiento judicial. podrá prolongarse incluso después de la tramitación de la causa penal. si durante la misma el órgano judicial decretara su prisión provisional u otras medidas que determinen la imposibilidad de desarrollar su trabajo, se le declarará en suspensión firme por el tiempo en que se extiendan dichas medidas. La declaración de suspensión provisional en este caso, será efectuada por el órgano judicial, con efectos desde la decisión judicial. todas. ninguna. el personal funcionario suspenso provisional perderá el puesto de trabajo en aquellos casos en que la medida cautelar exceda como consecuencia de la paralización del procedimiento por causas imputables a la persona afectada. 6 meses. 3 meses. 1 año. 1 mes. El personal funcionario suspenso provisional tendrá derecho a percibir. sus retribuciones básicas y, en su caso, las prestaciones familiares por hijas e hijos a su cargo. sus retribuciones íntegras y, en su caso, las prestaciones familiares por hijas e hijos a su cargo. retribuciones básicas y el complemento de carrera profesional reconocido o, en su defecto, al cincuenta por ciento del grado personal consolidado. sus retribuciones básicas, el complemento de carrera profesional reconocido o, en su defecto, al cincuenta por ciento del grado personal consolidado y, en su caso, las prestaciones familiares por hijas e hijos a su cargo. El personal funcionario suspenso provisional tendrá derecho a percibir unas retribuciones. en todo caso. en ningún caso. salvo en los supuestos de incomparecencia o dilación del expediente imputable a él. salvo que sea declarada firme. Si, resuelto el expediente, la suspensión no fuera declarada firme. El personal funcionario de carrera dispondrá de treinta días naturales desde la fecha del cese para solicitar el reingreso al servicio activo. Caso de no hacerlo, será declarado de oficio en la situación administrativa de excedencia voluntaria por interés particular, y deberá permanecer en la misma un mínimo de dos años continuados, contados a partir del día siguiente a la finalización del plazo establecido para efectuar la solicitud de reingreso. le corresponderá el abono de todas las retribuciones. le corresponderá el cómputo como servicio activo del tiempo de permanencia en la situación de suspenso provisional, incluidos los derechos en relación con la carrera profesional, el reconocimiento de trienios, la promoción interna y los derechos en el régimen de la Seguridad Social que le sea de aplicación. todas. ninguna. La suspensión firme se impondrá en virtud de. sentencia dictada en causa penal. sanción disciplinaria firme. ambas. ninguna. La suspensión firme por sanción disciplinaria. no podrá exceder de seis años. se cumplirá desde la notificación de la firmeza de la sanción. a efectos de su cumplimiento no se computará el tiempo de suspensión provisional. todas. ninguna. La suspensión firme por sanción disciplinaria. no podrá exceder de seis años. se cumplirá desde que la sanción agote la via administrativa. a efectos de su cumplimiento se computará el tiempo de suspensión provisional. todas. ninguna. es incorrecto. La suspensión firme determinará la pérdida del puesto y destino cuando exceda de seis meses. La suspensión firme como consecuencia de sentencia judicial se impondrá en sus propios términos. La suspensión firme como consecuencia de sentencia judicial no podrá exceder de seis años. Una vez cumplida la sanción, el personal funcionario dispondrá de treinta días naturales para solicitar y hacer efectivo el reingreso al servicio activo y, caso de no hacerlo, será declarado de oficio en la situación administrativa de excedencia voluntaria por interés particular. Cuando la suspensión no fuese superior a seis meses, la reincorporación será automática en el puesto y destino anterior. Si, cumplida la sanción de suspensión que haya determinado la pérdida del puesto y destino, se solicita el reingreso al servicio activo y no se concede en el plazo de seis meses por falta de vacante. será declarado en excedencia forzosa con efectos desde la fecha de extinción de la responsabilidad penal o disciplinaria. será declarado en expectativa de destino con efectos desde la fecha de extinción de la responsabilidad penal o disciplinaria. será declarado en excedencia voluntaria por interés particular con efectos desde la fecha de extinción de la responsabilidad penal o disciplinaria. será declarado en excedencia voluntaria por interés particular con efectos desde el día siguiente a la fecha de extinción de la responsabilidad penal o disciplinaria. es correcto. Mientras dure la suspensión firme no se podrá participar en los procesos para la provisión de puestos de trabajo. Mientras dure la suspensión firme se podrá participar en los procesos para la provisión de puestos de trabajo. Mientras dure la suspensión firme por sanción disciplinaria no se podrá participar en los procesos para la provisión de puestos de trabajo. Mientras dure la suspensión firme por sentencia judicial no se podrá participar en los procesos para la provisión de puestos de trabajo. |