LEYPAT
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Título del Test:
![]() LEYPAT Descripción: ley phe |



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Integran el Patrimonio Histórico Español: Los inmuebles y objetos muebles de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico. El patrimonio documental y bibliográfico. Yacimientos y zonas arqueológicas, así como los sitios naturales, jardines y parques, que tengan valor artístico, histórico o antropológico. Todas son correctas. Deberán ser inventariados o declarados de interés cultural en los términos previstos en esta Ley: Todos los bienes pertenecientes al Patrimonio Histórico Español. Aquellos bienes que designen el Ministerio de Cultura. Los bienes más relevantes del Patrimonio Histórico Español. Ninguna es correcta. Corresponde a la Administración del Estado: Adoptar las medidas necesarias para facilitar su colaboración con los restantes poderes públicos y la de éstos entre sí. La difusión internacional del conocimiento de los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español. La recuperación los bienes del PHE cuando hubiesen sido ilícitamente exportados y el intercambio, respecto a los mismos, de información cultural, técnica y científica con los demás Estados y con los Organismos internacionales. Todas son correctas. La comunicación y el intercambio de programas de actuación e información relativos al Patrimonio Histórico Español serán facilitados por: Ministerio de Cultura. Administración del Estado. Consejo del Patrimonio Histórico. Todas son correctas. El Consejo del Patrimonio Histórico está formado por: 1 representante de cada Comunidad Autónoma, designado por su Consejo de Gobierno, y el Director General correspondiente de la Administración del Estado, que actuará como Presidente. 1 representante de cada Comunidad Autónoma, designado por su Consejo de Gobierno, y el Presidente correspondiente de la Administración del Estado, que actuará como Director General. 1 representante de cada Comunidad Autónoma, designado por el Director General, correspondiente de la Administración del Estado, que actuará como Presidente. 2 representantes de cada Comunidad Autónoma, designado por su Consejo de Gobierno, y el Director General correspondiente de la Administración del Estado, que actuará como Presidente. Son instituciones consultivas de la Administración del Estado, a los efectos previstos en la presente Ley: La Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, las Reales Academias, las Universidades españolas, el CSIC y las Juntas Superiores que la Administración del Estado determine por vía reglamentaria, y en lo que pueda afectar a una Comunidad Autónoma, las instituciones por ella reconocidas. La Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, las Reales Academias, el CSIC y las Juntas Superiores que la Administración del Estado determine por vía reglamentaria, y en lo que pueda afectar a una Comunidad Autónoma, las instituciones por ella reconocidas. La Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, el CSIC y las Juntas Superiores que la Administración del Estado determine por vía reglamentaria, y en lo que pueda afectar a una Comunidad Autónoma, las instituciones por ella reconocidas. La Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, las Reales Academias, las Universidades españolas, la BNE, el CSIC y las Juntas Superiores que la Administración del Estado determine por vía reglamentaria, y en lo que pueda afectar a una Comunidad Autónoma, las instituciones por ella reconocidas. Se entiende por expoliación: Toda acción u omisión que ponga en peligro de pérdida o destrucción todos o alguno de los valores de los bienes que integran el Patrimonio Histórico Español, o perturbe el cumplimiento de su función social. Toda acción u omisión que no necesariamente ponga en peligro de pérdida o destrucción todos o alguno de los valores de los bienes que integran el Patrimonio Histórico Español, pero sí perturbe el cumplimiento de su función social. Toda acción u omisión que ponga en peligro de pérdida o destrucción todos los valores de los bienes que integran el Patrimonio Histórico Español, o perturbe el cumplimiento de su función social. Toda acción que destruya todos o alguno de los valores de los bienes que integran el Patrimonio Histórico Español, o perturbe el cumplimiento de su función social. En caso de expoliación: La Administración del Estado, con independencia de las competencias que correspondan a las Comunidades Autónomas, en cualquier momento, podrá interesar del Departamento competente del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente la adopción con urgencia de las medidas conducentes a evitar la expoliación. Las Comunidades Autónomas, en cualquier momento, podrán interesar de su Departamento competente del Consejo de Gobierno la adopción con urgencia de las medidas conducentes a evitar la expoliación. La Administración del Estado, sin perjuicio de las competencias que correspondan a las Comunidades Autónomas, en cualquier momento, podrá interesar del Departamento competente del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente la adopción con urgencia de las medidas conducentes a evitar la expoliación. Ninguna es correcta. Precisarán para su exportación autorización expresa y previa de la Administración del Estado en la forma y condiciones que se establezcan por vía reglamentaria: Los propietarios o poseedores de los bienes que integran el phe con más de cien años de antigüedad y, en todo caso, de los inscritos en el Inventario General previsto en el artículo 26. Los propietarios o poseedores de los bienes declarados como bienes de interés cultural con más de cien años de antigüedad y, en todo caso, de los inscritos en el Inventario General previsto en el artículo 26. Los propietarios o poseedores de los bienes que integran el phe con más de cincuenta años de antigüedad y, en todo caso, de los inscritos en el Inventario General previsto en el artículo 26. Los propietarios o poseedores de los bienes declarados como bienes de interés cultural con más de cincuenta años de antigüedad y, en todo caso, de los inscritos en el Inventario General previsto en el artículo 26. Señala la INCORRECTA: Queda prohibida la exportación de los bienes de interés cultural. Queda prohibida la exportación de aquellos bienes que, por su pertenencia al Patrimonio Histórico Español, la Administración del Estado declare expresamente inexportables, como medida cautelar hasta que se incoe expediente para incluir el bien en alguna de las categorías de protección especial. Queda prohibida la exportación de los bienes inscritos en el inventario general. La exportación de bienes integrantes del patrimonio histórico español requerirán de autorización expresa de la Administración del Estado. Organismos competentes para la ejecución de la ley del PHE: Los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico. Los de la Administración del Estado, cuando así se indique de modo expreso o resulte necesaria su intervención para la defensa frente a la exportación ilícita y la expoliación de los bienes que integran el Patrimonio Histórico Español. Los de la Administración del Estado, respecto de los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español adscritos a servicios públicos gestionados por la Administración del Estado o que formen parte del Patrimonio Nacional. Todas son correctas. Señala la INCORRECTA: Las personas que observen peligro de destrucción o deterioro en un bien integrante del Patrimonio Histórico Español deberán, en el menor tiempo posible, ponerlo en conocimiento de la Administración competente, quien comprobará el objeto de la denuncia y actuará con arreglo a lo que en esta Ley se dispone. Será pública la acción para exigir ante los órganos administrativos y los Tribunales Contencioso-Administrativos el cumplimiento de lo previsto en esta Ley para la defensa de lo bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español. Gozarán de singular protección y tutela los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español declarados de interés cultural. Todas son correctas. Se podrá exigir el cumplimiento de lo previsto en esta Ley para la defensa de lo bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español ante: Los órganos administrativos y los Tribunales Contencioso-Administrativos. Los Tribunales Contencioso-Administrativos. El Tribunal Constitucional. Los órganos administrativos y el Tribunal Constitucional. Gozarán de singular protección y tutela los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español declarados de interés cultural por: Real Decreto individualizado. Real Decreto colectivo. Reglamento. Ley. La declaración mediante Real Decreto de un Bien de Interés Cultural requerirá. Informe favorable de alguna de las instituciones consultivas o que tengan reconocido idéntico carácter en el ámbito de una Comunidad Autónoma. Informe favorable de todas las instituciones consultivas. Únicamente informe favorable de alguna de las instituciones consultivas. Informe favorable del órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma. Se entenderá como favorable el dictamen de bien de interés cultural: Transcurridos tres meses desde la solicitud del informe sin que éste hubiera sido emitido. Transcurridos seis meses desde la solicitud del informe sin que éste hubiera sido emitido. Transcurridos dos meses desde la solicitud del informe sin que éste hubiera sido emitido. Transcurridos un mes desde la solicitud del informe sin que éste hubiera sido emitido. Señala la CORRECTA. El expediente para declarar a un bien de interés cultural deberá resolverse en el plazo máximo de 20 meses a partir de la fecha en que hubiere sido incoado. La caducidad del expediente para declarar a un bien de interés cultural se producirá transcurridos 20 meses si se ha denunciado la mora y siempre que no haya recaído resolución en los 4 meses siguientes a la denuncia. Caducado el expediente no podrá volver a iniciarse en los 3 años siguientes, salvo a instancia del titular. Todas son correctas. Una vez caducado el expediente para la declaración de un bien de interés cultural: No podrá volver a iniciarse en los 3 años siguientes, salvo a instancia del titular. No podrá volver a iniciarse en los 5 años siguientes, salvo a instancia del titular. No podrá volver a iniciarse en los 2 años siguientes, salvo a instancia del titular. No podrá volver a iniciarse en los 6 años siguientes, salvo a instancia del titular. Señala la CORRECTA: No podrá ser declarada Bien de Interés Cultural la obra de un autor vivo, salvo si existe autorización expresa de su propietario o media su adquisición por la Administración. No podrá ser declarada Bien de Interés Cultural la obra de un autor vivo, salvo si existe autorización expresa de su propietario. No podrá ser declarada Bien de Interés Cultural la obra de un autor vivo, aunque exista autorización expresa de su propietario o media su adquisición por la Administración. Podrá ser declarada Bien de Interés Cultural la obra de un autor vivo. ¿Quién podrá incoar un expediente para la declaración de un Bien de Interés Cultural?. Cualquier persona. Un organismo de la Administración del Estado. El organismo competente de la CCAA. El Consejo de Patrimonio Histórico. Señala la INCORRECTA: Cuando se inscriban Monumentos y Jardines Históricos al Registro General, la Administración competente además instará de oficio la inscripción gratuita de la declaración en el Registro de la Propiedad. Los bienes declarados de interés cultural serán inscritos en un Registro General dependiente de la Administración del Estado cuya organización y funcionamiento se determinarán por vía reglamentaria. Al Registro General se notificará la incoación de dichos expedientes, que causarán la correspondiente anotación preventiva hasta que recaiga resolución definitiva. Todas son correctas. Los propietarios de los Bienes de Interés Cultural están obligados a: Permitir y facilitar su inspección por parte de los Organismos competentes. Su estudio a los investigadores previa solicitud razonada. Su visita pública, en las condiciones de gratuidad que se determinen reglamentariamente, al menos 4 días al mes, en días y horas previamente señalados. Todas son correctas. Tienen la consideración de bienes inmuebles: Los enumerados en el artículo 334 del Código Civil. Monumentos, Jardines, Conjuntos y Sitios Históricos, así como Zonas Arqueológicas. Cuantos elementos puedan considerarse consustanciales con los edificios y formen parte de los mismos o de su entorno, o lo hayan formado. Todas son correctas. Aquellos bienes inmuebles que constituyen realizaciones arquitectónicas o de ingeniería, u obras de escultura colosal siempre que tengan interés histórico, artístico, científico o social. Espacio delimitado, producto de la ordenación por el hombre de elementos naturales, a veces complementado con estructuras de fábrica, y estimado de interés en función de su origen o pasado histórico o de sus valores estéticos, sensoriales o botánicos. Agrupación de bienes inmuebles que forman una unidad de asentamiento, continua o dispersa, condicionada por una estructura física representativa de la evolución de una comunidad humana por ser testimonio de su cultura o constituir un valor de uso y disfrute para la colectividad. Cualquier núcleo individualizado de inmuebles comprendidos en una unidad superior de población que reúna esas mismas características y pueda ser claramente delimitado. Lugar o paraje natural vinculado a acontecimientos o recuerdos del pasado, a tradiciones populares, creaciones culturales o de la naturaleza y a obras del hombre, que posean valor histórico, etnológico, paleontológico o antropológico. Lugar o paraje natural donde existen bienes muebles o inmuebles susceptibles de ser estudiados con metodología arqueológica, hayan sido o no extraídos y tanto si se encuentran en la superficie, en el subsuelo o bajo las aguas territoriales españolas. Podrá determinar la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas: La incoación de expediente de declaración de interés cultural respecto de un bien inmueble. Solamente la declaración de Bien de Interés Cultural. La declaración de Bien de Interés Cultural de un Bien Mueble salvaguardado dentro de un bien Mueble. Ninguna es correcta. Un bien inmueble declarado Bien de Interés Cultural: Es inseparable de su entorno. No se podrá proceder a su desplazamiento o remoción. Se podrá desplazar remover en caso de que resulte imprescindible por causa de fuerza mayor o de interés social. Todas son correctas. Señala la CORRECTA: Queda prohibida la colocación de publicidad comercial y de cualquier clase de cables, antenas y conducciones aparentes en los Jardines Históricos y en las fachadas y cubiertas de los Monumentos declarados de interés cultural. Queda prohibida la colocación de publicidad comercial y de cualquier clase de cables, antenas y conducciones aparentes en los Parques y en las fachadas y cubiertas de los Monumentos declarados de interés cultural. Queda prohibida la colocación de publicidad comercial y de cualquier clase de cables, antenas y conducciones aparentes en los Jardines Históricos y en las fachadas y cubiertas de los edificios declarados de interés cultural. Queda prohibida la colocación de publicidad comercial y de cualquier clase de cables, antenas y conducciones aparentes en los Jardines Históricos y en las fachadas y cubiertas de los Sitios Históricos declarados de interés cultural. Un municipio o municipios deberán redactar un Plan Especial de Protección para: Los Conjuntos Históricos, Sitios Históricos o Zonas Arqueológicas declaradas como Bienes de Interés Cultural. Los Parques y Jardines declaradas como Bienes de Interés Cultural. Los Museos, Bibliotecas y Archivos declaradas como Bienes de Interés Cultural. Todas son correctas. Los propietarios y demás titulares de derechos reales sobre bienes muebles de notable valor histórico, artístico, arqueológico, científico, técnico o cultural, podrán presentar solicitud debidamente documentada ante la Administración competente, a fin de que se inicie el procedimiento para la inclusión de dichos bienes en el Inventario General. La resolución sobre esta solicitud deberá recaer en un plazo de: 6 meses. 3 meses. 4 meses. 2 meses. Señala la CORRECTA: Los propietarios o poseedores de los bienes muebles que reúnan el valor y características que se señalen reglamentariamente quedan obligados a comunicar a la Administración competente la existencia de estos objetos, antes de proceder a su venta o transmisión a terceros. Los propietarios o poseedores de los bienes muebles que reúnan el valor y características que se señalen reglamentariamente NO quedan obligados a comunicar a la Administración competente la existencia de estos objetos, antes de proceder a su venta o transmisión a terceros. Los propietarios o poseedores de los bienes muebles que reúnan el valor y características que se señalen reglamentariamente quedan obligados a comunicar al órgano correspondiente de su CCAA la existencia de estos objetos, antes de proceder a su venta o transmisión a terceros. Ninguna es correcta. Señala la CORRECTA: La Administración competente podrá en todo momento inspeccionar la conservación de aquellos muebles integrantes del Inventario General. La Administración competente podrá en todo momento inspeccionar la conservación únicamente de aquellos muebles declarados de Interés Cultural. Los órganos competentes de cada CCAA podrán en todo momento inspeccionar la conservación de aquellos muebles integrantes del Inventario General. Ninguna es correcta. La transmisión por actos ínter vivos o mortis causa, así como cualquier otra modificación en la situación de los bienes: Deberá comunicarse a la Administración competente y anotarse en el Inventario General. No deberá comunicarse a la Administración competente y anotarse en el Inventario General. Deberá comunicarse a la Administración competente. Deberá anotarse en el Inventario General. relaciona. De la Declaración de Bienes de Interés Cultural. De los Bienes Inmuebles. De los Bienes Muebles. Sobre la Protección de los Bienes Muebles e Inmuebles. relaciona. Del Patrimonio Arqueológico. Del Patrimonio Etnográfico. Del Patrimonio Documental y Bibliográfico y de los Archivos, Bibliotecas y Museos. Señala la INCORRECTA: Pertenecen al Estado los bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Español que sean exportados sin la autorización requerida. Corresponde a la Administración del Estado realizar los actos conducentes a la total recuperación de los bienes ilegalmente exportados. Corresponde a la Administración del Estado realizar los actos conducentes a la total recuperación de los bienes legalmente exportados. Los bienes recuperados y no cedidos serán destinados a un centro público, previo informe del Consejo del Patrimonio Histórico. La autorización para la exportación de cualquier bien mueble integrante del Patrimonio Histórico Español: Estará sujeto a una tasa. No estará sujeto a tasas. Estará sujeto a una tasa con algunas excenciones. Ninguna es correcta. Los bienes muebles cuya importación haya sido realizada legalmente y esté debidamente documentada, de modo que el bien importado quede plenamente identificado, no podrán ser declarados de interés cultural: En ningún momento. En un plazo de 10 años a contar desde la fecha de su importación. En un plazo de 7 años a contar desde la fecha de su importación. En un plazo de 5 años a contar desde la fecha de su importación. Señala la CORRECTA: El Gobierno podrá concertar con otros Estados la permuta de bienes muebles de titularidad estatal pertenecientes al Patrimonio Histórico Español por otros de al menos igual valor y significado histórico. El Gobierno no podrá concertar con otros Estados la permuta de bienes muebles de titularidad estatal pertenecientes al Patrimonio Histórico Español por otros de al menos igual valor y significado histórico. El Gobierno podrá concertar con otros Estados la permuta de bienes muebles de titularidad estatal pertenecientes al Patrimonio Histórico Español por otros de menor o igual valor y significado histórico. El Gobierno podrá concertar con otros Estados la permuta de bienes muebles de titularidad estatal pertenecientes al Patrimonio Histórico Español por otros de mayor valor y significado histórico. Las edificaciones e instalaciones cuyo modelo constitutivo sea expresión de conocimientos adquiridos, arraigados y transmitidos consuetudinariamente y cuya factura se acomode, en su conjunto o parcialmente, a una clase, tipo o forma arquitectónicos utilizados tradicionalmente por las comunidades o grupos humanos: Son bienes inmuebles de carácter etnográfico. Son bienes muebles de carácter etnográfico. Son bienes inmuebles de carácter arqueológico. Son bienes muebles de carácter arqueológico. Todos aquellos objetos que constituyen la manifestación o el producto de actividades laborales, estéticas y lúdicas propias de cualquier grupo humano, arraigadas y transmitidas consuetudinariamente. Son bienes inmuebles de carácter etnográfico. Son bienes muebles de carácter etnográfico. Son bienes inmuebles de carácter arqueológico. Son bienes muebles de carácter arqueológico. Aquellos conocimientos o actividades que procedan de modelos o técnicas tradicionales utilizados por una determinada comunidad: Son bienes inmuebles de carácter etnográfico. Son bienes muebles de carácter etnográfico. Son bienes inmuebles de carácter arqueológico. Tienen valor etnográfico y gozarán de protección administrativa. A los efectos de la presente Ley forma parte del Patrimonio Histórico Español el Patrimonio Documental y Bibliográfico está constituido por: Cuantos bienes, reunidos o no en Archivos y Bibliotecas, se declaren integrantes del mismo. Cuantos bienes, reunidos o no en Bibliotecas, se declaren integrantes del mismo. Cuantos bienes, reunidos en Archivos y Bibliotecas, se declaren integrantes del mismo. Cuantos bienes, reunidos o no en Archivos, Bibliotecas y Museos, se declaren integrantes del mismo. En cuanto a la definición de documento: Se excluyen los ejemplares no originales de ediciones. Toda expresión en lenguaje natural o convencional y cualquier otra expresión gráfica, sonora o en imagen, recogidas en cualquier tipo de soporte material. Incluye los soportes informáticos. Todas son correctas. PForman parte del Patrimonio Documental: Generados, conservados o reunidos en el ejercicio de su función por cualquier organismo o entidad de carácter público. Generados, conservados o reunidos en el ejercicio de sus actividades por las entidades y asociaciones de carácter político, sindical o religioso y por las entidades, fundaciones y asociaciones culturales y educativas de carácter privado. Generados, conservados o reunidos por cualesquiera otras entidades particulares o personas físicas. Señala la CORRECTA: La Administración del Estado podrá declarar constitutivos del Patrimonio Documental aquellos documentos que, sin alcanzar la antigüedad indicada en la Ley, merezcan dicha consideración. La Administración del Estado NO podrá declarar constitutivos del Patrimonio Documental aquellos documentos que no alcancen la antigüedad indicada. La Administración del Estado podrá declarar constitutivos del Patrimonio Documental aquellos documentos que consideren que merezcan dicha consideración, siempre su antigüedad supere los 100 años. Ninguna es correcta. Señala la INCORRECTA: Se presumirá que existen al menos 3 ejemplares en el caso de obras editadas a partir de 1985. Se presumirá que existen al menos 3 ejemplares en el caso de obras editadas a partir de 1957. Forman parte del Patrimonio Bibliográfico las bibliotecas y colecciones bibliográficas de titularidad pública y las obras literarias, históricas, científicas o artísticas de carácter unitario o seriado, en escritura manuscrita o impresa, de las que no conste la existencia de al menos 3 ejemplares en las bibliotecas o servicios públicos. Todas son correctas. Los bienes integrantes del Patrimonio Documental y Bibliográfico, que tengan singular relevancia, serán incluidos en una sección especial del: Inventario General de bienes muebles del Patrimonio Histórico Español. Inventario General de bienes inmuebles del Patrimonio Histórico Español. Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico. Todas son correctas. Quedarán sometidos al régimen que la presente Ley establece para los Bienes de Interés Cultural: Los inmuebles destinados a la instalación de Archivos, Bibliotecas y Museos de titularidad estatal, así como los bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Español en ellos custodiados. Los inmuebles destinados a la instalación de Archivos de titularidad estatal, así como los bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Español en ellos custodiados. Los inmuebles destinados a la instalación de Archivos, Bibliotecas y Museos de titularidad estatal. Los inmuebles destinados a la instalación de Museos de titularidad estatal, así como los bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Español en ellos custodiados. Los bienes de Archivos y Museos podrán salir: Con previa autorización que deberá concederse mediante Orden Ministerial. Cuando se trate de objeto en depósito se respetará lo pactado al constituirse. Sin previa autorización. Cuando se trate de objeto en depósito se respetará lo pactado al constituirse. Con previa autorización que deberá concederse mediante Orden Ministerial. Cuando se trate de objeto en depósito no será necesario. Mediante Orden Ministerial cuando se trate de objeto en depósito. En el presupuesto de cada obra pública, financiada total o parcialmente por el Estado, se destinará a financiar trabajos de conservación o enriquecimiento del Patrimonio Histórico Español o de fomento de la creatividad artística, con preferencia en la propia obra o en su inmediato entorno: Un 1%. Un 10%. Un 2%. Un 3%. Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas tendrán derecho a una deducción por inversiones que realicen en la adquisición, conservación, reparación, restauración, difusión y exposición de bienes declarados de interés cultural, sobre una cuota equivalente a: 20%. 30%. 40%. 10%. |





