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La leyyy

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Título del Test:
La leyyy

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asdasd as das

Fecha de Creación: 2026/09/01

Categoría: Otros

Número Preguntas: 30

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La inclusión de trámites adicionales o distintos de los previstos en la Ley 39/2015 podrá realizarse: Mediante reglamento, siempre que el órgano competente motive su necesidad. Mediante ley, cuando resulte eficaz, proporcionado y necesario para los fines del procedimiento y se motive. Exclusivamente mediante ley orgánica.

Respecto de las Universidades públicas, la Ley 39/2015 establece que: Tienen exactamente el mismo régimen que la Administración General del Estado. Quedan completamente excluidas del ámbito de aplicación de la Ley 39/2015. Se rigen por su normativa específica y, supletoriamente, por las previsiones de la Ley 39/2015.

Los grupos de afectados, uniones y entidades sin personalidad jurídica tendrán capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas: Cuando la ley así lo declare expresamente. En todo caso, aunque ninguna norma les reconozca dicha capacidad. Únicamente cuando estén inscritos en el Registro Mercantil.

Se considera interesado en un procedimiento administrativo: Cualquier ciudadano que conozca la existencia del procedimiento. Exclusivamente quien haya iniciado personalmente el procedimiento. Quien tenga intereses legítimos que puedan verse afectados y se persone antes de que recaiga resolución definitiva.

Para los actos y gestiones de mero trámite realizados por un representante: La representación debe acreditarse siempre mediante poder notarial. La representación se presume. Es obligatorio el apoderamiento apud acta.

Respecto de los registros electrónicos de apoderamientos: Los registros generales y particulares de las distintas Administraciones deberán ser plenamente interoperables entre sí. Cada Administración debe mantener su registro completamente aislado de los restantes. Los organismos públicos tienen prohibido disponer de registros particulares de apoderamientos.

Cuando en una solicitud figuren varios interesados y no hayan indicado con quién deben entenderse las actuaciones: Se entenderán obligatoriamente con todos ellos simultáneamente. La Administración designará libremente a uno de ellos. Las actuaciones se efectuarán con el interesado que figure en primer término.

Durante la instrucción de un procedimiento que no ha tenido publicidad se detecta a una persona identificable cuyos derechos pueden resultar afectados. La Administración: Le comunicará la tramitación del procedimiento. Esperará necesariamente a que dicha persona solicite intervenir. Sólo deberá comunicarle la resolución definitiva.

La aceptación por la Administración General del Estado de un sistema de identificación electrónica: Sólo produce efectos frente a órganos de la propia Administración General del Estado. Servirá para acreditar, salvo prueba en contrario, la identificación electrónica frente a todas las Administraciones Públicas. Obliga exclusivamente a las Comunidades Autónomas que se adhieran expresamente al sistema.

Cuando un interesado utiliza uno de los sistemas de firma admitidos por la Ley 39/2015: Debe identificarse nuevamente después de firmar. La firma no produce ningún efecto respecto de su identidad. Su identidad se entiende acreditada mediante el propio acto de la firma.

¿Cuál de las siguientes actuaciones requiere obligatoriamente firma del interesado?. Interponer un recurso. Consultar información general publicada en una sede electrónica. Solicitar asistencia para utilizar medios electrónicos.

Si una persona no obligada a relacionarse electrónicamente carece de medios electrónicos y solicita asistencia: La Administración sólo puede explicarle cómo utilizar la sede, pero nunca intervenir en la firma. Un funcionario habilitado puede realizar su identificación o firma electrónica si el interesado se identifica y presta consentimiento expreso. Debe designar obligatoriamente un representante con certificado electrónico.

¿Cuál de los siguientes constituye un derecho de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas?. Exigir que cualquier procedimiento se resuelva verbalmente. Elegir libremente al funcionario que tramitará su expediente. Ser tratado con respeto y deferencia por autoridades y empleados públicos.

¿Cuál de los siguientes sujetos está obligado, en todo caso, a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas?. Una persona jurídica. Cualquier persona física mayor de edad. Cualquier pensionista que presente una solicitud.

En un procedimiento tramitado por la Administración General del Estado concurren varios interesados y existe discrepancia sobre la lengua que desean utilizar. El procedimiento: Se tramitará en la lengua elegida por quien presentó primero la solicitud. Se tramitará en castellano, sin perjuicio de expedir a cada interesado documentos o testimonios en la lengua que elija. Se suspenderá hasta que todos los interesados alcancen un acuerdo sobre la lengua.

Una vez concluido un trámite de registro, los documentos presentados: Permanecerán necesariamente diez días en el registro antes de remitirse. Se remitirán únicamente cuando lo solicite el órgano destinatario. Serán cursados sin dilación a sus destinatarios y unidades administrativas correspondientes.

Cada Administración deberá mantener: Un archivo electrónico único de los documentos electrónicos correspondientes a procedimientos finalizados. Exclusivamente archivos en papel de los procedimientos finalizados. Un archivo electrónico independiente para cada funcionario encargado de tramitar procedimientos.

El deber de colaboración de las personas con la Administración encuentra, entre otros, límites cuando la información solicitada: Tenga más de cinco años de antigüedad. Atente contra el honor o la intimidad personal o familiar o implique determinados datos confidenciales conocidos profesionalmente. No conste previamente en un registro administrativo.

La comparecencia de las personas ante oficinas públicas, presencialmente o por medios electrónicos: Puede imponerse mediante cualquier instrucción administrativa interna. Es siempre obligatoria cuando la solicite un funcionario. Sólo será obligatoria cuando esté prevista en una norma con rango de ley.

Respecto de la responsabilidad en la tramitación: Los interesados pueden solicitar a la Administración que exija responsabilidad al personal responsable de la tramitación. Los interesados carecen de cualquier facultad respecto de retrasos producidos durante la tramitación. Sólo el superior jerárquico puede poner de manifiesto irregularidades en la tramitación.

Cuando la norma reguladora del procedimiento no establezca un plazo máximo para resolver: El plazo será de seis meses. El plazo será de tres meses. El plazo será de un mes.

Cuando se solicite un informe preceptivo a un órgano de la misma o distinta Administración, la suspensión del plazo máximo para resolver por esta causa: Puede prolongarse indefinidamente hasta que se reciba el informe. No puede superar un mes. No puede superar tres meses.

Respecto de la ampliación excepcional del plazo máximo para resolver y notificar: La ampliación no podrá ser superior al plazo establecido para la tramitación del procedimiento y contra el acuerdo no cabrá recurso. Puede duplicarse indefinidamente siempre que lo acuerde el órgano instructor. Contra el acuerdo de ampliación cabe siempre recurso de alzada independiente.

Si en un procedimiento se ha producido estimación por silencio administrativo, la posterior resolución expresa: Puede ser libremente estimatoria o desestimatoria. Sólo podrá dictarse en sentido confirmatorio del acto producido por silencio. No puede dictarse en ningún caso.

En un procedimiento iniciado de oficio en el que la Administración ejerce potestades sancionadoras, el vencimiento del plazo máximo sin resolución expresa produce: Estimación por silencio administrativo. Desestimación por silencio sin terminación del procedimiento. Caducidad, debiendo ordenarse el archivo de las actuaciones.

Los documentos electrónicos emitidos por una Administración con carácter meramente informativo: No requieren firma electrónica, aunque debe identificarse su origen. Requieren siempre firma electrónica cualificada. Son inválidos si no forman parte de un expediente administrativo.

Cuando un interesado solicita una copia auténtica de un documento público administrativo válidamente emitido, con carácter general deberá expedirse en: Diez días. Quince días desde la recepción de la solicitud en el registro electrónico competente. Un mes desde la fecha de presentación de la solicitud.

Respecto de documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por otra Administración: El interesado debe aportarlos obligatoriamente de nuevo en todos los procedimientos. La Administración nunca puede recabarlos electrónicamente. El interesado tiene derecho a no aportarlos, pudiendo la Administración recabarlos; no cabe oposición cuando se exijan en potestades sancionadoras o de inspección.

Los términos y plazos establecidos por las leyes obligan: Tanto a autoridades y personal administrativo competente como a los interesados en los procedimientos. Únicamente a los interesados, ya que los plazos administrativos son orientativos para la Administración. Únicamente al personal funcionario, pero no a los interesados.

Salvo que una ley o el Derecho de la Unión Europea establezcan otro cómputo, cuando un plazo se señale por días: Se entiende referido a días naturales, incluidos sábados y domingos. Se entiende referido a días hábiles, excluyendo sábados, domingos y festivos. Se entiende referido exclusivamente a días laborables de lunes a viernes, aunque alguno sea festivo.

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