LGT 58/2003 Art 1-20
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Título del Test:![]() LGT 58/2003 Art 1-20 Descripción: Oposición. |




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Elija la opción correcta. Los tributos son los gastos públicos que consisten en prestaciones pecuniarias exigidas por una Administración pública como consecuencia de la realización del supuesto de hecho al que la ley vincula el deber de contribuir, con el fin primordial de obtener los ingresos necesarios para el sostenimiento de los gastos públicos. Los tributos son los ingresos públicos que consisten en prestaciones pecuniarias exigidas por una Administración pública como consecuencia de la realización del supuesto de hecho al que la ley vincula el deber de contribuir, con el fin primordial de obtener los ingresos necesarios para el sostenimiento de los gastos públicos. Los tributos son los sueldos públicos que consisten en prestaciones pecuniarias exigidas por una Administración pública como consecuencia de la realización del supuesto de hecho al que la ley vincula el deber de contribuir, con el fin primordial de obtener los ingresos necesarios para el sostenimiento de los gastos públicos. Los tributos son los ingresos y gastos públicos que consisten en prestaciones pecuniarias exigidas por una Administración pública como consecuencia de la realización del supuesto de hecho al que la ley vincula el deber de contribuir, con el fin primordial de obtener los ingresos necesarios para el sostenimiento de los gastos públicos. Las tasas son los tributos: Tasas son los tributos cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público, la prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de derecho público que se refieran, afecten o beneficien de modo particular al obligado tributario, cuando los servicios o actividades no sean de solicitud o recepción voluntaria para los obligados tributarios o no se presten o realicen por el sector privado. Tasas son los tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el obligado tributario de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos. Tasas son los tributos exigidos sin contraprestación cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad económica del contribuyente. Las tasas no son tributos. Las Contribuciones especiales: Contribuciones Especiales son los tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el obligado tributario de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos. Contribuciones Especiales no son los tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el obligado tributario de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos. Las Contribuciones Especiales son los tributos cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público, la prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de derecho público que se refieran, afecten o beneficien de modo particular al obligado tributario, cuando los servicios o actividades no sean de solicitud o recepción voluntaria para los obligados tributarios o no se presten o realicen por el sector privado. Las Contribuciones Especiales son los tributos exigidos sin contraprestación cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad económica del contribuyente. Los Impuestos son: Impuestos son los tributos exigidos sin contraprestación cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad económica del contribuyente. Impuestos no son los tributos exigidos sin contraprestación cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad económica del contribuyente. Impuestos son los tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el obligado tributario de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos. Impuestos son los tributos cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público, la prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de derecho público que se refieran, afecten o beneficien de modo particular al obligado tributario, cuando los servicios o actividades no sean de solicitud o recepción voluntaria para los obligados tributarios o no se presten o realicen por el sector privado. Elija la opción correcta: La ordenación del sistema tributario se basa en la capacidad económica de las personas obligadas a satisfacer los tributos y en los principios de legalidad, generalidad, igualdad, progresividad, equitativa distribución de la carga tributaria y no confiscatoriedad. La ordenación del sistema tributario se basa en la capacidad económica de las personas obligadas a satisfacer los tributos y en los principios de garantía, pluralidad, igualdad, progresividad, equitativa distribución de la carga tributaria y no confiscatoriedad. La ordenación del sistema tributario se basa en la capacidad económica de las personas obligadas a satisfacer los tributos y en los principios de pluralidad, generalidad, economía, progresividad, equitativa distribución de la carga tributaria y no confiscatoriedad. La ordenación del sistema tributario se basa en la capacidad económica de las personas obligadas a satisfacer los tributos y en los principios de justicia, generalidad, igualdad, progresividad, equitativa distribución de la carga tributaria y no confiscatoriedad. La aplicación del sistema tributario se basará en los principios de: Principios de proporcionalidad, eficacia y limitación de costes indirectos derivados del cumplimiento de obligaciones formales y asegurará el respeto de los derechos y garantías de los obligados tributarios. Principios de proporcionalidad, eficiencia y limitación de costes indirectos derivados del cumplimiento de obligaciones formales y asegurará el respeto de los derechos y garantías de los obligados tributarios. Principios de progresividad, generalidad y limitación de costes indirectos derivados del cumplimiento de obligaciones formales y asegurará el respeto de los derechos y garantías de los obligados tributarios. Principios de proporcionalidad, eficacia y no limitación de costes indirectos derivados del cumplimiento de obligaciones formales y asegurará el respeto de los derechos y garantías de los obligados tributarios. La potestad originaria para establecer tributos corresponde exclusivamente mediante ley: A las CCAA. Al Estado. A las Entidades Locales. A las Diputaciones y ayuntamientos. Las comunidades autónomas y las entidades locales podrán establecer y exigir tributos, de acuerdo con la: Constitución y los Decretos del Gobierno. Constitución y las Ordenanzas. Constitución y las Leyes. Constitución y los Reglamentos. En el ámbito de competencias del Estado, la aplicación de los tributos, el ejercicio de la potestad sancionadora y la función revisora en vía administrativa corresponde al: Ministerio de Asuntos Sociales y Hacienda. Ministerio de Igualdad y Hacienda. Ministerio de Trabajo y Hacienda. Ministerio de Economía y Hacienda. Elija la opción correcta: El ejercicio de la potestad reglamentaria y los actos de aplicación de los tributos y de imposición de sanciones tienen carácter reglado y son impugnables en vía administrativa y jurisdiccional en los términos establecidos en las leyes. El ejercicio de la potestad reglamentaria y los actos de aplicación de los tributos y de imposición de sanciones tienen carácter reglado y no son impugnables en vía administrativa, pero sí en vía jurisdiccional en los términos establecidos en las leyes. El ejercicio de la potestad reglamentaria y los actos de aplicación de los tributos y de imposición de sanciones tienen carácter reglado y a veces son impugnables en vía administrativa y siempre en vía jurisdiccional en los términos establecidos en las leyes. El ejercicio de la potestad reglamentaria y los actos de aplicación de los tributos y de imposición de sanciones tienen carácter reglado y deberán ser impugnables siempre en vía administrativa en los términos establecidos en las leyes. ¿Cuál de las siguientes opciones NO es fuente del Derecho Tributario?. La Constitución. Los tratados o convenios internacionales que contengan cláusulas de naturaleza tributaria. Las normas que dicte la Unión Europea y otros organismos internacionales o supranacionales. La Ley de Gobierno 50/1997. ¿A qué se refiere el precepto constitucional Reserva de Ley?. Sólo las Cortes, órgano parlamentario, pueden crear mediante ley impuestos y otras prestaciones públicas. Que los tributos no deben estar recogidos en una ley. Que la Administración Local tiene la potestad para crear tributos mediante ordenanzas. Que los tributos no necesitan una ley para su plena validez. Ámbito temporal de las normas tributarias. Las normas tributarias entrarán en vigor a los 15 días naturales de su completa publicación en el boletín oficial que corresponda, si en ellas no se dispone otra cosa, y se aplicarán por plazo indefinido, salvo que se fije un plazo determinado. Las normas tributarias entrarán en vigor a los veinte días hábiles de su completa publicación en el boletín oficial que corresponda, si en ellas no se dispone otra cosa, y se aplicarán por plazo indefinido, salvo que se fije un plazo determinado. Las normas tributarias entrarán en vigor a los veinte días naturales de su completa publicación en el boletín oficial que corresponda, si en ellas no se dispone otra cosa, y se aplicarán por plazo indefinido, salvo que se fije un plazo determinado. Las normas tributarias entrarán en vigor a los treinta días naturales de su completa publicación en el boletín oficial que corresponda, si en ellas no se dispone otra cosa, y se aplicarán por plazo definido, salvo que se fije un plazo determinado. Criterios de sujeción a las normas tributarias: Los tributos se aplicarán conforme a los criterios de residencia o territorialidad que establezca la ley en cada caso. En su defecto, los tributos de carácter personal se exigirán conforme al criterio de residencia y los demás tributos conforme al criterio de territorialidad que resulte más adecuado a la naturaleza del objeto gravado. Los tributos se aplicarán conforme a los criterios de generalidad y progresividad que establezca la ley en cada caso. En su defecto, los tributos de carácter personal se exigirán conforme al criterio de residencia y los demás tributos conforme al criterio de territorialidad que resulte más adecuado a la naturaleza del objeto gravado. Los tributos se aplicarán conforme a los criterios de residencia y eficacia que establezca la ley en cada caso. En su defecto, los tributos de carácter personal se exigirán conforme al criterio de residencia y los demás tributos conforme al criterio de territorialidad que resulte más adecuado a la naturaleza del objeto gravado. Los tributos se aplicarán conforme a los criterios de eficiencia o territorialidad que establezca la ley en cada caso. En su defecto, los tributos de carácter personal se exigirán conforme al criterio de residencia y los demás tributos conforme al criterio de territorialidad que resulte más adecuado a la naturaleza del objeto gravado. Elija la opción correcta: No se admitirá la analogía para extender más allá de sus términos estrictos el ámbito del hecho imponible, de las exenciones y demás beneficios o incentivos fiscales. Se admitirá la analogía para extender más allá de sus términos estrictos el ámbito del hecho imponible, de las exenciones y demás beneficios o incentivos fiscales. En algunos supuestos se admitirá la analogía para extender más allá de sus términos estrictos el ámbito del hecho imponible, de las exenciones y demás beneficios o incentivos fiscales. Siempre y en todo caso se admitirá la analogía para extender más allá de sus términos estrictos el ámbito del hecho imponible, de las exenciones y demás beneficios o incentivos fiscales. No son obligaciones tributarias materiales: Las de carácter principal. Las de realizar pagos a cuenta. La obligación de expedir y entregar facturas o documentos sustitutivos y conservar las facturas, documentos y justificantes que tengan relación con sus obligaciones tributarias. Las establecidas entre particulares resultantes del tributo. No son obligaciones tributarias formales: Las obligaciones accesorias. La obligación de solicitar y utilizar el número de identificación fiscal en sus relaciones de naturaleza o con trascendencia tributaria. La obligación de llevar y conservar libros de contabilidad y registros, así como los programas, ficheros y archivos informáticos que les sirvan de soporte y los sistemas de codificación utilizados que permitan la interpretación de los datos cuando la obligación se cumpla con utilización de sistemas informáticos. La obligación de expedir y entregar facturas o documentos sustitutivos y conservar las facturas, documentos y justificantes que tengan relación con sus obligaciones tributarias. La obligación tributaria principal tiene por objeto: El pago de intereses de demora. El pago de la cuota tributaria. El hecho imponible. El crédito tributario. El hecho imponible es : Es el presupuesto fijado por la ley para configurar cada tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria principal. La obligación tributaria principal. El interés de demora es una prestación accesoria. El ejercicio de la potestad reglamentaria y los actos de aplicación de los tributos. Elija la opción correcta: El crédito tributario es disponible salvo que la ley establezca otra cosa. El crédito tributario es accesible salvo que la ley establezca otra cosa. El crédito tributario es favorable salvo que la ley establezca otra cosa. El crédito tributario es indisponible salvo que la ley establezca otra cosa. |