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Licencia Armas

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Título del Test:
Licencia Armas

Descripción:
T-6 Reparación, Prueba y Depósito de Armas

Fecha de Creación: 2022/10/04

Categoría: Otros

Número Preguntas: 64

Valoración:(16)
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La pregunta 9 la opción b) la respuesta es la siguiente B).-No, en ningún caso.
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FIN DE LA LISTA
Temario:

1. ¿Es cierto que el Reglamento de Armas contempla que la reparación de armas de fuego se hará solamente por industrias que las hubiesen fabricado o por armeros autorizados por la Intervención de Armas de la Guardia Civil, con establecimientos abiertos e inscritos en un registro de la citada Intervención?. A).- Cierto. B).- Falso. C).- Es indiferente.

2. ¿Qué documento será aportado al armero, cuando se le entregue un arma de fuego para reparación?. A).- La Licencia o Autorización de armas. B).- La Guía de Pertenencia o la Guía de Circulación en su caso. C).- La Guía de Pertenencia y la Licencia de Armas.

3. ¿Qué destino se le dará a la Guía de pertenencia de un arma de fuego que ha sido reparada?. A).-Se devolverá al/la propietario/a del arma. B).-Se hará una nueva guía haciendo constar que ha sido reparada. C).-Se destruirá.

4. ¿Puede llevar un arma de fuego personalmente el/la titular de la misma para su reparación?. A).-No. B).-Algunas veces. C).-Sí.

5. Cuando el arma a reparar proceda de una localidad distinta a la de ubicación del establecimiento del armero y no la lleva personalmente su propietario. ¿Qué documento deberá sustituir a la Guía de Pertenencia?: A).-Tan solo una nota con las deficiencias que tiene el arma, si se manda por una agencia de transportes. B).-Una guía de circulación expedida por la Intervención de Armas de origen o demarcación del/la propietario/a del arma. C).-Si la lleva personalmente el/la propietario/a, necesita igualmente guía de circulación.

6. ¿ Qué requisito será imprescindible para poder reparar armas de fuego?: A).-Ser un técnico en la reparación de armas y realizarlo de forma habitual. B).-Tener la condición de armero y establecimiento abierto e inscrito en un registro que llevará la Intervención de Armas de su residencia. C).-Ser titular de una armería debidamente autorizada por la Autoridad Gubernativa.

7. ¿Es imprescindible obtener la condición de armero para dedicarse a la reparación de armas de fuego?. A).-Algunas veces. B).-Sí. C).-Cuando se trate de armas blancas sí es necesario.

8. ¿Las industrias que fabrican armas de fuego están autorizadas a reparar las mismas?. A).-No, si la avería es muy grave. B).-Sí. C).-Depende del tipo de arma.

9. ¿Se admitirá un arma de fuego para su reparación si no lleva la Guía de pertenencia?. A).-Sí, cuando esté en muy mal estado. A).-Sí, cuando esté en muy mal estado. C).-Sí, siempre que dicho documento se haya sustituido por una guía de circulación.

10. ¿Puede el titular de un arma de fuego llevarla personalmente a un establecimiento autorizado para su reparación?. A).-No. B).-Sí, si va acompañada de la Guía de Pertenencia. C).-Sí, si va acompañada de la Guía de Pertenencia y Licencia correspondiente.

11. La reparación de armas se hará solamente: A).-Por las industrias que las hubiesen fabricado. v. B).-Por armeros/as, que autorizados/as por Intervención de Armas cuenten con establecimiento abierto al público y estén inscritos en el correspondiente registro. C).-Las dos respuestas anteriores (A y B) son válidas.

12. No se admitirá un arma a reparar si no va acompañada de: A).-Guía de Pertenencia. B).-Guía de Circulación. C).-La A) y la B) son correctas.

13. ¿Donde quedará la Guía de Pertenencia del arma que se esté reparando?: A).-Será devuelta al propietario del arma una vez se tomen los datos del arma por el armero. B).-Quedará en poder del/la armero/a mientras dure la reparación del arma. C).-No es necesario, en este caso, que el arma vaya acompañada por la Guía de Pertenencia.

14. ¿Cuándo deberá ser entregada a su titular la guía de pertenencia de un arma llevada a reparar a una armería?. A).- Una vez presentada el arma en la armería. B).- Una vez que el/la Armero/a ha tomado nota de la misma. C).- En el momento de retirar el arma de la armería.

15. Además del arma, ¿qué entregará al armero/a el/la titular que le deje su arma para reparar?: A).-La Guía de Pertenencia. B).-La licencia de armas. C).-No es preciso que le entregue nada.

16. Sin conocimiento de la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil ¿en qué casos está permitida la reparación que suponga modificación de las características, estructura o calibre de un arma de caza?. A).- En cualquier caso. B).- En ningún caso. C).- Es indiferente.

17. ¿Puede llevarse a cabo una reparación que suponga modificación del calibre de un arma?: A).- Sí, si es de caza y esté aprobado por un banco oficial de pruebas y notificado a la Intervención de Armas. B).- Sí, siempre que las variaciones hayan sido realizadas por los propios fabricantes del arma y hayan entregado esta documentación técnica en la Intervención de Armas de la demarcación del establecimiento. C).- Son correctas las dos respuestas anteriores.

18. ¿En qué casos se permitirá que la reparación del arma suponga la modificación sustancial de sus características?. A).- Con conocimiento del Ministerio de Cultura. B).- Con conocimiento de la Intervención de Armas y aprobación en su caso del Ministerio de Defensa o del Banco Oficial de Pruebas. C).- Con conocimiento de la Intervención de Armas y Ministerio de Hacienda.

19. ¿Para modificar el calibre de un arma es preciso la aprobación en su caso del Ministerio de Defensa?. A).- Sí, siempre que se trate de armas de la 1ª y 2ª categoría. B).- Sí, siempre que se trate de armas de guerra. C).- Las dos respuestas son correctas.

20. ¿Puede cambiarse la estructura de un arma?. A).-Sí, siempre que lo haga un armero autorizado y por un motivo razonado. B).-Sí, previo conocimiento de la Intervención de Armas de la Guardia Civil y aprobación en su caso del Ministerio de Defensa o de un Banco Oficial de Pruebas según el arma de que se trate. C).-En ningún caso.

21. ¿Puede repararse un arma de caza, de tal forma que suponga una modificación sustancial de la misma?. A).- Sí, con conocimiento y aprobación de los organismos competentes. B).- Nunca. C).- Solo en caso de que la reparación fuera efectuada por un herrero.

22. Los/Las fabricantes y comerciantes autorizados/as y sus representantes, ¿a quiénes podrán dejar a prueba las armas de fuego?. A).- A personas mayores de edad. B).- A personas que posean la correspondiente licencia. C).- A personas interesadas en la compra de las armas.

23. ¿Quiénes podrán dejar a prueba las armas de fuego?. A).-Los/Las fabricantes y comerciantes autorizados/as. B).-Los/Las representantes de los fabricantes y comerciantes autorizados. C).- Las dos anteriores son correctas.

24. Los/Las comerciantes autorizados/as, ¿dejarán a probar un arma de fuego una persona sin Licencia de Armas?. A).-Sí. B).-No. C).-Sí, con autorización del/de la Armero/a.

25. ¿Qué plazo de validez tendrá el documento expedido por un comerciante autorizado para probar un arma de fuego en la misma localidad de residencia del interesado en comprarla?. A).-24 horas. B).-5 días. C).-7 días.

26. En el documento que expida un fabricante a favor de la persona que este interesada en adquirir un arma de fuego, ¿podrá omitir el lugar donde se va a efectuar la prueba con dicha arma?. A). -Siempre. B).-No. C).-No tiene importancia.

27. ¿Cualquier titular de la licencia de armas correspondiente y en vigor, podrá probar las armas de fuego que desea adquirir?. A).-Sí. B).-Nunca. C).-Con autorización del/de la Subdelegado/a del Gobierno.

28. La persona interesada en comprar un arma, ¿puede probarla antes de adquirirla en galería autorizada?. A).- No, en ningún caso. B).- Sí, pero debe probarla tan solo el viajante. C).- Sí.

29. Una persona que posee licencia de armas correspondiente, ¿puede probar un arma de caza?. A).- Si, en caso de que se la deje un comerciante autorizado. B).- Solo en caso de que sea titular de una licencia de caza. C).- Las dos anteriores son correctas.

30. ¿Qué será indispensable, para que una persona interesada en adquirir un arma pueda probarla?: A).- Que le acompañe el comercial o fabricante. B).- Que tenga una autorización del vendedor. C).- Estar en posesión de la correspondiente licencia.

31. ¿Qué datos deberá contener el documento, de carácter personal e intransferible, que emite el/la fabricante, comerciante o sus representantes a la persona que vaya a realizar la prueba de un arma de fuego interesada en adquirirla?: A).- Denominación expresa del lugar en donde se deben realizar las pruebas. B).- Reseña del arma, la licencia y el lugar de las pruebas, plazos de validez y estar visado por la Intervención de Armas. C).- Que se reseñe un plazo de tres días para realizar la prueba.

32. ¿Qué carácter tiene el documento que el/la fabricante o comerciante expide a favor de la persona interesada en adquirir un arma de fuego que quiere probar?. A).- Genérico, para cualquier posible adquirente. B).- Transferible a un tercer posible adquirente, siempre que posea licencia de armas. C).- Personal e intransferible.

33. Un fabricante autorizado ha dejado en prueba un arma a un particular que desea adquirirla y que posee la licencia correspondiente, ¿qué le debe expedir el fabricante?. A).- La guía de pertenencia. B).- La factura del arma. C).- Un documento de carácter personal e intransferible visado por la Intervención de Armas y Explosivos.

34. ¿Por quién será visado el documento de autorización para la prueba de un arma de fuego expedido a favor de un/una particular por un/una fabricante autorizado?. A).- Intervención de Armas. B).- Comerciante. C).- No es necesario este requisito.

35. El documento de autorización para la prueba de un arma de fuego, a favor de la persona interesada en adquirirla, ¿en qué modelo de documento se formalizará?. A).- En triplicado ejemplar. B).- Por escrito. C).- Conforme a un modelo oficial.

36. ¿Donde se podrán probar las armas de fuego, además de en los campos de las Federaciones deportivas o en los polígonos, campos o galerías de tiro?. A).- En los terrenos privados. B).- En los terrenos que cuenten con autorización de la autoridad local. C).- En los terrenos cinegéticos controlados.

37. ¿Se podrán probar las armas de fuego en Galerías de Tiro?. A).-No. B).-No, si no se tiene autorización del/de la Alcalde/sa. C).-Sí.

38. ¿Se podrá probar un arma de fuego en la vía pública?. A).- Solo en caso de que no haya personas en la misma. B).- Si es de noche y en descampado. C).-Nunca.

39. Con motivo del fallecimiento de una persona que posea armas de fuego, los/las herederos/ras o albaceas, ¿Cuándo deberán depositar las armas en la Intervención de Armas?. A).- Al día siguiente del fallecimiento. B).- Tan pronto como tengan conocimiento de la obligación de hacerlo y en cualquier caso dentro de los 6 meses siguientes al fallecimiento. C).- Será determinado por el/la Interventor/a de Armas y Explosivos de la residencia del fallecido/a.

40. ¿Es cierto que el Reglamento de Armas dispone que al cesar en la habilitación para la tenencia legal de las armas, el/la interesado/a, deberá depositarlas inmediatamente?. A).- Cierto. B).- Falso. C).- Solo en caso de armas de caza.

41. Al cesar en la habilitación para la tenencia legal de las armas ¿En qué momento el/la interesado/a deberá depositar las armas con las correspondientes guías de pertenencia?. A).- Dentro del plazo de 10 días desde que cesó en dicha habilitación. B).- Inmediatamente. C).- Quedará exento del depósito si comunica tal vicisitud a la Intervención de Armas y adopta las suficientes medidas de seguridad para evitar su pérdida o sustracción.

42. No pasar dos revistas consecutivas de un arma será motivo de retirada de la guía de pertenencia ¿qué debe hacerse con el arma?. A).- Guardarla con las suficientes medidas de seguridad. B).- Depositarla. C).- Llevar la guía de pertenencia a la Intervención de Armas.

43. ¿Qué tiempo permanecerán las armas que se depositen en las Intervenciones de Armas a disposición de los/las herederos/as, como consecuencia del fallecimiento de sus titulares?. A).- 6 meses. B).- 1 año. C).- 2 años.

44. ¿Qué documento acompañará a las armas que se depositen en las Intervenciones de Armas, como consecuencia del fallecimiento de sus titulares?. A).- La Licencia de armas del/de la fallecido/a y el certificado de defunción. B).- La guía de pertenencia. C).- La guía de pertenencia, acompañada de certificado de defunción.

45. En caso de caducidad de la licencia de armas, ¿qué tiempo tendrá para depositarlas?. A).-3 meses. B).-1 año. C).-Inmediatamente.

46. ¿Qué documentos acompañarán a las armas de fuego que vayan a ser depositadas?. A).-Las Guías de Pertenencia. B).-La Licencia de Armas. C).-Las Tarjetas de Armas.

47. ¿Qué deberá depositar el/la titular de armas de fuego que extraviase la licencia de armas?. A).-Las Armas y las Guías de Pertenencia. B).-Las Guías. C).-No depositará ningún arma.

48. ¿Qué deberá depositar el/la titular de armas de fuego que extraviase las Guías de Pertenencia?. A).-La Licencia de Armas. B).-Las Armas que amparan dichas Guías. C).-Licencia de caza.

49. ¿Es cierto que el/la titular de un arma de fuego no puede depositarla en la Intervención de Armas y Explosivos para ser subastada?. A).- Cierto. B).- Falso. C).- Depende de si el arma es de caza o no.

50. ¿Puede el/la titular de un arma de fuego depositarla en la Intervención de Armas y Explosivos para ser subastada?. A).-No. B).-A veces. C).-Sí.

51. ¿Puede el/la titular de un arma de fuego depositarla en la Intervención de Armas y Explosivos para su reducción a chatarra?. A).-No; el destino reglamentario de reducción a chatarra es solo en caso de armas depositadas que carezcan de punzones necesarios o sean prohibidas. B).-A veces. C).-Sí.

52. ¿Cuándo procede el depósito de las armas y la retirada y anulación de la guía de pertenencia?. A).- Al no pasar la revista, en una ocasión. B).- Al no pasar dos revistas consecutivas. C).- En ningún caso procede el depósito de las armas.

53. En caso de fallecimiento del/de la titular de un arma, ¿qué deberán hacer los familiares con las armas del fallecido?. A).- Pueden hacer uso de las mismas sin ningún requisito previo. B).- Depositarlas en la Intervención de Armas. C).- Pasarán a propiedad del hijo mayor de la familia.

54. ¿Qué plazo tienen los herederos/as de un arma, depositada en la Intervención de Armas y Explosivos por fallecimiento del/de la titular, para enajenarla?. A).- Una semana. B).- Un año. C).- No hay plazo establecido.

55. En caso de anulación de la guía de pertenencia de un arma ¿qué debe hacerse con el arma?. A).-Depositarla inmediatamente en la Intervención de Armas. B).-Esperar a que me devuelvan la guía. C).-Nada.

56. Señale el plazo de que disponen los/las herederos/as del/de la titular de una escopeta para depositarla en la Intervención de Armas y Explosivos en caso de fallecimiento del/de la titular: A) Tan pronto como tenga conocimiento de la obligación de hacerlo. B) Dentro de los seis meses siguientes al fallecimiento. C) Correctas A) y B).

57. Señale el plazo de que disponen los/las herederos/as del/de la titular de una escopeta para depositarla en la Intervención de Armas y Explosivos en caso de fallecimiento del/de la titular: A) Dentro de los seis meses siguientes al fallecimiento. B).- Al año del fallecimiento. C).- Las dos anteriores son correctas.

58. Una escopeta depositada por infracción a la Ley de Caza, ¿podrá ser recuperada por su dueño/a?. A).-Sí. B).-No. C).-Algunas veces.

59. ¿Qué destino se le dará a las armas depositadas por infracción a la Ley de Caza, cuando los/las titulares de las mismas no deseen recuperarlas?. A).-Venderlas. B).-Depositadas hasta que la Autoridad Judicial disponga de ellas. C).-Destruirlas.

60. ¿Qué destino recibirán las armas que se depositen en las Intervenciones de Armas a disposición de los/las herederos/as, como consecuencia del fallecimiento de sus titulares y haya transcurrido el plazo reglamentario, sin que las armas hayan sido enajenadas o recuperadas?. A).- Se reducirán a chatarra, si no se ha pedido expresamente que se subasten. B).- Se destruirán. C).- Se enajenarán a los armeros/as que lo soliciten.

61. ¿Qué fin se le dará a un arma depositada en la Intervención de Armas y que transcurridos los plazos reglamentarios no ha sido transferida?. A).- Se entregará al museo de armas del Ejército. B).- Se destruirán. C).- Se alquilará a persona en posesión de licencia de armas.

62. En las importaciones, las armas llegadas a un aeropuerto que no fuesen retiradas por sus destinatarios/as después de despachadas por las aduanas, ¿cuánto tiempo estarán depositadas como máximo, a disposición del interesado/a?. A).- Durante un año. B).- Durante seis meses. C).- Durante cinco meses.

63. En las importaciones, las armas llegadas a un aeropuerto que no fuesen retiradas por sus destinatarios/as después de despachadas por las aduanas, ¿qué fin le será dado a dichas armas?. A).- Se venderán. B).- Serán devueltas al país de origen. C).- Serán depositadas en la Intervención de Armas y Explosivos.

64. ¿Qué destino se dará a un arma que tiene un valor acreditado como patrimonio histórico en el caso de que haya transcurrido un año depositada?. A).- Se enajenarán en pública subasta. B).- Se le devolverá a su legítimo/a dueño/a. C).- Lo que dictamine la Autoridad Judicial.

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