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las licencias urbanísticas

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Título del Test:
las licencias urbanísticas

Descripción:
las licencias urbanísticas(tema 10)

Fecha de Creación: 2015/02/07

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 30

Valoración:(22)
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Temario:

¿Cuál de los siguientes actos están sujetos a licencia urbanística?. Las parcelaciones y segregaciones o cualquier otro acto de división de fincas o predios en cualquier clase de suelo, no incluidos en proyecto de reparcelación. Las obras de construcción, edificación e implatación de instalaciones de toda clase de nueva planta. Las obras de ampliación de construcciones, edificaciones e instalaciones de toda clase existentes. Todas son correctas.

Las obras de modificación o reforma que afecten a la estructura o a la configuración arquitectónica del edificio o al aspecto exterior de la construcción estará sujeta a licencia urbanística: En parte. Si. No. Ninguna es correcta.

Indica la respuesta correcta: Estarán sujetos a licencia urbanística: Las obras que hayan de realizarse con carácter provisional. Las obras de urbanización complementarias a la edificación. La demolición de las construcciones, salvo en los casos declarados de ruina. Estarán sujetos a licencia urbanística: Las obras que hayan de realizarse con carácter provisional. Las obras de urbanización complementarias a la edificación. La demolición de las construcciones, salvo en los casos declarados de ruina inminente. Estarán sujetos a licencia urbanística: Las obras que hayan de realizarse con carácter fijo. Las obras de urbanización complementarias a la edificación. La demolición de las construcciones, salvo en los casos declarados de ruina inminente. Estarán sujetos a licencia urbanística: Las obras que hayan de realizarse con carácter provisional. Las obras de urbanización de la edificación. La demolición de las construcciones, salvo en los casos declarados de ruina inminente.

Indica la respuesta correcta: Estarán sujetos a licencia urbanística: Los movimientos de cualquier tierra y las obras de montaje en cada suelo. Estarán sujetos a licencia urbanística: La explotación de cualquier cantera. Estarán sujetos a licencia urbanística: El cerramiento de cualquier finca. Ninguna es correcta.

Estarán sujetos a licencia urbanística: Los movimientos de tierra y las obras de desmontaje y explanación en cualquier clase de suelo.La extracción de áridos y la explotación de canteras. El cerramiento de fincas, muros y vallados. La apertura de caminos, así como su modificación o pavimento. Los movimientos de tierra y las obras de desmontaje y explanación en cualquier clase de suelo.La extracción de áridos. El cerramiento de fincas, muros y vallados. La apertura de caminos, así como su modificación o pavimento. Los movimientos de tierra y las obras de desmontaje y explanación en cualquier clase de suelo.La extracción de áridos y la explotación de canteras. El cerramiento de fincas, muros y vallados. La apertura de caminos, así como su modificación. Los movimientos de tierra y las obras de montaje y explanación en cualquier clase de suelo.La extracción de áridos y la explotación de canteras. El cerramiento de fincas, muros y vallados. La apertura de caminos, así como su modificación o pavimento.

Estarán sujetos a licencia urbanística: La acumulación de vertidos y el depósito de materiales ajenos a las característica propias del paisaje natural que contribuyan al deterioro o degradación del mismo.La instalación de invernaderos. Es correcta. No es correcta. Sólamente estará sujeta al permiso del ayuntamiento en cuestión. En parte es correcta.

No estarán sujetas a licencia: Las obras de urbanización totales o parciales, así como cualquiera de las actuaciones que se hallen incluidas en un proyecto de urbanización legalmente aprobado conforme a lo dispuesto en la ley 1/2006. Las obras de urbanización totales o parciales, así como cualquiera de las actuaciones que se hallen incluidas en un proyecto de urbanización legalmente aprobado conforme a lo dispuesto en la ley 2/2006. Las obras de urbanización parciales, así como cualquiera de las actuaciones que se hallen incluidas en un proyecto de urbanización legalmente aprobado conforme a lo dispuesto en la ley 2/2006. Las obras de urbanización totales o parciales, así como cualquiera de las actuaciones que se hallen incluidas en un proyecto de urbanización legalmente aprobado conforme a lo dispuesto en la ley 3/2006.

Cuando los actos de construcción, edificación e instalación sean promovidos por los ayuntamientos en su propio término municipal: El acuerdo que lo autorice o apruebe está sujeto a los mismos requisitos y produce los mismos efectos que la licencia urbanística a los efectos de esta ley 1/2006, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación de régimen local. El acuerdo que lo autorice o apruebe está sujeto a los mismos requisitos y no produce los mismos efectos que la licencia urbanística a los efectos de esta ley 2/2006, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación de régimen local. El acuerdo que lo autorice o apruebe está sujeto a diferentes requisitos y produce los mismos efectos que la licencia urbanística a los efectos de esta ley 2/2006, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación de régimen local. El acuerdo que lo autorice o apruebe está sujeto a los mismos requisitos y produce los mismos efectos que la licencia urbanística a los efectos de esta ley 2/2006, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación de régimen local.

Estarán sujetos a licencia urbanística: la apertura de caminos, así como la pavimentación. La ubicación de casas prefabricadas e instalaciones de carácter similar, provisionales o permanentes.Las instalaciones que se ubiquen o afecten al subsuelo. la apertura de caminos, así como la modificación o pavimentación. La ubicación de casas prefabricadas e instalaciones de carácter similar, provisionales o permanentes.Las instalaciones que se ubiquen o afecten al subsuelo. la apertura de caminos, así como la modificación o pavimentación. La ubicación de casas prefabricadas e instalaciones de carácter similar, permanentes.Las instalaciones que se ubiquen o afecten al subsuelo. la apertura de caminos, así como la modificación o pavimentación. La ubicación de casas prefabricadas e instalaciones de carácter similar, provisionales o permanentes.Las instalaciones que se ubiquen o afecten al vecindario.

Estarán sujetos a licencia urbanística: La colocación de carteles y vallas de propaganda visibles desde la vía pública cuando estén levantadas o apoyadas en un elemento que sirva de soporte mural. La colocación de vallas de propaganda visibles desde la vía privada cuando estén levantadas o apoyadas en un elemento que sirva de soporte. La colocación de carteles y vallas de anuncios visibles desde la vía pública cuando estén levantadas en un elemento que sirva de soporte estructural. Ninguna es correcta.

La instalación de tendidos eléctricos, teléfonicos u otros similares y de redes de telecomunicaciones o transporte de energía y la colocación de antenas de cualquier clase: Serán actos sujetos a licencia urbanística. No serán actos sujetos a licencia urbanística. En parte estarán sujetos a licencia urbanística. Ninguna es correcta.

La colocación de carteles y vallas de propaganda visibles desde la vía pública cuando estén levantadas o apoyadas en un elemento que sirva de soporte estructural: No serán actos sujetos a licencia urbanística. Estarán sujetos a licencia urbanística. Ninguna es correcta. En parte estarán sujetos a licencia urbanística.

Las ordenanzas municipales podrán sustituir la necesidad de obtención de licencias por una comunicación previa, por escrito, del interesado al ayuntamiento, cuando se trate de la ejecución de obras de escasa entidad técnica: Es correcta. No es correcta. En parte es correcta. Ninguna de las anteriores es correcta.

Cuándo no es necesario presentar proyecto técnico: Cuando se trate de la ejecución de obras de escasa entidad técnica, o para el ejercicio de actividades que no tengan la condición de molestas insalubres, nocivas o peligrosas y para aquellas otras actuaciones que prevean las propias leyes de la Constitución. Cuando se trate de la ejecución de obras de escasa entidad técnica, o para el ejercicio de actividades que no tengan la condición de molestas insalubres, nocivas o peligrosas y para aquellas otras actuaciones que prevean las propias leyes de las Comunidades. Cuando se trate de la ejecución de obras de escasa entidad técnica, o para el ejercicio de actividades que no tengan la condición de molestas insalubres, nocivas y para aquellas otras actuaciones que prevean las propias ordenanzas. Cuando se trate de la ejecución de obras de escasa entidad técnica, o para el ejercicio de actividades que no tengan la condición de molestas insalubres, nocivas o peligrosas y para aquellas otras actuaciones que prevean las propias ordenanzas.

¿Cuándo podrá el ayuntamiento verificar los requisitos exigidos?. En cualquier momento y podrá ordenar, mediante resolución motivada, el cese de la actuación cuando se ajuste a lo requerido. En cualquier momento y podrá ordenar, mediante resolución no motivada, el cese de la actuación cuando no se ajuste a lo requerido. En cualquier momento y podrá ordenar, mediante resolución motivada, el cese de la actuación cuando no se ajuste a lo requerido. En cualquier momento y no podrá ordenar, mediante resolución motivada, el cese de la actuación cuando no se ajuste a lo requerido.

¿Cúando se otorgarán las licencias urbanísticas?. Según el proyecto básico de obras, sin perjuicio de la posterior presentación, en su caso, del pertinente proyecto de ejecución. Con imposición de cuantas otras condiciones sean procedentes, con arreglo a la legislación. Según el proyecto básico de obras, sin perjuicio de la posterior presentación, en su caso, del pertinente proyecto de obras. Con imposición de cuantas otras condiciones sean procedentes, con arreglo a la legislación. Según el proyecto de obras, sin perjuicio de la posterior presentación, en su caso, del pertinente proyecto de ejecución. Con imposición de cuantas otras condiciones sean procedentes, con arreglo a la legislación. Según el proyecto básico de obras, sin perjuicio de la posterior presentación, en su caso, del pertinente proyecto de ejecución. Con imposición de cuantas otras condiciones sean procedentes, con arreglo a las leyes.

¿A quién compete otorgar la licencia urbanística?. Al órgano municipal determinado conforme a la legislación de régimen local. Al órgano de la Comunidad determinado conforme a la legislación de régimen local. Al órgano municipal determinado conforme a la legislación de régimen comunitario. Al órgano municipal determinado conforme a la legislación de régimen pertinente.

El procedimiento de otorgamiento de licencia se iniciará a instancia: Del contratista. Del interesado. De la corporación municipal. Del que realiza las obras.

Estarán sujetos a licencia urbanística: La apertura de todo tipo de establecimientos, incluidos los industriales, comerciales, profesionales y asociativos. La tala de árboles y vegetación arbustiva que se encuentren sometidos a protección por el planteamiento territorial. La apertura de todo tipo de establecimientos, incluidos los industriales, profesionales y asociativos. La tala de árboles y vegetación arbustiva que se encuentren sometidos a protección por el planteamiento territorial o urbanístico. La apertura de todo tipo de establecimientos, incluidos los comerciales, profesionales y asociativos. La tala de árboles y vegetación arbustiva que se encuentren sometidos a protección por el planteamiento territorial o urbanístico. La apertura de todo tipo de establecimientos, incluidos los industriales, comerciales, profesionales y asociativos. La tala de árboles y vegetación arbustiva que se encuentren sometidos a protección por el planteamiento territorial o urbanístico.

¿Quién puede denegar el visado a efectos urbanísticos?. Los colegios profesionales que tuvieran encomendado el visado de los proyectos. El ayuntamiento que tuviera encomendado el visado de los proyectos. El contratista que tuviera encomendado el visado de los proyectos. Ninguna es correcta.

¿Las licencias urbanísticas puede ser transmisibles?. No en ningún caso. Si, no obstante el transmitente y el adquirente deben comunicar la transmisión por escrito al ayuntamiento. Si, no obstante el transmitente y el adquirente no deberán comunicar la transmisión a entidad ninguna. Si, no obstante el transmitente y el adquirente deberán comunicar la transmisión vía telefónica al ayuntamiento.

¿Cuándo sea preceptiva la emisión de informe de otras administraciones públicas en qué plazo se deberá emitir el informe?. En veinte días. Si en el plazo de veinte días no se emite informe alguno, se podrá continuar con el procedimiento de concesión de la licencia municipal. En diez días. Si en el plazo de diez días no se emite informe alguno, se podrá continuar con el procedimiento de concesión de la licencia municipal. En un mes. Si en el plazo de un mes no se emite informe alguno, se podrá continuar con el procedimiento de concesión de la licencia municipal. En quince días. Si en el plazo de quince días no se emite informe alguno, se podrá continuar con el procedimiento de concesión de la licencia municipal.

¿Cómo será la resolución denegatoria?. Motivada con referencia explícita a la norma o normas de la ordenación territorial y urbanística que esté en contradicción. Nunca será motivada. Motivada pero sin referencia a la norma o normas de la ordenación territorial y urbanística que éste en contradicción. Ninguna es correcta.

¿Con carácter previo al otorgamiento de la licencia qué se emitirá?. Informe no preceptivo sobre la conformidad de la licencia solicitada a la legalidad urbanística por parte de los servicios municipales. Informe preceptivo sobre la conformidad de la licencia solicitada a la legalidad urbanística por parte del contratista. Informe preceptivo sobre la conformidad de la licencia solicitada a la legalidad urbanística por parte de los servicios municipales. Informe preceptivo sobre la conformidad de la licencia solicitada a la legalidad urbanística por parte de los servicios comunitarios.

¿De cuánto será el plazo máximo para la notificación de la resolución?. Dos meses, desde la presentación de la solicitud de licencia, sin notificación de requerimiento municipal de subsanación o mejora. Tres meses, desde la presentación de la solicitud de licencia, sin notificación de requerimiento municipal de subsanación o mejora. Un mes, desde la presentación de la solicitud de licencia, sin notificación de requerimiento municipal de subsanación o mejora. Cuatro meses, desde la presentación de la solicitud de licencia, sin notificación de requerimiento municipal de subsanación o mejora.

Del acto presunto de concesión podrá interesarse, a los exclusivos efectos probatorios, la expedición de certificación que deberá producirse: Dentro de los diez días siguientes. Dentro de los quince días siguientes. Dentro de los veinte días siguientes. Dentro del mes siguiente.

Las licencias se concederán: A salvo del derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros. Con derecho a la legalidad vigente. Con carácter subsidiario. Ninguna es correcta.

Cuando el ayuntamiento declare motivada la disconformidad y acuerde como medida cautelar la suspensión inmediata de las obras ésta no podrá superar: Los cuatros meses. Los dos meses. El mes. Los tres meses.

las licencias urbanísticas incluirán como mínimo entre sus determinaciones: El plazo de iniciación, el plazo máximo de terminación, y el período máximo en que puede estar interrumpida la ejecución de obras por causa imputable a su promotor. El plazo de iniciación, el plazo máximo de ejecución, y el período máximo en que puede estar interrumpida la ejecución de obras por causa imputable a su promotor. El plazo de iniciación, el plazo máximo de ejecución, y el período máximo en que puede estar interrumpida la ejecución de obras por causa imputable a su constructor. El plazo de iniciación, el plazo máximo de terminación, y el período máximo en que puede estar interrumpida la ejecución de obras por causa imputable a su constructor.

La relación entre la licencia de actividades clasificadas, la licencia de apertura, la evaluación de impacto ambiental y las licencias urbanísticas se regirá por lo dispuesto: En la Ley 4/1998. En la Ley 1/1998. En la Ley 3/1998. En la Ley 2/1998.

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