LIEMH. TITULO VI, VII y VIII
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Suministro de bienes o servicios para el público. ¿A qué están obligadas las personas que los suministran?. Sus transacciones y actividades deben cumplir con el principio de igualdad de trato y evitar discriminaciones directas o indirectas por razón de sexo. Sus transacciones y actividades deben cumplir con el principio de igualdad de trato y no evitar discriminaciones directas o indirectas por razón de sexo. Que sus transacciones y actividades incumplan con el principio de igualdad de trato y se eviten discriminaciones directas o indirectas por razón de sexo. ¿Quién está sujeto a la igualdad de trato en el acceso a bienes y servicios?. Todas las personas físicas o jurídicas, ya sean del sector público o privado, que suministren bienes o servicios disponibles para el público. Todas las personas físicas, ya sean del sector público o privado, que suministren bienes o servicios disponibles para el público. Todas las personas físicas o jurídicas, ya sean del sector público, que suministren bienes o servicios disponibles para el público. Igualdad de trato en el acceso a bienes y servicios. ¿La libertad de contratación se verá afectada?. No, se tendrá libertad de contratación siempre y cuando una contratación no venga determinada por el sexo. Si, se tendrá libertad de contratación siempre y cuando una contratación venga determinada por el sexo. No, se tendrá libertad de contratación siempre y cuando una contratación venga determinada por el sexo. ¿Hay alguna excepción para la libertad de contratación y la igualdad de trato para las empresas?. Si, puede haber diferencia de trato en la contratación cuando estén justificadas por un propósito legítimo y los medios para lograrlo sean adecuados y necesarios. No, no puede haber diferencia de trato en la contratación ya que se estarían saltando el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres. Si, puede haber diferencia de trato en la contratación cuando estén justificadas por un propósito ilegítimo y los medios para lograrlo sean adecuados y necesarios. No, no puede haber diferencia de trato en la contratación cuando estén justificadas por un propósito legítimo y los medios para lograrlo sean adecuados e innecesarios. ¿Puede una empresa indagar sobre la situación de embarazo de una mujer para su contratación?. No. Si, una empresa puede realizar las preguntas que crea necesarias para saber si el candidato es el idóneo para el puesto. Hay alguna excepción por la cuál una empresa pueda indagar sobre la situación de embarazo de una mujer. Si, por razones de protección de su salud. No, es un tema personal de cada persona, que no influye en la capacidad de la trabajadora para realizar su trabajo. Los contratos de seguros y servicios financieros, ¿pueden tomar en cuenta el sexo como factor de cálculo de primas y prestaciones?. No, el sexo de una persona no puede crear diferencias en las primas y prestaciones de los seguros. Si, el sexo de una persona puede crear diferencias en las primas y las prestaciones de los seguros, ya que por razones biológicas un sexo siempre es más fuerte que el otro. No, el sexo de una persona puede crear diferencias en las primas y prestaciones de los seguros. En los contratos de seguros y servicios financieros, ¿puede crearse una diferencia en las primas y prestaciones debido al sexo de la persona asegurada?. No, no puede ya que el sexo de una persona no puede ser un factor de cálculo de la primas y prestaciones. Si, si puede ya que el sexo de una persona si puede ser un factor de cálculo de la primas y prestaciones. No, no puede ya que el sexo de una persona puede ser un factor de cálculo de la primas y prestaciones. Costes de embarazo y parto, ¿pueden justificar diferencias en las primas y prestaciones de las personas?. No, no puede haber diferencias en las primas y prestaciones por el coste de embarazo y parto sin que se haga una diferencia entre sexos. Si,si puede haber diferencias en las primas y prestaciones por el coste de embarazo y parto sin que se haga una diferencia entre sexos. Si, si puede haber diferencias en las primas y prestaciones por el coste de embarazo y parto aunque que se haga una diferencia entre sexos. Según la legislación civil y mercantil, quien sufra discriminación ¿tiene derecho a una indenmización?. Si, tiene derecho a una indeminización por daños y perjuicios. No, no tiene derecho a una indeminización por daños y perjuicios. Si, tiene derecho a un compensación igual o superior al daño sufrido. Si, tiene derecho a una indeminización por daños. Si alguna empresa realiza un contrato de seguros o servicios financieroa con el sexo, como un factor de cálculo de primas y prestaciones, ¿qué ocurrirá?. Contratante perjudicado podrá reclamar las primas y prestaciones del sexo beneficiado, siendo el resto del contrato válido. Contratante perjudicado no podrá reclamar las primas y prestaciones del sexo beneficiado, siendo el resto del contrato válido. Contratante perjudicado podrá reclamar las primas y prestaciones del sexo beneficiado, siendo el resto del contrato no válido. ¿Qué pueden hacer las empresas voluntariamente por la igualdad?. Desarrollar acciones sociales en materia económica, comercial, laboral, asistencial o de otra naturaleza. Desarrollar acciones asociales en materia económica, comercial, laboral o de otra naturaleza. Desarrollar acciones sociales en materia económica, comercial, laboral o de otra naturaleza. Con que fin una empresa puede promover acciones sociales voluntariamente en materia de igualdad. Fomentar condiciones de igualdad en la empresa y en su entorno. Fomentar condiciones de equilibrio en la empresa y en su entorno. Fomentar condiciones de desequilibrio en la empresa y en su entorno. Acciones sociales voluntarias en igualdad de una empresa, ¿con quién deben ser negociadas?. Representación de trabajadores y trabajadoras. Organizaciones de consumidores y consumidoras. Usuarios y usuarias. Asociaciones que defiendan principalmente la Igualdad de Trato entre mujeres y hombres. Medios de omunicación. Gobierno. Poderes Públicos. Administraciones Públicas. Los representantes legales de los trabajadores, ¿serán consultados sobre todas las acciones que tome la empresa para acción social en materia de igualdad?. No, pero si serán informados de aquellas que no hayan sido tratadas con ellos. Si, tienen que estar de acuerdo con todo lo que afecte a los trabajadores. No, y tampoco serán informados de aquellas que no hayan sido tratadas con ellos. Acciones voluntarias de las empresas en materia de igualdad, ¿pueden tener medidas laborales?. Si y tendrán que atenerse a lo que marque la normativa laboral. No, ya que para eso ya está regulación que realiza la ley 3/2007 de 22 marzo. Si y tendrán que atenerse a lo que marque al convenio colectivo. No, ya que para eso ya está la negociación colectiva. ¿Una empresa puede publicitar sus acciones de responsabilidad social en materia de igualdad?. Si, siempre y cuando se regule por la legislación general de publicidad. No, si una empresa realiza acciones sociales lo hace de forma desinteresada. No, una empresa al realizar algo de forma voluntaria renuncia al derecho de publicidad sobre esa acción. ¿Quién puede cesar una acción de una empresa si piensa que ha cometido publicidad engañosa?. Instituto de la mujer u órganos equivalentes de las Comunidades Autónomas. Conferencia Sectorial de la Mujer. Comisión Interministerial de igualdad entre mujeres y hombres. Unidad de Igualdad. Consejos de Administración de las sociedades mercantiles, ¿qué tienen que hacer por obligación?. Incluir en su Consejo de Administración tantas mujeres como sea necesario para alcanzar el principio de presencia equilibrada. Incluir en su Consejo de Administración tantas mujeres como sea necesario para alcanzar el principio de igualdad equilibrada. Incluir en su Consejo de Administración tantas mujeres como sea necesario para alcanzar el principio de presencia igualitaria. Incluir en su Consejo de Administración tantos hombres como sea necesario para alcanzar el principio de presencia equilibrada. ¿Cuánto tiempo tienen los Consejos de Administración para realizar la acción de incluir mujeres en sus Consejos de Administración?. 8 años desde que entre en vigor la ley 3/2007 22 de marzo. 4 años desde que entre en vigor la ley 3/2007 22 demarzo. 6 años desde que entre en vigor la ley 3/2007 22 demarzo. 3 años desde que entre en vigor la ley 3/2007 22 demarzo. Qué sociedades mercantiles deben realizar la inclusión de mujeres en su Consejo de Administración... Aquellas que presenten cuentas de pérdidas y ganancias no abreviadas. Aquellas que no presenten cuentas de pérdidas y ganancias no abreviadas. Aquellas que presenten cuentas de pérdidas y ganancias abreviadas. Aquellas que no presenten cuentas de pérdidas y ganancias abreviadas. Sociedades mercantiles y nombramiento de mujeres en su Consejo de Administración, ¿qué nombramientos serán los afectados?. Aquellos que deban realizarse porque el consejero designado que lo ocupa fue nombrado antes de la entrada en vigor de la ley 3/2007 22 marzo y vence su mandato. Aquellos que deban realizarse porque el consejero designado que lo ocupa fue nombrado tras la entrada en vigor de la ley 3/2007 22 marzo y vence su mandato. Aquellos que deban realizarse porque el consejero designado que lo ocupa fue nombrado antes de la entrada en vigor de la ley 3/2007 22 marzo y no vence su mandato. Comisión interministerial de Igualdad entre mujeres y hombres. Órgano colegiado responsable de la coordinación de las políticas y medidas adoptadas por los departamentos ministeriales con la finalidad de garantizar el derecho a la igualdad entre mujeres y hombres y promover su efectividad. Órganos directivos el desarrollo de las funciones relacionadas con el principio de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito de las materias de su competencia. Órgano paritario responsable de la coordinación de las políticas y medidas adoptadas por los departamentos ministeriales con la finalidad de garantizar el derecho a la igualdad entre mujeres y hombres y promover su efectividad. Órgano colegiado de consulta y asesoramiento, con el fin esencial de servir de cauce para la participación de las mujeres en la consecución efectiva del principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, y la lucha contra la discriminación por razón de sexo. ¿Cómo se regulará la composición y funcionamiento de la Comisión Interministerial de Igualdad entre mujeres y hombres?. Reglamentariamente. Ley Orgánica. Convenio colectivo. ¿Qué es la unidad de igualdad en un ministerio?. El órgano directivo encargado de desarrollar las funciones que tengan que ver con el principio de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito de las competencias del ministerio. El órgano directivo encargado de desarrollar las funciones que tengan que ver con el principio de presencia equilibrada entre mujeres y hombres en el ámbito de las competencias del ministerio. El órgano consultivo encargado de desarrollar las funciones que tengan que ver con el principio de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito de las comeptencias del ministerio. El órgano consultivo encargado de desarrollar las funciones que tengan que ver con el principio de presencia equilibrada entre mujeres y hombres en el ámbito de las competencias del ministerio. ¿Hay unidad de igualdad en todos los ministerios?. Si. No. Funciones de la Unidad de Igualdad de un ministerio. Recabar la información estadística elaborada por los órganos del Ministerio y asesorar a los mismos en relación con su elaboración. Hacer estudios para fomentar la igualdad entre mujeres y hombres en las actividades del Departamento. Aconsejar al órgano del Departamento a la hora de redactar el informe sobre impacto por razón de género. Realizar proposiciones para formar al personal del Departamento y conozcan el alcance y lo que es el principio de igualdad. Vigilar que se cumpla la ley 3/2007 22 de marzo y que aplique con efectividad el principio de igualdad. Informar al ministro de las acciones que deben ser mejoradas. Consejo de Participación de la Mujer. Órgano colegiado de consulta y asesoramiento, con el fin esencial de servir de cauce para la participación de las mujeres en la consecución efectiva del principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, y la lucha contra la discriminación por razón de sexo. Órgano colegiado responsable de la coordinación de las políticas y medidas adoptadas por los departamentos ministeriales con la finalidad de garantizar el derecho a la igualdad entre mujeres y hombres y promover su efectividad. Órgano paritario de consulta y asesoramiento, con el fin esencial de servir de cauce para la participación de las mujeres en la consecución efectiva del principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, y la lucha contra la discriminación por razón de sexo. Órganos directivos el desarrollo de las funciones relacionadas con el principio de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito de las materias de su competencia. Consejo de Participación de la Mujer. Reglamentariamente y participarán en su funcionamiento, competencias y composición un conjunto de las Administraciones Públicas, de las asociaciones y organizaciones de mujeres de ámbito estatal. Reglamentariamente y participarán en su funcionamiento, competencias y composición un conjunto de las Administraciones Locales, de las asociaciones y organizaciones de mujeres de ámbito estatal. Reglamentariamente y participarán en su funcionamiento, competencias y composición un conjunto de las Administraciones Públicas, de las asociaciones y organizaciones de mujeres de ámbito local. Reglamentariamente y participarán en su funcionamiento, competencias y composición las Administraciones Públicas, de las asociaciones y organizaciones de mujeres de ámbito estatal. Unir. Consejo de Participación de la Mujer. Unidad de igualdad. Comisión Interministerial de Igualdad entre mujeres y hombres. Consejo de Participación de la Mujer. ¿Qué es?. Funcionamiento. ¿Quién participa?. |