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LOGP 1/1979, DE 26 DE SEPTIEMBRE (1ª PARTE)

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Título del Test:
LOGP 1/1979, DE 26 DE SEPTIEMBRE (1ª PARTE)

Descripción:
Aspectos formales y de contenido

Fecha de Creación: 2022/02/16

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 19

Valoración:(2)
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La Ley Orgánica General Penitenciaria 1/1979, de 26 de septiembre regula: La ejecución de las penas privativas y no privativas de libertad. La ejecución de las penas y medidas penales privativas de libertad. Únicamente las penas privativas de libertad.

La Ley Orgánica General Penitenciaria 1/1979, de 26 de septiembre fue aprobada por el Pleno del Congreso por 284 votos a favor, ninguno en contra y 2 abstenciones: 26 de septiembre de 1979. 24 de julio de 1979. 22 de octubre de 1979.

La Ley Orgánica General Penitenciaria 1/1979, de 26 de septiembre fue aprobada sin enmienda ni modificación por el pleno del Senado: 12 de septiembre de 1979. 24 de julio de 1979. 26 de septiembre de 1979.

La Ley Orgánica General Penitenciaria 1/1979, de 26 de septiembre fue sancionada por el Rey: 26 de septiembre de 1979. 24 de julio de 1979. 12 de septiembre de 1979.

La Ley Orgánica General Penitenciaria 1/1979, de 26 de septiembre fue publicada en el BOE: 5 de octubre de 1979. 25 de octubre de 1979. 24 de julio de 1979.

La Ley Orgánica General Penitenciaria 1/1979, de 26 de septiembre entró en vigor: El 25 de octubre. El 5 de octubre. Ambas son correctas.

Entre los rasgos más sobresalientes de la Ley Orgánica General Penitenciaria 1/1979, de 26 de septiembre, no encontramos: Supresión del uniforme del penado. Consideración del trabajo como un deber. Establece recompensas y beneficios penitenciarios. Asistencia social para internos, liberados y familiares. Institución de la figura del JVP. Todas son ciertas.

En cuanto a la estructura original (ha sufrido modificaciones) de la Ley Orgánica General Penitenciaria 1/1979, de 26 de septiembre, consta de: 1 Título Preliminar. 10 Títulos. 4 Disposiciones Derogatorias Únicas.

En cuanto a la estructura original (ha sufrido modificaciones) de la Ley Orgánica General Penitenciaria 1/1979, de 26 de septiembre, consta de: 1 Título Preliminar, 6 Títulos y 80 artículos. 2 Disposiciones Finales. 2 Disposiciones Transitorias. 1 Preámbulo. Todas son correctas.

En cuanto al Título Preliminar de la Ley Orgánica General Penitenciaria 1/1979, de 26 de septiembre, consta de: 6 artículos. 9 artículos. 14 artículos.

¿Cuántos capítulos tiene el Título 2 de la LOGP?. 12. 10. 4.

En cuanto a los capítulos del Título 2 de la LOGP, cuál no forma parte del mismo: Trabajo. Régimen disciplinario. Permisos de salida. Asistencia postpenitenciaria.

Respecto a la Disposición Final Primera (DF1). Los derechos reconocidos a los internos en esta Ley podrán ser suspendidos parcial y temporalmente por acuerdos de los Ministerios de Justicia e Interior en los supuestos de graves alteraciones del orden en un centro, que obliguen a la autoridad penitenciaria a requerir la intervención de los Cuerpos de Seguridad del Estado. Los derechos reconocidos a los internos en esta Ley podrán ser suspendidos en su totalidad por acuerdos de los Ministerios de Justicia e Interior en los supuestos de graves alteraciones del orden en un centro, que obliguen a la autoridad penitenciaria a requerir la intervención de los Cuerpos de Seguridad del Estado. Los derechos reconocidos a los internos en esta Ley podrán ser suspendidos parcial y temporalmente por acuerdos de los Ministerios de Igualdad e Interior en los supuestos de graves alteraciones del orden en un centro, que obliguen a la autoridad penitenciaria a requerir la intervención de los Cuerpos de Seguridad del Estado.

Respecto a la Disposición Final Primera (DF1), ¿Quién asumirá la dirección del establecimiento penitenciario en cuanto a custodia, vigilancia y restauración del orden?. El Director. El jefe de las fuerzas y cuerpos de seguridad. El subdirector de seguridad.

Respecto a la Disposición Final Primera (DF1), ¿Quién asumirá la dirección de las actividades de tratamiento, procedimiento administrativo en relación con las autoridades judiciales, régimen económico administrativo y funciones asistenciales?. Autoridad penitenciaria. El consejo de dirección. El jefe de la guardia exterior del centro penitenciario.

¿Los Ministerios de Justicia e Interior podrán acordar, por razones de seguridad pública, que la custodia y la vigilancia interior de un establecimiento cerrado o de un departamento especial de éste corresponda a los Cuerpos de la Seguridad del Estado?. No, ya que esta competencia es exclusiva de los funcionarios del centro, Art.5 LOGP. Sí, en virtud del la DF1 LOGP. Sí, pero no son los Ministerios de Justicia e Interior, sólo el de Justicia.

En el caso de que se dé alguno de los 2 supuestos de la Disposición Final 1ª LOGP (Alteración del orden o establecimientos/departamentos cerrados): Se dará cuenta inmediata del acuerdo adoptado por los Ministerios de Justicia e Interior a la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados a los efectos de que adopte la resolución que reglamentariamente proceda. se dará cuenta inmediata del acuerdo adoptado por los Ministerios de Justicia e Interior a la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados a los efectos de que adopte la resolución que por ley proceda. se dará cuenta inmediata del acuerdo adoptado por los Ministerios de Justicia e Interior a la Comisión de Igualdad del Congreso de los Diputados a los efectos de que adopte la resolución que reglamentariamente proceda.

Entre las 6 modificaciones que ha sufrido la Ley Orgánica General Penitenciaria 1/1979, de 26 de septiembre. Ley Orgánica 13/1995, de 18 dic que modifica arts 29 y 38. Ley Orgánica 5/2003, de 27 de mayo que modifica el art.76.2.h). Ley Orgánica 6/2003, 30 de junio, que modifica art.56. Ley Orgánica 7/2003, de 30 de junio, que modifica art.72 apartados 5 y 6. Todas lo son.

Entre las últimas 2 modificaciones que ha sufrido la Ley Orgánica General Penitenciaria 1/1979, de 26 de septiembre, no es: Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, introduce el art.15 bis. Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, introduce el art.66 bis. Ley Orgánica 7/2003, de 30 de junio.

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