option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

LOGP 1/1979, DE 26 DE SEPTIEMBRE (2ª PARTE)

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
LOGP 1/1979, DE 26 DE SEPTIEMBRE (2ª PARTE)

Descripción:
Título Preliminar

Fecha de Creación: 2022/02/17

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 9

Valoración:(3)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

El Art. 1 de la LOGP 1/1979, DE 26 DE SEPTIEMBRE establece que: Las instituciones penitenciarias reguladas en la presente Ley tienen como fin primordial la reeducación y la reinserción social de los sentenciados a penas y medidas penales privativas de libertad, así como la retención y custodia de detenidos, presos y penados. Igualmente tienen a su cargo una labor asistencial y de ayuda para internos y liberados. Las instituciones penitenciarias reguladas en la presente Ley tienen como fin primordial la reintegración social de los sentenciados a penas y medidas penales privativas de libertad, así como la retención y custodia de detenidos, presos y penados. Igualmente tienen a su cargo una labor asistencial y de ayuda para internos y liberados. Las instituciones penitenciarias reguladas en la presente Ley tienen como fin primordial la reeducación y la reinserción social de los sentenciados a penas y medidas penales privativas y no privativas de libertad, así como la retención y custodia de detenidos, presos y penados. Igualmente tienen a su cargo una labor asistencial y de ayuda para internos y liberados.

El Art. 2 de la LOGP 1/1979, DE 26 DE SEPTIEMBRE establece que: La actividad penitenciaria se desarrollará con las garantías y dentro de los límites establecidos por la Ley. La A) es correcta pero añadiendo los reglamentos y las sentencias judiciales. La actividad penitenciaria se desarrollará con las garantías y dentro de los límites establecidos por los reglamentos y sentencias judiciales.

El Art. 3 de la LOGP 1/1979, DE 26 DE SEPTIEMBRE (DERECHOS DE LOS INTERNOS) establece que la actividad penitenciaria se ejercerá respetando, en todo caso, la personalidad humana de los recluidos y los derechos e intereses jurídicos de los mismos no afectados por la condena, sin establecerse diferencia alguna por razón de: Raza, opiniones políticas, creencias religiosas, condición social o cualesquiera otras circunstancias de análoga naturaleza. Raza, opiniones políticas, creencias religiosas, identidad de género o cualesquiera otras circunstancias de análoga naturaleza. Raza, opiniones filosóficas, creencias religiosas, condición social o cualesquiera otras circunstancias de análoga naturaleza.

El Art. 3.1 de la LOGP 1/1979, DE 26 DE SEPTIEMBRE (DERECHOS DE LOS INTERNOS) establece que los internos podrán ejercitar los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales, sin exclusión del derecho de sufragio, salvo que: fuesen incompatibles con el objeto de su detención o el cumplimiento de la condena. fuesen incompatibles con el objeto de su detención y el cumplimiento de la condena. fuesen incompatibles con el objeto de su ingreso o el cumplimiento de la condena.

¿Qué derechos comparten la LOGP y el RP?. 3.1 Los internos podrán ejercitar los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales, sin exclusión del derecho de sufragio, salvo que fuesen incompatibles con el objeto de su detención o el cumplimiento de la condena. Y también 3.4 La Administración penitenciaria velará por la vida, integridad y salud de los internos. 3.2 Se adoptarán las medidas necesarias para que los internos y sus familiares conserven sus derechos a las prestaciones de la Seguridad Social, adquiridos antes del ingreso en prisión. 3.3 En ningún caso se impedirá que los internos continúen los procedimientos que tuvieren pendientes en el momento de su ingreso en prisión y puedan entablar nuevas acciones.

El Art.4 de la LOGP 1/1979, DE 26 DE SEPTIEMBRE (DEBERES DE LOS INTERNOS) establece entre sus deberes que: Permanecer en el establecimiento a disposición de la autoridad que hubiere decretado su internamiento o para cumplir las condenas que se les impongan, hasta el momento de su liberación. Mantener una normal actitud de respeto y consideración con los funcionarios de instituciones penitenciarias y autoridades judiciales o de otro orden, tanto dentro de los establecimientos penitenciarios como fuera de ellos con ocasión de traslado, conducciones o prácticas de diligencias. Observar una conducta correcta con sus compañeros de internamiento. Todas son correctas.

¿El régimen de prisión preventiva tiene por objeto...?. Retener al interno a disposición de la autoridad judicial. Custodiar al interno hasta su disposición ante la autoridad judicial. Proteger al interno a disposición de la autoridad judicial.

¿Qué principio rige el régimen penitenciario de los preventivos?. El principio de la presunción de inocencia presidirá el régimen penitenciario de los preventivos. El principio de legalidad presidirá el régimen penitenciario de los preventivos. El principio de igualdad presidirá el régimen penitenciario de los preventivos.

¿Algún artículo de la LOGP establece que "Ningún interno será sometido a malos tratos de palabra u obra"?. No, se halla en el art.6 del RP. Sí, se encuentra regulado en el art.6 LOGP. Ni en la LOGP ni RP, sólo en la Constitución Española 1978.

Denunciar Test