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Título del Test:![]() lomloe tema 1 anexos Descripción: TÍTULO II. Equidad en la Educación |




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Según el artículo 71 de Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación las Administraciones educativas ... dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general en la presente Ley. dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual y psicosocial , así como los contenidos establecidos con carácter general en la presente Ley. dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo físico, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter específico en la presente Ley. dispondrán los medios expresados para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general en la presente Ley. Según el art 71 de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación orcresponde a las Administraciones educativas. asegurar los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una atención educativa ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por retraso madurativo, por trastornos del desarrollo del lenguaje y la comunicación, por trastornos de atención o de aprendizaje, por desconocimiento grave de la lengua de aprendizaje, por encontrarse en situación de vulnerabilidad socioeducativa, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo o por condiciones personales o de historia escolar, puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado. asegurar los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente y ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por retraso madurativo, por trastornos graves del desarrollo del lenguaje y la comunicación, por trastornos de atención o de aprendizaje, por conocimiento grave de la lengua de aprendizaje, por encontrarse en situación de vulnerabilidad socioeducativa, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo o por condiciones personales o de historia escolar, puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado. asegurar los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por retraso madurativo, por trastornos del desarrollo del lenguaje y la comunicación, por trastornos de atención o de aprendizaje, por desconocimiento grave de la lengua de aprendizaje, por encontrarse en situación de vulnerabilidad socioeducativa, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo o por condiciones personales o de historia escolar, puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado. asegurar los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por retraso madurativo, por trastornos del desarrollo del lenguaje y la comunicación, por trastornos de atención o de aprendizaje, por desconocimiento grave de la lengua de aprendizaje, por encontrarse en situación de vulnerabilidad socioeducativa, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo o por condiciones personales o de historia escolar, puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado. Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación en su articulo 71.3 establece que las Administraciones educativas establecerán los procedimientos y recursos precisos para identificar tempranamente las necesidades educativas específicas de los alumnos y alumnas. La atención integral al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo se iniciará desde el mismo momento en que dicha necesidad sea identificada y se regirá por los principios. de equidad e inclusión. de normalización e integración. de normalización e inclusión. igualdad y equidad. Se entiende por alumnado que presenta necesidades educativas especiales... aquel que afronta barreras que limitan su acceso, presencia, inclusión o aprendizaje, derivadas de su capacidad o de trastornos graves de conducta, de la comunicación y del lenguaje, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, y que requiere determinados apoyos y atenciones educativas específicas para la consecución de los objetivos de aprendizaje adecuados a su desarrollo. aquel que afronta barreras que limitan su acceso, presencia, participación o aprendizaje, derivadas de discapacidad o de trastornos graves de conducta, de la comunicación y del lenguaje, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, y que requiere determinados apoyos y atenciones educativas específicas para la consecución de los objetivos de aprendizaje adecuados a su desarrollo. aquel que afronta barreras que justifican su acceso, presencia, participación o aprendizaje, derivadas de discapacidad o de trastornos graves de conducta, de la comunicación y del lenguaje, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, y que requiere determinados apoyos y atenciones educativas específicas para la consecución de los objetivos de aprendizaje adecuados a su desarrollo. ninguno es correcto. Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo en el artículo 73.2 dice que el sistema educativo ... dispondrá de los recursos necesarios para la detección precoz de los alumnos con necesidades educativas especiales, temporales o actuales y para que puedan alcanzar los objetivos establecidos con carácter general para todos los alumnos. A tal efecto, las Administraciones educativas dotarán a estos alumnos del apoyo preciso desde el momento de su escolarización o de la detección de su necesidad. dispondrá de los recursos necesarios para la detección precoz de los alumnos con altas capacidades, temporales o permanentes, y para que puedan alcanzar los objetivos establecidos con carácter general para todos los alumnos. A tal efecto, las Administraciones educativas dotarán a estos alumnos del apoyo preciso desde el momento de su escolarización o de la detección de su necesidad. El sistema educativo dispondrá de los recursos necesarios para la detección precoz de los alumnos con necesidades educativas especiales, temporales o permanentes, y para que puedan alcanzar los objetivos establecidos con carácter especial para todos los alumnos. A tal efecto, las Administraciones públicas dotarán a estos alumnos del apoyo preciso desde el momento de su escolarización o de la detección de sus fortalezas. El sistema educativo dispondrá de los recursos necesarios para la detección precoz de los alumnos con necesidades educativas especiales, temporales o permanentes, y para que puedan alcanzar los objetivos establecidos con carácter general para todos los alumnos. A tal efecto, las Administraciones educativas dotarán a estos alumnos del apoyo preciso desde el momento de su escolarización o de la detección de su necesidad. ¿ En que artículo de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación se define al ACNEE?. 71. 75. 72. 73. La atención integral al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo se iniciará.... desde el mismo momento en que dicha necesidad sea detectada y se regirá por los principios de normalización e inclusión. desde el mismo momento en que dicha necesidad sea justificada y se regirá por los principios de normalización e integración. desde el mismo momento en que dicha necesidad sea identificada y se regirá por los principios de normalización e inclusión. desde el mismo momento en que dicha enfermedad sea identificada y se regirá por los principios de equidad e inclusión. Corresponde a ___________________garantizar la escolarización, regular y asegurar la participación de los padres o tutores en las decisiones que afecten a la escolarización y a los procesos educativos de este alumnado. Igualmente les corresponde adoptar las medidas oportunas para que los padres de estos alumnos reciban el adecuado asesoramiento individualizado, así como la información necesaria que les ayude en la educación de sus hijos. las Administraciones educativas. los centros docentes. al gobierno. las Administraciones públicas. Según el Artículo 72 de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación , corresponde a las Administraciones educativas ... dotar a los centros de los recursos necesarios para atender adecuadamente a este alumnado. Los criterios para determinar estas dotaciones para los centros públicos pero no será para los centros privados concertados. presentar a los centros de los recursos necesarios para atender adecuadamente a este profesorado. Los criterios para determinar estas dotaciones serán los mismos para los centros públicos y privados concertados. no dotar a los centros de los recursos necesarios para atender adecuadamente a este alumnado. Además los criterios para determinar estas dotaciones para los centros públicos y privados concertados serán distintos. dotar a los centros de los recursos necesarios para atender adecuadamente a este alumnado. Los criterios para determinar estas dotaciones serán los mismos para los centros públicos y privados concertados. ¿ En qué artículo de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación se nombran los recursos necesarios para atender adecuadamente a este alumnado?. art 72. art 70. art 74. art 71. Las Administraciones educativas podrán colaborar con_____________________________________________, para facilitar la escolarización, una mejor incorporación de este alumnado al centro educativo, la promoción del éxito educativo y la prevención del abandono escolar temprano. otras Administraciones o entidades públicas o privadas, instituciones o asociaciones. instituciones. asociaciones. todas son correctas. Para alcanzar los fines señalados en el artículo 71, las Administraciones educativas dispondrán del profesorado de las especialidades correspondientes y de profesionales cualificados, así como de los medios y materiales precisos para la adecuada atención a este alumnado. del profesorado de las especialidades correspondientes y de profesionales no cualificados, así como de los medios y materiales precisos para la adecuada atención a este alumnado. solo de profesionales cualificados, así como de los medios precisos para la adecuada atención a este alumnado. del profesorado de las especialidades correspondientes y de profesionales cualificados, así como de los medios y materiales precisos para la adecuada atención a este alumnado. del profesorado no especializado y de profesionales cualificados, así como de los materias y cuidados precisos para la adecuada atención a este alumnado. Corresponde a las Administraciones educativas..... garantizar la escolarización,. regular y asegurar la participación de los padres o tutores en las decisiones que afecten a la escolarización y a los procesos educativos de este alumnado. Igualmente les corresponde adoptar las medidas oportunas para que los padres de estos alumnos reciban el adecuado asesoramiento individualizado, así como la información necesaria que les ayude en la educación de sus hijos. todas son correctas. La escolarización del alumnado que presenta necesidades educativas especiales ..... (incorrecta). se regirá por los principios de equidad e inclusión. y asegurará su no discriminación. y la igualdad efectiva en el acceso y la permanencia en el sistema educativo. , pudiendo introducirse medidas de flexibilización de las distintas etapas educativas, cuando se considere necesario. La escolarización del alumnado que presenta necesidades educativas especiales en unidades o centros de educación especial.... se llevará a cabo siempre ,para que sus necesidades puedan ser atendidas en el marco de las medidas de atención a la diversidad. sólo se llevará a cabo cuando sus necesidades no puedan ser atendidas en el marco de las medidas de atención a la diversidad de los centros ordinarios. sólo se llevará a cabo cuando sus necesidades no quieran ser atendidas en el marco de las medidas de atención a la diversidad de los centros ordinarios. deberán llevarse a cabo en los centros ordinarios, ya que sus necesidades podrán ser siempre atendidas en el marco de las medidas de atención a la diversidad, sin excepción. ¿ De qué trata el artículo 74 de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación ?. Principios. Escolarización. Ámbito. Inclusión educativa, social y laboral. La identificación y valoración de las necesidades educativas de este alumnado se realizará...................( incorrecto). lo más tempranamente posible. , por profesionales especialistas. preceptivamente oídos e informados los padres, madres o tutores legales del alumnado. siempre teniendo en cuenta el interés superior de las familias. Al finalizar cada curso se evaluará ........... el grado de consecución de los objetivos establecidos de manera individual para cada alumno. Dicha evaluación permitirá proporcionar la orientación adecuada y modificar la atención educativa prevista, así como el régimen de escolarización, que tenderá a lograr la continuidad, la progresión o la permanencia del alumnado en el más inclusivo. el grado de consecución de los objetivos establecidos de manera general para cada alumno. Dicha evaluación permitirá proporcionar la orientación adecuada y justificar la atención educativa prevista, así como el régimen de escolarización, que tenderá a lograr la continuidad, la progresión o la permanencia del alumnado en el más inclusivo. el grado de consecución de los objetivos establecidos de manera colectivo. Dicha evaluación permitirá proporcionar la orientación adecuada y modificar la atención educativa prevista, así como el régimen de escolarización, que tenderá a lograr la continuidad, la progresión o la permanencia del alumnado en el más integrador. el grado de consecución de los objetivos establecidos de manera individual para cada alumno. Dicha evaluación permitirá proporcionar la orientación adecuada y modificar la atención educativa prevista, así como el régimen de escolarización, que tenderá a lograr la conformidad , la progresión o la asistencia del alumnado en el más inclusivo. La evaluación del grado de consecución de los objetivos establecidos de manera individual para cada alumno ,permitirá proporcionar la orientación adecuada y modificar la atención educativa prevista ,así como el régimen de escolarización que tenderá a lograr ... ,. la conformidad , la progresión o la accesibilidad del alumnado en el más inclusivo. la continuidad, la consecución o pertenencia del alumnado en el más inclusivo. la continuidad, la progresión o la permanencia del alumnado en el más inclusivo. la conformidad , la progresión o la pertenencia del alumnado en el más inclusivo. Corresponde a las Administraciones educativas ............... promover la escolarización en la educación infantil del alumnado que presente necesidades educativas especiales y desarrollar programas para su adecuada escolarización en los centros de educación especial. Para atender adecuadamente a dicha escolarización, la relación numérica entre profesorado y alumnado podrá ser inferior a la establecida con carácter general. promover la escolarización en la educación infantil del alumnado que presente necesidades educativas especiales y desarrollar programas para su adecuada escolarización en los centros de educación primaria y secundaria obligatoria. Para atender adecuadamente a dicha escolarización, la relación numérica entre profesorado y alumnado podrá ser inferior a la establecida con carácter general. promover la escolarización en la educación infantil del alumnado que presente necesidades educativas especiales y desarrollar programas para su adecuada escolarización en los centros de educación primaria y secundaria no obligatoria. Para atender adecuadamente a dicha escolarización, la relación numérica entre profesorado y alumnado podrá ser inferior a la establecida con carácter especiall. Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación las Administraciones educativas dice en su Artículo 75. Inclusión educativa, social y laboral. señala la correcta. Con objeto de reforzar la inclusión educativa, las administraciones educativas podrán incorporar a su oferta educativa las lenguaje de signos español. Cuando las circunstancias personales del alumno o alumna con necesidades educativas especiales lo aconsejen para la consecución de los objetivos de la enseñanza básica, este alumnado podrá contar con un curso adicional. Estas circunstancias serán permanentes y deberán estar suficientemente acreditadas. Las Administraciones educativas establecerán una reserva de plazas en las enseñanzas de formación profesional para el alumnado con discapacidad. Con la finalidad de facilitar la inclusión social y laboral del alumnado con necesidades educativas especiales que no pueda conseguir los objetivos de la educación obligatoria, las Administraciones educativas fomentarán ofertas formativas ordinarias. |