LOPJ Bloque 1
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Título del Test:
![]() LOPJ Bloque 1 Descripción: LOPJ Bloque 1 |



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1.- La Justicia. Emana del pueblo, se administra en nombre del rey por jueces y magistrados y fiscales integrantes del poder judicial, independientes, movibles, responsables y sometidos únicamente a la CE. Emana del rey se administra en nombre del pueblo por jueces y magistrados y fiscales integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente a la CE y al imperio de la ley. Emana del pueblo, se administra en nombre del rey por jueces y magistrados y fiscales integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente a la CE y al imperio de la ley. Emana del rey se administra en nombre del pueblo por jueces y magistrados y fiscales integrantes del poder judicial, independientes, movibles, responsables y sometidos únicamente a la CE y al imperio de la ley. 2.- Los jueces y magistrados que se consideren inquietados o perturbados en su independencia lo podrán en conocimiento del. Ministerio Fiscal. Consejo de Gobierno del Poder Judicial. Tribunal Constitucional. Rey. 3.- En las poblaciones en que existan dos o más juzgados del mismo orden jurisdiccional y de la misma clase, se designaran por: Numeración cardinal. Numeración ordinal. Numeración par. Numeración impar. 4.- La demarcación que determinará la circunscripción territorial de los órganos judiciales, se establecerá por ley, o en los casos expresamente contemplados por esta norma, por: Ley órganica. Reglamento. Real Decreto. Ninguna de las anteriores. 5.- Los componentes de los órganos colegiados decisorios de los conflictos colectivos de jurisdicción entre los juzgados y la administración, se renovarán: Semestralmente. Anualmente. Bimestralmente. Cada dos años. 6.- ¿Quién conocerá de la instrucción y enjuiciamiento de las causas contra Magistrados de la Audiencia Nacional o de un Tribunal Superior de Justicia o Fiscales Europeos Delegados?. La sala de lo penal de la Audiencia Nacional. La sala de los civil del Tribunal Supremo. La sala de apelación de la Audiencia Nacional. La sala de lo penal del Tribunal Supremo. 7.- Cuando la sensible y continuada diferencia en el volumen de trabajo lo aconseje, los magistrados de la sala de apelaciones, podrán ser adscritos a otra sala de diferente orden: Por el consejo General del Poder Judicial, con el acuerdo favorable del Presidente del Tribunal. Por el consejo General del Poder Judicial, con el acuerdo favorable de la Sala de Gobierno previa propuesta del Presidente del Tribunal. Por Presidente del Tribunal, con el acuerdo favorable de la Sala de Gobierno. No podrán ser adscritos a ninguna sala de diferente orden. 8.- De las cuestiones de competencia entre órganos jurisdiccionales del orden civil con sede en la CCAA que no tenga otro superior común, conocerá: La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia como Sala de lo Penal. La Sala de lo Civil y Penal de la Audiencia Provincial, como Sala de lo Civil. La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia como Sala de lo civil. La Sala de lo Civil y Penal de la Audiencia Nacional, como Sala de lo Civil. 9.- El Gobierno por Real Decreto, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial con informe favorable previo de la CCAA con competencias en materia de justicia, podrá extender a esa provincia la jurisdicción del juzgado de lo mercantil, de otra provincia limítrofe perteneciente a la misma CCAA, cuando la provincia tenga: Una población inferior a los 500.000 habitantes. Una población inferior a los 250.000 habitantes. Una población superior a los 500.000 habitantes. Una población inferior a los 250.000 habitantes. 10.- Habrá un Juzgado de Paz. En cada municipio donde exista un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción. En cada municipio. En cada municipio donde no exista un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción. En cada municipio donde no exista una oficina judicial. 11.- Señala la respuesta incorrecta: Los ciudadanos de nacionalidad española podrán ejercer la acción popular, mediante la institución del jurado, en los tribunales consuetudinarios y en los demás casos previstos en esta ley. Los ciudadanos, podrán participar en la administración de justicia, mediante la institución del jurado, en los tribunales consuetudinarios y en los demás casos previstos en esta ley. Tiene carácter de Tribunal consuetudinario y tradicional el denominado juzgado privativo de Aguas de la Vega Murciana. Se reconoe el carácter de tribunal consuetudinario y tradicional el denominado juzgado privativo de Aguas de Orihuela y pueblos de su Marco. 12.- En las salas de los Tribunales en las que existan dos o más secciones, se designarán por numeración: escalonada. cardinal. ordinal. no será por numeración. 13.- Los conflictos de jurisdicción entre los juzgados o tribunales y la administración serán resueltos por un órgano colegiado constituido por el presidente del tribunal supremo, que lo presidirá, y por: dos vocales. tres vocales. cinco vocales. ocho vocales. 14.- Conocerá de los incidentes de recusación del Presidente del Tribunal Supremo, o de los Presidentes de Sala o de más de dos Magistrados de Sala: Una sala formada por el Presidente de la Tribunal Supremo, los Presidentes de Sala y el Magistrado más antiguo y más moderno de cada una de ellas. Una sala formada por el Presidente de la Audiencia Nacional, los Presidentes de Sala y el Magistrado más antiguo y más moderno de cada una de ellas. Una sala formada por el Presidente de la Tribunal Supremo, los Presidentes de Sala y el Magistrado más antiguo de cada una de ellas. Una sala formada por el Presidente de la Tribunal Supremo, los Presidentes de Sala y el Magistrado más moderno de cada una de ellas. 15.- El Presidente de la Audiencia Nacional, que tendrá la consideración de Presidente de Sala del Tribunal Supremo es: El Presidente nato de todas sus salas. El Presidente de la Sala de lo penal. El Presidente de la Sala de lo contencioso-administrativo. El Presidente de la Sala de Apelaciones. 16.- La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo no conocerá de la instrucción y enjuiciamiento de las causas contra: Vocales del Consejo General del Poder Judicial. Adjuntos del Defensor del Pueblo. Consejeros del Consejo de Estado. Fiscales Europeos Delegados. 17.- El Tribunal supremo, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial: Se compondrá de su Presidente, Vicepresidente, de los Presidentes de Sala, y los Magistrados que determine la ley para cada una de las salas, y en su caso, Secciones en que las mismas puedan articularse. Se compondrá de su Presidente, de los Presidentes de Sala, y los Magistrados que determine la ley para cada una de las salas, y en su caso, Secciones en que las mismas puedan articularse. Se compondrá por su Presidente y los Presidentes de las Secciones Civil y Penal. Se compondrá de su Presidente, de los Presidentes de Sala y los Presidentes de las Secciones Civil y Penal. 18.- Conforme al artículo 83 Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, el Juicio del Jurado: Se celebrará en el ámbito de la Sección Penal del Tribunal de Instancia y en la forma que establezca la ley. Se celebrará en el ámbito de la Audiencia Provincial u otros Tribunales y en la forma que establezca la ley. Se celebrará en el ámbito de la Audiencia Nacional u otros Tribunales y en la forma que establezca la ley. Se celebrará en el ámbito de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia y en la forma que establezca la ley. 19.- La Sala Especial del Tribunal Supremo, regulada en el artículo 61 de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial, está constituida por: El Presidente del Tribunal Supremo, los Presidentes de Sala y el Magistrado más moderno de cada una de ellas. El Presidente del Tribunal Supremo, los Presidentes de Sala y el Magistrado más antiguo de cada una de ellas. El Presidente del Tribunal Supremo, los Presidentes de Sala y el Magistrado más antiguo y más moderno de cada una de ellas. El Presidente del Tribunal Supremo, los Presidentes de Sala y todos los Magistrados del Tribunal Supremo. 20.- La Sala de los Social del Tribunal Supremo conocerá: Exclusivamente de los recursos de casación y revisión. De los recursos de casación y revisión y otros extraordinarios que establezca la ley en materias propias del orden jurisdiccional. De los recursos de casación y revisión y de los procesos que la ley establezca sobre controversias que afecten a intereses de los trabajadores y trabajadores y empresarios y empresarias. De los recursos de casación y revisión y de las cuestiones de competencia que se susciten entre las secciones de lo social de los Tribunales de Instancia de la CCAA. |




