LORE
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Título del Test:
![]() LORE Descripción: Tema PNAL 2 |



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Se consideran delitos en nuestro ordenamiento penal, según el Artículo 10 del Código Penal: a) Las acciones y omisiones dolosas o culposas penadas por la Ley. b) Las acciones y omisiones dolosas penadas por la Ley. c) Las acciones y omisiones dolosas o imprudentes penadas por la Ley. d) Las acciones dolosas o imprudentes penadas por la Ley. Según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, en el dolo eventual el resultado aparece para el autor como: a) Consecuencia inevitable de su acción. b) De imposible producción. c) Posible o, incluso, como de probable producción. d) En el supuesto de dolo directo de segundo grado. Según lo previsto en el Código Penal, las acciones u omisiones imprudentes se castigarán: a) Sólo por su resultado. b) Sólo en los casos de imprudencia grave o temeraria. c) Con la pena inferior en dos grados a la señalada para las mismas acciones u omisiones dolosas. d) Sólo cuando expresamente lo disponga la ley. Cuando la pena, por su extensión, pueda incluirse a la vez entre las mencionadas en los números 1 y 2 del Artículo 13 del Código Penal, el delito se considerará: a) En todo caso, como menos grave. b) Como menos grave, atendidas las circunstancias del hecho y los personales del autor. c) En todo caso, como grave. d) Como grave, atendidas las circunstancias del hecho y las personales del autor. Por su naturaleza las penas se clasifican en: a) Graves, menos graves y leves. b) Muy graves, graves y leves. c) Graves y menos graves. d) Muy graves, graves, menos graves y leves. A tenor de lo establecido en el Artículo 17 del Código Penal, cuando dos o más personas se conciertan para la ejecución de un delito y resuelven ejecutarlo estamos ante: a) La proposición para delinquir. b) La provocación para delinquir. c) Actos preparatorios para la ejecución del delito, punibles en todo caso. d) La conspiración para delinquir. Si a la provocación hubiera seguido la perpetración del delito y se tratara de provocación castigada por la Ley, la misma se penará como: a) Auxilio necesario. b) Complicidad. c) Encubrimiento. d) Inducción. Según el Artículo 18.2 del Código Penal, la provocación se castigará: a) En todo caso, como inducción. b) Exclusivamente en los casos en que la ley así lo prevea. c) Con la pena inferior en un grado. d) Con la pena inferior en uno o dos grados. Señale la respuesta que es correcta con relación a los efectos penales de la apología: a) Sólo será delictiva como forma de proposición y si por su naturaleza y circunstancias constituye una incitación directa a cometer un delito. b) Sólo será delictiva como forma de inducción y si por su naturaleza y circunstancias constituye una incitación directa a cometer un delito. c) Sólo será delictiva como forma de provocación, si hubiese seguido la perpetración del delito. d) Sólo será delictiva como forma de provocación y si por su naturaleza y circunstancias constituye una incitación directa a cometer un delito. Cuando directamente se incita por medio de la imprenta, la radiodifusión o cualquier otro medio de eficacia semejante, que facilite la publicidad, o ante una concurrencia de personas, a la perpetración de un delito, estamos en presencia, según el párrafo primero del Artículo 18.1 del Código Penal, de: a) La apología delictiva. b) La provocación para delinquir. c) La conspiración para delinquir. d) La proposición para delinquir. EI que en ejercicio de un plan preconcebido realice una pluralidad de acciones u omisiones que ofendan a un mismo sujeto e infrinjan preceptos de semejante naturaleza contra el honor y la libertad sexual: a) Será castigado como autor de un delito continuado con la pena señalada para la infracción más grave en su mitad inferior. b) Se impondrán todas las penas correspondientes a la pluralidad de acciones cometidas para su cumplimiento simultáneo. c) Se castigará siempre como autor de un delito continuado con la pena señalada para la infracción más grave en su mitad superior. d) Se castigará o no como autor de un delito continuado atendiendo a la naturaleza del hecho y del precepto infringido. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es falsa?: A) El error invencible sobre un hecho constitutivo de la infracción penal excluye de la responsabilidad criminal. b) El error invencible sobre la ilicitud del hecho constitutivo de la infracción penal excluye de la responsabilidad criminal. c) El error vencible sobre la ilicitud del hecho constitutivo de la infracción penal incrementará la pena en uno o dos grados. d) Si el error sobre un hecho constitutivo de la infracción penal, atendidas las circunstancias de hecho y las personales del autor, fuera vencible, la infracción será castigada como imprudente. En el supuesto de error vencible sobre la ilicitud del hecho constitutivo de la infracción penal: a) La responsabilidad criminal queda atenuada, conforme determina la circunstancia 3º del artículo 21 del Código Penal. b) El hecho será castigado, en todo caso, como imprudente. c) Se aplicará la pena en su mitad superior. d) Se aplicará la pena inferior en uno o dos grados. El error invencible sobre un hecho constitutivo de la infracción penal, según el Artículo 14 del Código Penal: a) Determina la aplicación de la pena inferior en un grado. b) Determina la aplicación de la pena inferior en dos grados. c) Excluye la responsabilidad criminal. d) Determina el castigo de la infracción como imprudente. Según el Artículo 20.5 del Código Penal, que el mal causado no sea mayor que el que se trata de evitar es un requisito de la eximente de: a) Legítima defensa. b) Estado de necesidad. c) Miedo insuperable. d) Cumplimiento de un deber. De conformidad con lo prevenido en el Código Penal, tener alterada gravemente la conciencia de la realidad, por sufrir alteraciones en la percepción desde el nacimiento o la infancia, es una circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal contemplada en el artículo: a) 19.2. b) 20.3. c) 20.6. d) 21.6. No es un requisito de los contemplados en el Código Penal para el estado de necesidad, cuando de lo que se trata es de evitar un mal ajeno: a) Que exista necesidad racional del medio empleado para evitar el mal. b) Que la situación de necesidad no haya sido provocada intencionadamente por el sujeto. c) Que el mal causado no sea mayor que el que se trata de evitar. d) Que el necesitado no tenga, por su oficio o cargo, obligación de sacrificarse. El que obre en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo, es una causa que: a) Agrava la responsabilidad criminal. b) Exime de responsabilidad criminal. c) Atenúa la responsabilidad criminal. d) Es una circunstancia mixta. No es un requisito de la legítima defensa, en el caso de la de derechos ajenos: a) Agresión ilegítima. b) Que el necesitado no tenga, por su oficio o cargo, obligación de sacrificarse. c) Necesidad racional del medio empleado para impedir o repeler la agresión. d) Falta de provocación suficiente por parte del defensor. En el Código Penal se recogen una serie de causas que eximen de la responsabilidad criminal, ¿en qué articulo o artículos se establecen?: a) Solo en el Artículo 20. b) En los Artículos 18, 19 y 20. c) Solo en el Artículo 19. d) En los Artículos 19 y 20. La persona que al tiempo de cometer el delito se encuentra en estado de intoxicación plena como consecuencia del consumo de bebidas alcohólicas: a) Se encuentra exento de responsabilidad criminal siempre. b) Se encuentra exento de responsabilidad criminal siempre que hubiere buscado esa situación para cometer el delito. c) Será responsable criminal de su acción siempre que hubiere buscado esa situación para cometer la infracción penal. d) Será responsable criminal de su acción siempre que no hubiere buscado esa situación para cometer la infracción penal. La circunstancia atenuante de la responsabilidad criminal consistente en haber procedido el culpable a reparar el daño ocasionado a la víctima exige que le reparación se produzca antes de: a) La incoación del procedimiento judicial. b) Dictarse sentencia. c) Conocer el culpable que el procedimiento se dirige contra él. d) La celebración del acto del juicio oral. En el Código Penal, ejecutar el hecho en un estado pasional de entidad semejante al arrebato: a) Como tal, no está contemplado como circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal. b) Está contemplado como circunstancia eximente. c) Está contemplado como circunstancia atenuante. d) Está contemplado como eximente siempre que no hubiese sido buscado con el propósito de delinquir. Con respecto a la reincidencia: a) No modifica la responsabilidad criminal. b) Existe cuando, al delinquir, el culpable ha sido condenado ejecutoriamente por un delito comprendido en el mismo título de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código penal, de distinta naturaleza. c) Se tendrán en cuenta los antecedentes penales cancelados. d) Modifica la responsabilidad criminal. ¿Cuál de las siguientes no es circunstancia agravante de la responsabilidad criminal?: a) Obrar con abuso de confianza. b) Prevalerse del carácter público que tenga el culpable. c) Ejecutar el hecho mediante precio, recompensa o promesa. d) Ejecutar el hecho con abuso de autoridad de tipo jerárquico. A efectos penales se considerará funcionario público, todo: a) El que por disposición inmediata de la Ley participe en el ejercicio de funciones públicas. b) El que por disposición inmediata de la Ley o por elección o por nombramiento de autoridad competente participe en el ejercicio de funciones públicas. c) El que por disposición inmediata de la Ley o por cuenta propia o ajena, participe en el ejercicio de funciones públicas. d) El que por elección directa o representativa participe en el ejercicio de funciones públicas. ¿Cuándo puede hablarse de alevosía?: a) Cuando se aumenta deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima. b) Cuando el culpable comete cualquier delito empleando en la ejecución medios, modos o formas que tiendan directa o especialmente a asegurarla, sin el riesgo que para su persona pudiera proceder de la defensa por parte del ofendido. c) Cuando se causan males o padecimientos innecesarios para la ejecución del delito. d) Cuando se comete un delito contra las personas empleando en la ejecución un medio que tienda especialmente a asegurarla, sin el riesgo para la persona del culpable que pudiera proceder de la defensa por parte del ofendido. Cuando el que ha resuelto cometer un delito invita a otra u otras personas a ejecutarlo, estamos en presencia de: a) La inducción a delinquir. b) La provocación para delinquir. c) La proposición para delinquir. d) La conspiración para delinquir. Según lo dispuesto en el Código Penal, son circunstancias modificativas de la responsabilidad penal: a) Las circunstancias atenuantes exclusivamente. b) Las circunstancias y la circunstancia mixta de parentesco exclusivamente. c) Las circunstancias atenuantes, agravantes y la circunstancia mixta de parentesco. d) Las circunstancias atenuantes y agravantes, pero no la circunstancia mixta de parentesco. Señale cuál de las siguientes circunstancias agravantes aparece recogida en el Artículo 22.5 del CP: a) Aumentar deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima, causando a ésta padecimientos innecesarios para la ejecución del delito. b) Ejecutar el hecho mediante disfraz, con abuso de superioridad (física, no jerárquica) o aprovechando las circunstancias de lugar, tiempo o auxilio de otras personas que debiliten la defensa del ofendido o faciliten la impunidad del delincuente. c) Aumentar deliberada e inhumanamente el dolor de la víctima, causando a ésta padecimientos innecesarios para la ejecución del delito. d) Cometer el delito por motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación. |





