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Test LOU II

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Título del Test:
Test LOU II

Descripción:
LOU UAM Auxiliar Administrativa

Fecha de Creación: 2023/03/01

Categoría: Otros

Número Preguntas: 25

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1) Según la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, el órgano de concertación, coordinación y cooperación de la política general universitaria es : a. La Conferencia General de Política Universitaria. b. El Consejo de Universidades. c. La Comisión de Coordinación Universitaria. d. Ninguno de los anteriores.

2) A este órgano, le corresponde: a. Establecer y valorar las líneas generales de política universitaria, su articulación en el espacio europeo de educación superior y su interrelación con las políticas de investigación científica y tecnológica. b. Planificación, informe, consulta y asesoramiento sobre la programación anual y plurianual de la enseñanza universitaria, que comprende los recursos humanos, materiales y financieros precisos para la prestación del servicio público universitario. c. Aprobar los criterios de ejecución sobre las actividades de evaluación, certificación y acreditación y proponer y valorar medidas para impulsar la colaboración entre universidad y empresa. d. Todas son correctas.

3) Según la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, el órgano de coordinación académica, así como de cooperación, consulta y propuesta en materia universitaria, es: a. La Conferencia General de Política Universitaria. b. El Consejo de Universidades. c. La Comisión de Coordinación Universitaria. d. Ninguno de los anteriores.

4) A este órgano, le corresponde: a. Servir de cauce para la colaboración, la cooperación y la coordinación en el ámbito académico e informar las disposiciones legales que afectan al sistema universitario en su conjunto. b. Prestar el asesoramiento que en materia universitaria sea requerido por la Conferencia General de Política Universitaria o, en su caso, de las Comunidades Autónomas. c. Formular propuestas a la Comunidad Autónoma, en materias relativas al sistema universitario y a la Conferencia General de Política Universitaria. d. La verificación de la adecuación de los planes de estudios a las directrices y condiciones establecidas por el Gobierno para los títulos oficiales.

5) Según la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, el Consejo de Universidades estará formado por: a. El titular del Ministerio competente en materia de universidades, los Rectores de las universidades y cinco miembros designados por el Presidente del Consejo. b. El titular del Ministerio competente en materia de universidades, los responsables de la enseñanza universitaria en los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas y cinco miembros designados por el Presidente del Consejo. c. El titular del Ministerio competente en materia de universidades, los Rectores de las universidades públicas y cinco miembros designados por el Presidente del Consejo. d. El titular del Ministerio competente en materia de universidades, los responsables de la enseñanza universitaria en los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas con competencias en materia de Universidades transferidas y cinco miembros designados por el Presidente del Consejo.

6) Según la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, la Conferencia General de Política Universitaria estará formado por: a. El titular del Ministerio competente en materia de universidades, los Rectores de las universidades y cinco miembros designados por el Presidente del Consejo. b. El titular del Ministerio competente en materia de universidades, los responsables de la enseñanza universitaria en los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas y cinco miembros designados por el Presidente del Consejo. c. El titular del Ministerio competente en materia de universidades, los Rectores de las universidades públicas y cinco miembros designados por el Presidente del Consejo. d. El titular del Ministerio competente en materia de universidades, los responsables de la enseñanza universitaria en los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas con competencias en materia de Universidades transferidas y cinco miembros designados por el Presidente del Consejo.

7) Según la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, ¿a quién le corresponde elaborar un informe sobre la situación del sistema universitario y su financiación, y formular propuestas que permitan mejorar su calidad y su eficiencia, asegurar la suficiencia financiera del mismo, así como garantizar a los ciudadanos las condiciones de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación?. a. A la Conferencia General de Política Universitaria, anualmente. b. Al Consejo de Universidades, anualmente. c. A la Conferencia General de Política Universitaria, bianualmente. d. Al Consejo de Universidades, cada tres años.

Según la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, el Consejo de Universidades: a. Funcionará en pleno y en comisiones. El Pleno, presidido por el Presidente del Consejo de Universidades o por el miembro en quien delegue, tendrá las siguientes funciones: elaborar el reglamento del Consejo y elevarlo al Ministro competente en materia de universidades para su aprobación por el Gobierno; proponer, en su caso, sus modificaciones; informar los criterios de coordinación sobre las actividades de evaluación, certificación y acreditación reguladas en el título V; elaborar la memoria anual del Consejo, y aquellas otras que se determinen en su reglamento. b. Los distintos órganos del Consejo de Universidades podrán contar para el desarrollo de su trabajo con la colaboración de expertos y expertas en las materias que le son propias. La vinculación de estos expertos con el Consejo de Universidades podrá tener un carácter permanente o temporal, de acuerdo con lo que disponga su reglamento. c. En los asuntos que afecten en exclusiva al sistema universitario público tendrán derecho a voto el Presidente del Consejo, los Rectores de las universidades públicas y los cinco miembros del Consejo designados por el Presidente. d. Todas son correctas.

9) Según la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, la promoción y la garantía de la calidad de las Universidades españolas, en el ámbito nacional e internacional, es un fin esencial de la política universitaria y tiene como objetivos (señala la errónea): a. La prestación del servicio público de la educación superior universitaria y la rendición de cuentas a la sociedad. b. La transparencia, la comparación, la cooperación y la competitividad de las Universidades en el ámbito nacional e internacional. c. La mejora de la actividad docente e investigadora y de la gestión de las Universidades. d. La información a las Administraciones públicas para la toma de decisiones en el ámbito de sus competencias y la información a la sociedad para fomentar la excelencia y movilidad de estudiantes y profesores.

Página 19 de 33 10) Según la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, ¿quién regulará las condiciones para que las universidades sometan a evaluación y seguimiento el desarrollo efectivo de las enseñanzas oficiales, así como el procedimiento para su acreditación?. a. El Gobierno, previo informe del Consejo de Universidades. b. La Conferencia General de Política Universitaria, previo informe del Consejo de Universidades. c. El Gobierno, previo informe de la Conferencia General de Política Universitaria. d. La Conferencia General de Política Universitaria, previo informe de ANECA.

11) De acuerdo con la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, indica cual NO es correcta: a. Corresponderán al Organismo público Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), las funciones de acreditación y evaluación del alumnado universitario, de evaluación de titulaciones universitarias, mejora de la calidad, seguimiento de resultados e informe en el ámbito universitario, y cualquier otra que les atribuya la Ley. b. La ANECA asumirá las funciones de evaluación de la actividad investigadora previstas en el Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario, en los términos que se establezcan reglamentariamente. c. La ANECA desarrollará su actividad de acuerdo con los principios de competencia técnica y científica, legalidad y seguridad jurídica, independencia y transparencia, atendiendo a los criterios de actuación usuales de estas instituciones en el ámbito internacional. d. La ANECA podrá participar en los procedimientos de homologación y reconocimiento de equivalencias a títulos universitarios españoles y correspondencia de nivel académico, en los términos que se determinen reglamentariamente. La iniciación de estos procedimientos devengará una tasa.

1) De acuerdo con el Articulo 33 de la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades: a. Las enseñanzas para el ejercicio de profesiones que requieren conocimientos científicos, técnicos o artísticos, y la transmisión de la cultura son misiones esenciales de la Universidad. b. La docencia es un derecho y un deber de los profesores de las Universidades que ejercerán con libertad de cátedra, sin más límites que los establecidos en la Constitución y en las leyes y los derivados de la organización de las enseñanzas en sus Universidades. c. La actividad y la dedicación docente, así como la formación del personal docente de las Universidades, serán criterios relevantes, atendida su oportuna evaluación, para determinar su eficiencia en el desarrollo de su actividad profesional. d. Todas son correctas.

2) La Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, establece acerca de los títulos: a. Las universidades impartirán enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales y con validez en todo el territorio nacional y podrán impartir enseñanzas conducentes a la obtención de otros títulos. Los títulos universitarios de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional deberán inscribirse en el Registro de universidades, centros y títulos, previsto en la disposición adicional vigésima. Podrán inscribirse otros títulos a efectos informativos. El Gobierno regulará el procedimiento y las condiciones para su inscripción. b. Las universidades impartirán enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales y con validez en todo el territorio nacional y enseñanzas conducentes a la obtención de otros títulos. Los títulos universitarios de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional deberán inscribirse en el Registro de universidades, centros y títulos, previsto en la disposición adicional vigésima. Podrán inscribirse otros títulos a efectos informativos. El Gobierno regulará el procedimiento y las condiciones para su inscripción. c. Las universidades impartirán enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales y con validez en todo el territorio nacional y podrán impartir enseñanzas conducentes a la obtención de otros títulos. Los títulos universitarios de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional podrán inscribirse en el Registro de universidades, centros y títulos. Podrán inscribirse otros títulos a efectos informativos. El Gobierno regulará el procedimiento y las condiciones para su inscripción. d. Las universidades impartirán enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales y con validez en todo el territorio nacional y podrán impartir enseñanzas conducentes a la obtención de otros títulos. Los títulos universitarios de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional deberán inscribirse en el Registro de universidades, centros y títulos, previsto en la disposición adicional vigésima. Deberán inscribirse otros títulos a efectos informativos. El Gobierno regulará el procedimiento y las condiciones para su inscripción.

3) En cuanto a los títulos oficiales, la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades establece (señala la incorrecta): a. El Gobierno establecerá las directrices y las condiciones para la obtención de los títulos universitarios de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional, que serán expedidos en nombre del Rey por el Rector de la universidad. b. Para impartir enseñanzas oficiales y expedir los correspondientes títulos oficiales, con validez en todo el territorio nacional, las universidades deberán poseer la autorización pertinente del Gobierno, según lo dispuesto en la legislación y lo previsto en el artículo 8 de esta Ley, y obtener la verificación del Consejo de Universidades de que el oportuno plan de estudios se ajusta a las directrices y condiciones establecidas por el Consejo General de Política Universitaria. El procedimiento deberá preservar la autonomía académica de las universidades. c. Tras la autorización de la Comunidad Autónoma y la verificación del plan de estudios que otorgue el Consejo de Universidades, el Gobierno establecerá el carácter oficial del título y ordenará su inscripción en el Registro de universidades, centros y títulos. d. Una vez que el Gobierno haya aprobado el carácter oficial de dicho título, el Rector ordenará publicar el plan de estudios en el ''Boletín Oficial del Estado'' y en el diario oficial de la Comunidad Autónoma.

4) De acuerdo con el Articulo 37 de la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades: a. Las enseñanzas universitarias se estructurarán en tres ciclos: Grado, Máster y Doctorado. La superación de tales enseñanzas dará derecho, en los términos que establezca el Gobierno, previo informe del Consejo de Universidades, a la obtención de los títulos oficiales correspondientes. b. Las enseñanzas universitarias se estructurarán en tres ciclos: Grado, Máster y Doctorado. La superación de tales enseñanzas dará derecho, en los términos que establezca la Comunidad Autónoma en la que se halle radicada la Universidad, previo informe del Consejo de Universidades, a la obtención de los títulos oficiales correspondientes. c. A y B son erróneas. d. La correcta es la A, pero no se regula en el artículo 37, sino en el 36.

5) Así mismo, la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades señala que : a. Los estudios de doctorado, conducentes a la obtención del correspondiente título de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, que tienen como finalidad la especialización del estudiante en su formación docente dentro de un ámbito del conocimiento científico, técnico, humanístico o artístico, se organizarán y realizarán en la forma que determinen los estatutos, de acuerdo con los criterios que para la obtención del título de Doctor apruebe el Gobierno, previo informe del Consejo de Universidades. Estos criterios podrán incluir la superación de un período de formación y la elaboración, presentación y aprobación de un trabajo original de investigación. b. Los estudios de doctorado, conducentes a la obtención del correspondiente título de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, que tienen como finalidad la especialización del estudiante en su formación investigadora dentro de un ámbito del conocimiento científico, técnico o artístico, se organizarán y realizarán en la forma que determinen los estatutos, de acuerdo con los criterios que para la obtención del título de Doctor apruebe el Gobierno, previo informe del Consejo de Universidades. En todo caso, estos criterios incluirán la superación de un período de formación y la elaboración, presentación y aprobación de un trabajo original de investigación. c. Los estudios de doctorado, conducentes a la obtención del correspondiente título de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, que tienen como finalidad la especialización del estudiante en su formación investigadora dentro de un ámbito del conocimiento científico, técnico, humanístico o artístico, se organizarán y realizarán en la forma que determinen los estatutos, de acuerdo con los criterios que para la obtención del título de Doctor apruebe el Gobierno, previo informe del Consejo de Universidades. En todo caso, estos criterios incluirán la superación de un período de formación y la elaboración, presentación y aprobación de un trabajo original de investigación. d. Los estudios de doctorado, conducentes a la obtención del correspondiente título de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, que tienen como finalidad la especialización del estudiante en su formación investigadora y docente dentro de un ámbito del conocimiento científico, técnico, humanístico o artístico, se organizarán y realizarán en la forma que determinen los estatutos, de acuerdo con los criterios que para la obtención del título de Doctor apruebe el Gobierno, previo informe del Consejo de Universidades. Estos criterios podrán incluir la superación de un período de formación y la elaboración, presentación y aprobación de un trabajo original de investigación.

6) En cuanto a la investigación, la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades establece que (señala la incorrecta): a. La investigación científica es fundamento esencial de la docencia y una herramienta primordial para el desarrollo social a través de la transferencia de sus resultados a la sociedad. Como tal, constituye una función esencial de la universidad, que deriva de su papel clave en la generación de conocimiento y de su capacidad de estimular y generar pensamiento crítico, clave de todo proceso científico. Se reconoce y garantiza la libertad de investigación en el ámbito universitario. b. La universidad tiene, como uno de sus objetivos esenciales, el desarrollo de la investigación científica, técnica y artística y la transferencia del conocimiento a la sociedad, así como la formación de investigadores e investigadoras, y atenderá tanto a la investigación básica como a la aplicada. c. La investigación es un derecho y un deber del personal docente e investigador de las Universidades, de acuerdo con los fines generales de la Universidad, y dentro de los límites establecidos por el ordenamiento jurídico. d. La investigación, sin perjuicio de la libre creación y organización por las Universidades de las estructuras que, para su desarrollo, las mismas determinen y de la libre investigación individual se llevará a cabo, principalmente, en grupos de investigación, Facultades e Institutos Universitarios de Investigación.

7) Según la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, ¿a quién le corresponde el fomento de la investigación científica y el desarrollo tecnológico?. a. A la Administración General del Estado. b. A las Comunidades Autónomas. c. A la Administración General del Estado y a las Comunidades Autónomas. d. Ninguna es correcta.

8) En cuanto al estudio en la Universidad, la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades establece que: a. Es un derecho de todos en los términos establecidos en el ordenamiento jurídico. b. Para el acceso a la Universidad será necesario estar en posesión del título de bachiller. c. Corresponde al Gobierno, previo informe de la Conferencia General de Política Universitaria, establecer las normas básicas para la admisión de los estudiantes que soliciten ingresar en los centros universitarios, siempre con respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad, y en todo caso de acuerdo con lo indicado en el artículo 38 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. d. Para facilitar la actualización de la formación y la readaptación profesionales y la plena y efectiva participación en la vida cultural, económica y social, el Gobierno, previo informe de la Conferencia General de Política Universitaria, regulará los procedimientos para el acceso a la universidad de quienes, acreditando una determinada experiencia laboral o profesional, no dispongan de la titulación académica legalmente requerida al efecto con carácter general. A este sistema de acceso, que permitirá el ingreso en cualquier universidad, centro y enseñanza, podrán acogerse también, en las condiciones que al efecto se establezcan, quienes, no pudiendo acreditar dicha experiencia, hayan superado una determinada edad.

9) Según la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, en relación con la oferta de plazas en las Universidades públicas: a. La programación de la oferta de enseñanzas de las Universidades públicas se efectuará por las Comunidades Autónomas, de acuerdo con las Universidades y se comunicará a la Conferencia General de Política Universitaria para su estudio y determinación de la oferta general de enseñanzas y plazas, que será publicada en el "Boletín Oficial del Estado". b. La programación de la oferta de enseñanzas de las Universidades públicas se efectuará por el Gobierno, de acuerdo con las Universidades y se comunicará a la Conferencia General de Política Universitaria para su estudio y determinación de la oferta general de enseñanzas y plazas, que será publicada en el Boletín Oficial de cada Comunidad. c. La programación de la oferta de enseñanzas de las Universidades públicas se efectuará por las Comunidades Autónomas y el Gobierno en el marco de la Conferencia General de Política Universitaria, de acuerdo con las Universidades y se comunicará al Consejo de Universidades para su estudio y determinación de la oferta general de enseñanzas y plazas, que será publicada en el "Boletín Oficial del Estado". d. Ninguna es correcta.

10) Con respecto a las becas, y según la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, ¿Quién determinará con carácter básico las modalidades y cuantías de las becas y ayudas al estudio, las condiciones académicas y económicas que hayan de reunir los candidatos?. a. Al Gobierno. b. A las Comunidades Autónomas, en sus respectivos ámbitos. c. Al Gobierno sin detrimento de las competencias normativas y de ejecución de las Comunidades Autónomas. d. A las Comunidades Autónomas, en sus respectivos ámbitos, sin perjuicio de las competencias del Gobierno.

11) También con respecto a las becas, y según la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, ¿A quién corresponde el desarrollo, ejecución y control del sistema general de becas y ayudas al estudio?. a. A las Comunidades Autónomas en sus respectivos ámbitos de competencia y en colaboración con las universidades. b. A las Comunidades Autónomas en sus respectivos ámbitos de competencia. c. Al Gobierno en colaboración con las universidades. d. Al Gobierno en colaboración con las Comunidades Autónomas en sus respectivos ámbitos de competencia.

12) Con respecto a los estudiantes, y según la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades: a. El estudio es un derecho de los estudiantes universitarios. b. El estudio es un derecho y un deber de los estudiantes universitarios. c. El estudio es una obligación de los estudiantes universitarios. d. El estudio es un derecho y una obligación de los estudiantes universitarios.

13) Así mismo, la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, establece que en los términos establecidos por el ordenamiento jurídico, los estudiantes tendrán derecho a (señala la incorrecta): a. El estudio en la Universidad de su elección. b. La igualdad de oportunidades y no discriminación por razones de sexo, raza, religión o discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social en el acceso a la universidad, ingreso en los centros, permanencia en la universidad y ejercicio de sus derechos académicos. c. Su representación en los órganos de gobierno y representación de la Universidad, en los términos establecidos en esta Ley y en los respectivos Estatutos o normas de organización y funcionamiento. d. Recibir un trato no sexista.

14) También con respecto a los estudiantes, y según la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, ¿A quién corresponde aprobar las normas que regulen el progreso y la permanencia en la Universidad de los estudiantes, de acuerdo con las características de los respectivos estudios?. a. Al Consejo de Gobierno, previo informe del Consejo Social. b. A las Comunidades Autónomas, previo informe del Consejo de Universidades. c. Al Rector, previo informe del Consejo Social y a iniciativa Claustro. d. Al consejo Social, previo informe del Consejo de Universidades.

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