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LOU-TEMA 10

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Título del Test:
LOU-TEMA 10

Descripción:
NATURALEZA, CREACION Y ESTRUCTURA DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS

Fecha de Creación: 2022/03/18

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 33

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Temario:

1-nació con el propósito de impulsar la acción de la Administración General del Estado en la vertebración y cohesión del sistema universitario, de profundizar las competencias de las Comunidades Autónomas en materia de enseñanza superior, de incrementar el grado de autonomía de las Universidades, y de establecer los cauces necesarios para fortalecer las relaciones y vinculaciones recíprocas entre Universidad y sociedad... Estamos hablando de la Ley. ordinaria 6/2001 de 21 de diciembre de Universidades. Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre de Universidades. Ordinaria 11/83 de 25 de agosto de Reforma Universitaria. Orgánica 11/83 de 25 de agosto de Reforma Universitaria.

2-La ley por la que se llevó a cabo la revisión de la LOU es.... La ley Orgánica 4/2007 de 12 de mayo. La ley Orgánica 4/2007 de 12 de abril. La ley Orgánica 4/2007 de 12 de junio. La ley Orgánica 4/2007 de 12 de febrero.

3-Entre las modificaciones de la Ley de Reforma Universitaria podemos destacar. Flexibiliza el sistema de elección del Rector o de la Rectora y permite que las propias universidades elijan la opción que consideren más adecuada. Se crea la Conferencia General de Política Universitaria y se constituye el Consejo de Universidades con funciones de asesoramiento, cooperación y coordinación en el ámbito académico. La selección del profesorado funcionario se modifica incorporando un modelo de acreditación que permita que las universidades seleccionen a su profesorado entre los previamente acreditados. Todas son correctas.

4-En la Ley de Reforma de la LOU se crean (indica la incorrecta). la ANECA. Los institutos mixtos de investigación. El Consejo de estudiantes universitarios. la Conferencia General de Política Universitaria.

5-La LOU tiene. 93 artículos, 14 títulos, 29 disposiciones adicionales (2 derogadas) 8 disposiciones transitorias (1 derogada) , 1 disposición derogatoria y 5 disposiciones finales. 93 artículos, 10 títulos, 29 disposiciones adicionales (2 derogadas) 8 disposiciones transitorias (1 derogada) , 1 disposición derogatoria y 5 disposiciones finales. 93 artículos, 14 títulos, 27 disposiciones adicionales (2 derogadas) 8 disposiciones transitorias (1 derogada) , 1 disposición derogatoria y 5 disposiciones finales. 100 artículos, 14 títulos, 29 disposiciones adicionales (2 derogadas) 8 disposiciones transitorias (1 derogada) , 1 disposición derogatoria y 5 disposiciones finales.

6-La creación de Universidades Públicas y el reconocimiento de Universidades Privadas se llevará a cabo. Por Ley de la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma en cuyo ámbito territorial hayan de establecerse. Por Ley de las Cortes Generales, a propuesta del Gobierno, de acuerdo con el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma en cuyo ámbito territorial hayan de establecerse. Para la creación de Universidades públicas será preceptivo el informe previo de la Conferencia General de Política Universitaria , en el marco de la programación general de la enseñanza universitaria. Todas son correctas.

7-¿Quien determinará, con carácter general, los requisitos básicos para la creación y reconocimiento de Universidades y que los mencionados requisitos contemplarán los medios y recursos adecuados para el cumplimiento por las Universidades de las funciones de la Universidad al servicio de la sociedad?. La Comunidad Autónoma donde vayan a establecerse, previo informe del Consejo de Universidades. El Gobierno, previo informe de la Conferencia General de Política Universitaria. La Comunidad Autónoma donde vaya a establecerse, previo informe de la Conferencia General de Política Universitaria. El Gobierno previo informe del Consejo de Universidades.

8-Las Universidades podrán impartir enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional... Solo en la modalidad presencial. En la modalidad presencial o no presencial, en este último caso de forma parcial. En la modalidad no presencial. En la modalidad presencial o no presencial, en este último caso de forma parcial o exclusiva.

9-El comienzo de las actividades será autorizado por. El Gobierno. La Universidad. El órgano competente de la Comunidad Autónoma. El Rector.

10-Las Universidades deberán mantener en funcionamiento sus centros y enseñanzas durante. el plazo máximo que resulte de la aplicación de las normas generales que se dicten en desarrollo de la regulación de los títulos universitarios y títulos oficiales. el plazo necesario que resulte de la aplicación de las normas generales que se dicten en desarrollo de la regulación de los títulos universitarios y títulos oficiales. el plazo mínimo que resulte de la aplicación de las normas generales que se dicten en desarrollo de la regulación de los títulos universitarios y títulos oficiales. el plazo que resulte de la aplicación de las normas generales que se dicten en desarrollo de la regulación de los títulos universitarios y títulos oficiales.

11-El reconocimiento de las Universidades privadas tendrá carácter. constitutivo. declarativo. de creación. prioritario.

12-Para el reconocimiento de las Universidades Privadas será. Preceptivo el informe de la Conferencia General de Política Universitaria en el marco de la programación general de la enseñanza universitaria. Facultativo de la Conferencia General de Política Universitaria en el marco de la programación general de la enseñanza universitaria. Preceptivo el informe del Consejo de Universidades en el marco de la programación general de la enseñanza universitaria. Facultativo el informe del Consejo de Universidades en el marco de la programación general de la enseñanza universitaria.

13-Las Universidades Públicas se regirán además de por la presente Ley y por las normas que dicten el Estado y las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus respectivas competencias. Por sus Estatutos. Por sus propias normas de de organización y funcionamiento. Por la Ley de su reconomiento. Todas son correctas.

14- El proyecto de Estatutos se entenderá aprobado. Transcurridos tres meses desde la fecha de presentación al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma*. Transcurridos seis meses desde la fecha de presentación al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma. Transcurridos tres meses desde la fecha de presentación al Parlamento de la Comunidad Autónoma. En el plazo establecido por la Comunidad Autónoma.

15-Los Estatutos entrarán en vigor. Al día siguiente de su publicación en el BOE. Al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma. A partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma. A partir de su publicación en el BOE.

16-Establecerán mecanismos para que en los procesos de acogida de los diferentes miembros de la comunidad universitaria se favorezca el conocimiento suficiente de las lenguas cooficiales. Los poderes públicos. Las Universidades a través de sus Estatutos. Las Universidades a través de sus normas de organización y funcionamiento. A y B son correctas.

17-En las Universidades Públicas agotan la via administrativa y serán impugnables ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Las resoluciones del Consejo de Gobierno y del Claustro. Los acuerdos del Rector. Los acuerdos del Consejo Social. Todas son correctas.

18-Las Universidades privadas se regirán, aparte de por la presente ley y las normas que dicten el Estado y las CCAA, por. Sus leyes de creación. Sus Estatutos. Sus propias normas de organización y funcionamiento. Todas ellas.

19- Las normas de organización y funcionamiento de las Universidades Privadas. Serán elaboradas por ellas mismas y aprobadas por el Consejo de Gobierno de la CCAA. Serán elaboradas por el Consejo de Gobierno de la CCAA y aprobadas por ellas mismas. Serán elaboradas y aprobadas por ellas mismas, con sujeción, en todo caso, a los principios constitucionales y con garantía efectiva del principio de libertad de cátedra manifestada en las libertades académicas, de investigación y de estudio. El régimen de su aprobación será el previsto para las Universidades públicas.

20-Las Facultades, escuelas y escuelas de doctorado. Son los centros encargados de la organización de las enseñanzas y de los procesos académicos, administrativos y de gestión conducentes a la obtención de títulos de grado. Podrán impartir también enseñanzas conducentes a la obtención de otros títulos, así como llevar a cabo aquellas otras funciones que determine la universidad. son las unidades de docencia e investigación encargadas de coordinar las enseñanzas de uno o varios ámbitos del conocimiento en uno o varios centros, de acuerdo con la programación docente de la universidad, de apoyar las actividades e iniciativas docentes e investigadoras del profesorado, y de ejercer aquellas otras funciones que sean determinadas por los estatutos. A y B son correctas.

21- Cuando decimos que "son unidades creadas por una o varias universidades, por sí mismas o en colaboración con otros organismos, centros, instituciones y entidades con actividades de I + D + i, nacionales o extranjeras, que tienen por objeto fundamental la organización, dentro de su ámbito de gestión, del doctorado en una o varias ramas de conocimiento o con carácter interdisciplinar" estamos hablando de... Facultades o Escuelas. Departamentos. Institutos Universitarios. Escuelas de Doctorado.

22-La creación de Escuelas de Doctorado, de acuerdo con lo previsto en la propia normativa de las Universidades y en la de la respectiva Comunidad Autónoma... Deberá ser comunidada al Ministerio de Educación a efectos de su insprición en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Deberá ser comunidada a la Consejería competente a efectos de educación superior de la CCAA, a efectos de su insprición en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Deberá ser comunidada al Consejo de Gobierno de la CCAA a efectos de su insprición en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Ninguna es cierta.

23-Los Departamentos (señale la respuesta incorrecta). Son las unidades de docencia e investigación encargadas de coordinar las enseñanzas de uno o varios ámbitos del conocimiento en uno o varios centros. son centros dedicados a la investigación científica y técnica o a la creación artística. Podrán organizar y desarrollar programas y estudios de doctorado y de postgrado según los procedimientos previstos en los Estatutos, y proporcionar asesoramiento técnico en el ámbito de sus competencias. Son, de acuerdo con la programación docente de la universidad, los encargados de apoyar las actividades e iniciativas docentes e investigadoras del profesorado, y de ejercer aquellas otras funciones que sean determinadas por los estatutos. La creación, modificación y supresión de departamentos corresponde a la universidad, conforme a sus estatutos.

24-Los institutos Universitarios de Investigación. son centros dedicados a la investigación científica y artística o a la creación técnica. Podrán organizar y desarrollar programas y estudios de grado, doctorado y de postgrado según los procedimientos previstos en los Estatutos, y proporcionar asesoramiento técnico en el ámbito de sus competencias. Podrán ser constituidos por una o más universidades, o conjuntamente con otras entidades públicas o privadas mediante convenios u otras formas de cooperación, de conformidad con los estatutos. Se regirán por la presente Ley, por los Estatutos, por el convenio de creación o de colaboración, en su caso, y por sus propias normas.

25-Las universidades, conjuntamente con los organismos públicos de investigación, con los centros del Sistema Nacional de Salud y con otros centros de investigación públicos o privados sin ánimo de lucro, promovidos y participados por una administración pública, podrán constituir. Institutos Universitarios de Investigación. Institutos Mixtos de Investigación. Centros de Doctorado. Todos ellos.

26-Para la creación y supresión de Institutos Universitarios de Investigación. se seguirá el mismo procedimiento previsto para los Departamentos. Se seguirá el mismo procedimiento previsto para las facultades, escuelas y escuelas de doctorado. Se seguirá el mismo procedimiento que para los Centros Adscritos. Se seguirá el mismo procedimiento que para la Universidad.

27-Podrán adscribirse a las universidades públicas como institutos universitarios de investigación... instituciones o centros de investigación de carácter público o privado, mediante acuerdo. instituciones o centros de investigación de carácter público , mediante convenio. instituciones o centros de investigación de carácter público o privado, mediante convenio. instituciones o centros de investigación de carácter privado, mediante acuerdo.

28-La aprobación de la adscripción o, en su caso, desadscripción, de los institutos universitarios de investigación corresponde. a la Comunidad Autónoma. bien por iniciativa de la universidad mediante propuesta del Consejo de Gobierno, con informe previo favorable del Consejo Social. bien por propia iniciativa, con acuerdo del Consejo de Gobierno de la universidad y previo informe favorable del Consejo Social,. Todas son ciertas.

29-De la inscripción de los institutos universitarios de investigación será informado/a. El Consejo Social. El Consejo de Coordinación Universitaria. La Conferencia General de Política Universitaria. El Consell.

30-La adscripción a una universidad pública de centros docentes de titularidad pública o privada para impartir estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, se hará. Mediante acuerdo. Mediante concierto. Mediante resolución. Mediante convenio.

31-La adscripción de Centros de educación superior a Universidades requerirá. La aprobación del Gobierno, a propuesta de la CCAA, previo informe del Consejo de Gobierno de la Universidad. La aprobación de la Universidad, a propuesta de la CCAA, previo informe del Consejo Social. La aprobación de la CCAA, a propuesta del Consejo de Gobierno de la Universidad, previo informe favorable de su Consejo Social. La aprobación de la Consejería competente en estudios superiores universitarios, a propuesta del Consejo de Gobierno de la Universidad, previo informe del Consejo Social.

32-Deberá establecer los requisitos básicos que deberán de cumplir los centros adscritos para garantizar la calidad de la docencia e investigación y- en general- del conjunto del sistema universitario... El Gobierno. El Consejo de Gobierno de la CCAA. La Conferencia General de Universidades. Todos ellos.

33-El comienzo de las actividades de los centros adscritos será autorizado por. El Gobierno. La Universidad respectiva. La CCAA. El Consejo de Gobierno de la CCAA.

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