LPAC T4
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Título del Test:
![]() LPAC T4 Descripción: C3 Ordenación, C4 Instrucción del procedimiento |



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Se entiende como "Expediente Administrativo" a: El conjunto ordenado de documentos y actuaciones que sirven de antecedente y fundamento a la resolución administrativa, así como las diligencias encaminadas a ejecutarla. El documento suscrito por un interesado en el que éste manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para obtener el reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita, que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida, y que se compromete a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el período de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio. Aquel documento mediante el que los interesados ponen en conocimiento de la Administración Pública competente sus datos identificativos o cualquier otro dato relevante para el inicio de una actividad o el ejercicio de un derecho. Ninguna es correcta. Artículo 70, "Expediente Administrativo", señale la incorrecta: Los expedientes tendrán formato electrónico y se formarán mediante la agregación ordenada de cuantos documentos, pruebas, dictámenes, informes, acuerdos, notificaciones y demás diligencias deban integrarlos, así como un índice numerado de todos los documentos que contenga cuando se remita. Asimismo, deberá constar en el expediente copia electrónica certificada de la resolución adoptada. Cuando en virtud de una norma sea preciso remitir el expediente electrónico, se hará de acuerdo con lo previsto en el Esquema Nacional de Interoperabilidad y en las correspondientes Normas Técnicas de Interoperabilidad, y se enviará completo, foliado, autentificado y acompañado de un índice, asimismo autentificado, de los documentos que contenga. La autenticación del citado índice garantizará la integridad e inmutabilidad del expediente electrónico generado desde el momento de su firma y permitirá su recuperación siempre que sea preciso, siendo admisible que un mismo documento forme parte de distintos expedientes electrónicos. Todas son correctas. El Capítulo III del Título IV de la LPAC se denomina: Ordenación del procedimiento administrativo. Ordenación del procedimiento. Instrucción del procedimiento. Instrucción del procedimiento administrativo. El Capítulo IV del Título IV de la LPAC se denomina: Ordenación del procedimiento administrativo. Ordenación del procedimiento. Instrucción del procedimiento. Instrucción del procedimiento administrativo. Art. 71 "Impulso": El procedimiento, sometido al principio de celeridad, se impulsará de oficio en todos sus trámites y a través de medios electrónicos, respetando los principios de transparencia y publicidad. El procedimiento, sometido al principio de transparencia, se impulsará de oficio en todos sus trámites y a través de medios electrónicos, respetando los principios de celeridad y publicidad. El procedimiento, sometido al principio de publicidad, se impulsará de oficio en todos sus trámites y a través de medios electrónicos, respetando los principios de celeridad y transparencia. Ninguna es correcta. Ordenación del procedimiento. Cumplimiento de trámites. Los trámites que deban ser cumplimentados por los interesados deberán realizarse en el plazo de: 10 días a partir del siguiente al de la notificación del correspondiente acto, salvo en el caso de que en la norma correspondiente se fije plazo distinto. 15 días a partir del siguiente al de la notificación del correspondiente acto, salvo en el caso de que en la norma correspondiente se fije plazo distinto. 5 días a partir del siguiente al de la notificación del correspondiente acto, salvo en el caso de que en la norma correspondiente se fije plazo distinto. 20 días a partir del siguiente al de la notificación del correspondiente acto, salvo en el caso de que en la norma correspondiente se fije plazo distinto. Ordenación del procedimiento. Cumplimiento de trámites. En cualquier momento del procedimiento, cuando la Administración considere que alguno de los actos de los interesados no reúne los requisitos necesarios, lo pondrá en conocimiento de su autor, concediéndole... Un plazo de 10 días para cumplimentarlo. Un plazo de 15 días para cumplimentarlo. Un plazo de 20 días para cumplimentarlo. Un plazo de 5 días para cumplimentarlo. Ordenación del procedimiento. Cuestiones incidentales. Podrán suspender el procedimiento: a) Las cuestiones que refieran a la nulidad de actuaciones. b) Las motivaciones o formas presentadas que se consideren nulas de pleno derecho. c) La recusación. d) Todas son correctas. |





