LYR2
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Título del Test:![]() LYR2 Descripción: APOYO DIDACTICO |




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Cualquier acto en el que se prive a una persona de su libertad deambulatoria que derive en alguna forma de retención, detención, presentación, aprehensión, internamiento, aseguramiento, encarcelamiento o de custodia de una persona, por orden o acto de autoridad judicial o administrativa u otra competente, o con el consentimiento expreso o tácito de cualquiera de éstas. Privación de la libertad. esclavitud. Artículo 7. ______se investigará y perseguirá de oficio, por denuncia o vista de autoridad judicial. El delito de tortura. El delito de secuestro. Artículo 9. No constituyen causas de exclusión ______________ la obediencia a órdenes o instrucciones de un superior jerárquico que dispongan, autoricen o alienten la comisión de este delito. Las órdenes de los superiores jerárquicos de cometer el delito de tortura son manifiestamente ilícitas y los subordinados tienen el deber de desobedecerlas y denunciarlas. El delito de tortura. El delito de secuestro. Artículo 10. No se consideran como causas de justificación o excluyentes de responsabilidad ______ el que existan o se invoquen circunstancias especiales o situaciones excepcionales, tales como tiempo de guerra, invasión o su peligro inminente, perturbación grave de la paz pública, grave peligro, conflicto armado, inestabilidad política interna, suspensión de derechos y sus garantías. El delito de tortura. El delito de secuestro. Artículo 13. _________ y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; así como los delitos vinculados, deben ser perseguidos, investigados, procesados y sancionados conforme a las reglas de autoría, participación y concurso previstas en la legislación penal aplicable, y las reglas de acumulación de procesos previstas en el Código Nacional de Procedimientos Penales. Los delitos de tortura. El delito de secuestro. serán considerados autores del delito de tortura en los términos de lo previsto en la legislación penal aplicable. Los superiores jerárquicos. Los subordinados. Artículo 24. Comete el delito de tortura _______ que, con el fin de obtener información o una confesión, con fines de investigación criminal, como medio intimidatorio, como castigo personal, como medio de coacción, como medida preventiva, o por razones basadas en discriminación, o con cualquier otro fin: Los superiores jerárquicos. el Servidor Público. el autor intelectual. Artículo 26. Se le impondrá una pena de diez a veinte años de prisión y de quinientos a mil días multa, al _________ que incurra en alguna de las conductas previstas en el artículo 24 de la presente Ley. Los superiores jerárquicos. el Servidor Público. el autor intelectual. Artículo 1. La presente Ley es de orden público y de observancia general en toda la República, y tiene por objeto distribuir competencias entre los órdenes de gobierno para establecer las responsabilidades administrativas de los Servidores Públicos, sus obligaciones, las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que estos incurran y las que correspondan a los particulares vinculados con faltas administrativas graves, así como los procedimientos para su aplicación. Ley Nacional del Registro de Detenciones. LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS. LOAM. I. Establecer los principios y obligaciones que rigen la actuación de los Servidores Públicos; II. Establecer las Faltas administrativas graves y no graves de los Servidores Públicos, las sanciones aplicables a las mismas, así como los procedimientos para su aplicación y las facultades de las autoridades competentes para tal efecto; III. Establecer las sanciones por la comisión de Faltas de particulares, así como los procedimientos para su aplicación y las facultades de las autoridades competentes para tal efecto; IV. Determinar los mecanismos para la prevención, corrección e investigación de responsabilidades administrativas, y V. Crear las bases para que todo Ente público establezca políticas eficaces de ética pública y responsabilidad en el servicio público. Ley Nacional del Registro de Detenciones. LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS. LOAM. La autoridad en las Secretarías, los Órganos internos de control, la Auditoría Superior de la Federación y las entidades de fiscalización superior de las entidades federativas, así como las unidades de responsabilidades de las Empresas productivas del Estado, encargada de la investigación de Faltas administrativas. Auditoría Superior. LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS. Autoridad investigadora. La autoridad en las Secretarías, los Órganos internos de control, la Auditoría Superior y sus homólogas en las entidades federativas, así como las unidades de responsabilidades de las Empresas productivas del Estado que, en el ámbito de su competencia, dirigen y conducen el procedimiento de responsabilidades administrativas desde la admisión del Informe de presunta responsabilidad administrativa y hasta la conclusión de la audiencia inicial. La función de la Autoridad substanciadora, en ningún caso podrá ser ejercida por una Autoridad investigadora. Auditoría Superior. Autoridad substanciadora. Autoridad investigadora. Tratándose de Faltas administrativas no graves lo será la unidad de responsabilidades administrativas o el servidor público asignado en los Órganos internos de control. Para las Faltas administrativas graves, así como para las Faltas de particulares, lo será el Tribunal competente. Autoridad resolutora. Autoridad substanciadora. Autoridad investigadora. Instancia a la que hace referencia el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, encargada de la coordinación y eficacia del Sistema Nacional Anticorrupción. Autoridad resolutora. Autoridad substanciadora. Comité Coordinador. La posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de los Servidores Públicos en razón de intereses personales, familiares o de negocios. Conflicto de Interés. Autoridad substanciadora. Comité Coordinador. La persona física o moral, o el Servidor Público que acude ante las Autoridades investigadoras a que se refiere la presente Ley, con el fin de denunciar actos u omisiones que pudieran constituir o vincularse con Faltas administrativas, en términos de los artículos 91 y 93 de esta Ley. Declarante. Denunciante. Comité Coordinador. Los Poderes Legislativo y Judicial, los órganos constitucionales autónomos, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y sus homólogos de las entidades federativas, los municipios y alcaldías de la Ciudad de México y sus dependencias y entidades, las fiscalías o procuradurías locales, los órganos jurisdiccionales que no formen parte de los poderes judiciales, las Empresas productivas del Estado, así como cualquier otro ente sobre el que tenga control cualquiera de los poderes y órganos públicos citados de los tres órdenes de gobierno. Ente público. Denunciante. Comité Coordinador. Los organismos públicos descentralizados, las empresas de participación estatal mayoritaria y los fideicomisos públicos que tengan el carácter de entidad paraestatal a que se refieren los artículos 3, 45, 46 y 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y sus correlativas en las entidades federativas y municipios. Ente público. Entidades. Comité Coordinador. Los órganos a los que hacen referencian el sexto párrafo de la fracción segunda del artículo 116 y el sexto párrafo de la fracción II del Apartado A del artículo 122, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ente público. Entidades. Entidades de fiscalización superior de las entidades federativas. El expediente derivado de la investigación que las Autoridades Investigadoras realizan en sede administrativa, al tener conocimiento de un acto u omisión posiblemente constitutivo de Faltas administrativas. Expediente de presunta responsabilidad administrativa:. Entidades. Entidades de fiscalización superior de las entidades federativas. Las Faltas administrativas graves, las Faltas administrativas no graves; así como las Faltas de particulares, conforme a lo dispuesto en esta Ley. Expediente de presunta responsabilidad administrativa:. Faltas administrativas. Entidades de fiscalización superior de las entidades federativas. Las faltas administrativas de los Servidores Públicos en los términos de la presente Ley, cuya sanción corresponde a las Secretarías y a los Órganos internos de control. Expediente de presunta responsabilidad administrativa:. Faltas administrativas. Falta administrativa no grave. Las faltas administrativas de los Servidores Públicos catalogadas como graves en los términos de la presente Ley, cuya sanción corresponde al Tribunal Federal de Justicia Administrativa y sus homólogos en las entidades federativas. Falta administrativa grave. Faltas administrativas. Falta administrativa no grave. Los actos de personas físicas o morales privadas que estén vinculados con faltas administrativas graves a que se refieren los Capítulos III y IV del Título Tercero de esta Ley, cuya sanción corresponde al Tribunal en los términos de la misma. Falta administrativa grave. Faltas de particulares. Falta administrativa no grave. El instrumento en el que las autoridades investigadoras describen los hechos relacionados con alguna de las faltas señaladas en la presente Ley, exponiendo de forma documentada con las pruebas y fundamentos, los motivos y presunta responsabilidad del Servidor Público o de un particular en la comisión de Faltas administrativas. Falta administrativa grave. Faltas de particulares. Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa. El Titular o integrante de la sección competente en materia de responsabilidades administrativas, de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa o de las salas especializadas que, en su caso, se establezcan en dicha materia, así como sus homólogos en las entidades federativas. Magistrado. Faltas de particulares. Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa. Organismos a los que la Constitución otorga expresamente autonomía técnica y de gestión, personalidad jurídica y patrimonio propio, incluidos aquellos creados con tal carácter en las constituciones de las entidades federativas. Magistrado. Órganos constitucionales autónomos. Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa. Las unidades administrativas a cargo de promover, evaluar y fortalecer el buen funcionamiento del control interno en los entes públicos, así como aquellas otras instancias de los Órganos constitucionales autónomos que, conforme a sus respectivas leyes, sean competentes para aplicar las leyes en materia de responsabilidades de Servidores Públicos. Órganos internos de control. Órganos constitucionales autónomos. Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa. Las personas que desempeñan un empleo, cargo o comisión en los entes públicos, en el ámbito federal y local, conforme a lo dispuesto en el artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La referencia sobre Servidor Público y/o Servidores Públicos, se entenderá como el contenido de esta fracción. Órganos internos de control. Órganos constitucionales autónomos. Personas Servidoras Públicas. La plataforma a que se refiere la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, que contará con los sistemas que establece la referida ley, así como los contenidos previstos en la presente Ley. Plataforma digital nacional. Órganos constitucionales autónomos. Personas Servidoras Públicas. La instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos. Plataforma digital nacional. Sistema Nacional Anticorrupción. Personas Servidoras Públicas. La Sección competente en materia de responsabilidades administrativas, de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa o las salas especializadas que, en su caso, se establezcan en dicha materia, así como sus homólogos en las entidades federativas. Plataforma digital nacional. Sistema Nacional Anticorrupción. Tribunal. están obligados a crear y mantener condiciones estructurales y normativas que permitan el adecuado funcionamiento del Estado en su conjunto, y la actuación ética y responsable de cada Persona Servidora Pública, en el marco del respeto a los derechos humanos, la buena administración pública y la perspectiva de género. Artículo 6. Todos los entes públicos. Artículo 5. Todos los servidores públicos. observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de austeridad, disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia, eficiencia y racionalidad en el uso de los recursos públicos, mismos que rigen el servicio público. Artículo 6. Todos los entes públicos. Artículo 7. Las Personas Servidoras Públicas. Actuar conforme a lo que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas les atribuyen a su empleo, cargo o comisión, por lo que deben conocer y cumplir las disposiciones que regulan el ejercicio de sus funciones, facultades y atribuciones. Todos los entes públicos. Las Personas Servidoras Públicas. Los Militares. Conducirse con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscar o aceptar compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización. Todos los entes públicos. Las Personas Servidoras Públicas. Los Militares. Satisfacer el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población. Todos los entes públicos. Las Personas Servidoras Públicas. Los Militares. Dar a las personas en general el mismo trato, por lo que no concederán privilegios o preferencias a organizaciones o personas, ni permitirán que influencias, intereses o prejuicios indebidos afecten su compromiso para tomar decisiones o ejercer sus funciones de manera objetiva. Todos los entes públicos. Las Personas Servidoras Públicas. Los Militares. Actuar conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas institucionales según sus responsabilidades. Todos los entes públicos. Las Personas Servidoras Públicas. Los Militares. Administrar los recursos públicos que estén bajo su responsabilidad, sujetándose a los principios de austeridad, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados. Todos los entes públicos. Las Personas Servidoras Públicas. Los Militares. Promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos establecidos en la Constitución. Todos los entes públicos. Las Personas Servidoras Públicas. Los Militares. Corresponder a la confianza que la sociedad les ha conferido; tendrán una vocación absoluta de servicio a la sociedad, y preservarán el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general. Todos los entes públicos. Las Personas Servidoras Públicas. Los Militares. Evitar y dar cuenta de los intereses que puedan entrar en conflicto con el desempeño responsable y objetivo de sus facultades y obligaciones. Todos los entes públicos. Las Personas Servidoras Públicas. Los Militares. Se abstendrán de asociarse con inversionistas, contratistas o empresarios nacionales o extranjeros, para establecer cualquier tipo de negocio privado que afecte el desempeño imparcial y objetivo en razón de intereses personales o familiares, hasta el cuarto grado por consanguinidad o afinidad. Todos los entes públicos. Las Personas Servidoras Públicas. Los Militares. Separarse legalmente de los activos e intereses económicos que afecten de manera directa el ejercicio de sus responsabilidades en el servicio público y que constituyan conflicto de intereses, de acuerdo con lo establecido en esta Ley, en forma previa a la asunción de cualquier empleo, cargo o comisión. Todos los entes públicos. Las Personas Servidoras Públicas. Los Militares. Abstenerse de intervenir o promover, por sí o por interpósita persona, en la selección, nombramiento o designación para el servicio público de personas con quienes tenga parentesco por filiación hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el segundo grado. Todos los entes públicos. Las Personas Servidoras Públicas. Los Militares. Abstenerse de realizar cualquier trato o promesa privada que comprometa al Estado mexicano. Todos los entes públicos. Las Personas Servidoras Públicas. Los Militares. La separación de activos o intereses económicos a que se refiere la fracción XI de este artículo deberá comprobarse ___________, mismos que deberán incluir una cláusula que garantice la vigencia de la separación durante el tiempo de ejercicio del cargo y hasta por un año posterior a haberse retirado del empleo, cargo o comisión. mediante la exhibición de los instrumentos legales conducentes. Las Personas Servidoras Públicas. mediante los reportes de la supervisión evaluadora. Artículo 63. _______tratándose de requerimientos o resoluciones de autoridades fiscalizadoras, de control interno, judiciales, electorales o en materia de defensa de los derechos humanos o cualquier otra competente, proporcione información falsa, así como no dé respuesta alguna, retrase deliberadamente y sin justificación la entrega de la información, a pesar de que le hayan sido impuestas medidas de apremio conforme a las disposiciones aplicables. Cometerá desacato el servidor público que. Las Personas Servidoras Públicas que. mediante los reportes de la supervisión evaluadora que. Artículo 74. Para el caso de Faltas administrativas no graves, ________para imponer las sanciones prescribirán en tres años, contados a partir del día siguiente al que se hubieren cometido las infracciones, o a partir del momento en que hubieren cesado. las facultades del Comité es desacato. las facultades de las Secretarías o de los Órganos internos de control. mediante los reportes de la supervisión evaluadora que. Cuando se trate de Faltas administrativas graves o Faltas de particulares, el plazo de prescripción será de______ , contados en los mismos términos del párrafo anterior. siete años. seis años. cinco años. Si se dejare de actuar en los procedimientos de responsabilidad administrativa originados con motivo de la admisión del citado informe, y como consecuencia de ello se produjera la caducidad de la instancia, la prescripción se reanudará. desde el día en que se admitió el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa. a partir de las politicas de Responsabilidad Administrativa. |