madaux t6
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Título del Test:
![]() madaux t6 Descripción: madaux del t6 4015ylrbrl |



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Conforme al artículo 54.1 de la Ley 40/2015, la Administración General del Estado actúa y se organiza, además de por los principios del artículo 3, por los de: Únicamente desconcentración territorial. Coordinación y jerarquía, sin descentralización. Descentralización funcional y desconcentración funcional y territorial. Centralización y jerarquía estricta. Según el artículo 54.2 de la Ley 40/2015, las competencias en materia de organización administrativa, régimen de personal, procedimientos e inspección de servicios, no atribuidas específicamente por Ley a ningún otro órgano de la AGE ni al Gobierno, corresponderán al: Consejo de Ministros. Ministerio de la Presidencia. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Ministerio competente por razón de la materia, en cada caso. Conforme al artículo 55.2 de la Ley 40/2015, la Administración General del Estado comprende: La Organización Central y los Organismos autónomos, exclusivamente. Únicamente la Organización Central. La Organización Central, la Organización Territorial y la Administración General del Estado en el exterior. Únicamente la Organización Territorial. Según el artículo 55.3 de la Ley 40/2015, en la organización central de la AGE son órganos superiores: Los Ministros, los Secretarios de Estado y los Directores generales. Los Ministros y los Subsecretarios. Los Ministros y los Secretarios de Estado. Los Secretarios de Estado y los Subsecretarios. Conforme al artículo 55.4 de la Ley 40/2015, en la organización territorial de la AGE son órganos directivos: Únicamente los Subdelegados del Gobierno, con nivel de Director general. Los Delegados y Subdelegados, ambos con rango de Subsecretario. Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas, con rango de Subsecretario, y los Subdelegados del Gobierno en las provincias, con nivel de Subdirector general. Únicamente los Delegados del Gobierno, con rango de Ministro. Según el artículo 55.6 de la Ley 40/2015, los órganos superiores y directivos tienen la condición de alto cargo, excepto: Los Subsecretarios. Los Secretarios de Estado. Los Subdirectores generales y asimilados. Los Ministros. Conforme al artículo 55 bis de la Ley 40/2015, el principio de representación equilibrada entre mujeres y hombres en los órganos superiores y directivos exige que las personas de cada sexo, en el ámbito de cada departamento ministerial: Sean exactamente paritarias (50/50). No superen el 50 %. No superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento. No superen el 70 % ni sean menos del 30 %. Según el artículo 56.1 de la Ley 40/2015, los elementos organizativos básicos de las estructuras orgánicas son: Las Delegaciones del Gobierno. Los órganos superiores. Las unidades administrativas. Los Departamentos ministeriales. Conforme al artículo 56.3 de la Ley 40/2015, las unidades administrativas se establecen mediante: Real Decreto del Consejo de Ministros. Orden ministerial. Las relaciones de puestos de trabajo. Acuerdo del Consejo de Estado. Conforme al artículo 57.1 de la Ley 40/2015, la Administración General del Estado se organiza en: Presidencia, Ministerios y Comunidades Autónomas. Consejo de Ministros y Secretarías de Estado. Presidencia del Gobierno y Ministerios. Únicamente Ministerios. Según el artículo 57.3 de la Ley 40/2015, la determinación del número, la denominación y el ámbito de competencia respectivo de los Ministerios y las Secretarías de Estado se establece mediante: Acuerdo del Consejo de Ministros. Real Decreto del Consejo de Ministros. Real Decreto del Presidente del Gobierno. Orden Ministerial. Conforme al artículo 58.2 de la Ley 40/2015, los Ministerios contarán, en todo caso, con: Un Delegado del Gobierno. Una Secretaría de Estado. Una Subsecretaría y, dependiendo de ella, una Secretaría General Técnica. Una Dirección General y varias Subdirecciones Generales. Según el artículo 58.3 de la Ley 40/2015, las Direcciones Generales son los órganos de gestión de: Los servicios territoriales en cada Comunidad Autónoma. Los servicios comunes del Ministerio. Una o varias áreas funcionalmente homogéneas. La representación del Ministerio en el exterior. Conforme al artículo 59.1 de la Ley 40/2015, las Subsecretarías, Secretarías Generales, Secretarías Generales Técnicas, Direcciones Generales y Subdirecciones Generales se crean, modifican y suprimen por: Real Decreto del Presidente del Gobierno. Acuerdo del Consejo de Estado. Real Decreto del Consejo de Ministros, a iniciativa del Ministro interesado y a propuesta del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas. Orden del Ministro respectivo, en todo caso. Según el artículo 59.2 de la Ley 40/2015, los órganos de nivel inferior a Subdirección General se crean, modifican y suprimen por: Real Decreto del Consejo de Ministros. Orden del Ministro. Las relaciones de puestos de trabajo. Acuerdo del Subsecretario. Conforme al artículo 60.1 de la Ley 40/2015, los Ministros son los jefes superiores del Departamento y superiores jerárquicos directos de: Los Subdirectores generales. Los Secretarios de Estado y los Subsecretarios. Los Directores generales. Los Delegados del Gobierno. Según el artículo 60.2 de la Ley 40/2015, los órganos directivos se ordenan jerárquicamente entre sí de la siguiente forma: Subsecretario, Interventor General y Director General. Subsecretario, Director general y Subdirector general. Ministro, Secretario, Subsecretario y Subdirector. Secretario General Técnico, Director General y Subdirector General. Conforme al artículo 60.2 de la Ley 40/2015, los Secretarios generales tienen categoría de: Director General. Secretario General Técnico. Subdirector General. Subsecretario. Según el artículo 60.2 de la Ley 40/2015, los Secretarios Generales Técnicos tienen categoría de: Subsecretario. Director general. Subdirector general. Secretario de Estado. Según el artículo 61 de la Ley 40/2015, corresponde imponer la sanción de separación del servicio por faltas muy graves a: Los Secretarios de Estado. Los Secretarios Generales. Los Subsecretarios. Los Ministros. Conforme al artículo 61 de la Ley 40/2015, entre las funciones del Ministro se encuentra: Nombrar a los Secretarios de Estado. Aprobar el proyecto de Ley en Consejo de Ministros. Dirigir la acción del Gobierno en su conjunto. Ejercer la potestad reglamentaria en las materias propias de su Departamento. Conforme al artículo 62.1 de la Ley 40/2015, los Secretarios de Estado son directamente responsables de: La dirección de los servicios comunes del Ministerio. La representación ordinaria del Ministerio. La jefatura superior de todo el personal del Departamento. La ejecución de la acción del Gobierno en un sector de actividad específica. Según el artículo 62.2.c) de la Ley 40/2015, corresponde a los Secretarios de Estado: Nombrar a los Directores generales. Imponer la sanción de separación del servicio. Convocar y resolver los concursos de personal funcionario. Nombrar a los Subdirectores Generales de la Secretaría de Estado. Conforme al artículo 63.1 de la Ley 40/2015, los Subsecretarios ostentan: La potestad reglamentaria del Departamento. La representación del Gobierno de la Nación en la Comunidad Autónoma. La jefatura de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. La representación ordinaria del Ministerio y dirigen los servicios comunes. Según el artículo 63.1.ñ) de la Ley 40/2015, corresponde al Subsecretario ejercer la potestad disciplinaria del personal del Departamento por faltas graves o muy graves: En todo caso, incluida la separación del servicio. Salvo la separación del servicio. Únicamente por faltas leves. Únicamente respecto del personal laboral. |





