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Fecha de Creación: 2026/10/07

Categoría: Otros

Número Preguntas: 50

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Conforme al artículo 1.1 de la Constitución, España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico: la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. la justicia, la libertad, la igualdad y el pluralismo político. la igualdad, la libertad, la justicia y el pluralismo político. la libertad, la igualdad, la justicia y el pluralismo político.

Según el artículo 1.2 de la Constitución, la soberanía nacional: reside en el Estado español, del que emanan los poderes del pueblo. reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. reside en la Nación española, de la que emanan los poderes del Estado. reside en las Cortes Generales y el Gobierno, órganos de los que emanan los poderes del Estado.

Conforme al artículo 1.3 de la Constitución, la forma política del Estado español es: la Monarquía constitucional. la Monarquía parlamentaria democrática. la Monarquía parlamentaria. la Monarquía hereditaria.

El artículo 2 de la Constitución dispone que la Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y: reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la colaboración entre todas ellas. reconoce el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas. reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas. reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las comunidades autónomas que la integran y la solidaridad entre todas ellas.

Según el artículo 3.1 de la Constitución, el castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen: el derecho de conocerla y el deber de usarla. el deber de conocerla y el derecho a usarla. el deber y el derecho de conocerla y usarla. el deber de conocerla y usarla, y el derecho a difundirla.

Conforme al artículo 3.2 de la Constitución, las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas: de acuerdo con sus Estatutos. de acuerdo con lo que establezcan sus Estatutos y la ley. de acuerdo con sus Estatutos y la legislación estatal. de acuerdo con sus Estatutos, sin perjuicio de la ley del Estado.

Según el artículo 3.3 de la Constitución, la riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es: un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección por parte de los poderes públicos. un patrimonio cultural español que será objeto de especial respeto y protección. un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección. un patrimonio de la Nación que será objeto de especial respeto, protección y difusión.

Conforme al artículo 4.1 de la Constitución, la bandera de España está formada: por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas. por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que las rojas juntas. por tres franjas horizontales, amarilla, roja y amarilla, siendo las rojas de doble anchura que la amarilla. por tres franjas, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de igual anchura que las rojas.

Según el artículo 4.2 de la Constitución, los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas: se utilizarán junto a la bandera de España en los edificios públicos y en los actos oficiales. se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales. se utilizarán bajo la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales. se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales, conforme determinen sus Estatutos.

Conforme al artículo 5 de la Constitución, la capital del Estado es: la ciudad de Madrid. la villa y corte de Madrid. la villa de Madrid. Madrid, sin que la ley pueda establecer otra.

Según el artículo 6 de la Constitución, los partidos políticos: expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento esencial para la participación política. expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación ciudadana. expresan el pluralismo político y concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular, siendo su creación y el ejercicio de su actividad libres.

Conforme a la Constitución, ¿qué colectivo es "instrumento fundamental para la participación política"?. Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales. Los partidos políticos. Las organizaciones profesionales. Las asociaciones constituidas al amparo del artículo 22.

Conforme al artículo 7 de la Constitución, los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales: contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. expresan el pluralismo social, concurren a la formación de la voluntad popular y son instrumento para la participación económica. contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales de los trabajadores y de las empresas, respectivamente. contribuyen a la promoción y defensa de los intereses económicos, sociales y culturales que les son propios.

Según el artículo 8.1 de la Constitución, las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire: tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional. tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y garantizar el ordenamiento constitucional. tienen como misión defender la soberanía e independencia de España, garantizar su integridad territorial y el ordenamiento constitucional. tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España y defender su integridad territorial.

Conforme al artículo 8.2 de la Constitución: Una ley regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución. Una ley orgánica regulará la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución. Una ley orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución. Una ley orgánica regulará las bases de la organización y funcionamiento de las Fuerzas Armadas.

Según el artículo 9.1 de la Constitución: Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. Los ciudadanos están sujetos a la Constitución y los poderes públicos al resto del ordenamiento jurídico. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y a las leyes. Los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

Conforme al artículo 9.2 de la Constitución, corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean: reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. reales y efectivas; remover los obstáculos que dificulten o impidan su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida social, cultural, económica y política. reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, social, económica y cultural.

Según el artículo 9.3 de la Constitución, la Constitución garantiza: el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos. el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos. el principio de legalidad, la publicidad de las normas, la jerarquía normativa, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos. el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad, la igualdad ante la ley y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Conforme al artículo 9.3 de la Constitución, ¿cuál de los siguientes principios NO se encuentra entre los garantizados por la Constitución en dicho apartado?. La publicidad de las normas. La seguridad jurídica. La igualdad ante la ley. La interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Conforme al artículo 10.1 de la Constitución, la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás: son fundamento de la convivencia democrática y de la paz social. son fundamento del orden político y de la paz social. son fundamento del ordenamiento jurídico y de la convivencia. son fundamento del orden político, social y económico.

Según el artículo 10.2 de la Constitución, las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán: de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España. de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España y publicados oficialmente. de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales que España haya ratificado. de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Derecho internacional.

Conforme al artículo 11.1 de la Constitución, la nacionalidad española: se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley. se adquiere y se conserva de acuerdo con lo establecido por la ley. se adquiere, se conserva y se pierde conforme a la ley y los tratados internacionales. se adquiere y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley.

Según el artículo 11.2 de la Constitución: Ningún español podrá ser privado de su nacionalidad. Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad. Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad, salvo renuncia expresa. Ningún español nacido en territorio español podrá ser privado de su nacionalidad.

Conforme al artículo 11.3 de la Constitución, el Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad: con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. En estos mismos países, siempre que reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen. con los países iberoamericanos y con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. En estos mismos países, aun cuando no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen. con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. En estos mismos países, aun cuando no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen. con los países iberoamericanos o con aquellos que mantengan una especial vinculación con España. En estos mismos países, aun cuando no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen.

Según el artículo 12 de la Constitución, los españoles son mayores de edad: a los dieciséis años. a los dieciocho años. a los veintiún años. al cumplir los dieciocho años, salvo incapacitación judicial.

Conforme al artículo 13.1 de la Constitución, los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el presente Título: en los términos que establezcan los tratados y la ley. en los términos que establezcan los tratados y las leyes. en los términos que establezca la ley. en los términos que establezcan las leyes y los tratados ratificados por España.

Según el artículo 13.2 de la Constitución, solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley: para el derecho de sufragio activo en las elecciones municipales. para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones locales. para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales. para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales y autonómicas.

Conforme al artículo 13.3 de la Constitución, en materia de extradición: quedan excluidos de la extradición los delitos políticos, considerándose como tales los actos de terrorismo. quedan excluidos de la extradición los delitos políticos, no considerándose como tales los actos de terrorismo. quedan excluidos de la extradición los delitos políticos y los actos de terrorismo. quedan excluidos de la extradición los delitos políticos, así como los que lleven aparejada la pena de muerte en el Estado requirente.

Según el artículo 13.4 de la Constitución, la ley establecerá los términos en que podrán gozar del derecho de asilo en España: los extranjeros y los apátridas. los refugiados y los apátridas. los ciudadanos de otros países y los apátridas. los ciudadanos de otros países y las personas sin nacionalidad conocida.

Conforme al artículo 14 de la Constitución, los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de: nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. nacimiento, raza, sexo, religión u opinión, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal, social o económica. nacimiento, origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual.

Conforme a la estructura del Título I de la Constitución: el artículo 14 forma parte de la Sección 1.ª del Capítulo segundo, que comienza en el artículo 14. el artículo 14 cierra el Capítulo primero, de manera que la Sección 1.ª del Capítulo segundo comienza en el artículo 15. el artículo 14 constituye, por sí solo, el Capítulo segundo del Título I. el artículo 14 se encuentra en el Capítulo tercero, dedicado a los principios rectores de la política social y económica.

Según el artículo 15 de la Constitución: Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que puedan ser sometidos, salvo casos excepcionales previstos por la ley, a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a torturas, penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos.

Conforme al artículo 15 de la Constitución, queda abolida la pena de muerte: salvo en tiempo de guerra. salvo lo que dispongan las leyes penales militares en estado de sitio. salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra. salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares en tiempos de guerra, siempre que el estado de guerra sea declarado por las Cortes Generales.

Según el artículo 16.1 de la Constitución, se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones: que la necesaria para el mantenimiento del orden público. que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley. que las necesarias para el mantenimiento del orden público protegido por la ley. que la necesaria para el mantenimiento de la seguridad pública protegida por la ley.

Conforme al artículo 16.2 de la Constitución: Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre sus creencias religiosas. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión, creencias u opciones sexuales. Nadie podrá ser interrogado sobre su ideología, religión o creencias.

Según el artículo 16.3 de la Constitución, ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán: las consiguientes relaciones de colaboración con la Iglesia Católica y las demás confesiones. las consiguientes relaciones de cooperación con las confesiones religiosas. las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones. las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones religiosas.

Conforme al artículo 17.1 de la Constitución, toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad: salvo en los casos y en la forma previstos en la ley. sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en la ley. sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en las leyes. sino con la observancia de los casos y de la forma previstos en la ley.

Según el artículo 17.2 de la Constitución, la detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso: en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial. en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto a disposición de la autoridad judicial. en el plazo máximo de setenta y dos horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial. en el plazo máximo de setenta y dos horas, prorrogables judicialmente, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.

Conforme al artículo 17.3 de la Constitución, toda persona detenida debe ser informada: de forma inmediata y comprensible, de sus derechos y de las causas de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar. de forma inmediata, y de modo que le sea comprensible, de sus derechos y de los motivos de su detención, no pudiendo ser obligada a confesarse. de forma inmediata, y de modo que le sea comprensible, de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar. de forma inmediata, y de modo que le sea comprensible, de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar contra sí misma.

Según el artículo 17.4 de la Constitución, la ley regulará un procedimiento de «habeas corpus»: para producir la puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por ley orgánica se determinará el plazo máximo de duración de la prisión provisional. para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Asimismo, por ley se determinará el plazo máximo de duración de la prisión provisional. para producir la inmediata puesta en libertad de toda persona detenida ilegalmente. para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente, fijándose por ley orgánica el plazo máximo de duración de la prisión provisional.

Conforme al artículo 18.1 de la Constitución: Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, y a la protección de los datos personales. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Se garantiza el derecho a la propia imagen, a la intimidad personal y familiar y al honor. Se garantiza el derecho al honor y a la intimidad personal y familiar.

Según el artículo 18.2 de la Constitución, el domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él: sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito. sin consentimiento del titular o autorización judicial, salvo en caso de flagrante delito. sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito, delito terrorista o grave riesgo para la seguridad ciudadana. sin consentimiento del titular ni resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.

Conforme al artículo 18.3 de la Constitución, se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial: de las postales, telefónicas y telegráficas, salvo resolución judicial. de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo autorización judicial. de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial. de las postales, telegráficas, telefónicas y telemáticas, salvo resolución judicial.

Según el artículo 18.4 de la Constitución, la ley limitará el uso de la informática: para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y la protección de sus datos personales. para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos. para garantizar el honor, la intimidad personal y familiar y la propia imagen de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos. para garantizar la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.

Conforme al artículo 19 de la Constitución, los españoles tienen derecho a entrar y salir libremente de España: en los términos que la ley establezca. Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos. en los términos que la ley establezca. Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos, ideológicos ni de seguridad nacional. en los términos que la ley establezca. Este derecho no podrá ser limitado salvo por motivos políticos o ideológicos. en los términos que establezca la ley, pudiendo limitarse por motivos de orden público.

Conforme al artículo 20.1.d) de la Constitución, a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión: la ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de este derecho. la ley regulará los derechos a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades. la ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades. la ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de su profesión.

Según el artículo 20.1 de la Constitución, ¿cuál de los siguientes derechos NO se recoge en la enumeración de dicho apartado?. A la libertad de cátedra. A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica. A la libertad de cátedra universitaria. A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión.

Conforme al artículo 20.2 de la Constitución, el ejercicio de estos derechos no puede restringirse: mediante ningún tipo de censura previa. mediante censura previa. mediante ningún tipo de censura. mediante ningún tipo de censura previa, salvo la establecida por ley para la protección de la juventud y de la infancia.

Según el artículo 20.3 de la Constitución, la ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos: respetando el pluralismo de la sociedad. respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España. respetando el acceso de los grupos sociales y políticos más representativos. respetando el pluralismo de la sociedad y de las lenguas oficiales de España.

Conforme al artículo 20.4 de la Constitución, estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho: al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia. al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la infancia y de la juventud. al honor, a la intimidad personal y familiar, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia. a la propia imagen, al honor, a la intimidad y a la protección de la juventud y de la infancia.

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