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MAESTRIA CONSTITUCIONAL

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Título del Test:
MAESTRIA CONSTITUCIONAL

Descripción:
UNEMI COMPLEXIVO

Fecha de Creación: 2026/08/19

Categoría: Otros

Número Preguntas: 30

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Uno de los objetivos del examen directo es: Fortalecer la credibilidad del testigo y obtener su relato relevante de manera comprensible. Forzar contradicciones mediante preguntas engañosas. Sugerir todas las respuestas. Impedir que el tribunal escuche al testigo.

Un objetivo típico del contraexamen es: Repetir exactamente el examen directo. Controlar el relato, probar puntos favorables y examinar la credibilidad o inconsistencias del testigo. Permitir una narración ilimitada del testigo adverso. Introducir documentos sin ninguna regla de autenticación.

La objeción durante un interrogatorio sirve para. Interrumpir sin causa a la contraparte. Someter a decisión judicial una pregunta o actuación que infringe las reglas de la prueba o del interrogatorio. Sustituir el recurso de apelación. Evitar que el juez controle la audiencia.

Una pregunta capciosa es aquella que: Busca inducir a error o engañar al declarante. Solicita identificación básica. Recapitula una respuesta ya dada. Pide precisar una fecha.

Una pregunta impertinente debe objetarse porque: Se refiere a hechos o circunstancias sin relación relevante con el objeto del proceso. Siempre es una pregunta cerrada. Está redactada en pasado. Contiene el nombre del testigo.

¿Cuál es el problema principal de una pregunta compuesta?. Contiene dos o más hechos o interrogantes en una sola pregunta, generando ambigüedad sobre qué se responde. Es demasiado breve. Solo puede contestarse sí o no. Usa una palabra técnica.

Las versiones o declaraciones previas de un testigo pueden utilizarse en juicio, conforme al COIP, principalmente para: Sustituir completamente el testimonio oral. Recordar información y destacar contradicciones, sin reemplazar el testimonio. Ser admitidas automáticamente como prueba independiente. Evitar el contraexamen.

Cuando se confronta a un testigo con una declaración previa incompatible, la finalidad estratégica habitual es: Acreditar una inconsistencia que pueda afectar su credibilidad o precisar su relato. Eliminar el derecho de contradicción. Incorporar cualquier rumor como prueba. Sustituir al perito.

El principio de inmediación en materia probatoria exige que: Los juzgadores y las partes procesales estén presentes en la práctica de la prueba, con las modalidades legalmente permitidas. Toda prueba sea exclusivamente escrita. El fiscal valore la prueba en lugar del tribunal. Solo la defensa pueda presenciar la prueba.

¿Cuáles son las etapas del procedimiento ordinario penal según el COIP?. Investigación previa, instrucción y sentencia. Instrucción; evaluación y preparatoria de juicio; y juicio. Denuncia, flagrancia y casación. Formulación de cargos, apelación y revisión.

La investigación previa: Es una de las tres etapas procesales del procedimiento ordinario. Es una fase preprocesal y no integra las tres etapas del artículo 589. Se inicia siempre después de la sentencia. Sustituye a la instrucción.

La finalidad esencial de la investigación previa es: Dictar sentencia. Reunir elementos de convicción de cargo y descargo que permitan decidir si se formula imputación/cargos y esclarecer las circunstancias del hecho. Ejecutar la pena. Resolver la casación.

En delitos sancionados con pena privativa de libertad de hasta cinco años, la investigación previa puede durar, como regla, hasta: Seis meses. Un año. Dos años. Cuatro años.

En delitos sancionados con pena privativa de libertad de más de cinco años, la investigación previa puede durar, como regla, hasta: Dos años. Noventa días. Seis meses. Cinco años.

Respecto de la reserva de la investigación previa, ¿cuál afirmación es correcta?. La persona investigada y la víctima nunca pueden acceder al expediente. La investigación es reservada para terceros, pero la víctima, la persona investigada y sus abogados tienen derecho de acceso suficiente e inmediato en los términos legales. Solo la prensa puede acceder. Todo el expediente debe publicarse en internet.

Cuando para obtener, conservar o preservar evidencias o impedir la consumación de un delito se requiere una actuación judicial urgente antes de iniciar formalmente el proceso, la Fiscalía puede solicitar: Un acto fiscal urgente. Una sentencia anticipada. Un recurso de revisión. Un indulto.

La etapa de instrucción se inicia con: La sentencia de primera instancia. La audiencia de formulación de cargos. La audiencia de casación. La presentación del recurso de hecho.

La instrucción tiene como finalidad principal: Determinar elementos de convicción de cargo y descargo que permitan formular o no una acusación contra la persona procesada. Ejecutar la pena privativa de libertad. Resolver la extradición. Revisar sentencias ejecutoriadas.

El plazo máximo general de la instrucción fiscal es de: 30 días. 45 días. 90 días. 180 días.

En delitos de tránsito, la instrucción fiscal tendrá un plazo máximo de: 45 días. 90 días. 30 días en todos los casos. 15 días.

En todo delito flagrante, la instrucción fiscal durará hasta: 60 días. 45 días. 30 días. 90 días.

Considerando las ampliaciones legalmente permitidas, la instrucción no podrá durar más de: 120 días en el régimen general. 180 días en cualquier caso. 365 días. 90 días sin excepción.

Considerando las ampliaciones permitidas, en delitos de tránsito la instrucción no podrá durar más de: 120 días. 75 días. 60 días. 45 días sin ninguna ampliación.

Considerando las ampliaciones permitidas, en delitos flagrantes la instrucción no podrá durar más de: 60 días. 75 días. 90 días. 120 días.

Si aparecen datos que hacen presumir la autoría o participación de otra persona durante la instrucción, la vinculación al proceso puede producir una ampliación de: 10 días. 15 días. 30 días. 90 días.

Si durante la instrucción varía justificadamente la calificación jurídica de los hechos, la reformulación de cargos: Puede realizarse indefinidamente. Puede efectuarse una sola vez y genera una ampliación de 30 días. Solo puede realizarse después de la sentencia. Produce automáticamente el archive.

La etapa de evaluación y preparatoria de juicio tiene, entre otras finalidades: Resolver cuestiones de procedibilidad, prejudicialidad, competencia y procedimiento; establecer validez procesal; evaluar elementos de convicción; excluir los ilegales; delimitar el juicio y anunciar prueba. Ejecutar la condena. Sustituir al juicio oral. Tramitar únicamente la casación.

La acusación fiscal puede referirse: . A cualquier persona, aunque nunca haya sido vinculada al proceso. Únicamente a hechos y personas incluidos en la formulación o reformulación de cargos correspondiente. Solo a hechos que consten en prensa. A hechos futuros.

En la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, el juzgador: Puede ordenar libremente cualquier prueba de oficio. En ningún caso puede decretar la práctica de pruebas de oficio. Debe asumir la investigación fiscal. Solo escucha a Fiscalía.

Como regla general, la audiencia de calificación de flagrancia debe realizarse dentro de: 12 horas desde la denuncia. 24 horas desde la aprehensión. 48 horas desde la denuncia. 72 horas desde la aprehensión.

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