MAGISTERIO 3
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Título del Test:
![]() MAGISTERIO 3 Descripción: saluda mental tema 5 |



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Procedimiento mediante el cual se declara que una persona no es capaz de gobernarse a sí misma o a sus propios bienes, según el sistema jurídico anterior a la reforma de 2021. Curatela asistencial. Guarda de hecho. Incapacitación judicial. Internamiento involuntario. Cualidad que ostentan todas las personas por el hecho de serlo, independientemente de que puedan ejercer por sí mismas sus derechos y obligaciones. Capacidad de obrar. Capacidad jurídica. Curatela representativa. Autotutela. Capacidad de las personas para ejercer por sí mismas los derechos y obligaciones adquiridos. Capacidad jurídica. Capacidad volitiva. Capacidad de obrar. Capacidad patrimonial. Según el sistema anterior a la reforma, ¿qué requisitos básicos se exigían para declarar judicialmente incapacitada a una persona?. Presentar cualquier enfermedad mental, independientemente de su gravedad y duración. Tener dificultades económicas y necesitar ayuda familiar. Padecer una enfermedad o deficiencia física o psíquica persistente que impidiera el autogobierno. Presentar una discapacidad física, aunque conservara plenamente la capacidad de decisión. Figura jurídica del sistema anterior que representaba legalmente a la persona incapacitada de forma estable, supliendo su capacidad para determinados actos. Curatela. Defensor judicial. Tutela. Guarda de hecho. Figura jurídica que complementaba la capacidad de la persona sin sustituirla ni actuar como su representante legal. Tutela. Curatela. Autotutela. Patria potestad. Figura jurídica que podía intervenir ante un conflicto entre la persona tutelada y su tutor, o hasta que se produjera una nueva designación. Tutor legal. Curador asistencial. Defensor judicial. Guardador de hecho. Término jurídico que se aplica a la persona que malgasta su patrimonio con ligereza. Incapacidad de obrar. Autotutela. Prodigalidad. Curatela. Reforma legal que sustituye el sistema de incapacitación judicial de las personas adultas con discapacidad por un modelo basado en el respeto a su voluntad, deseos y preferencias. Reforma que establece la tutela obligatoria para todas las personas con discapacidad. Ley 8/2021, de reforma civil y procesal. Reforma que elimina la capacidad jurídica de las personas con enfermedad mental. Ley que establece el internamiento obligatorio de las personas con discapacidad. Según la nueva legislación, ¿cuál es el principio fundamental que debe orientar las decisiones relativas a las personas con discapacidad?. Sustituir siempre la voluntad de la persona por la de sus familiares. Priorizar la protección paternalista frente a cualquier decisión personal. Respetar la voluntad, los deseos y las preferencias de la persona, proporcionándole los apoyos necesarios. Limitar su capacidad jurídica cuando exista un diagnóstico psiquiátrico. Según la nueva legislación, ¿qué afirmación es correcta respecto a la capacidad jurídica de las personas adultas con discapacidad?. Pierden automáticamente su capacidad jurídica cuando se diagnostica una discapacidad. Solo pueden tomar decisiones si cuentan con autorización judicial. Tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás personas y pueden necesitar apoyos para ejercerla. Deben estar representadas permanentemente por un tutor. Medidas de apoyo que solicita la propia persona con discapacidad y que se establecen mediante intervención notarial. Medidas de apoyo judiciales. Curatela representativa. Medidas de apoyo voluntarias. Internamiento involuntario. Medidas de apoyo que determina un juez mediante resolución judicial, estableciendo los tipos de ayuda que necesita la persona con discapacidad. Medidas de apoyo voluntarias. Medidas de apoyo judiciales. Guarda de hecho. Autotutela. Medida de apoyo estable en la que el curador ayuda a la persona con discapacidad en cuestiones económicas, sanitarias o administrativas, sin sustituirla ni tomar decisiones por ella. Curatela representativa. Tutela. Curatela asistencial. Defensor judicial. Medida de apoyo excepcional que permite al curador representar a la persona con discapacidad y tomar determinadas decisiones por ella cuando no puede hacerlo por sí misma, debiendo respetar sus derechos, voluntad y preferencias. Curatela asistencial. Curatela representativa. Guarda de hecho. Medidas de apoyo voluntarias. Medida informal de apoyo que puede existir cuando no hay medidas voluntarias o judiciales, en la que la persona que presta ayuda no es nombrada por un juez. Curatela representativa. Defensor judicial. Guarda de hecho. Tutela. Según la nueva legislación, ¿cuál de las siguientes afirmaciones sobre las medidas de apoyo es correcta?. Son permanentes y no pueden modificarse una vez establecidas. Todas requieren obligatoriamente una sentencia judicial. Deben adaptarse a las necesidades de la persona y revisarse periódicamente, ya que estas pueden cambiar. Siempre implican que otra persona tome todas las decisiones. Tipo de internamiento psiquiátrico en el que el paciente solicita el ingreso o acepta la propuesta de los profesionales, conservando su capacidad para decidir y sin existir presión ni engaño. Internamiento involuntario urgente. Internamiento involuntario ordinario. Internamiento psiquiátrico voluntario. Tratamiento ambulatorio involuntario. Durante un internamiento voluntario, un paciente solicita el alta, pero el psiquiatra considera que su estado clínico supone un riesgo importante. Según los apuntes, ¿qué puede ocurrir?. El paciente debe permanecer ingresado sin necesidad de realizar ningún procedimiento. El paciente nunca puede solicitar el alta voluntaria. El internamiento puede transformarse en involuntario si la situación clínica lo justifica y se cumplen los requisitos legales. El ingreso se convierte automáticamente en una curatela representativa. Tipo de internamiento psiquiátrico decidido por personas distintas al paciente, que debe estar justificado y basado en criterios terapéuticos. Internamiento voluntario. Tratamiento ambulatorio voluntario. Internamiento psiquiátrico involuntario. Curatela asistencial. Internamiento psiquiátrico involuntario en el que, por razones de urgencia, se realiza el ingreso sin autorización judicial previa, debiendo comunicarlo al tribunal lo antes posible y dentro de las 24 horas siguientes. Internamiento voluntario. Internamiento involuntario ordinario. Internamiento involuntario urgente. Tratamiento ambulatorio involuntario. Internamiento psiquiátrico involuntario en el que la autoridad judicial autoriza el ingreso antes de que este se produzca. Internamiento voluntario. Internamiento involuntario urgente. Internamiento involuntario ordinario. Internamiento ambulatorio. En un internamiento psiquiátrico involuntario urgente, ¿cuáles son los plazos legales establecidos para comunicar el ingreso y ratificar judicialmente la medida?. Comunicación en 48 horas y ratificación en 24 horas. Comunicación en un máximo de 24 horas y ratificación en las 72 horas siguientes desde que el tribunal tiene conocimiento. Comunicación en 72 horas y ratificación en una semana. Comunicación en 24 horas y ratificación en un mes. Respecto al tratamiento ambulatorio involuntario. Se considera más restrictivo que el internamiento psiquiátrico. Obliga a ingresar permanentemente al paciente. Se plantea como una alternativa menos restrictiva que el internamiento y podría evitar ingresos repetidos. Solo puede utilizarse en pacientes con curatela representativa. Principio ético que establece la capacidad de autorregulación sin limitaciones externas o internas, reconociendo el derecho de cada persona a opinar y actuar conforme a sus creencias personales sin coacción. Justicia. Beneficencia. Autonomía. No maleficencia. Principio ético que busca alcanzar la equidad en el trato a todas las personas, con una misma consideración y respeto. Autonomía. Justicia. Beneficencia. No maleficencia. Principio ético que obliga a no hacer daño de forma intencionada, siguiendo la máxima hipocrática primum non nocere. Justicia. Beneficencia. Autonomía. No maleficencia. Principio ético que establece la obligación de actuar por el bien de otras personas. Autonomía. Justicia. Beneficencia. No maleficencia. La contención mecánica constituye una medida excepcional que supone una restricción de derechos fundamentales. Según los apuntes, ¿cuándo está justificada su utilización?. Siempre que un paciente rechace el tratamiento farmacológico. Cuando el personal sanitario considere que facilita el trabajo asistencial. Únicamente ante el fracaso de todas las alternativas, cuando exista una indicación justificada. Cuando los familiares soliciten la inmovilización, aunque no exista indicación clínica. Respecto a la información y documentación de la inmovilización terapéutica, señale la respuesta correcta. No es necesario informar al paciente si presenta un trastorno mental. Solo debe registrarse en la historia clínica cuando aparezcan complicaciones. La información únicamente debe facilitarse a los familiares después de retirar la contención. Debe informarse al paciente de forma adaptada a su comprensión y a las personas vinculadas que lo acompañen, dejando constancia en la historia clínica de las circunstancias que justifican la medida y su mantenimiento. |





