Mango26
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Título del Test:
![]() Mango26 Descripción: 3 Insp G |



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1.En relación a las administraciones locales, la Constitución: No permite la articulación de una vía para la defensa específica de la autonomía local ante el Tribunal Constitucional. Reconoce a los Municipios personalidad jurídica plena. Reconoce a los Municipios exclusivamente como entidades político-administrativas. No contiene una cláusula genérica de atribución competencial a los entes locales. 2.Según el artículo 141 de la Constitución, la entidad local que constituye la división territorial para el cumplimiento de las actividades del Estado es: La Diputación Provincial. La Provincia. El Municipio. La Mancomunidad de Municipios. 3.Según el artículo 13 de la Ley 7/1985, de 2 abril, la creación de nuevos municipios solo podrá realizarse: a. Sobre la base de núcleos de población territorialmente diferenciados, de al menos 15.000 habitantes. b. Sobre la base de núcleos de población territorialmente diferenciados, de al menos 5.000 habitantes. c. Sobre la base de núcleos de población de al menos 10.000 habitantes. d. Sobre la base de núcleos de población financieramente sostenibles, de al menos 3.000 habitantes. Sobre la base de núcleos de población territorialmente diferenciados, de al menos 15.000 habitantes. Sobre la base de núcleos de población territorialmente diferenciados, de al menos 5.000 habitantes. Sobre la base de núcleos de población de al menos 10.000 habitantes. Sobre la base de núcleos de población financieramente sostenibles, de al menos 3.000 habitantes. 4. Según el artículo 126 de la Ley 7/1985, de 2 abril, en relación a la Junta de Gobierno Local: Es el órgano que, bajo la presidencia del Alcalde, colabora de forma colegiada en la función de dirección política que a éste corresponde y ejerce funciones ejecutivas y administrativas. La Junta de Gobierno Local es uno de los órganos municipales necesarios de los municipios de gran población. El número de sus miembros será fijado por acuerdo del Pleno de la corporación Municipal. Las dos primeras opciones son correctas. 5. La Administración Local está integrada por entes públicos de carácter territorial con personalidad jurídica. Su naturaleza es: Sociológica, su existencia se justifica por la existencia de un elemento concreto de interés común relacionado con una determinada materia común a todos ellos. Voluntaria, en las corporaciones locales no ha de suponerse el vínculo de vecindad local. Asociativa, el municipio es una entidad natural reconocida por la ley. La Administración Local tiene ante todo una naturaleza corporativa. 6. Las entidades básicas de la organización territorial del Estado según el artículo 1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, son: El Municipio, la Provincia y la Isla. La Comarca, la Provincia y el Municipio. El Municipio, la Provincia y el Cabildo. La Provincia, el Municipio y el Concejo abierto. 7.Según el artículo 19 de la Ley 7/1985, de 2 abril, el Gobierno y la administración municipal corresponden: Al Alcalde. Al Ayuntamiento, integrado por el Alcalde y los Concejales. Al Alcalde y a las Diputaciones Provinciales. Al Alcalde, los Tenientes de Alcalde y los Concejales. 8. Según el artículo 130 de la Ley 7/1985, de 2 abril, son órganos superiores municipales los siguientes: El Alcalde, los miembros de la Junta de Gobierno Local y el Secretario general del Pleno. El Alcalde, los miembros de la Junta de Gobierno Local y los Tenientes de Alcalde. Los miembros de la Junta de Gobierno Local, el Alcalde y el interventor general municipal. El Alcalde y los miembros de la Junta de Gobierno Local. 9. Según el artículo 130 de la Ley 7/1985, de 2 abril, no son órganos superiores municipales los siguientes: El secretario general del Pleno y el interventor general municipal. Los miembros de la Junta de Gobierno Local. El Alcalde. Ninguna de las opciones anteriores es correcta. 10. Según el artículo 131 de la Ley 7/1985, de 2 abril, el Consejo Social de la Ciudad se constituirá: En los municipios cuya población supere los 250.000 habitantes y municipios capitales de provincia cuya población sea superior a los 175.000 habitantes. "En los municipios que sean capitales de provincia, capitales autonómicas o sedes de las instituciones autonómicas si lo deciden las Asambleas Legislativas correspondientes a iniciativa de los respectivos ayuntamientos". En los municipios fronterizos cuya población supere los 75.000 habitantes. Las dos primeras opciones son correctas. 11.Según el preámbulo de la Ley 7/1985, de 2 de abril, la actividad de las Entidades que integran la Administración Local, ha de someterse al principio constitucional de autonomía y el administrativo de la descentralización: Estos principios implican las diversificaciones de los centros del poder público administrativo. Implican la actuación de cada Entidad integrante de la Administración Local, en su ámbito propio, con plena capacidad y bajo la propia responsabilidad. Se permite la atribución a un órgano de facultades de control que recaigan sobre la actividad en general de los otros y que supongan una limitación de la capacidad de éstos. Las dos primeras opciones son correctas. 12. La primera aproximación legal a la definición del Municipio la encontramos: En el artículo 3.1 de la Ley 7/1985. En los artículos 137 y 140 del texto constitucional. En la Carta Europea de la Autonomía Local de octubre de 1985. En la Ley 41/1975, de 19 de noviembre, de Bases del Estatuto de Régimen Local. 13.Según el artículo 10 de la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, la Administración Local y las demás Administraciones públicas. Ajustarán sus relaciones recíprocas a los deberes de lealtad institucional, información mutua, colaboración, coordinación y respeto a los ámbitos competenciales respectivos. Ajustarán sus relaciones recíprocas a los deberes de información mutua, colaboración, eficacia, coordinación y respeto a los ámbitos competenciales respectivos. Ajustarán sus relaciones recíprocas a los deberes de información mutua, colaboración, transparencia y respeto a los ámbitos competenciales respectivos. Ajustarán sus relaciones recíprocas a los deberes de información mutua, colaboración, coordinación y respeto a los ámbitos competenciales respectivos. 14.Según el artículo 20 de la Ley 7/1985, de 2 abril, en relación a la organización municipal: La Comisión Especial de Cuentas existe en los municipios en los que así lo disponga su reglamento orgánico o así lo acuerde el Pleno de su ayuntamiento. La Comisión Especial de Cuentas existe en todos los municipios de más de 5.000 habitantes. La Comisión Especial de Cuentas existe en todos los municipios. La Comisión Especial de Cuentas existe en los municipios en los que así lo autorice el Consejo de Gobierno de su Comunidad Autónoma. 15. La Ley 7/1985, de 2 de abril. Constituye legislación básica del Estado y tiene por tanto una aplicación sustantiva directa. Se aplica supletoriamente en las materias no reguladas por las Comunidades Autónomas. Constituye el marco legal para el desarrollo de la legislación sectorial necesaria. La Administración Local tiene su potestad para la elaboración de su propia normativa. 16. Según el artículo 44 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, en relación a las Mancomunidades, se establece: Son Entidades Locales formadas por la asociación de Municipios, pertenecientes a una provincia, para la ejecución en común de obras o la prestación de servicios de su competencia. Son Entidades Locales formadas por la asociación de Municipios, pertenecientes a una misma o varias provincias limítrofes, para la ejecución en común de obras o la prestación de servicios de su competencia. "Tienen personalidad y capacidad jurídicas para el cumplimiento de sus fines específicos y se rigen por estatutos propios, cuyo contenido y aprobación se ajustará a la Ley 7/1985 y sus modificaciones". La elaboración de sus estatutos y el procedimiento de aprobación de los mismos se determinará por las estipulaciones fijadas en la legislación básica estatal. 17.Según el artículo 2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, la responsabilidad de hacer efectiva la autonomía que la Constitución reconoce a las Entidades Locales, la relaciona con: La legislación del Estado que regula los sectores de la acción pública deberá asegurar a los Municipios, las Provincias y las Islas su derecho a intervenir en cuantos asuntos afecten directamente al círculo de sus intereses. La legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas que regula los sectores de la acción pública deberá asegurar a los Municipios, las Provincias y las Islas su derecho a intervenir en cuantos asuntos afecten directamente al círculo de sus intereses. La legislación de las Comunidades Autónomas que regula los sectores de la acción pública deberá asegurar a los Municipios, las Provincias y las Islas su derecho a intervenir en cuantos asuntos afecten directamente al círculo de sus intereses. La legislación del Estado que regula los sectores de la acción pública deberá asegurar a los Municipios y a las Comunidades Autónomas su derecho a intervenir en cuantos asuntos afecten directamente al círculo de sus intereses. 18. Según el artículo 126 de la Ley 7/1985, de 2 abril, en relación a la Junta de Gobierno Local: Es el órgano que, bajo la presidencia del Alcalde, colabora de forma colegiada en la función de dirección política que a éste corresponde y ejerce funciones ejecutivas y administrativas. La Junta de Gobierno Local es uno de los órganos municipales necesarios de los municipios de gran población. El número de sus miembros será fijado por acuerdo del Pleno de la corporación Municipal. Las dos primeras opciones son correctas. 19.En virtud del artículo 137 del texto constitucional de 1978, el Estado: Se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en Comunidades Autónomas que gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses. Se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en Comunidades Autónomas que gozan de autonomía política para la gestión de sus respectivos intereses. Se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en Comunidades Autónomas que gozan de autonomía administrativa para la gestión de sus respectivos intereses. Se organiza territorialmente en municipios que gozan de autonomía administrativa y en Comunidades Autónomas dotadas de autonomía política. 20.La Carta Europea de Autonomía Local se firmó en Estrasburgo en el año: 1992. 1986. 1985. 1994. 21. Según el artículo 4 de la Carta Europea de la Autonomía Local, en relación al alcance de la autonomía local". Las Entidades Locales tienen, dentro del ámbito de la ley, libertad plena para ejercer su iniciativa en toda materia expresamente delegada por cualquier autoridad central o regional constitucionalmente definida. Las Entidades Locales tienen, dentro del ámbito de la ley, libertad plena para ejercer su iniciativa en toda materia que no esté excluida de su competencia o atribuida a otra autoridad. Las competencias encomendadas a las Entidades Locales serán en todo caso plenas y completas. Las competencias básicas de las Entidades Locales vendrán fijadas por la Constitución de cada Estado firmante. 22.El diseño y regulación de las entidades locales se lleva a efecto en: El texto constitucional. La legislación ordinaria. Las leyes orgánicas. Los Estatutos de Autonomía. 23. Según el artículo 5 de la Carta Europea de la Autonomía Local: La modificación de los límites territoriales locales habrá de ser sometida a referéndum Temario General. Grupo A1 110 en las colectividades locales afectadas. La modificación de los límites territoriales locales deberá ser consultada previamente a las colectividades locales afectadas, mediante la celebración de referéndum si la legislación lo permite. La modificación de los límites territoriales locales deberá ser sometida a dictamen conforme del máximo órgano consultivo del Estado concernido y aprobarse en las entidades afectadas por mayoría de dos tercios de sus representantes electos. La modificación de los límites territoriales locales deberá ser sometida a dictamen conforme del máximo órgano consultivo del Estado concernido y aprobarse en referéndum por mayoría de dos tercios de los votantes. 24.Respecto a los consorcios en el ámbito local, podemos decir: Son una entidad local de las enumeradas en el artículo 3.2 de la Ley 7/1985, de 2 abril. Son una forma de cooperación económica, técnica y administrativa entre la Administración Local y las Administraciones del Estado y de las Comunidades Autónomas para la prestación de servicios locales y para asuntos de interés común, prevista en el artículo 57 de la Ley 7/1985. Son entes instrumentales de carácter local institucional o corporativo formado por administraciones locales, entidad sui generis equiparable a una simple modalidad de gestión que ha quedado al margen de la regulación de la Ley 7/1985, de 2 abril. Los consorcios dotados de personalidad jurídica propia adscritos a la Entidad Local de conformidad con la Ley 40/2015, forman parte del sector público local, según el artículo 2.2 g del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local. 25. Según el artículo 13 de la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las Bases de Régimen Local: La creación o supresión de municipios se regularán por la legislación de las Comunidades Autónomas sobre régimen local, si la alteración de términos municipales supone modificación de los límites provinciales se requerirá siempre la aprobación por norma con rango de ley adoptada por mayoría absoluta. La creación o supresión de municipios, así como la alteración de términos municipales, se regularán por la legislación de las Comunidades Autónomas sobre régimen local, sin que la alteración de términos municipales pueda suponer, en ningún caso, modificación de los límites provinciales. La unión de municipios y la alteración de términos municipales, se regularán por la legislación de las Comunidades Autónomas sobre régimen local, sin que la alteración de términos municipales pueda suponer, en ningún caso, modificación de los límites provinciales. La alteración de términos municipales, se regulará por las pertinentes ordenanzas municipales de las entidades afectadas, que será convalidada por decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma afectada. |




