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manual de policia judicial 2023

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Título del Test:
manual de policia judicial 2023

Descripción:
documento para diligenciar

Fecha de Creación: 2023/09/04

Categoría: Otros

Número Preguntas: 51

Valoración:(7)
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Cuáles son Los principios rectores y garantías procesales instituidos en el Código de Procedimiento Penal, en la actividad que los servidores públicos intervienen en la (investigación) y Los cuales enseñan el respeto por?. La dignidad humana Debido proceso Libertad Igualdad. Intimidad Presunción de inocencia Derecho de defensa Lealtad e imparcialidad. Todas las anteriores.

Para evitar excesos y omisiones contrarios a la función pública, Los miembros investidos con función de PJ, deben cumplir ceñidos a los criterios de. Necesidad Ponderación, Legalidad Razonabilidad. La dignidad humana Debido proceso Libertad. Intimidad, Presunción de inocencia Derecho de defensa Lealtad e imparcialidad.

las funciones de policía judicial se encuentran limitadas por los principios constitucionales de: Respetar el principio de legalidad Respetar la órbita privada de las personas Respetar el ejercicio legítimo de derechos por parte de los ciudadanos. Adoptar sólo las medidas necesarias y eficaces para la conservación y restablecimiento del orden público Adoptar medidas proporcionales y razonables en atención a las circunstancias y al fin perseguido Ejercerse en beneficio del libre ejercicio de las libertades y derechos ciudadanos Garantizar un trato igual a los ciudadanos. Todas las anteriores.

La función que cumplen las entidades del Estado para apoyar la investigación penal y, en el ejercicio de las mismas, dependen funcionalmente de. Fiscal General de la Nación y sus delegados. El ministerio publico. La procuraduría General de la Nacían.

la policía judicial es el conjunto de autoridades que colaboran con la investigación de los delitos y para cumplir con esta función requiere la aplicación de principios de. Unidad orgánica Especialización científica, la policía judicial actúa bajo la dirección funcional de fiscales y jueces. Necesidad Ponderación Legalidad. La dignidad humana Debido proceso Libertad.

La Corte Constitucional ha precisado que la policía judicial debe desempeñarse por personas servidores públicos especializados bajo la dirección, coordinación y responsabilidad funcional de la Fiscalía General de la Nación. La labor encomendada a la policía judicial tiene una naturaleza investigativa, orientada sustancialmente a la comprobación de hechos y circunstancias relevantes para el juzgamiento. Verdadero. Falso.

La policía judicial es concebida por la propia Ley 906 de 2004, inciso final de su artículo 200, como La función que cumplen las entidades del Estado para apoyar la investigación, dependiendo funcionalmente del Fiscal General de la Nación y sus delegados”. Verdadero. Falso.

Ejercen permanentemente las funciones de policía judicial los servidores investidos de esa función, pertenecientes. Servidores especializados Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía General de la Nación La Policía Nacional por intermedio de sus dependencias especializadas. La procuraduría general de la nacían El inpec Los organismo de transito. La contraloría general de la republica Los alcaldes e inspectores.

Órganos que ejercen funciones de policía judicial en lugares donde no hay servidores de policía judicial, En los lugares del territorio nacional donde no hubiere miembros de policía judicial de la Policía Nacional, estas funciones las podrá ejercer la Policía de vigilancia, y cuando esta conozca actos urgentes deberá dar reporte de iniciación a la Fiscalía en el formato y realizará todas las actividades a que haya lugar según la actividad de policía judicial que desarrolle. Verdadero. Falso.

Órganos que ejercen funciones permanentes de policía judicial de manera especial según la ley 906 de 2004, que harán estos servidores en ejercicio de sus funciones tengan conocimiento de una conducta delictiva. Recaudarán la información pertinente y los EMP y EF encontrados, rendirán “Informe Ejecutivo” a la Fiscalía General de la Nación, indicando en forma concreta los hallazgos, para que ésta asuma la coordinación, control jurídico y verificación técnico - científica de la actuación. Asimismo, el fiscal del caso podrá ordenar la colaboración en campos específicos según requerimientos y condiciones de la investigación. Verdadero. Falso.

En los lugares donde no exista policía judicial, ni Policía Nacional ejercerán funciones de PJ. Los alcaldes e inspectores de Policía están facultados para realizar inspecciones de cadáveres, inspección al lugar de los hechos, entrevista s, además podrán fijar, recolectar, rotular, embalar EMP y EF aplicando los procedimientos de cadena de custodia, entregando al término de la distancia el informe respectivo, al fiscal u oficina de asignaciones más cercano de la jurisdicción. Verdadero. Falso.

Órganos que ejercen transitoriamente funciones de policía judicial. Los asistentes de fiscal20 y los Comisarios de Familia. Procuraduría General de la Nación Contraloría General de la República Migración Colombia. Entidades públicas que ejerzan funciones de vigilancia y control Alcaldes e inspectores de Policía. Autoridades de tránsito.

Organizaciones de policía judicial internacional. Organización Internacional de Policía Criminal- INTERPOL (con sede principal en Lyón (Francia), cuyo enlace en Colombia se realiza a través de la dirección de investigación criminal (DIJIN) de la Policía Nacional; la Oficina Central Europea de Policía Criminal– EUROPOL y, AMERIPOL (Comunidad de Policías de América). Verdadero. Falso.

La ley permite a los servidores con funciones de policía judicial adelantar labores tendientes a la verificación y confirmación de una conducta que deba investigarse, teniendo en cuenta los requerimientos o solicitudes a policía judicial, allegados mediante: Fuentes formales: Denuncia. Petición especial del Procurador General de la Nación. Querella de la víctima o directamente perjudicado, su representante legal o herederos, del defensor de familia o del agente del Ministerio Público, según el caso. De oficio. Fuentes no formales: Información obtenida por Llamadas telefónicas, Noticias difundidas por medios de comunicación, Anónimos, informantes y correo electrónico, entre otros. Todas las anteriores.

Es el conocimiento o la información obtenida por la policía judicial o la Fiscalía General de la Nación, a través de servidores públicos y con relación a la comisión de una o varias conductas que revisten las características de un delito, exteriorizada por medio de distintas formas o fuentes. Puede ser verbal, escrita o formulada valiéndose de cualquier medio técnico, que por lo general permite la identificación del autor de la misma. La noticia criminal. La denuncia. Informe ejecutivo.

Son aquellas en las que se conoce la identidad y los datos de ubicación de la persona que pone en conocimiento los hechos que deban investigarse, entre ellas están: Fuentes formales. Fuentes no formales. ninguna de las anteriores.

Es la manifestación verbal, escrita o que se realiza por cualquier otro medio técnico bajo la gravedad de juramento, ante la autoridad competente, cuyo contenido tiene que ver con la probable ocurrencia de un hecho que deba investigarse, debido a que reúne circunstancias que pueden configurar una conducta punible23. Esta información debe ser registrada en el (Formato Único de Noticia Criminal). La presenta cualquier persona natural o el representante legal de una persona jurídica afectada. La denuncia. La noticia criminal. Todas las anteriores.

Es importante para la recepción de la denuncia, que el servidor de policía judicial tenga en cuenta los siguientes aspectos: El denunciante no está obligado a declarar contra sí mismo, su cónyuge o compañero (a) permanente, pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o civil. En el caso que la persona renuncié a su derecho a no autoincriminarse, el servidor de policía judicial deberá dejarlo por escrito y manifestarle que estos hechos serán valorados ante autoridad judicial. Deberá identificar al denunciante. Preguntará al denunciante si los hechos motivo de su denuncia ya han sido puestos en conocimiento de otra autoridad Advertirá al denunciante que la denuncia solo podrá ampliarse por una sola vez. Indicará al denunciante que la falsa denuncia implica responsabilidad penal. Todas las anteriores.

La decisión de inadmisión de no dar trámite a una denuncia, debidamente motivada, debe ser adoptada por. El fiscal y comunicada al denunciante y al Ministerio Público. El funcionario de PJ que reciba la denuncia y comunicada al denunciante y al Ministerio Público. El Juez de control de Garantías y comunicada al denunciante y al Ministerio Público.

Conductas punibles que requieren querella, Para iniciar la acción penal será necesario querella en las siguientes conductas punibles: Aquellas que de conformidad con el Código Penal. No tienen señalada pena privativa de la libertad Con excepción de: Ofrecimiento, venta o compra de instrumento apto para interceptar la comunicación privada entre personas Divulgación y empleo de documentos reservados Abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto. Revelación de secreto Utilización de secreto o reserva Utilización indebida de información obtenida en el ejercicio de función pública Utilización indebida de influencias derivadas del ejercicio de función pública. Todas las anteriores.

La querella debe ser interpuesta por: El sujeto pasivo del delito. Si este fuere incapaz o persona jurídica, por su representante legal; si el querellante legítimo falleció lo harán sus herederos. El Defensor de Familia, el agente del Ministerio Público o los perjudicados directos, cuando la víctima estuviere imposibilitada para formular la querella, o sea incapaz y carezca de representante legal, o este sea autor o partícipe de la conducta punible. En caso de inasistencia alimentaria. El Defensor de Familia Cuando afecte el interés público o colectivo la querella la presentara, El Procurador General de la Nación Por el miembro de la Policía Nacional, que, en el ejercicio de la actividad de policía, tenga conocimiento de un hurto y este no haya sido puesto en conocimiento de la administración de justicia por el querellante legítimo, por encontrarse en imposibilidad física o mental para interponer la querella. En estos casos, la víctima de la conducta seguirá siendo querellante legítimo y el único facultado para ejercer la acusación privada. Todas las anteriores.

En cuanto a la querella, Luego de confirmar los requisitos contemplados en este numeral, el servidor de policía judicial procederá al diligenciamiento del Formato Único de Noticia Criminal. Si es del caso, realizará los actos urgentes a que haya lugar y a donde enviará el realizado. Al Centro de Conciliación, Casa de Justicia; o conciliador. A centros de servicios judiciales. Ninguna de las anteriores.

El Procurador General de la Nación elevará petición especial en aquellos casos en los que el sujeto activo (nacional o extranjero) se encuentre en el país, después de haber cometido delito en el extranjero, sin que se le haya juzgado, o en los casos por violación de inmunidad diplomática y ofensa a diplomáticos. (Art. 75 del CPP). Verdadero. Falso.

Son aquellas en las que no se conoce al denunciante de los hechos que deben ser materia de investigación; de la información suministrada o aportada, la cual que puede ser obtenida a través de fuentes humanas, escritos anónimos, llamadas telefónicas, del espectro electromagnético, de noticias difundidas a través de los medios de comunicación y las demás que lleguen a conocimiento de las autoridades, se deberá inferir la posible comisión de una conducta punible, posibles autores o participes. Fuentes no formales. Fuentes no formales. Todas las anteriores.

cuando la información de la fuente carezca de fundamento (art. 69 CPP) es competencia exclusiva el archivo de las diligencias por parte del. Fiscal General de la Nacían. Juez de Control de Garantias. El ministerio Publico.

Son las actuaciones que adelantan los servidores de policía judicial, que no requieren orden de juez de control de garantías para su realización, con lo cual se procede al desarrollo de actividades de indagación en actos urgentes o con orden del fiscal del caso. Inspección del lugar del hecho Inspección de Cadáver Inspección en lugares distintos al del hecho Recepción de entrevistas e interrogatorios Aseguramiento y custodia de los EMP y EF Aviso de ingreso de presuntas víctimas Procedimiento en caso de lesionados o de víctimas de agresiones sexuales – previo consentimiento de las víctimas (art. 250 CPP). Exhumación Reconocimiento en fila de personas Reconocimiento por medio de fotografías Interceptaciones de comunicaciones. Allanamientos y registros Registro a medios electrónicos o similares. Inspección corporal Registro personal Obtención de muestras que involucren al imputado Procedimiento en casos de lesionados o de víctimas de agresiones sexuales Búsqueda selectiva en base de datos.

las actuaciones que tienen por objeto evitar la pérdida o alteración de elementos materiales probatorios o evidencia física, como inspección en el lugar del hecho, inspección de cadáver, entrevistas e interrogatorios, derivadas del conocimiento de los hechos a través de la noticia criminal (fuentes formales y no formales) de los cuales se infiera la posible comisión de un delito se les denomina. Actos urgentes. Diligencia de allanamiento y registro. incautación y ocupación de bienes.

Los videos requeridos a personas o empresas privadas que hagan parte de la esfera personal de estos, se pueden solicitar. Si mediante entrega voluntaria; incluyendo aquellos que hacen parte de espacios semi-públicos o semi-privados como supermercados, colegios, iglesias, comercios, entre otros25. En caso de negativa se realizará acta de compromiso para que se conserven EMP mientras se obtiene orden judicial. Aquellos videos que hagan parte del espacio público o de instituciones públicas que no afecten la intimidad de las personas pueden solicitarse sin orden judicial. Verdadero. Falso.

Diligencia que se pueden realizar con orden de fiscal. Exhumación Reconocimiento en fila de personas Reconocimiento por medio de fotografías Interceptaciones de comunicaciones. Allanamientos y registros Registro a medios electrónicos o similares Retención de correspondencia Recuperación de información producto de la transmisión de datos a través de las redes de comunicaciones. Inspección del lugar del hecho Inspección de Cadáver Inspección en lugares distintos al del hecho Recepción de entrevistas e interrogatorios Aseguramiento y custodia de los EMP y EF Aviso de ingreso de presuntas víctimas. Inspección corporal Registro personal Obtención de muestras que involucren al imputado Procedimiento en casos de lesionados o de víctimas de agresiones sexuales Búsqueda selectiva en base de datos Orden de captura Allanamiento con fines de captura (Corte Constitucional, sentencia C-366 de 2014).

34. actuaciones que adelanta los servidores de policía judicial que deben tener control previo de juez de garantías para su realización. Inspección corporal Registro personal Obtención de muestras que involucren al imputado Procedimiento en casos de lesionados o de víctimas de agresiones sexuales Búsqueda selectiva en base de datos Orden de captura Allanamiento con fines de captura (Corte Constitucional, sentencia C-366 de 2014). Exhumación Reconocimiento en fila de personas Reconocimiento por medio de fotografías Interceptaciones de comunicaciones. Allanamientos y registros. Inspección del lugar del hecho Inspección de Cadáver Inspección en lugares distintos al del hecho Recepción de entrevistas e interrogatorios Aseguramiento y custodia de los EMP y EF.

Actuaciones que tienen control posterior, actuaciones, cuyos resultados, una vez finalizadas, deben ser comunicadas, sin sobrepasar las 12 horas, mediante informe, por el servidor de policía de judicial al fiscal del caso, con el fin que dentro de las veinticuatro 24 horas siguientes del recibido, comparezca ante el juez con función de control de garantías para solicitar su legalidad. Allanamientos Retención de correspondencia Interceptación de comunicaciones Recuperación de información producto de la transmisión de datos a través de las redes de comunicaciones Registros a equipos electrónicos o dispositivos de almacenamiento. Vigilancia y seguimiento de personas Vigilancia de cosas Actuación de agente encubierto Entrega vigilada Capturas Búsqueda selectiva en bases de datos. Todas las anteriores.

Cuáles son las Actuaciones del receptor de la noticia criminal. Advertir al denunciante o querellante faltar a la verdad Obtener de estos la mayor información Diligenciar el Formato Único de Noticia Criminal. Verdadero. Falso.

Actuaciones de la policía judicial respecto de la noticia criminal. Iniciar el procedimiento de cadena de custodia Analizar la necesidad de realizar actos urgentes de investigación Dar aviso inmediato a la Fiscalía General de la Nación, dejando constancia en el formato de reporte de iniciación. Advertir al denunciante o querellante faltar a la verdad Obtener de estos la mayor información Diligenciar el Formato Único de Noticia Criminal. Todas las anteriores.

Es una forma de terminación del proceso penal que hace tránsito a cosa juzgada y debe ser adoptada por el Juez de Conocimiento, a instancia del fiscal delegado que adelanta la investigación. La Preclusión. Principio de Oportunidad. Extinción de la acción penal.

En qué casos se puede solicitar La preclusión. Imposibilidad de iniciar o continuar el ejercicio de la acción penal. Existencia de una causal que excluya la responsabilidad de acuerdo con el Código Penal. Inexistencia del hecho investigado. Atipicidad del hecho investigado. Ausencia de intervención del imputado en el hecho investigado. Imposibilidad de desvirtuar la presunción de inocencia. Vencimiento del término máximo previsto en el inciso segundo del artículo 294 del Código de Procedimiento Penal. Todas las anteriores.

El juez de conocimiento no deberá declarar la preclusión de la investigación pasados 60 días, sino que la defensa o el Ministerio Público podrán solicitarle tal medida”, agregando que el artículo 294 no establece una causal objetiva de extinción de la acción penal. Corte Constitucional, Sentencia C-806/08. Verdadero. Falso.

Para solicitud de la Preclusión deberá presentarse con las copias necesarias para la citación e información de las demás partes e intervinientes, debe presentarse ante el Centro de Servicios Judiciales a partir de formulación de imputación y hasta antes de la presentación del escrito de acusación, excepto cuando se trate de las causales de imposibilidad de continuar el ejercicio de la Acción penal e inexistencia del hecho investigado que pueden alegarse durante el juzgamiento. Verdaderi. Falso.

Durante el juzgamiento podrán solicitar la preclusión el fiscal delegado, el Ministerio Público o la defensa, exclusivamente por las causales de. Imposibilidad de continuar el ejercicio de la acción penal O inexistencia del hecho investigado. Atipicidad del hecho investigado. Ausencia de intervención del imputado en el hecho investigado. Imposibilidad de desvirtuar la presunción de inocencia. Vencimiento del término máximo previsto en el inciso segundo del artículo 294 del Código de Procedimiento Penal.

La policía judicial deberá reportar a la Fiscalía General de la Nación, en todos los casos, cualquier actividad investigativa en los formatos establecidos para las fuentes formales y no formales de la noticia criminal. En estas últimas, analizará la información y si encuentra evidencia y datos concretos que permitan inferir la posible comisión de un delito, reportará inmediatamente, o dentro de las 36 horas siguientes, verbalmente o por escrito, el caso a las siguientes dependencias de la Fiscalía: Oficina de Reparto, cuando la noticia criminal no corresponda a actos urgentes y la actuación sea de competencia de los Jueces Penales de Circuito Especializado, de Circuito o Penales Municipales; a la Estructura de Apoyo cuando la noticia criminal por delito contra el patrimonio económico esté en averiguación de responsables; y a las Salas de Conciliación cuando se trate de delitos querellables. De no existir en el lugar del hecho estas dependencias, enviará el reporte a la unidad de fiscalía correspondiente. Verdadero. Falso.

Actividad del fiscal, Adicionalmente a los puntos esbozados en el capítulo de la noticia criminal, el fiscal delegado deberá: Disponer la ratificación de los actos de investigación Asumir la dirección, coordinación, control jurídico y verificación técnicocientífica de las actividades de policía judicial Realizar sesiones de trabajo con el investigador19 de policía judicial Solicitar al Juez de Control de Garantías las audiencias preliminares Evaluar periódicamente los resultados de la investigación Solicitar la práctica de prueba anticipada. Adoptar medidas de protección para las víctimas Reconocimiento y exámenes físicos de las víctimas como extracciones de sangre, toma de muestras de fluidos corporales, semen u otros análogos Búsqueda selectiva en base de datos Reglas generales para las actuaciones que requieren autorización judicial previa. Todas las anteriores.

Se entiende por declaración jurada la manifestación rendida con esa formalidad ante, quien dirige la investigación, por quien ha presenciado los hechos objeto de investigación, o por un informante. El fiscal delegado. Juez de control de garantias. La defensa.

Las declaraciones juradas no son prueba, por no haberse practicado con sujeción al contrainterrogatorio de las partes, pero puede ser utilizada en el juicio para impugnar credibilidad al testigo. Verdadero. Falso.

Afectación de bienes, En la actuación penal los bienes o recursos pueden ser utilizados para varios fines: La finalidad la establece exclusivamente el fiscal, advirtiendo que un solo bien puede tener varias funciones. Siempre se debe priorizar el bien como evidencia o elemento material probatorio; sin embargo, esto no implica que el bien deba permanecer bajo la administración o custodia de la FGN; por el contrario, este debe ser fijado a través de algún medio técnico, y luego valorar si cumple otra función que determine la definición de la situación jurídica del bien. Como elemento material probatorio o evidencia física. Como objeto material del ilícito. Como medio de reparación: susceptible de aplicación de medida cautelar. Con fines de comiso. Susceptible de la acción de extinción de dominio. Todas las anteriores.

cuales son las Solicitudes de medida cautelar u otras medidas con fines de reparación a favor de las víctimas. Prohibición de enajenar. Art 97 CPP. Entrega provisional de bienes en delitos culposos. Art. 100 CPP. Embargo y secuestro, art. 92 CPP. Suspensión y cancelación de registros obtenidos fraudulentamente, art. 101 CPP. Cierre de establecimientos y cancelación de personería jurídica, art. 91 CPP. Uso y disfrute por parte de la víctima de los bienes objetos del delito, art. 99 inciso 2º CPP. Autorización especial para disposición del bien. Art 98 CPP. Todas las anteriores.

Solo de manera excepcional, la ley expresamente consagra cinco (5) circunstancias que le permiten al juez de control de garantías verificar la legalidad de la incautación y recolección de los elementos materiales probatorios y evidencia física, las cuales se contraen al cumplimiento de las órdenes de. Su expedición –en materia de registros y allanamientos– con la preterición de cualquier requisito sustancial genera la invalidez de la diligencia, “por lo que los elementos materiales probatorios y evidencia física que dependan del registro carecerán de valor, serán excluidos de la actuación y solo podrán ser utilizados para fines de impugnación. Registros, Allanamientos Interceptación de comunicaciones. Retención de correspondencia Recuperación de información dejada al navegar por internet, “u otros medios similares”, impartidas por la Fiscalía (Arts. 154-1 y 237). Todas las anteriores.

Examinada la correspondencia retenida, de inmediato o a más tardar dentro de , la policía judicial informará sobre los resultados relevantes. Vencido este término, o una vez se formule imputación, devolverá aquella que no tenga interés para la investigación, para lo cual se recomienda consultar con el fiscal correspondiente. En todo caso y de manera previa el fiscal está obligado a verificar que el procedimiento se encuentra ajustado a las exigencias legales. las 12 horas siguientes. las 24 horas siguientes. las 36 horas siguientes.

El fiscal impartirá orden escrita a la policía judicial para interceptar comunicaciones hasta por el término de . Las entidades de la operación técnica de la respectiva interceptación están obligadas a realizarlas inmediatamente se notifiquen de la orden, que en cualquier caso debe ser escrita, y a guardar reserva sobre el asunto. Dentro de que tiempo el fiscal delegado solicitará al Juez de Control de Garantías que en audiencia preliminar realice el control de legalidad de la actuación, así la orden se haya producido después de formulada la acusación. Tres meses, prorrogables por otro tanto si subsisten los motivos fundados, las 24 horas siguientes al diligenciamiento de la orden correspondiente,. Seis meses, prorrogables por otro tanto si subsisten los motivos fundados, las 24 horas siguientes al diligenciamiento de la orden correspondiente,. Un año, prorrogables por otro tanto si subsisten los motivos fundados, las 24 horas siguientes al diligenciamiento de la orden correspondiente,.

Facultades del imputado y su defensor A partir de la formulación de imputación o de la captura, el Juez de Control de Garantías debe citar al imputado y a su defensor a todas aquellas audiencias preliminares que no sean de carácter reservado para que, si lo desean, puedan realizar el contradictorio. Buscar, identificar empíricamente, recoger y embalar elementos materiales probatorios o evidencia física solicitar su examen por medio de los técnicos e investigadores autorizados por la ley Entrevistar a personas con el propósito de encontrar información útil para la defensa de sus intereses, Obtener declaración jurada de la persona cuyo conocimiento sea de utilidad para la investigación. Podrá entonces acudir ante un alcalde municipal, inspector de policía o notario público con ese propósito y solicitar que la actuación se registre en alguno de los medios indicados en el punto anterior. Solicitar al Juez de Control de Garantías la práctica anticipada de cualquier medio de prueba en audiencia especial a la que deberá asistir el fiscal para garantizar el contradictorio. Todas las anteriores.

Formas de terminación de la investigación La investigación concluye por las siguientes causas: Desistimiento. Mediación. Aplicación del Principio de oportunidad, después del control judicial. respectivo. Preclusión. Extinción de la acción penal. Aceptación de la imputación. El imputado acepta la imputación, en cuyo caso se entenderá que lo actuado es suficiente como acusación. Todas las anteriores.

Quien puede presentar una denuncia penal en Colombia. La presenta cualquier persona natural o el representante legal de una persona jurídica afectada. Petición especial del Procurador General de la Nación. El agente del ministerio publico.

policía judicial o la Fiscalía, en relación con la comisión de una o varias conductas que revisten las características de un delito, exteriorizada por medio de distintas formas o fuentes. Puede ser verbal, escrita o formulada valiéndose de cualquier medio técnico que por lo general permite la identificación del autor de la misma. Estas formas o fuentes son. Fuentes, Dentro de esta están, la Denuncia, Petición especial del Procurador General de la Nación, Querella. No formales, dentro de estas están, Información obtenida por llamadas telefónicas, noticias difundidas por medios de comunicación, anónimos, informantes y correo electrónico, a manera de ejemplo. Todas las anteriores.

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